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V1Amparo contra Clausura de Establecimiento — Jalisco
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

JUICIO DE AMPARO INDIRECTO

EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE)

MATERIA: ADMINISTRATIVA

I. ANTECEDENTES Y HECHOS

JUEZ DE DISTRITO EN TURNO EN EL ESTADO DE JALISCO
PRESENTE.

Quien suscribe, (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), mayor de edad, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (DOMICILIO COMPLETO, CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, MUNICIPIO, JALISCO), actuando en mi propio derecho y carácter, y señalando como autoridad responsable a [NOMBRE COMPLETO DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA QUE DECRETÓ LA CLAUSURA, E.G., "EL DIRECTOR DE INSPECCIÓN Y REGLAMENTOS DEL MUNICIPIO DE GUADALAJARA, JALISCO"], y como tercero interesado a quien resulte jurídicamente afectado con el presente juicio, ante usted con el debido respeto comparezco para exponer:

Que el día (FECHA DE LA NOTIFICACIÓN O ACTO DE CLAUSURA), la autoridad responsable antes señalada, mediante el acto identificado con el oficio o documento número (NÚMERO DE OFICIO O DOCUMENTO DE CLAUSURA), procedió a la clausura total y definitiva de mi establecimiento comercial denominado (NOMBRE DEL ESTABLECIMIENTO), ubicado en (DOMICILIO COMPLETO DEL ESTABLECIMIENTO).

Dicho acto de autoridad, que se me notificó de manera personal/por cedula (táchese lo que no proceda) el día (FECHA DE NOTIFICACIÓN), se funda en la presunta infracción a [CITA DEL REGLAMENTO O DISPOSICIÓN ADMINISTRATIVA INVOCADA POR LA AUTORIDAD, E.G., "EL ARTÍCULO 45 FRACCIÓN III DEL REGLAMENTO DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES PARA EL MUNICIPIO DE GUADALAJARA"], argumentando la existencia de [DESCRIPCIÓN BREVE DE LA INFRACCIÓN SEÑALADA, E.G., "FALTA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO VIGENTE"].

Manifiesto que el acto reclamado es violatorio de mis garantías consagradas en los artículos Art. 14 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Art. 16 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y Art. 17 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda vez que se emitió sin respetar el principio de legalidad, sin concederme el derecho a una audiencia previa y defensa adecuada, y sin agotar el procedimiento administrativo previsto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y su legislación local complementaria, causándome un perjuicio de imposible reparación al suspender totalmente mi fuente de trabajo y sustento económico.

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS

El presente juicio de amparo se promueve con fundamento en los siguientes preceptos:

  1. Art. 1 Ley de Amparo, en relación con el Art. 103 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece la procedencia del juicio de amparo contra actos de autoridad que vulneren las garantías individuales.
  2. Art. 107 Ley de Amparo, que regula el juicio de amparo indirecto, procedente contra actos de autoridad que trasciendan a la esfera jurídica del gobernado.
  3. Art. 116 Ley de Amparo, que señala los requisitos de la demanda de amparo indirecto.
  4. Art. 3 Ley Federal de Procedimiento Administrativo, que consagra los principios de legalidad, certeza, imparcialidad, eficiencia y proporcionalidad que deben regir todo acto de autoridad.
  5. Art. 14 Ley Federal de Procedimiento Administrativo, que establece el derecho de audiencia previa al emitirse una resolución que afecte derechos.
  6. Art. 69 Ley Federal de Procedimiento Administrativo, que regula los procedimientos de ejecución de sanciones administrativas, las cuales deben ser proporcionales a la infracción.

III. CONCEPTOS DE VIOLACIÓN

PRIMER CONCEPTO.- Se viola la garantía de legalidad consagrada en el Art. 14 Constitucional, en relación con los artículos 3 y 69 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, toda vez que la autoridad responsable decretó la clausura total y definitiva de mi establecimiento sin que dicha sanción se encuentre expresamente prevista en la ley o reglamento aplicable para la infracción que se me imputa, o bien, aplicándola de manera desproporcionada, ya que la infracción alegada [DESCRIBIR, E.G., "ES DE CARÁCTER FORMAL Y NO REPRESENTA UN PELIGRO INMINENTE PARA LA SALUD O LA SEGURIDAD PÚBLICA"], por lo que una sanción de tal magnitud carece de fundamentación legal y razonabilidad.

SEGUNDO CONCEPTO.- Se viola la garantía de audiencia previa y defensa adecuada consagrada en el Art. 14 Constitucional, en relación con el Art. 14 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, ya que la autoridad responsable no me concedió un plazo suficiente y efectivo para presentar mis descargos, pruebas y alegatos antes de que se emitiera y ejecutara la resolución de clausura. Se me privó del derecho a ser oído y a contradecir los argumentos de la autoridad, convirtiendo el procedimiento en un mero formalismo carente de efectividad.

TERCER CONCEPTO.- Se viola la garantía de fundamentación y motivación consagrada en el Art. 16 Constitucional, toda vez que el acto reclamado carece de una exposición clara, precisa y lógica de los hechos y razones jurídicas que justifiquen la medida extrema de clausura total. El oficio (NÚMERO DE OFICIO) se limita a señalar genéricamente la infracción, sin especificar los elementos de la misma ni cómo se acreditaron, ni realizar una ponderación entre la gravedad de la infracción y la severidad de la sanción impuesta.

IV. PETICIONES

Por lo expuesto y fundado, respetuosamente suplico a usted, Señor Juez:

  1. SE SIRVA ADMITIR la presente demanda de amparo indirecto.
  2. SE SIRVA SUSPENDER de manera inmediata los efectos del acto reclamado (clausura del establecimiento), en términos del Art. 124 de la Ley de Amparo, por tratarse de un acto cuya ejecución haría físicamente imposible restituir al quejoso en el goce de la garantía violada, ya que la paralización de la actividad comercial causa daños económicos irreparables y la pérdida de la clientela.
  3. En caso de que para decretar la suspensión se requiera contracautela, SE SIRVA FIJARLA en la cantidad que estime prudente y justa, ofreciendo desde luego garantía por la vía que señale su Señoría.
  4. SE SIRVA TURNAR el presente escrito al Fiscalía General de la República para los efectos del Art. 5 de la Ley de Amparo.
  5. Una vez desahogado el procedimiento, SE SIRVA CONCEDER el amparo y protección de la Justicia Federal, para el efecto de que se deje sin efectos la clausura decretada, ordenándose la reapertura inmediata del establecimiento, y en su caso, la reparación integral del daño causado.

V. JURISPRUDENCIA APLICABLE

  1. Tesis: I.3o.A. J/31 (11a.), "Suspensión en el amparo contra actos de autoridad administrativa. Requisitos para que proceda cuando se reclama la clausura de un establecimiento mercantil." (Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro XX, Mayo de 2014, Tomo 1, Pág. 876). Esta tesis establece que la suspensión debe concederse cuando la ejecución del acto (clausura) cause daños de difícil reparación, como la pérdida de clientela y el menoscabo al crédito comercial.
  2. Tesis: 2a. J/36 (10a.), "Procedimiento administrativo. La garantía de audiencia previa debe ser efectiva y no un mero formalismo." (Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro V, Diciembre de 2011, Tomo 2, Pág. 1345). Sostiene que la autoridad debe otorgar al gobernado un plazo razonable y los medios para ejercer su defensa antes de imponer una sanción grave.
  3. Tesis: 1a. CXLVII/2022 (11a.), "Principio de proporcionalidad de las sanciones administrativas. Su aplicación en casos de clausura de establecimientos." (Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 78, Enero de 2023, Pág. 312). Esta tesis señala que la sanción de clausura total debe ser el último recurso, aplicable solo cuando las infracciones representen un peligro grave e inminente, y no exista una medida menos gravosa para el infractor.

VI. OFRECIMIENTO DE PRUEBAS

Para acreditar los hechos expuestos, ofrezco las siguientes pruebas:

  1. Documental Pública: Copia certificada del acto reclamado (oficio de clausura).
  2. Documental Privada: Contrato de arrendamiento del local, licencia de funcionamiento anterior (si aplica), comprobantes de pago de impuestos locales.
  3. Testimonial: Declaración de (NOMBRE(S) DEL(OS) TESTIGO(S)), quien(es) tiene(n) conocimiento directo de los hechos, particularmente de la ejecución material de la clausura y de la falta de notificación previa efectiva.
  4. Instrumental de Actuaciones: Se solicita se requiera a la autoridad responsable el expediente administrativo completo que dio origen al acto reclamado.

VII. CONSTITUCIÓN DEL DOMICILIO

Señalo expresamente como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones en el presente juicio el ya indicado en el presente escrito: (DOMICILIO COMPLETO, CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, MUNICIPIO, JALISCO).

PROTESTO LO NECESARIO.

LUGAR Y FECHA: Guadalajara, Jalisco, a (DÍA) de (MES) de (AÑO).

NOMBRE Y FIRMA DEL QUEJOSO O REPRESENTANTE LEGAL:
(NOMBRE COMPLETO)
(FIRMA)

⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NÚMERO DE EXPEDIENTE): Déjese en blanco. Lo asignará el Juzgado al momento de presentar la demanda.
  2. (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Escriba su nombre completo, tal como aparece en su identificación oficial (INE/Pasaporte). Si actúa como representante legal de una empresa, indíquelo y anexe el poder notarial.
  3. (DOMICILIO COMPLETO...): Indique el domicilio físico (calle, número exterior e interior, colonia, CP, municipio, estado) donde aceptará recibir notificaciones judiciales. Debe ser un domicilio real y accesible.
  4. (NOMBRE COMPLETO DE LA AUTORIDAD...): Identifique con la mayor precisión posible a la autoridad que firmó el acto de clausura. Consulte el oficio de clausura para obtener el nombre exacto y el cargo.
  5. (FECHA...) y (NÚMERO DE OFICIO...): Transcriba exactamente la fecha del acto y el número de oficio o documento que decreta la clausura, según la notificación que recibió.
  6. (NOMBRE DEL ESTABLECIMIENTO) y su domicilio: Escriba el nombre comercial registrado y la ubicación exacta del local clausurado.
  7. (CITA DEL REGLAMENTO...) y (DESCRIPCIÓN BREVE...): Copie textualmente el artículo del reglamento municipal o ley estatal que la autoridad dice que usted infringió. Describa en sus propias palabras la infracción que le imputan.
  8. [DESCRIBIR, E.G., "..."]: En los conceptos de violación, argumente por qué la infracción no justifica una clausura total. Ej: "es una falta administrativa leve", "ya fue subsanada", "no hay peligro para la salud".
  9. (NOMBRE(S) DEL(OS) TESTIGO(S)): Proporcione el nombre completo de las personas (máximo 3) que puedan declarar a su favor. Asegúrese de tener su autorización y datos de contacto.
  10. Lugar y Fecha: Escriba "Guadalajara, Jalisco" y la fecha actual de firma. Firme al final del documento.

📄 Plantillas Relacionadas

  • Recurso de Revisión en Materia Administrativa (Estatal) - Para impugnar la resolución inicial antes de acudir al amparo.
  • Escrito de Incidente de Suspensión Definitiva en Amparo - Para solicitar que la suspensión provisional se convierta en definitiva durante el juicio.
  • Demanda de Amparo contra Multa Administrativa - Para actos de autoridad distintos a la clausura.
  • Solicitud de Medidas Cautelares ante Tribunal de lo Administrativo de Jalisco - Para la vía contencioso-administrativa local.
  • Promoción de Cumplimiento de Sentencia de Amparo - Para cuando se gana el amparo y la autoridad no acata la orden de reapertura.
Red Nacional de Abogados

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