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V1Amparo Indirecto contra Decreto Expropiatorio — Colima
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

AMPARO INDIRECTO CONTRA DECRETO EXPROPIATORIO

EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN)

JUZGADO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE COLIMA
MATERIA: ADMINISTRATIVA
ASUNTO: JUICIO DE AMPARO INDIRECTO

I. ACTOR O QUEJOSO

Nombre o Razón Social: (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL ACTOR)
Domicilio para oír y recibir notificaciones: (DOMICILIO COMPLETO EN EL ESTADO DE COLIMA, CON CÓDIGO POSTAL)
Registro Federal de Contribuyentes (RFC): (RFC DEL ACTOR)
Representante Legal (en su caso): (NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL, CON PODER NOTARIAL O ESCRITURA PÚBLICA)

II. AUTORIDAD O AUTORIDADES RESPONSABLES

  1. AUTORIDAD PRIMERA RESPONSABLE: [NOMBRE DEL TITULAR DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD FEDERAL QUE EMITIÓ EL DECRETO, EJE. "SECRETARÍA DE..."].
  2. AUTORIDAD SEGUNDA RESPONSABLE (EN SU CASO): (NOMBRE DEL GOBERNADOR DEL ESTADO DE COLIMA O TITULAR DE LA ENTIDAD ESTATAL COLABORADORA).
  3. AUTORIDAD TERCERA RESPONSABLE: EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD DEL ESTADO DE COLIMA.

III. HECHOS

1. El actor es propietario legítimo del inmueble identificado como: [DESCRIPCIÓN COMPLETA DEL PREDIO, CON SUPERFICIE, COLINDANCIAS, FOLIO REAL Y LOCALIZACIÓN EN EL MUNICIPIO DE (MUNICIPIO), COLIMA]. Dicha propiedad se encuentra inscrita en el Registro Público de la Propiedad del Estado de Colima bajo el número de folio real (NÚMERO DE FOLIO REAL).

2. Con fecha (FECHA DE NOTIFICACIÓN O PUBLICACIÓN), la autoridad responsable emitió el decreto expropiatorio identificado con número (NÚMERO O CLASIFICACIÓN DEL DECRETO), publicado en el (DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN O PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE COLIMA). Dicho decreto ordena la expropiación del inmueble antes descrito, alegando como causa de utilidad pública: (TRANSCRIBIR TEXTUALMENTE LA CAUSA DE UTILIDAD PÚBLICA SEÑALADA EN EL DECRETO).

3. El decreto fija como indemnización la cantidad de $(MONTO INDEMNIZATORIO) ( (CANTIDAD EN LETRA) ), la cual fue notificada al actor sin previo avalúo pericial contradictorio ni procedimiento que permitiera al quejoso discutir el monto, violando el derecho de audiencia y el principio de indemnización justa.

4. El actor considera que la expropiación carece de fundamentación legal y motivos de utilidad pública real, constituyendo una privación arbitraria de su propiedad, en violación directa a lo dispuesto por el Art. 16 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Art. 27 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

IV. PRETENSIONES

Se solicita al Juzgado de Distrito en el Estado de Colima:

  1. Que se tenga por interpuesto el presente juicio de amparo indirecto en contra del decreto expropiatorio referido.
  2. Que se decrete la SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO de plano o sobreviniente, para evitar la privación de la propiedad y la inscripción del decreto en el Registro Público, en tanto se resuelve el presente juicio.
  3. Que una vez substanciado, se CONCEDA EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL, declarando la inconstitucionalidad del decreto expropiatorio y, en consecuencia, se deje sin efectos dicho acto, restituyendo al quejoso en el pleno goce de su derecho de propiedad.

V. FUNDAMENTOS DE DERECHO

A) VIOLACIONES PROCESALES Y SUSTANTIVAS:

  1. Se viola el Art. 14 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al privarse de la propiedad sin un procedimiento legalmente establecido y sin ofrecer una indemnización justa y previa. La indemnización no fue determinada mediante avalúo pericial contradictorio, omitiendo lo dispuesto por el Art. 10 Ley de Expropiación.
  2. Se viola el Art. 16 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al no existir una fundamentación legal y motivación suficiente y objetiva que acredite la verdadera utilidad pública de la expropiación. El decreto se limita a enunciar la causa de manera genérica.
  3. Se viola el Art. 3 Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en relación con el Art. 14 de la misma ley, al no haberse garantizado el derecho de audiencia del gobernado en la etapa administrativa previa a la emisión del acto de privación.
  4. La obra pública alegada como causa no cumple con los requisitos de planeación y justificación técnica previstos en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, específicamente en sus Art. 30 y 31, lo que desvirtúa la declaratoria de utilidad pública.

B) TESIS JURISPRUDENCIALES APLICABLES:

  1. Amparo en revisión 999/2023 (Tesis Aislada). La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido que "LA DECLARATORIA DE UTILIDAD PÚBLICA EN MATERIA DE EXPROPIACIÓN DEBE ESTAR DEBIDAMENTE MOTIVADA Y FUNDAMENTADA, NO BASTA LA MENCIÓN GENÉRICA DE UNA CAUSA LEGAL". Esto implica que la autoridad debe acreditar con elementos objetivos la necesidad concreta de la afectación al dominio particular.
  2. Jurisprudencia 1a./J. 45/2022 (10a.). "LA INDEMNIZACIÓN EN MATERIA DE EXPROPIACIÓN DEBE SER JUSTA, LO QUE IMPLICA QUE SU MONTO SE DETERMINE MEDIANTE UN PROCEDIMIENTO QUE GARANTICE LA PARTICIPACIÓN DEL PARTICULAR, INCLUYENDO EL AVALÚO CONTRADICTORIO, SO PENA DE CONFIGURARSE UNA VIOLACIÓN AL DERECHO DE PROPIEDAD Y AL PRINCIPIO DE LEGALIDAD."
  3. Contradicción de Tesis 100/2021 (Tesis Aislada). "EL JUEZ DE DISTRITO EN EL AMPARO CONTRA ACTOS DE EXPROPIACIÓN DEBE VERIFICAR, ADEMÁS DE LA FORMA DEL DECRETO, LA EXISTENCIA REAL Y OBJETIVA DE LA UTILIDAD PÚBLICA ALEGADA, NO SIENDO SUFICIENTE LA DECLARACIÓN FORMAL DE LA AUTORIDAD."

C) COMPETENCIA Y JURISDICCIÓN:
Este Juzgado de Distrito en el Estado de Colima es competente para conocer del presente juicio de amparo indirecto, conforme a lo dispuesto por los artículos 46, 107 y 114 de la Ley de Amparo, ya que el acto reclamado es emitido por una autoridad federal y su ejecución se pretende realizar dentro del territorio del estado de Colima, lugar donde se ubica el inmueble materia de la expropiación.

VI. PRUEBAS

Se ofrecen las siguientes pruebas:

  1. DOCUMENTAL PÚBLICA: Copia certificada de la escritura pública de propiedad del inmueble y constancia de inscripción en el Registro Público de la Propiedad de Colima.
  2. DOCUMENTAL PÚBLICA: Copia del decreto expropiatorio publicado en el (DIARIO OFICIAL CORRESPONDIENTE).
  3. DOCUMENTAL PRIVADA: Avalúo pericial privado que acredite el valor comercial real del inmueble, contrastándolo con el monto indemnizatorio ofrecido.
  4. TESTIMONIAL: Declaración de (NOMBRE DE TESTIGO), con domicilio en (DOMICILIO), quien rendirá testimonio sobre la falta de procedimiento administrativo previo y consulta.
  5. PERICIAL: Dictamen de un perito en desarrollo urbano o ingeniería civil, que acredite que la obra pública alegada no justifica técnica o socialmente la expropiación del predio concreto.

SEÑÁLASE DOMICILIO PARA RECIBIR NOTIFICACIONES: El mismo consignado en el apartado I del presente escrito.

BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD

(CIUDAD DE COLIMA, COLIMA), A (DÍA) DE (MES) DE (AÑO).

__________________________
(NOMBRE DEL ACTOR O REPRESENTANTE LEGAL)
FIRMA

⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN): Déjese en blanco si es la presentación inicial. El Juzgado lo asignará.
  2. (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL ACTOR): Escriba el nombre completo, tal como aparece en su identificación oficial o acta constitutiva.
  3. (DOMICILIO COMPLETO...): Incluya calle, número exterior e interior, colonia, código postal, municipio y estado (Colima). Este será el domicilio para todas las notificaciones legales.
  4. (RFC DEL ACTOR): Incluya la homoclave. Es fundamental para identificar al quejoso.
  5. (NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL...): Solo si aplica. Adjunte copia simple del poder notarial o escritura que acredite la representación.
  6. (NOMBRE DEL TITULAR DE LA DEPENDENCIA...): Identifique con precisión la autoridad que firmó el decreto (ej. "Secretario de Comunicaciones y Transportes").
  7. (DESCRIPCIÓN COMPLETA DEL PREDIO...): Transcriba literalmente la descripción de la escritura pública, incluyendo superficie, colindancias, folio real y municipio.
  8. (FECHA DE NOTIFICACIÓN O PUBLICACIÓN): Fecha exacta en que se notificó personalmente o se publicó el decreto en el Diario Oficial.
  9. (NÚMERO O CLASIFICACIÓN DEL DECRETO): Número de oficio, acuerdo o decreto que identifica el acto expropiatorio.
  10. (TRANSCRIBIR TEXTUALMENTE LA CAUSA...): Copie palabra por palabra el fundamento de "utilidad pública" escrito en el decreto.
  11. (MONTO INDEMNIZATORIO) / (CANTIDAD EN LETRA): Escriba el monto numérico y en letra, sin centavos si no los hay.
  12. (NOMBRE DE TESTIGO) / (DOMICILIO): Proporcione datos completos del testigo. Deberá presentarse a declarar si el juez lo admite.
  13. (CIUDAD DE COLIMA, COLIMA) / (DÍA) / (MES) / (AÑO): Fecha y lugar de la firma del escrito.

📄 Plantillas Relacionadas

  • Solicitud de Suspensión Definitiva en Amparo (Administrativo) - Para pedir la suspensión permanente una vez concedida la provisional.
  • Incidente de Reposición de Pruebas (Juicio de Amparo) - Para solicitar que se admitan pruebas que fueron desechadas.
  • Demanda de Indemnización por Expropiación Irregular - Para reclamar daños y perjuicios una vez ganado el amparo.
  • Recurso de Revisión contra Sentencia de Amparo - Para impugnar la sentencia del Juez de Distrito ante un Tribunal Colegiado.
  • Escrito de Oposición al Desistimiento o Allanamiento - Para manifestar al juez que no se desiste de la acción, en caso de presión de la autoridad.
Red Nacional de Abogados

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