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V1Amparo por Omisión de Respuesta (Derecho de Petición) — Puebla
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
Amparo por Omisión de Respuesta (Derecho de Petición) — Puebla

EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN)

JUICIO DE AMPARO INDIRECTO

QUEJOSO: (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR)

AUTORIDAD RESPONSABLE: (NOMBRE COMPLETO Y CARGO DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA OMISORA)

DEL ESTADO DE PUEBLA

ESCRITO INICIAL DE DEMANDA DE AMPARO

ANTE EL HONORABLE JUEZ DE DISTRITO EN EL ESTADO DE PUEBLA
PRESENTE.

Quien suscribe, (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, PUEBLA), actuando en mi propio derecho y carácter, por medio del presente escrito, respetuosamente comparezco a exponer:

I. ACTOS RECLAMADOS

Se reclama la OMISIÓN de la autoridad responsable (NOMBRE COMPLETO Y CARGO DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA OMISORA), consistente en la falta de respuesta a la petición formulada por el quejoso mediante escrito presentado el día (FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA PETICIÓN), con número de oficio o folio (NÚMERO DE OFICIO O FOLIO DE LA PETICIÓN), mediante el cual se solicitó (DESCRIPCIÓN CLARA Y CONCRETA DE LO SOLICITADO EN LA PETICIÓN ORIGINAL).

Han transcurrido más de (NÚMERO) días hábiles desde la presentación de dicha petición, sin que hasta la fecha se haya emitido resolución alguna, violándose con dicha omisión el derecho fundamental a la petición consagrado en el Art. 8 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como las disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

II. FUNDAMENTOS DE DERECHO

  1. El Artículo 8 Constitucional establece el derecho de petición, indicando que los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio de este derecho, contestando por escrito las peticiones que se les dirijan, en un plazo breve, y harán saber en breve término al peticionario la resolución que al efecto se haya tomado.
  2. El Artículo 14 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo establece que las autoridades deberán resolver las peticiones y notificar su respuesta en un plazo no mayor a tres meses, a partir de la fecha de su presentación, salvo que una ley establezca un plazo distinto.
  3. El Artículo 1 de la Ley de Amparo dispone que el juicio de amparo tiene por objeto resolver toda controversia que se suscite por actos de autoridad que violen los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales.
  4. El Artículo 107, fracción II, de la Ley de Amparo establece la procedencia del amparo contra omisiones de la autoridad cuando se equiparen a actos que afecten derechos.
  5. En el caso concreto, y dado que la petición está relacionada con (MATERIA DE LA PETICIÓN, EJ. OBRAS PÚBLICAS), resulta aplicable lo dispuesto por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, específicamente en lo referente a los plazos para la atención de solicitudes de proveedores o particulares.

III. TESIS JURISPRUDENCIALES APLICABLES

  1. DERECHO DE PETICIÓN. LA FALTA DE RESPUESTA A UNA SOLICITUD FORMULADA POR UN PARTICULAR CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN A LA GARANTÍA CONSAGRADA EN EL ARTÍCULO 8o. DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. (Tesis: 1a. CXXVII/2014 (10a.), Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro 6, Diciembre de 2014, Tomo I, Pág. 494).
  2. AMPARO CONTRA OMISIONES. PROCEDE CONTRA LA FALTA DE RESPUESTA A UNA PETICIÓN FORMULADA POR UN PARTICULAR, SIEMPRE QUE LA AUTORIDAD DEMANDADA TENGA LA OBLIGACIÓN LEGAL DE CONTESTARLA. (Tesis: I.4o.A. J/13, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro III, Marzo de 2013, Tomo 1, Pág. 1098).
  3. PLAZO PARA RESOLVER PETICIONES. EL TÉRMINO DE TRES MESES ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 14 DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ES UN PLAZO MÁXIMO, NO UNA FACULTAD DE LA AUTORIDAD PARA RESOLVER EN CUALQUIER MOMENTO DENTRO DEL MISMO. (Tesis: III.3o.A.1 K, Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 40, Diciembre de 2018, Tomo I, Pág. 2056).

IV. PRETENSIONES

Por lo expuesto y fundado, solicito respetuosamente a este Honorable Juzgado:

  1. Que se tenga por interpuesta la presente demanda de amparo indirecto en contra de la omisión de la autoridad responsable.
  2. Que se admita la demanda, se fije día y hora para la celebración de la audiencia constitucional y se requiera a la autoridad responsable para que rinda su informe justificado.
  3. Que en la audiencia constitucional, una vez desahogadas las pruebas y escuchados los alegatos, se dicte sentencia en la que se PROTEJA Y AMPARE al quejoso, ordenando a la autoridad responsable que, en el más breve plazo, emita y notifique la resolución correspondiente a la petición presentada el día (FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA PETICIÓN).
  4. Que se impongan las sanciones legales procedentes a la autoridad responsable en caso de incumplimiento de la sentencia de amparo.

V. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA

Este Juzgado de Distrito en el Estado de Puebla es competente para conocer del presente juicio de amparo, conforme a lo dispuesto por los artículos 50, 51 y 107 de la Ley de Amparo, dado que el acto reclamado (omisión) se origina y despliega sus efectos dentro del territorio del estado de Puebla, específicamente en (LUGAR DONDE SE DEBIÓ RESOLVER LA PETICIÓN, EJ. LA CIUDAD DE PUEBLA).

VI. ANEXOS

Se anexan para mejor proveer los siguientes documentos (copia simple para el tribunal y copia para cada una de las partes):

  1. Copia de la petición presentada ante la autoridad responsable, con acuse de recibo o folio (NÚMERO DE OFICIO O FOLIO).
  2. Copia del oficio o medio fehaciente que acredite la presentación de la petición (acuse de recibo, correo certificado, etc.).
  3. Copia de identificación oficial vigente del quejoso.
  4. Documento que acredite la personalidad, en su caso (poder, acta constitutiva, etc.).

PROTESTO LO NECESARIO.

Lugar y fecha: (CIUDAD, PUEBLA), a (DÍA) de (MES) de (AÑO).

ATENTAMENTE
(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR)
(FIRMA)

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⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  • (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN): Déjese en blanco si es la presentación inicial. El tribunal lo asignará.
  • (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Nombre(s), apellido paterno y apellido materno de la persona física o razón social de la persona moral que promueve el amparo.
  • (NOMBRE COMPLETO Y CARGO DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA OMISORA): Ej. "Secretaría de Infraestructura del Estado de Puebla", "Director de Obras Públicas del Municipio de Puebla". Especificar el nombre de la dependencia y el cargo del titular.
  • (CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, PUEBLA): Domicilio completo para recibir notificaciones dentro del estado de Puebla.
  • (FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA PETICIÓN): Fecha en que se presentó la petición original ante la autoridad (dd/mm/aaaa).
  • (NÚMERO DE OFICIO O FOLIO DE LA PETICIÓN): Número de control asignado por la autoridad al recibir la petición. Si no se tiene, describir el medio de presentación (ej. "correo certificado No. 12345").
  • (DESCRIPCIÓN CLARA Y CONCRETA DE LO SOLICITADO EN LA PETICIÓN ORIGINAL): Describir brevemente el objeto de la petición (ej. "la autorización para ejecutar una obra de drenaje", "la entrega de información sobre un contrato de obra pública").
  • (NÚMERO): Número de días hábiles transcurridos desde la presentación de la petición. Debe ser superior a 3 meses (aprox. 60 días hábiles).
  • (MATERIA DE LA PETICIÓN, EJ. OBRAS PÚBLICAS): Especificar la materia concreta (obras públicas, servicios, información, etc.) para fundamentar la aplicación de leyes específicas.
  • (LUGAR DONDE SE DEBIÓ RESOLVER LA PETICIÓN, EJ. LA CIUDAD DE PUEBLA): Ciudad o municipio del estado de Puebla donde tiene su sede la autoridad responsable.
  • (CIUDAD, PUEBLA), a (DÍA) de (MES) de (AÑO): Lugar y fecha de firma del escrito. La ciudad debe estar en el estado de Puebla.

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