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V1Amparo Indirecto contra Clausura de Establecimiento — Guerrero
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

AMPARO INDIRECTO

EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE QUE ASIGNE EL JUZGADO)

JUZGADO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE GUERRERO

ASUNTO: AMPARO INDIRECTO EN MATERIA ADMINISTRATIVA. ACTO DE AUTORIDAD: CLAUSURA DE ESTABLECIMIENTO MERCANTIL.

C. JUEZ DE DISTRITO EN EL ESTADO DE GUERRERO
P R E S E N T E

(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), mayor de edad, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (DOMICILIO COMPLETO, CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, GUERRERO), autorizando para tales efectos al C. (NOMBRE DEL PROCURADOR O REPRESENTANTE LEGAL), con la misma calidad, y señalando como correo electrónico (CORREO ELECTRÓNICO) y número telefónico (NÚMERO DE TELÉFONO); por mi propio derecho, respetuosamente expongo:

I. ACTOS RECLAMADOS

Vengo a promover JUICIO DE AMPARO INDIRECTO, en contra del acto de autoridad consistente en la CLAUSURA TOTAL Y/O PARCIAL de mi establecimiento mercantil denominado "(NOMBRE COMERCIAL DEL ESTABLECIMIENTO)", ubicado en (DOMICILIO COMPLETO DEL ESTABLECIMIENTO CLAUSURADO), ordenada y ejecutada por la autoridad responsable [NOMBRE COMPLETO DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE, EJM. DIRECTOR/A DE GOBIERNO MUNICIPAL, INSPECTOR/A MUNICIPAL, ETC.], en su carácter de tal, con fundamento en el oficio o acta de clausura número (NÚMERO DEL OFICIO O ACTA), de fecha (FECHA DE LA CLAUSURA).

Dicho acto es definitivo, ya que implica la privación total del uso y goce del inmueble para el fin comercial destinado, causando un gravamen irreparable de no ser suspendido.

II. FUNDAMENTOS DE DERECHO PARA LA PROCEDENCIA DEL JUICIO

Este juicio de amparo se promueve fundado en lo dispuesto por los artículos Art. 103 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 107 fracción I de la misma Ley Suprema; Art. 1, 5, 107, 116, 128 y demás relativos y aplicables de la Ley de Amparo.

III. VIOLACIONES PROCESALES Y SUSTANTIVAS

El acto reclamado adolece de las siguientes violaciones, las cuales configuran un quebranto a las garantías de legalidad y seguridad jurídica:

  1. Violación al Art. 14 Constitucional y al Art. 3 Ley Federal de Procedimiento Administrativo: La autoridad responsable no actuó conforme a los principios de certeza, legalidad, imparcialidad y eficacia que rigen el procedimiento administrativo. La clausura se decretó sin que previamente se me hubiera notificado personalmente el pliego de observaciones o un requerimiento claro que me permitiera, en un plazo razonable, subsanar las irregularidades que se me imputan.
  2. Violación al derecho de audiencia y defensa (Art. 14 Constitucional): Se me negó la oportunidad de ofrecer y desahogar pruebas, así como de alegar lo que a mi derecho convenga, antes de que se emitiera la resolución definitiva de clausura. El acto fue sorpresivo y no derivó de un procedimiento contradictorio.
  3. Violación al principio de proporcionalidad y a los artículos 11 y 69 Ley Federal de Procedimiento Administrativo: La medida de clausura total es desproporcionada y no constituye la medida menos onerosa para lograr el fin administrativo. La autoridad debió aplicar, en primera instancia, medidas correctivas o sanciones administrativas menos gravosas, como multas o apercibimientos, permitiendo la continuidad de la actividad económica.
  4. Falta de fundamentación y motivación (Art. 16 Constitucional): El acta u oficio de clausura carece de una exposición clara, precisa y fundada en derecho de los hechos que motivaron la medida extrema. No se especifican con detalle las disposiciones reglamentarias municipales o estatales que se presuntamente infringí, ni la forma concreta en que se realizó dicha infracción.
  5. Incompetencia de la autoridad o vicios en el procedimiento: Existen dudas fundadas sobre la competencia de la autoridad que ordenó la clausura, ya que el acto pudo haberse basado en un reglamento municipal que invade facultades reservadas a otra esfera de gobierno, o bien, el procedimiento de inspección previo adoleció de vicios como la falta de identificación oficial de los inspectores o la negativa a entregar una copia del acta de hechos.

IV. TESIS JURISPRUDENCIALES APLICABLES

  1. CLASIFICACIÓN: 1a. CCCXXI/2017 (10a.) Tesis: "ACTA DE CLAUSURA. ES UN ACTO DE MOLESTIA QUE CAUSA UN AGRAVIO EN FORMA INMEDIATA Y DIRECTA, POR LO QUE PROCEDE EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO EN SU CONTRA." Esta tesis sostiene que la clausura, al privar inmediatamente del uso del inmueble, constituye un acto de molestia reclamable vía amparo indirecto, sin necesidad de agotar recursos administrativos cuando el perjuicio es irreparable.
  2. CLASIFICACIÓN: 1a. CXXV/2019 (10a.) Tesis: "PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD EN LA IMPOSICIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS. LA AUTORIDAD DEBE OPTAR POR LA MEDIDA MENOS GRAVOSA PARA EL PARTICULAR." La Suprema Corte ha establecido que la clausura, por su severidad, debe ser el último recurso de la autoridad, aplicable solo cuando medidas menos drásticas sean insuficientes para corregir la irregularidad.
  3. CLASIFICACIÓN: 1a. LXX/2021 (10a.) Tesis: "GARANTÍA DE AUDIENCIA EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR. DEBE OTORGARSE AL PARTICULAR LA OPORTUNIDAD DE DEFENDERSE ANTES DE QUE SE EMITA LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA." Esta jurisprudencia refuerza que la imposición de una sanción como la clausura, sin previo procedimiento en el que se escuche al gobernado, viola el derecho fundamental a la defensa.

V. PETICIONES

Por tanto, a Usted respetuosamente solicito:

  1. SE TENGA POR INTERPUESTO el presente JUICIO DE AMPARO INDIRECTO en contra de los actos de autoridad antes descritos.
  2. SE ADMITAN los autos y se tengan por presentadas las pruebas que en su momento ofrezca.
  3. SE ORDENE LA SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO de plano o mediante caución, en los términos del Art. 124 Ley de Amparo, por tratarse de un acto que de ejecutarse causaría daños y perjuicios de difícil reparación, toda vez que implica la paralización total de mi fuente de trabajo y sustento económico, generando un perjuicio patrimonial cuantificable pero de imposible recuperación en cuanto a la clientela, prestigio comercial y cumplimiento de obligaciones laborales y fiscales.
  4. En caso de que la suspensión se sujete a caución, SE FIJE COMO GARANTÍA UNA CANTIDAD RAZONABLE Y PROPORCIONAL a mi situación económica, ofreciendo desde ahora como garantía (ESPECIFICAR GARANTÍA: EJ. FIADOR(S) SOLVENTE(S), DEPÓSITO EN EFECTIVO, FIANDA, ETC.).
  5. Una vez concedida la suspensión, SE REQUIERA A LA AUTORIDAD RESPONSABLE para que rinda su informe justificado y remita los antecedentes del procedimiento administrativo.
  6. SE SIRVA DECLARAR PROCEDENTE EL PRESENTE JUICIO DE AMPARO, con los efectos del Art. 80 Ley de Amparo, dejando sin efectos el acto de clausura reclamado.
  7. En su momento, SE CONDENE AL PAGO DE HONORARIOS Y COSTAS en favor de mi representante.

VI. OFRECIMIENTO DE PRUEBAS

Para acreditar los extremos de la presente demanda, ofrezco las siguientes pruebas:

  1. DOCUMENTAL PÚBLICA: Copia certificada del acta constitutiva y poder notarial que acredita mi personalidad jurídica y la de mi representante (en caso de persona moral), así como el oficio o acta de clausura reclamada.
  2. DOCUMENTAL PRIVADA: Comprobante de domicilio, identificación oficial, contrato de arrendamiento del local, licencia de funcionamiento municipal, fotografías y videos que muestren el estado del establecimiento antes y después de la clausura.
  3. TESTIMONIAL: Declaración de (NOMBRE(S) DEL(OS) TESTIGO(S)), quienes declararán sobre los hechos relacionados con la inspección y clausura, y sobre los daños económicos que ésta ha generado.
  4. PERICIAL: Dictamen pericial contable que cuantifique las pérdidas económicas diarias derivadas de la clausura.

Se pide se requiera a la autoridad responsable la remisión del expediente administrativo completo que dio origen al acto reclamado.

VII. DESIGNACIÓN DE DOMICILIO

Señalo como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el antes indicado, ubicado en (DOMICILIO COMPLETO, CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, GUERRERO), autorizando para tales efectos al C. (NOMBRE DEL PROCURADOR).

Bajo protesta de decir verdad, expido la presente en la ciudad de (CIUDAD DE PRESENTACIÓN), Guerrero, a los (DÍA) días del mes de (MES) de (AÑO).

ATENTAMENTE
EL ACTOR
(NOMBRE Y FIRMA DEL ACTOR O REPRESENTANTE LEGAL)

VIII. ANEXOS

  1. Original del poder notarial (si aplica).
  2. Copia simple de identificación oficial del actor y representante.
  3. Copia simple del acta o oficio de clausura reclamado.
  4. Copia simple de comprobante de domicilio.
  5. Copia simple de la licencia de funcionamiento.
  6. Lista de testigos con sus generales.

⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

Ley Federal de Procedimiento Administrativo, Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Ley de Amparo

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NÚMERO DE EXPEDIENTE QUE ASIGNE EL JUZGADO): Déjese en blanco. Será asignado por el Juzgado al momento de presentar la demanda.
  2. (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Nombre(s) y apellidos completos de la persona física o razón social de la persona moral que promueve el amparo.
  3. (DOMICILIO COMPLETO...): Domicilio real y efectivo para recibir notificaciones judiciales en el estado de Guerrero. Incluir calle, número exterior e interior, colonia, código postal, ciudad o municipio.
  4. (NOMBRE DEL PROCURADOR O REPRESENTANTE LEGAL): Nombre de la persona autorizada para recibir notificaciones. Si el actor se representa a sí mismo, escribir "EL MISMO ACTOR".
  5. (CORREO ELECTRÓNICO) y (NÚMERO DE TELÉFONO): Datos de contacto actualizados.
  6. (NOMBRE COMERCIAL DEL ESTABLECIMIENTO): El nombre bajo el cual opera el negocio clausurado.
  7. (DOMICILIO COMPLETO DEL ESTABLECIMIENTO...): Ubicación exacta del local clausurado.
  8. (NOMBRE COMPLETO DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE...): Nombre del titular del órgano de gobierno (municipal, estatal) que ordenó la clausura. Ej. "EL DIRECTOR DE GOBIERNO DEL MUNICIPIO DE ACAPULCO, GUERRERO".
  9. (NÚMERO DEL OFICIO O ACTA) y (FECHA DE LA CLAUSURA): Datos exactos que identifiquen el documento administrativo de clausura.
  10. (ESPECIFICAR GARANTÍA...): Describir con detalle la garantía ofrecida para la suspensión (nombres de fiadores, monto en efectivo, datos de la fianza).
  11. (NOMBRE(S) DEL(OS) TESTIGO(S)): Nombre completo de las personas que declararán como testigos. Deben conocer los hechos.
  12. (CIUDAD DE PRESENTACIÓN): Ciudad del estado de Guerrero donde se presenta la demanda (ej. Chilpancingo, Acapulco).
  13. (DÍA), (MES), (AÑO): Fecha de elaboración y presentación de la demanda.

📄 Plantillas Relacionadas

  1. Recurso de Revisión contra Resolución en Juicio de Amparo (para impugnar la sentencia del Juez de Distrito).
  2. Incidente de Reposición de Expediente o Aclaración de Sentencia en Amparo.
  3. Demanda de Nulidad de Acto Administrativo ante Tribunal Contencioso Administrativo Estatal (Guerrero) (vía alternativa o complementaria).
  4. Solicitud de Medida Cautelar (Suspensión Provisional) previa a la demanda de amparo.
  5. Escrito de Oposición al Informe Justificado de la Autoridad Responsable en Juicio de Amparo.
Red Nacional de Abogados

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