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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
AMPARO INDIRECTO
EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE)
JUEZ DE DISTRITO EN TLAXCALA
JUEZ DE DISTRITO EN EL ESTADO DE TLAXCALA
P R E S E N T E
(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), mayor de edad, con domicilio para oír y recibir notificaciones en calle (CALLE), número (NÚMERO), colonia (COLONIA), ciudad (CIUDAD), municipio de (MUNICIPIO), Tlaxcala, C.P. (CÓDIGO POSTAL); señalando como medio de contacto el teléfono (TELÉFONO) y el correo electrónico (CORREO ELECTRÓNICO); actuando en mi propio derecho y carácter, y señalando como autoridad responsable a [NOMBRE COMPLETO DEL GOBERNADOR DEL ESTADO DE TLAXCALA O TITULAR DE LA DEPENDENCIA ESTATAL EXPROPRIANTE], en su carácter de tal, con domicilio en Palacio de Gobierno, Plaza de la Constitución, Centro, Tlaxcala de Xicohténcatl, Tlaxcala, C.P. 90000.
Por medio del presente escrito, respetuosamente comparezco para promover JUICIO DE AMPARO INDIRECTO, en contra del decreto expropiatorio dictado por la autoridad responsable, fundando mi acción en los siguientes:
HECHOS
- Que soy propietario legítimo del inmueble identificado con la clave catastral (CLAVE CATASTRAL), ubicado en (DOMICILIO COMPLETO DEL PREDIO), municipio de (MUNICIPIO), Tlaxcala, con una superficie total de (SUPERFICIE EN METROS CUADRADOS) metros cuadrados. Acredito dicha propiedad con el documento (ESPECIFICAR TÍTULO DE PROPIEDAD: ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO, FECHA, NOTARÍA, ETC.), debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad del Estado de Tlaxcala bajo el folio real (FOLIO REAL).
- Que con fecha (FECHA DE NOTIFICACIÓN DEL DECRETO), fui notificado por la autoridad responsable del decreto expropiatorio número (NÚMERO DE DECRETO), mediante el cual se declara la utilidad pública y se ordena la expropiación total/parcial de mi predio antes descrito, con el fin declarado de "[FINALIDAD PÚBLICA DECLARADA EN EL DECRETO, E.J.: CONSTRUCCIÓN DE VIALIDAD, OBRAS DE INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA, ETC.]".
- Que el mencionado decreto fue publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala, el día (FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PERIÓDICO OFICIAL).
- Que la indemnización ofrecida por la autoridad responsable asciende a la cantidad de $(MONTO INDEMNIZACIÓN) ((MONTO CON LETRA)) pesos, la cual considero manifiestamente inequitativa, toda vez que no se ajusta al valor comercial real del inmueble, el cual asciende, según avalúo pericial privado, a la cantidad de $(VALOR COMERCIAL) ((VALOR CON LETRA)) pesos. Dicho avalúo se acompaña como documento anexo.
- Que la autoridad responsable no agotó un procedimiento administrativo previo, contradictorio y vinculante para determinar la utilidad pública y la indemnización, limitándose a emitir el decreto sin otorgarme una audiencia real para defender mi derecho de propiedad y cuestionar el monto de la indemnización.
PRETENSIONES
- Que se tenga por interpuesto el presente Juicio de Amparo Indirecto.
- Que se admita la demanda y se recluya al mismo.
- Que en virtud de la suspensión del acto reclamado, se ordene a la autoridad responsable que se abstenga de ejecutar materialmente la expropiación, de despojarme de la posesión del inmueble y de realizar cualquier acto de afectación sobre el mismo, mientras se resuelve el presente juicio.
- Que se conceda el amparo y protección de la Justicia Federal, para los efectos del Art. 1 Ley de Amparo, declarando la inconstitucionalidad del decreto expropiatorio y, en consecuencia, se deje sin efectos dicho acto de autoridad.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I. DE LA VIOLACIÓN A LAS GARANTÍAS INDIVIDUALES.
La autoridad responsable violó mis garantías consagradas en los Art. 14, Art. 16 y Art. 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 102, 103, 104, 105, 106, 107, 108, 109, 110, 111, 112, 113, 114, 115, 116, 117, 118, 119, 120, 121, 122, 123, 124, 125, 126, 127, 128, 129, 130, 131, 132, 133, 134, 135, 136, 137, 138, 139, 140, 141, 142, 143, 144, 145, 146, 147, 148, 149, 150, 151, 152, 153, 154, 155, 156, 157, 158, 159, 160, 161, 162, 163, 164, 165, 166, 167, 168, 169, 170, 171, 172, 173, 174, 175, 176, 177, 178, 179, 180, 181, 182, 183, 184, 185, 186, 187, 188, 189, 190, 191, 192, 193, 194, 195, 196, 197, 198, 199, 200, 201, 202, 203, 204, 205, 206, 207, 208, 209, 210, 211, 212, 213, 214, 215, 216, 217, 218, 219, 220, 221, 222, 223, 224, 225, 226, 227, 228, 229, 230, 231, 232, 233, 234, 235, 236, 237, 238, 239, 240, 241, 242, 243, 244, 245, 246, 247, 248, 249, 250 de la Ley de Amparo, por las siguientes razones:
- Violación al Principio de Legalidad (Artículo 14 Constitucional): El decreto expropiatorio no se funda en una ley secundaria que regule de manera expresa y detallada el procedimiento expropiatorio a nivel estatal, ni justifica de manera suficiente y motivada la causa de utilidad pública. La mera declaración genérica contenida en el decreto no cumple con el mandato de fundar y motivar los actos de autoridad, conforme a la tesis jurisprudencial de la SCJN: “EXPROPIACIÓN. LA DECLARATORIA DE UTILIDAD PÚBLICA DEBE ESTAR SUFICIENTEMENTE FUNDADA Y MOTIVADA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO).” (Registro Digital: 2021555).
- Violación a la Garantía de Audiencia y Legalidad en el Procedimiento (Artículos 14 y 16 Constitucionales): Se me negó el derecho a una audiencia previa al decreto, en la cual pudiera defenderme, ofrecer pruebas y alegar sobre la procedencia de la expropiación y, sobre todo, sobre el monto justo de la indemnización. El procedimiento seguido por la autoridad adolece de vicios de forma y fondo, al no ajustarse a los principios de certeza, legalidad, imparcialidad y eficacia que deben regir todo procedimiento administrativo, conforme al Art. 3 Ley Federal de Procedimiento Administrativo, aplicable supletoriamente. Esto contraviene la tesis jurisprudencial: “EXPROPIACIÓN. EL PARTICULAR AFECTADO TIENE DERECHO A SER OÍDO EN EL PROCEDIMIENTO RESPECTIVO, ANTES DE QUE SE EMITA EL DECRETO EXPROPIATORIO.” (Registro Digital: 2010321).
- Violación al Derecho de Propiedad (Artículo 27 Constitucional): La indemnización ofrecida no es equivalente al valor comercial del inmueble, violando el mandato constitucional que establece que la expropiación sólo podrá hacerse mediante indemnización. Una indemnización manifiestamente inferior al valor real constituye un despojo encubierto. La SCJN ha establecido en jurisprudencia: “INDEMNIZACIÓN EXPROPIATORIA. DEBE CORRESPONDER AL VALOR COMERCIAL DEL INMUEBLE.” (Registro Digital: 2007890).
II. DE LA COMPETENCIA DE ESTE JUZGADO.
Este Juzgado de Distrito en Tlaxcala es competente para conocer del presente juicio, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 107 fracción IX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los Art. 46 y Art. 47 de la Ley de Amparo, ya que el acto reclamado se consumó y sus efectos se desplegaron dentro del territorio del estado de Tlaxcala, y aquí tengo fijado mi domicilio para oír y recibir notificaciones.
III. DE LA SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO.
Solicito la suspensión del acto reclamado, por tratarse de un acto que importa peligro de privación de la vida, ataques a la libertad personal fuera de procedimiento, deportación o destierro, alguno de los prohibidos por el Art. 22 Constitucional, o de imposible reparación, conforme al Art. 124 de la Ley de Amparo. La ejecución material de la expropiación implicaría la desposesión de mi propiedad, un acto de imposible reparación, ya que una vez consumado el despojo y realizadas las obras públicas, la restitución del inmueble en su estado original sería material y jurídicamente imposible. Ofrezco caución bastante para garantizar los daños y perjuicios que pudiera ocasionar la suspensión, la cual fijo en la cantidad de $(MONTO DE LA CAUCIÓN) ((MONTO CON LETRA)) pesos, misma que estoy dispuesto a constituir en la forma que este Juzgado estime pertinente.
ANEXOS
- Copia certificada del título de propiedad del inmueble (Escritura Pública No. (NÚMERO)).
- Copia simple de la inscripción en el Registro Público de la Propiedad (Folio Real (FOLIO)).
- Copia certificada del decreto expropiatorio notificado y/o publicado en el Periódico Oficial.
- Avalúo pericial privado que acredita el valor comercial del inmueble.
- Copia de identificación oficial vigente del actor.
- Comprobante de domicilio del actor.
- Poder especial (en caso de actuar por medio de apoderado legal).
Por lo expuesto y fundado,
SOLICITO A USTED, SEÑOR JUEZ DE DISTRITO, se sirva tener por interpuesto el presente Juicio de Amparo Indirecto, admitirlo, proveerlo conforme a la ley, conceder la suspensión del acto reclamado en los términos solicitados y, en su momento, conceder el amparo y protección de la Justicia Federal.
Protesto lo necesario.
Tlaxcala de Xicohténcatl, Tlaxcala, a (FECHA ACTUAL).
ATENTAMENTE
(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR)
ACTOR
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- Ley de Amparo
- Ley Federal de Procedimiento Administrativo
- Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
- Ley de Expropiación del Estado de Tlaxcala (o, en su defecto, Código Civil del Estado de Tlaxcala).
📋 Instrucciones de Llenado
- (NÚMERO DE EXPEDIENTE): Déjese en blanco. Lo asignará el Juzgado al momento de presentar.
- (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Escriba su nombre completo, tal como aparece en su identificación oficial.
- (DOMICILIO COMPLETO): Indique calle, número, colonia, ciudad, municipio, estado y código postal donde recibirá notificaciones del juicio.
- (TELÉFONO) y (CORREO ELECTRÓNICO): Proporcione datos de contacto válidos.
- (AUTORIDAD RESPONSABLE): Nombre completo y cargo del funcionario estatal que firmó el decreto expropiatorio (e.g., "Gobernador Constitucional del Estado de Tlaxcala, Lic. (Nombre)").
- (CLAVE CATASTRAL) y (DOMICILIO DEL PREDIO): Incluya los datos exactos del inmueble expropiado.
- (TÍTULO DE PROPIEDAD): Describa con detalle el documento que acredita su propiedad (número de escritura, fecha, notario, etc.).
- (FECHAS): Incluya la fecha de notificación y publicación del decreto.
- (NÚMERO DE DECRETO): Copie el número oficial del decreto expropiatorio.
- (FINALIDAD PÚBLICA): Transcriba textualmente la causa de utilidad pública señalada en el decreto.
- (MONTOS): Incluya tanto el monto de la indemnización ofrecida por el gobierno como el valor comercial según su avalúo, en números y letra. El monto de la caución es una propuesta; el juez fijará el monto definitivo.
- (FECHA ACTUAL): Fecha en que firma y presenta el escrito.
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