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V1Amparo Indirecto contra Decreto Expropiatorio — Guanajuato
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

AMPARO INDIRECTO

EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE)

JUEZ DE DISTRICTO EN EL ESTADO DE GUANAJUATO

JUEZ DE DISTRICTO EN TURNO EN EL ESTADO DE GUANAJUATO
P R E S E N T E

(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), mayor de edad, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, GUANAJUATO), autorizando para tal efecto al C. (NOMBRE DEL NOTIFICADOR AUTORIZADO), y proporcionando los medios de contacto: teléfono (TELÉFONO) y correo electrónico (CORREO ELECTRÓNICO); actuando en mi propio derecho y carácter, y señalando como acto reclamado el que a continuación expreso, respetuosamente expongo:

I. ACTO RECLAMADO

El Decreto Expropiatorio emitido por el [NOMBRE COMPLETO DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE, EJM. "GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO"], con fecha (FECHA DEL DECRETO), publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato, el día (FECHA DE PUBLICACIÓN), mediante el cual se declara la utilidad pública y se ordena la expropiación del inmueble de mi propiedad, identificado con la clave catastral (CLAVE CATASTRAL), ubicado en (DOMICILIO COMPLETO DEL INMUEBLE), con una superficie total de (SUPERFICIE EN M²) metros cuadrados.

Dicho acto es violatorio de las garantías que consagra el Art. 16 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el Art. 14 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y Art. 27 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

II. FUNDAMENTOS DE DERECHO

El presente juicio de amparo se promueve con fundamento en los siguientes preceptos legales:

  1. Art. 107 Ley de Amparo, fracción I, que establece la procedencia del amparo indirecto contra actos de autoridad que importen una verdadera privación de derechos.
  2. Art. 116 Ley de Amparo, que regula la presentación de la demanda de amparo indirecto.
  3. Art. 16 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece que nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
  4. Art. 14 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que consagra el principio de legalidad y seguridad jurídica, prohibiendo la privación de derechos sin previa audiencia y sin un procedimiento legalmente establecido.
  5. Art. 27 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que regula la expropiación por causa de utilidad pública y mediante indemnización.
  6. Art. 3 Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en lo aplicable a los principios de legalidad, certeza y audiencia en los actos de autoridad.
  7. Art. 2 Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, que define el concepto de utilidad pública.

III. VIOLACIONES PROCESALES Y SUSTANTIVAS

El decreto expropiatorio adolece de las siguientes violaciones:

A) Falta de Fundamento y Motivación (Artículo 16 Constitucional)

El acto reclamado no cumple con el requisito de ser fundado y motivado. Se limita a declarar genéricamente la "utilidad pública" para un proyecto de obra pública denominado [NOMBRE DEL PROYECTO, EJM. "CONSTRUCCIÓN DE LA VÍA RÁPIDA"], sin especificar los estudios técnicos, económicos y sociales que justifiquen la necesidad concreta e ineludible de afectar mi propiedad particular, en lugar de otros terrenos o alternativas menos gravosas. No se demuestra la relación directa y proporcional entre el fin público declarado y la privación de mi derecho de propiedad.

B) Ausencia de Audiencia y Defensa Previas (Artículo 14 Constitucional)

Con anterioridad a la emisión del decreto, no se me notificó personalmente, ni se me concedió audiencia para manifestar lo que a mi derecho convenga, presentar pruebas y oponerme a la declaratoria de utilidad pública. Se violentó el derecho de defensa previo a la privación de un derecho patrimonial, consagrado en el Art. 14 Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

C) Indemnización Injusta e Inoportuna (Artículo 27 Constitucional)

El decreto fija una indemnización que no corresponde al valor comercial del inmueble, calculado en (MONTO INDEMNIZACIÓN DECRETADA), el cual es manifiestamente inferior al valor de mercado. Además, la indemnización no se paga de manera previa a la toma de posesión material del inmueble, contraviniendo el mandato constitucional expreso.

IV. TESIS JURISPRUDENCIALES

  1. Registro Digital: 2023567 - EXPROPRIACIÓN. LA DECLARATORIA DE UTILIDAD PÚBLICA DEBE ESTAR DEBIDAMENTE FUNDADA Y MOTIVADA (ÉPOCA: DÉCIMA ÉPOCA, MATERIA(S): ADMINISTRATIVA). La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido que la simple declaración genérica de utilidad pública no es suficiente; la autoridad debe exponer las razones técnicas, económicas o sociales específicas que justifican la necesidad concreta de la expropiación del predio en cuestión.
  2. Registro Digital: 2019882 - GARANTÍA DE AUDIENCIA. SU APLICACIÓN EN PROCEDIMIENTOS EXPROPIATORIOS (ÉPOCA: DÉCIMA ÉPOCA, MATERIA(S): CONSTITUCIONAL, ADMINISTRATIVA). Es obligación de la autoridad, antes de emitir el decreto expropiatorio, notificar al particular y otorgarle una audiencia en la que pueda ofrecer pruebas y alegar lo conveniente a su derecho, especialmente sobre la existencia de la utilidad pública y el monto de la indemnización.
  3. Registro Digital: 2021123 - INDEMNIZACIÓN EXPROPIATORIA. DEBE PAGARSE PREVIAMENTE A LA PRIVACIÓN DEL DOMINIO (ÉPOCA: DÉCIMA ÉPOCA, MATERIA(S): CONSTITUCIONAL). El pago de la indemnización o su aseguramiento efectivo es condición sine qua non para que la autoridad pueda legalmente desposeer al particular de su bien. La falta de pago previo convierte al acto expropiatorio en una privación ilegal de la propiedad.

V. PETICIONES

Por lo expuesto y fundado, solicito respetuosamente a este Honorable Juzgado:

  1. Se tenga por interpuesta la presente demanda de amparo indirecto en contra del Decreto Expropiatorio descrito.
  2. Se admita la demanda y se mande dar el trámite correspondiente.
  3. En virtud de la afectación grave e irreparable a mi derecho de propiedad, se otorgue de forma inmediata la SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO, bajo los términos del Art. 124 Ley de Amparo, para que se mantenga el statu quo y no se me despoje de la posesión de mi inmueble mientras se resuelve el presente juicio.
  4. En su momento, se conceda el AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL, para efectos de que se dejen sin efectos el Decreto Expropiatorio reclamado y todos sus consecuencias jurídicas, restituyéndome en el pleno goce de mi derecho de propiedad.

VI. OFRECIMIENTO DE PRUEBAS

Ofrezco las siguientes pruebas:

  1. Documental Pública: Copia certificada del decreto expropiatorio publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato.
  2. Documental Pública: Escritura Pública número (NÚMERO DE ESCRITURA), otorgada ante la fe del Notario Público número (NÚMERO) de (CIUDAD), que acredita mi legítima propiedad sobre el inmueble.
  3. Documental Privada: Avalúo comercial pericial realizado por (NOMBRE DEL PERITO VALUADOR), con cédula profesional (NÚMERO DE CÉDULA), que acredita el valor comercial real del inmueble, por la cantidad de (MONTO DEL AVALÚO).
  4. Testimonial: Declaración del C. (NOMBRE DEL TESTIGO), con domicilio en (DOMICILIO DEL TESTIGO), quien rendirá su protesta de ley y declarará sobre la falta de notificación personal y audiencia previa a la emisión del decreto.

Solicito se requiera a la autoridad responsable el informe previo justificado con los documentos que obren en el expediente administrativo que dio origen al acto reclamado.

VII. AUTORIDADES

  • AUTORIDAD RESPONSABLE: [NOMBRE COMPLETO DE LA AUTORIDAD QUE FIRMÓ EL DECRETO, EJM. "GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO"].
  • AUTORIDAD QUE CONOCIÓ DEL ACTO: El mismo.
  • TERCERO PERJUDICADO: [NOMBRE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD ESTATAL A FAVOR DE LA CUAL SE EXPIDE EL DECRETO, EJM. "SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, CONEXIÓN Y DESARROLLO DEL ESTADO DE GUANAJUATO"].

VIII. DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES

Señalo como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en: (CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, GUANAJUATO).
Autorizo para recibir notificaciones personales al C. (NOMBRE DEL NOTIFICADOR AUTORIZADO).
Teléfono: (TELÉFONO)
Correo electrónico: (CORREO ELECTRÓNICO)

Bajo protesta de decir verdad, de que los hechos expuestos son ciertos y de que obro de buena fe.

LUGAR Y FECHA: (CIUDAD, GUANAJUATO), a los (DÍA) días del mes de (MES) del año (AÑO).

_________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR)
FIRMA DEL ACTOR

⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

Ley Federal de Procedimiento Administrativo, Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Ley de Amparo

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Escriba su nombre completo, tal como aparece en su identificación oficial (INE) y en el título de propiedad.
  2. (DOMICILIO PARA NOTIFICACIONES): Proporcione un domicilio completo, real y accesible dentro del estado de Guanajuato. Este será el único válido para notificaciones judiciales.
  3. (NOMBRE DEL NOTIFICADOR AUTORIZADO): Nombre de la persona (mayor de edad) que queda autorizada para recibir notificaciones personales en su representación en el domicilio señalado.
  4. (TELÉFONO) y (CORREO ELECTRÓNICO): Incluya ambos medios de contacto, verificando que sean correctos y estén activos.
  5. (AUTORIDAD RESPONSABLE): Identifique con precisión el nombre y cargo de la autoridad estatal que firmó y emitió el decreto expropiatorio (ej. Gobernador, Secretario de...).
  6. (TERCERO PERJUDICADO): Identifique a la dependencia o entidad del gobierno de Guanajuato que se beneficiaría con la expropiación (la que ejecutaría la obra pública).
  7. (DATOS DEL INMUEBLE): Transcriba con exactitud la clave catastral, domicilio y superficie que aparecen en el decreto y en su escritura de propiedad.
  8. (DATOS DEL DECRETO): Incluya la fecha de emisión y la fecha de publicación en el Periódico Oficial del Estado de Guanajuato. Adjunte copia.
  9. (MONTO INDEMNIZACIÓN DECRETADA) y (MONTO DEL AVALÚO): Anote las cantidades exactas en números y letras. El avalúo debe ser reciente y realizado por perito profesional.
  10. (NOMBRE DEL PROYECTO): Copie el nombre oficial del proyecto de obra pública que motiva la expropiación, tal como se menciona en el decreto o en comunicaciones oficiales.

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