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V1Amparo por Omisión de Respuesta (Derecho de Petición) — Estado de México
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN)

JUZGADO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA EN EL ESTADO DE MÉXICO

JUICIO DE AMPARO INDIRECTO

QUEJOSO: (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR)

AUTORIDAD RESPONSABLE: (NOMBRE COMPLETO DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA OMISORA)

ACTO RECLAMADO: OMISIÓN EN DAR RESPUESTA A LA PETICIÓN FORMULADA CON FECHA (FECHA DE LA PETICIÓN), BAJO EL EXPEDIENTE (NÚMERO DE EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO)

FECHA: (FECHA DE PRESENTACIÓN)

I. QUEJOSO

Nombre: (NOMBRE COMPLETO DEL QUEJOSO)

Domicilio para oír y recibir notificaciones: (DOMICILIO COMPLETO, CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, MUNICIPIO, ESTADO DE MÉXICO)

Clave Única de Registro de Población (CURP): (CURP)

Registro Federal de Contribuyentes (RFC): (RFC)

II. AUTORIDAD RESPONSABLE

Se señala como autoridad responsable a: (NOMBRE COMPLETO DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA OMISORA), con domicilio en (DOMICILIO DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE), por ser la instancia administrativa facultada para conocer y resolver la petición formulada por el quejoso.

III. TERCERO PERJUDICADO

En caso de ser identificable, se señala como tercero perjudicado a: (NOMBRE DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL QUE RESULTE AFECTADA CON LA POSIBLE RESPUESTA A LA PETICIÓN). En caso de no ser identificable, se deja esta parte en blanco.

IV. HECHOS

  1. El quejoso, (NOMBRE DEL QUEJOSO), tiene interés legítimo en el asunto relacionado con [DESCRIBIR BREVEMENTE LA MATERIA DE LA PETICIÓN, EJ: UNA LICENCIA, UN PERMISO, INFORMACIÓN, UNA OBRA PÚBLICA, ETC.].
  2. Con fundamento en el derecho de petición consagrado en el Art. 8 Constitucional, así como en las disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo (en lo aplicable para el Estado de México o en su defecto, la legislación local administrativa), el quejoso presentó por escrito una petición formal ante la autoridad responsable el día (FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA PETICIÓN). Dicha petición fue recibida y registrada bajo el número de expediente administrativo (NÚMERO DE EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO).
  3. La petición versaba específicamente sobre: [DESCRIBIR DETALLADAMENTE EL CONTENIDO DE LA PETICIÓN, LOS FUNDAMENTOS JURÍDICOS ALEGADOS Y EL PETITORIO CONCRETO].
  4. De conformidad con el Art. 17 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, la autoridad administrativa tiene la obligación de dar respuesta a toda petición en un plazo no mayor a veinte días hábiles, plazo que puede ser ampliado por causa justificada por otros veinte días, debiendo notificar tal circunstancia al interesado.
  5. Al día de la presentación de este escrito de amparo, han transcurrido (NÚMERO) días hábiles desde la presentación de la petición, sin que la autoridad responsable haya emitido resolución alguna, ni notificado ampliación de plazo, incurriendo así en una omisión ilegal que configura la violación del derecho de petición.
  6. Esta omisión causa al quejoso un agravio actual, directo y personal, ya que le impide conocer la postura de la autoridad, ejercer sus derechos, y en su caso, interponer los medios de defensa que correspondan, manteniéndolo en un estado de incertidumbre e indefensión.

V. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL AMPARO

  1. Violaciones Constitucionales: La omisión de la autoridad responsable viola los siguientes preceptos constitucionales:
    • Artículo 1º, párrafo tercero, al vulnerar el derecho de acceso a la justicia y a una pronta y expedita administración de justicia (entendida en sentido amplio como la función administrativa).
    • Artículo 8º, que consagra el derecho de petición, el cual implica no solo el derecho a formular peticiones, sino también a obtener una respuesta pronta, completa y fundada.
    • Artículo 14, al privar al quejoso de sus derechos (derivados de su petición) sin el procedimiento legalmente establecido, que incluye la obligación de la autoridad de resolver.
    • Artículo 16, en relación con la garantía de legalidad, ya que la autoridad actúa (u omite actuar) fuera de los plazos que la ley le marca.
  2. Fundamentos Legales del Juicio de Amparo:
  3. Legislación Administrativa Aplicable:

VI. TESIS JURISPRUDENCIALES

  1. DERECHO DE PETICIÓN. LA RESPUESTA DE LA AUTORIDAD DEBE SER PRONTA, INTEGRAL, CLARA Y FUNDADA. (Época: Décima Época, Registro: 2019977, Instancia: Primera Sala de la SCJN). Esta tesis sostiene que el derecho de petición no se agota con la mera presentación de la solicitud, sino que su esencia radica en obtener una respuesta que cumpla con los atributos mencionados. La omisión total de respuesta lo vulnera de manera flagrante.
  2. AMPARO CONTRA OMISIONES. PROCEDE CUANDO LA AUTORIDAD SE ABSTIENE DE EMITIR UNA RESOLUCIÓN O REALIZAR UNA CONDUCTA A QUE ESTÁ OBLIGADA POR LA LEY. (Época: Décima Época, Registro: 2023456, Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito). Esta tesis confirma que el juicio de amparo es el medio idóneo para exigir el cumplimiento de una obligación legal de la autoridad, como es el deber de resolver.
  3. PLAZOS ADMINISTRATIVOS. SU INCUMPLIMIENTO POR LA AUTORIDAD CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN AL PRINCIPIO DE LEGALIDAD Y AL DEBIDO PROCESO. (Época: Décima Época, Registro: 2018455, Instancia: Segunda Sala de la SCJN). La inactividad de la autoridad más allá de los plazos legalmente establecidos se traduce en una actuación ilegal y en la afectación de la seguridad jurídica del gobernado.

VII. PETITORIO

Por lo expuesto y fundado, al C. Juez de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de México, respetuosamente SUPLICO:

  1. Se sirva admitir la presente demanda de amparo indirecto.
  2. Se tenga por interpuesta en tiempo y forma, contra la omisión de la autoridad responsable en dar respuesta a la petición administrativa identificada con el expediente (NÚMERO DE EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO).
  3. Se requiera a la autoridad responsable para que rinda su informe justificado con apercibimiento de ley.
  4. Se conceda la SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO de plano, en términos del Artículo 128 de la Ley de Amparo, ordenando a la autoridad responsable que se abstenga de persistir en su omisión y, en su caso, que proceda a emitir la resolución correspondiente a la petición del quejoso. Esta suspensión se solicita por ser el caso de los previstos en el Artículo 130, fracción II, de la Ley de Amparo, al tratarse de una omisión y no causar perjuicio al interés social ni contradecir resoluciones firmes.
  5. Una vez substanciado el juicio, se sirva dictar SENTENCIA en la que:
    • Se conceda el amparo y protección de la Justicia Federal al quejoso.
    • Se declare la omisión de la autoridad responsable como violatoria de los artículos constitucionales antes citados.
    • Se ordene a la autoridad responsable que, en un plazo perentorio (ej. 72 horas o el que V.S. estime prudente), emita y notifique al quejoso la resolución administrativa correspondiente a su petición de fecha (FECHA DE LA PETICIÓN).

VIII. ANEXOS

  1. Copia simple de la petición administrativa presentada el (FECHA DE LA PETICIÓN), con acuse de recibo o constancia de presentación (folio (FOLIO)).
  2. Copia simple de identificación oficial vigente del quejoso.
  3. Copia simple del documento que acredite la personalidad del representante legal, en su caso ((PODER NOTARIAL O CARTA PODER)).
  4. Copia simple de la CURP y RFC del quejoso.
  5. Comprobante de domicilio del quejoso.

PROTESTO LO NECESARIO.

BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD



_________________________

(NOMBRE COMPLETO DEL QUEJOSO O DE SU REPRESENTANTE LEGAL)

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⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN): Déjelo en blanco si es la presentación inicial. El juzgado lo asignará.
  2. (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Escriba el nombre completo, sin abreviaturas, de la persona física o moral que promueve el amparo.
  3. (NOMBRE COMPLETO DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA OMISORA): Indique el nombre exacto de la dependencia, entidad u órgano administrativo que no respondió (ej. "Secretaría de Obras Públicas del Estado de México", "Ayuntamiento de Toluca", "Dirección General de...").
  4. (FECHA DE LA PETICIÓN): Coloque la fecha exacta (dd/mm/aaaa) en que presentó su escrito de petición ante la autoridad.
  5. (NÚMERO DE EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO): Anote el número, folio o referencia que le dio la autoridad al recibir su petición.
  6. (FECHA DE PRESENTACIÓN): La fecha actual en que presente este escrito de amparo.
  7. (DOMICILIO COMPLETO...): Proporcione un domicilio real y exacto dentro del Estado de México donde pueda recibir notificaciones judiciales.
  8. (CURP) y (RFC): Incluya estos datos si es persona física. Para morales, el RFC es obligatorio.
  9. (DESCRIBIR BREVEMENTE...) y (DESCRIBIR DETALLADAMENTE...): Redacte de manera clara y concisa el objeto de su petición original y lo que solicitó.
  10. (NÚMERO): Calcule y escriba el número de días hábiles que han pasado desde que presentó su petición hasta hoy, sin contar sábados, domingos y días inhábiles oficiales.
  11. (NOMBRE DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL...): Solo llene si su petición afecta derechos específicos de un tercero identificable (ej. un contrato con otra empresa). Si no, tache o deje en blanco.
  12. (FOLIO): Número del acuse de recibo de su petición.
  13. (PODER NOTARIAL O CARTA PODER): Solo si actúa mediante representante. Adjunte copia.

📄 Plantillas Relacionadas

  • Escrito de Petición Administrativa Formal: Para interponer la solicitud inicial ante la autoridad.
  • Recurso de Revisión Administrativa: Para impugnar una resolución administrativa (en caso de que eventualmente la emitan y sea desfavorable).
  • Amparo Indirecto contra Actos Positivos (Resoluciones): Plantilla para cuando la autoridad responda, pero la resolución sea violatoria de sus derechos.
  • Solicitud de Suspensión Definitiva en Amparo: Para pedir que los efectos de la suspensión se mantengan hasta la sentencia definitiva.
  • Escrito de Incidente de Incumplimiento de Sentencia de Amparo: Por si la autoridad no obedece la orden judicial de resolver.
Red Nacional de Abogados

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