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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO
EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE, SI SE CONOCE)
JUEZ DE DISTRIEGO EN EL ESTADO DE YUCATÁN
JUEZ DE DISTRITO EN TURNO EN EL ESTADO DE YUCATÁN, EN LOS QUE COMPETEN POR RAZÓN DEL TERRITORIO.
(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR O RAZÓN SOCIAL), mayor de edad, con domicilio para oír y recibir notificaciones en (DOMICILIO COMPLETO, CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, MUNICIPIO, YUCATÁN), actuando en mi propio derecho y carácter, señalando como medio de contacto el correo electrónico (CORREO ELECTRÓNICO) y teléfono (TELÉFONO); y autorizando para oír y recibir notificaciones en el mismo domicilio al C. (NOMBRE DEL APODERADO O REPRESENTANTE LEGAL, SI LO HAY), a quien se le tendrá por legalmente notificado en dicho domicilio; ante usted, con el debido respeto comparezco y expongo:
I. ACTOS RECLAMADOS
Por medio del presente escrito, formulo demanda de amparo indirecto en contra de los actos de autoridad que a continuación señalo:
- ACTO PRINCIPAL DE MOLESTIA: El acuerdo o resolución administrativa dictado por la autoridad responsable [ESPECIFICAR NOMBRE COMPLETO DE LA AUTORIDAD, E.J.: "DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MÉRIDA, YUCATÁN"], con fecha (FECHA DEL ACUERDO DE CLAUSURA), mediante el cual se ordena la clausura total o parcial del establecimiento comercial/industrial/oficina ubicado en (DOMICILIO COMPLETO DEL ESTABLECIMIENTO), identificado con el folio o número de expediente administrativo (NÚMERO DE EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO). Dicho acuerdo se funda en [MENCIONAR BREVEMENTE EL FUNDAMENTO ALEGADO POR LA AUTORIDAD, E.J.: "PRESUNTAS IRREGULARIDADES EN LA LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN O USO DE SUELO"].
- ACTOS PREPARATORIOS O DE EJECUCIÓN: Se reclaman también todos los actos preparatorios, de procedimiento y de ejecución derivados del acto principal, incluyendo, pero no limitándose a: la notificación del acuerdo de clausura, la colocación de sellos oficiales, la imposición de multas coercitivas o accesorias, y cualquier diligencia tendiente a hacer efectiva la medida de clausura.
Los actos referidos son reclamados por considerarlos violatorios de las garantías individuales que se expresan en el siguiente apartado.
II. GARANTÍAS VIOLADAS
Los actos de autoridad antes descritos violan, de manera directa y patente, las siguientes garantías consagradas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el Art. 1 Ley de Amparo:
- GARANTÍA DE LEGALIDAD (Art. 14 Constitucional): Se viola el principio de que a ninguna persona se le puede privar de sus propiedades, posesiones o derechos sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y con apego a las leyes expedidas con anterioridad al hecho. La clausura del establecimiento constituye una privación de hecho del uso y goce de un bien (el local comercial), la cual no se ajustó al estricto marco legal aplicable.
- GARANTÍA DE FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN (Art. 16 Constitucional): El acuerdo de clausura carece de una fundamentación y motivación jurídica suficiente y adecuada. No se especifican con precisión los hechos y preceptos legales que justifican una medida tan grave y drástica como la clausura, ni se demuestra la proporcionalidad de la misma en relación con las presuntas infracciones cometidas.
- GARANTÍA DE AUDIENCIA Y DEBIDO PROCESO ADMINISTRATIVO: Derivado de los artículos 14 y 16 constitucionales, y de lo dispuesto por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se violó el derecho a ser oído y a defenderse antes de que se dictara una resolución definitiva que afecta derechos patrimoniales. No se me concedió un plazo suficiente para corregir las observaciones, presentar descargos o ofrecer pruebas, o bien, el procedimiento administrativo previo a la clausura adoleció de vicios sustanciales.
III. FUNDAMENTOS DE DERECHO
El presente juicio de amparo se funda en los siguientes preceptos legales:
- Artículo 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
- Artículos 1, 5, 107, 116 y demás relativos y aplicables de la Ley de Amparo.
- Artículos 1, 3 (Principios de legalidad, certeza, audiencia, etc.), 14 (Motivación de los actos administrativos), 69 y siguientes (Medidas de apremio) de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
- Disposiciones aplicables de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, específicamente en lo relativo a las facultades de verificación y sanción, las cuales deben ejercerse con estricto apego a los principios constitucionales y legales antes citados.
- Reglamento Municipal de Construcción, Desarrollo Urbano y Obras Públicas del Municipio de (ESPECIFICAR MUNICIPIO, E.J.: MÉRIDA), Yucatán, en sus artículos referentes a procedimientos sancionadores y clausura.
TESIS JURISPRUDENCIALES APLICABLES:
- Registro Digital: 2021554 - "ACTO ADMINISTRATIVO. LA AUSENCIA DE MOTIVACIÓN O UNA MOTIVACIÓN INSUFICIENTE O INADECUADA EN EL MISMO, CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN AL DEBIDO PROCESO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO)." Esta tesis sostiene que la falta de una motivación clara y suficiente en un acto administrativo, como una orden de clausura, viola por sí misma las garantías de legalidad y audiencia.
- Registro Digital: 2018237 - "AMPARO EN MATERIA ADMINISTRATIVA. LA SANCIÓN DE CLAUSURA DEBE SER PROPORCIONAL A LA GRAVEDAD DE LA INFRACCIÓN COMETIDA." La Suprema Corte ha establecido que las autoridades, al imponer una clausura, deben realizar un análisis de proporcionalidad, considerando si era la medida menos gravosa para lograr el fin legítimo perseguido.
- Registro Digital: 2007892 - "DEBIDO PROCESO EN SEDE ADMINISTRATIVA. EL DERECHO DE AUDIENCIA PREVIA A LA EMISIÓN DE UNA RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE AFECTE DERECHOS." Esta tesis refuerza la obligación de la autoridad de otorgar al gobernado la oportunidad de ser oído y defenderse antes de dictar una resolución tan grave como una clausura definitiva.
IV. HECHOS
- El quejoso es propietario (o legítimo poseedor) del establecimiento mercantil ubicado en (DOMICILIO COMPLETO DEL ESTABLECIMIENTO), dedicado a la actividad de (DESCRIBIR ACTIVIDAD ECONÓMICA), el cual opera con (o ha solicitado) las licencias y permisos correspondientes.
- Con fecha (FECHA DE INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO), la autoridad responsable inició un procedimiento administrativo de verificación, alegando [ESPECIFICAR ALEGATO, E.J.: "FALTA DE LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN PARA UNA MODIFICACIÓN MENOR"].
- Durante dicho procedimiento, no se me concedió un plazo suficiente y efectivo para subsanar las observaciones, presentar documentos faltantes o ofrecer pruebas en mi defensa. (O bien: El procedimiento se siguió sin notificarme personalmente, violando el derecho de audiencia).
- Finalmente, con fecha (FECHA DEL ACUERDO), la autoridad responsable, sin una fundamentación jurídica completa y sin analizar la proporcionalidad de la medida, emitió el acuerdo de clausura total/parcial del establecimiento, ordenando la colocación de sellos y la suspensión inmediata de actividades.
- Dicha medida implica un daño grave e irreparable a mi patrimonio, a la fuente de empleo de (NÚMERO) trabajadores y a mi derecho al trabajo y al libre desarrollo de la personalidad, generando perjuicios económicos cuantiosos y de difícil reparación.
V. PETICIONES
Por lo expuesto y fundado, respetuosamente suplico a usted, Señor Juez:
- SE SIRVA ADMITIR la presente demanda de amparo indirecto.
- SE SIRVA SUSPENDER DE FORMA INMEDIATA los efectos del acto reclamado, es decir, el acuerdo de clausura y todos los actos de ejecución derivados del mismo, en términos del Art. 124 de la Ley de Amparo, por tratarse de un acto que de ejecutarse causaría daños y perjuicios de difícil reparación. Ofrezco prestar la contracautela que en derecho corresponda, la cual propongo consista en una garantía por la cantidad de (MONTO PROPUESTO EN PESOS MEXICANOS) o, en su defect, en la que Vuestra Señoría estime prudente.
- Una vez concedida la suspensión, SE SIRVA ORDENAR EL LEVANTAMIENTO INMEDIATO DE LA CLAUSURA y la remoción de los sellos oficiales colocados en el establecimiento, para restablecer el statu quo ante y permitir la continuación de las actividades.
- SE SIRVA TURNAR el presente escrito al Ministerio Público de la Federación para los efectos del Art. 5 de la Ley de Amparo.
- SE SIRVA REQUERIR a la autoridad responsable para que, en el plazo legal, rinda su informe justificado con los documentos que obren en el expediente administrativo.
- SE SIRVA DECLARAR FUNDADO EL PRESENTE JUICIO DE AMPARO, con los efectos establecidos en el Art. 80 de la Ley de Amparo, dejando sin efectos el acuerdo de clausura reclamado.
VI. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
Este Juzgado de Distrito es competente para conocer del presente asunto en virtud de que:
- Los actos reclamados son emitidos por una autoridad administrativa (municipal o estatal) con sede en el Estado de Yucatán.
- El establecimiento afectado se encuentra ubicado dentro de la circunscripción territorial del Estado de Yucatán.
- El amparo se promueve en la vía indirecta, conforme al Art. 107, fracción I de la Constitución y Art. 116 de la Ley de Amparo, por tratarse de actos de autoridad que no provienen de un tribunal judicial o del ejercicio de atribuciones del Ministerio Público.
VII. ANEXOS
Se anexan para mejor proveer los siguientes documentos (copias simples para su cotejo):
- Copia de la identificación oficial del quejoso (INE o pasaporte).
- Copia del acta constitutiva y poder notarial, si actúa como representante legal.
- Copia del acuerdo de clausura notificado (acto reclamado).
- Copia de todas las notificaciones y escritos presentados en el procedimiento administrativo previo.
- Copia de la licencia de funcionamiento, permisos o cualquier documento que acredite la legal operación del establecimiento.
- Comprobante de domicilio del quejoso.
- Lista de testigos (si se ofrecen): (NOMBRE COMPLETO, DOMICILIO Y TELÉFONO DE LOS TESTIGOS).
PROTESTO LO NECESARIO.
LUGAR Y FECHA: (CIUDAD, YUCATÁN), a (DÍA) de (MES) de (AÑO).
NOMBRE Y FIRMA DEL QUEJOSO O REPRESENTANTE LEGAL:
(NOMBRE COMPLETO)
(FIRMA)
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- Ley de Amparo
- Ley Federal de Procedimiento Administrativo
- Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
- Reglamentos Municipales de Construcción y Desarrollo Urbano del Estado de Yucatán.
📋 Instrucciones de Llenado
- (NÚMERO DE EXPEDIENTE, SI SE CONOCE): Solo llenar si ya se tiene un número asignado por el Juzgado. De lo contrario, dejar en blanco.
- (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR O RAZÓN SOCIAL): Escribir el nombre completo de la persona física o la razón social exacta de la empresa afectada.
- (DOMICILIO COMPLETO...): Indicar el domicilio completo para recibir notificaciones judiciales. Debe ser preciso.
- (CORREO ELECTRÓNICO) y (TELÉFONO): Proporcionar datos de contacto vigentes.
- (NOMBRE DEL APODERADO...): Solo llenar si se actúa mediante representante legal. Si no, se puede eliminar la frase o poner "mi propia persona".
- (ESPECIFICAR NOMBRE COMPLETO DE LA AUTORIDAD...): Es crucial identificar correctamente a la autoridad que emitió la clausura (ej. "Presidencia Municipal de Umán", "Secretaría de Desarrollo Urbano del Estado de Yucatán").
- (FECHA DEL ACUERDO...), (NÚMERO DE EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO): Copiar estos datos exactamente como aparecen en el documento de clausura.
- (MENCIONAR BREVEMENTE EL FUNDAMENTO...): Describir en una frase la razón que dio la autoridad para la clausura.
- (DESCRIBIR ACTIVIDAD ECONÓMICA): Especificar a qué se dedica el negocio (ej. "venta de alimentos", "taller mecánico", "consultorio médico").
- (FECHA DE INICIO...), (ESPECIFICAR ALEGATO...): Relatar brevemente el inicio del conflicto administrativo.
- (NÚMERO): Indicar cuántos empleados dependen del establecimiento.
- (MONTO PROPUESTO EN PESOS MEXICANOS): Proponer un monto razonable para la garantía (contracautela). Puede ser simbólico o un porcentaje del valor del negocio. El Juez decidirá el monto final.
- (CIUDAD, YUCATÁN), (DÍA) de (MES) de (AÑO): Lugar y fecha de firma de la demanda.
- (NOMBRE COMPLETO) y (FIRMA): Firma autógrafa y nombre de quien presenta la demanda.
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