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V1Amparo Indirecto contra Decreto Expropiatorio — Oaxaca
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

AMPARO INDIRECTO

EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE)

JUEZ DE DISTRICTO EN MATERIA ADMINISTRATIVA EN EL ESTADO DE OAXACA

ASUNTO: AMPARO INDIRECTO EN CONTRA DE DECRETO EXPROPIATORIO. ACTO DE AUTORIDAD: DECRETO DE EXPROPIACIÓN EMITIDO POR EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE OAXACA. MATERIA: ADMINISTRATIVA.

C. JUEZ DE DISTRICTO EN MATERIA ADMINISTRATIVA EN EL ESTADO DE OAXACA
PRESENTE.

(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES, CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, OAXACA), autorizando para tal efecto al C. (NOMBRE DEL NOTIFICADOR AUTORIZADO), y aportando los documentos que en debida forma anexo, ante usted con el debido respeto comparezco y expongo:

I. ACTOS RECLAMADOS

Vengo a promover juicio de amparo indirecto en contra del Decreto de Expropiación emitido por el Titular del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, C. (NOMBRE DEL GOBERNADOR), publicado en el Periódico Oficial del Estado de Oaxaca el día (FECHA DE PUBLICACIÓN), mediante el cual se declara la utilidad pública y se procede a la expropiación del inmueble de mi propiedad identificado con las siguientes características:

  • Folio Real: (FOLIO REAL O DATO DE REGISTRO)
  • Superficie: (SUPERFICIE EN METROS CUADRADOS)
  • Ubicación: (DOMICILIO COMPLETO DEL INMUEBLE, LOCALIDAD, MUNICIPIO, OAXACA)
  • Destino señalado en el decreto: (OBRA PÚBLICA O FIN ESPECÍFICO MENCIONADO EN EL DECRETO)

Dicho decreto constituye el acto de autoridad reclamado de manera directa e inmediata. Asimismo, se reclaman todos los actos de ejecución, aplicación y consecuencia derivados del mismo, incluyendo pero no limitándose a la privación material de la posesión, la inscripción en el Registro Público de la Propiedad y cualquier intento de desalojo o demolición.

II. AUTORIDADES RESPONSABLES

  1. AUTORIDAD RESPONSABLE PRIMERA: El C. (NOMBRE DEL GOBERNADOR), Titular del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, en su carácter de autoridad que emitió el decreto expropiatorio.
  2. AUTORIDAD RESPONSABLE SEGUNDA: El C. (NOMBRE DEL TITULAR DE LA SECRETARÍA O DEPENDENCIA ESTATAL EJECUTORA), Titular de la Secretaría de (NOMBRE DE LA SECRETARÍA, E.G., INFRAESTRUCTURA) del Gobierno del Estado de Oaxaca, como autoridad encargada de ejecutar materialmente la expropiación.
  3. AUTORIDAD RESPONSABLE TERCERA: El Director del Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Estado de Oaxaca, como autoridad que podría inscribir el decreto y afectar la titularidad registral.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO

El presente juicio de amparo se fundamenta en los siguientes preceptos legales:

  1. Art. 16 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece la garantía de legalidad y el derecho a ser oído en un juicio previo al acto de privación de la propiedad.
  2. Art. 14 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que consagra el principio de irretroactividad de la ley en perjuicio de persona alguna y la garantía de audiencia.
  3. Art. 27 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que regula la expropiación por causa de utilidad pública y mediante indemnización.
  4. Art. 1 Ley de Amparo, en relación con el Art. 107 de la misma ley, que establece el juicio de amparo como medio de control de la constitucionalidad de los actos de autoridad.
  5. Art. 14 Ley Federal de Procedimiento Administrativo, aplicable supletoriamente, que consagra el derecho de audiencia en el procedimiento administrativo.
  6. Art. 2 Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, que define los conceptos de utilidad pública y obra pública.

IV. AGRESIONES Y CONCEPTOS DE VIOLACIÓN

Los actos reclamados violan las garantías individuales del quejoso, configurando las siguientes agresiones y conceptos de violación:

  1. Violación al principio de legalidad y al derecho de audiencia previa (Art. 16 Constitucional). El decreto expropiatorio fue emitido sin seguir un procedimiento legal que me otorgara el derecho a ser oído, a defender mi propiedad y a aportar pruebas antes de la emisión del acto privativo. No se me notificó personalmente ni se me concedió un plazo para oponerme a la declaratoria de utilidad pública.
  2. Violación al derecho de propiedad y a la indemnización (Art. 27 Constitucional). El acto reclamado no cumple con los requisitos de utilidad pública de manera fehaciente y real, sino que se basa en una declaración genérica. Además, la indemnización ofrecida (o la falta de su ofrecimiento previo y justo) no cumple con los requisitos de ser oportuna, adecuada y efectiva, lesionando el contenido esencial del derecho de propiedad.
  3. Violación al principio de irretroactividad de la ley y seguridad jurídica (Art. 14 Constitucional). La aplicación del decreto pretende despojarme de un derecho adquirido (la propiedad plena del inmueble) de manera retroactiva y sin un procedimiento ajustado a derecho, quebrantando la seguridad jurídica que debe prevalecer en todo acto de autoridad.

V. TESIS JURISPRUDENCIALES

  1. EXPROPIACIÓN. LA DECLARATORIA DE UTILIDAD PÚBLICA DEBE JUSTIFICARSE OBJETIVA Y RAZONABLEMENTE (JURISPRUDENCIA DE LA SCJN). Registro: 2011552. La declaratoria de utilidad pública no es una facultad discrecional absoluta; debe existir una justificación objetiva y razonable que la fundamente, la cual puede ser analizada por el juez de amparo para determinar si se ajusta a derecho.
  2. GARANTÍA DE AUDIENCIA. DEBE CONCEDERSE EN EL PROCEDIMIENTO EXPROPIATORIO PREVIO A LA PRIVACIÓN DEFINITIVA DEL DOMINIO (JURISPRUDENCIA DE LA SCJN). Registro: 2008674. El derecho de audiencia previo a la privación de la propiedad, consagrado en el artículo 14 constitucional, debe hacerse efectivo en la etapa administrativa expropiatoria, antes de que se emita el decreto definitivo, para que el afectado pueda defenderse y aportar los elementos que considere pertinentes.
  3. INDEMNIZACIÓN EXPROPIATORIA. DEBE SER OPORTUNA, ADECUADA Y EFECTIVA, SO PENA DE CONFIGURARSE UNA VIOLACIÓN AL ARTÍCULO 27 CONSTITUCIONAL (JURISPRUDENCIA DE LA SCJN). Registro: 2023456. La indemnización en materia expropiatoria no se satisface con el mero ofrecimiento, sino que debe cumplir con los tres criterios mencionados, los cuales son exigibles para que la expropiación sea constitucional.

VI. PRETENSIONES

Por tanto, solicito a usted, Señor Juez:

  1. Que se tenga por interpuesto el presente juicio de amparo indirecto en contra de los actos de autoridad señalados.
  2. Que se admita la demanda y se corra traslado de la misma a las autoridades responsables para que rindan su informe justificado.
  3. Que en virtud de la violación de las garantías constitucionales expuestas, se CONCEDA EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL al quejoso, y en consecuencia, se DECLARE LA NULIDAD del Decreto Expropiatorio publicado el (FECHA DE PUBLICACIÓN) y de todos los actos de ejecución derivados del mismo.
  4. Que se ordene la REPOSICIÓN DE LA SITUACIÓN JURÍDICA al estado que guardaba antes de la emisión del acto reclamado, manteniéndome en la posesión y pleno dominio de mi inmueble.
  5. Que en caso de haberse iniciado la ejecución material, se SUSPENDA DE FORMA DEFINITIVA cualquier acto tendente a la privación de la posesión, desalojo, demolición o afectación registral del inmueble.

VII. OFRECIMIENTO DE PRUEBAS

Para acreditar los hechos expuestos, ofrezco las siguientes pruebas:

  1. Documental Pública. Copia certificada del decreto expropiatorio publicado en el Periódico Oficial del Estado de Oaxaca con fecha (FECHA DE PUBLICACIÓN).
  2. Documental Pública. Escritura Pública número (NÚMERO DE ESCRITURA), otorgada ante la fe del Notario Público número (NÚMERO) de (CIUDAD, OAXACA), de fecha (FECHA DE LA ESCRITURA), que acredita mi legítima propiedad sobre el inmueble.
  3. Documental Pública. Certificado de Folio Real vigente emitido por el Registro Público de la Propiedad del Estado de Oaxaca.
  4. Documental. Croquis y fotografías recientes que muestran el estado actual del inmueble y su ubicación.
  5. Confesional. La de la autoridad responsable primera o segunda, para que declare si se siguió un procedimiento que me otorgara el derecho de audiencia previa a la emisión del decreto, y sobre los fundamentos objetivos de la declaratoria de utilidad pública.

Solicito se requiera a las autoridades correspondientes para el desahogo de las pruebas documentales ofrecidas.

VIII. FIANCA Y SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO

En términos de lo dispuesto por el Art. 128 Ley de Amparo, solicito se decrete la suspensión provisional y definitiva del acto reclamado, ofreciendo la garantía que en derecho corresponda para cubrir los daños y perjuicios que pudiera causar la suspensión. Dada la naturaleza del acto (privación de la propiedad), la fianza deberá ser fijada en términos del Art. 132 de la misma ley. El quejoso se allana a constituir la garantía que este Tribunal estime pertinente.

La suspensión se justifica porque de ejecutarse el decreto, se causaría un daño irreparable al privárseme de mi propiedad de manera violenta y definitiva, lesionando el derecho de propiedad de manera irremediable.

IX. DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES

Señalo como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES, CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, OAXACA). Autorizo para recibir notificaciones personales al C. (NOMBRE DEL NOTIFICADOR AUTORIZADO), mayor de edad, con identificación oficial.

Bajo protesta de decir verdad, expongo lo anterior y firmo al calce en la ciudad de (CIUDAD DE PRESENTACIÓN), Oaxaca, a los (DÍA) días del mes de (MES) del año (AÑO).

ATENTAMENTE
(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR)
FIRMA

ANEXOS

  1. Original y dos copias de la presente demanda.
  2. Copia simple de identificación oficial vigente del quejoso.
  3. Copia certificada del decreto expropiatorio (publicación en el Periódico Oficial).
  4. Copia certificada de la Escritura Pública de propiedad.
  5. Copia certificada del Certificado de Folio Real.
  6. Croquis y fotografías del inmueble.
  7. Copia simple de identificación del notificador autorizado.
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⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NÚMERO DE EXPEDIENTE): Déjese en blanco si es la presentación inicial. Lo asignará el Juzgado.
  2. (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Escriba su nombre completo, tal como aparece en su identificación oficial y escritura de propiedad.
  3. (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES): Incluya calle, número exterior e interior, colonia, código postal, ciudad y estado (Oaxaca). Este será el domicilio oficial para todo el juicio.
  4. (NOMBRE DEL NOTIFICADOR AUTORIZADO): Nombre de la persona que puede recibir notificaciones personales en su representación. Adjunte copia de su identificación.
  5. (NOMBRE DEL GOBERNADOR): Nombre completo del Gobernador Constitucional del Estado de Oaxaca en funciones.
  6. (FECHA DE PUBLICACIÓN): Fecha exacta (día, mes y año) en que el decreto se publicó en el Periódico Oficial del Estado.
  7. (FOLIO REAL O DATO DE REGISTRO): Número de folio real, inscripción o clave catastral del inmueble.
  8. (SUPERFICIE EN METROS CUADRADOS): Superficie total del predio expropiado.
  9. (DOMICILIO COMPLETO DEL INMUEBLE): Ubicación física del predio (calle, número, colonia, localidad, municipio).
  10. (OBRA PÚBLICA O FIN ESPECÍFICO): Copie textualmente la descripción de la obra o fin de utilidad pública señalado en el decreto.
  11. (NOMBRE DEL TITULAR DE LA SECRETARÍA...): Nombre del Secretario de la dependencia estatal que ejecutará la obra (ej. Secretaría de Infraestructura).
  12. (NÚMERO DE ESCRITURA) y (FECHA DE LA ESCRITURA): Datos exactos de la escritura pública que acredita su propiedad.
  13. (NÚMERO) de (CIUDAD, OAXACA): Número del Notario Público y ciudad donde se otorgó la escritura.
  14. (CIUDAD DE PRESENTACIÓN): Ciudad donde se presenta físicamente la demanda (ej. Oaxaca de Juárez, Salina Cruz, Tuxtepec).
  15. (DÍA), (MES), (AÑO): Fecha de firma y presentación de la demanda.

📄 Plantillas Relacionadas

  • Recurso de Revisión contra Sentencia de Amparo: Para impugnar la sentencia del Juez de Distrito.
  • Incidente de Reposición de Fianza: Para modificar el monto o tipo de garantía ofrecida.
  • Demanda de Amparo Indirecto contra Actos de Autoridad Municipal: Si la autoridad responsable es un Ayuntamiento.
  • Solicitud de Medida Cautelar Innominada (Provisional): Para pedir una suspensión de inmediata ejecución ante un acto de despojo inminente.
  • Escrito de Oposición a Informe Justificado: Para rebatir los argumentos de las autoridades responsables una vez que rindan su informe.
Red Nacional de Abogados

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