📍 ¿En qué estado estás?
La plantilla se adaptará a las leyes de tu entidad.
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
AMPARO POR OMISIÓN DE RESPUESTA (DERECHO DE PETICIÓN)
EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN)
JUZGADO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ
JUEZ DE DISTRITO EN TURNO EN EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ
P R E S E N T E
(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), mayor de edad, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, SAN LUIS POTOSÍ), autorizando para tales efectos a los licenciados (NOMBRE(S) DEL(S) ABOGADO(S) PATROCINADOR(ES)), con cédula profesional número(s) (NÚMERO(S) DE CÉDULA(S) PROFESIONAL(ES)), de este mismo domicilio, a través del presente escrito, respetuosamente expongo:
I. ACTOS RECLAMADOS
Los actos reclamados consisten en la OMISIÓN de la autoridad responsable, [NOMBRE COMPLETO DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE, EJE: "SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ"], de dar respuesta a la petición formulada por el quejoso, presentada el día (FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA PETICIÓN), con número de oficio o folio (NÚMERO DE OFICIO O FOLIO DE LA PETICIÓN), mediante la cual se solicitó [DESCRIBIR BREVEMENTE LO SOLICITADO, EJE: "la información completa sobre el proyecto de obra pública denominado 'CONSTRUCCIÓN DE PUENTE VEHICULAR...', el monto contratado, el procedimiento de licitación y los contratistas adjudicatarios"].
Han transcurrido más de (NÚMERO) días hábiles desde la presentación de dicha petición, sin que hasta la fecha se haya recibido respuesta alguna, ni siquiera acuse de recibo, violándose con ello el derecho fundamental a la petición consagrado en el Art. 8 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como las disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y, en su caso, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas en materia de transparencia.
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS
- El Artículo 8 Constitucional establece el derecho de los gobernados a formular peticiones a toda autoridad, debiendo ésta responder en breve término mediante acuerdo escrito. La omisión de la autoridad para resolver una petición constituye un acto equivalente a una resolución denegatoria tácita, que afecta la esfera jurídica del peticionario.
- El Artículo 1 de la Ley de Amparo otorga a los tribunales de la Federación la facultad de proteger a las personas frente a actos u omisiones de autoridad que violen sus derechos humanos y garantías individuales.
- El Artículo 5, fracción III, de la Ley de Amparo establece que el juicio de amparo es procedente contra omisiones de la autoridad que afecten derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales.
- El Artículo 14 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo (o la ley administrativa local aplicable) impone a las autoridades la obligación de notificar su resolución a los particulares en un plazo determinado. La inactividad de la autoridad configura una omisión ilegal.
- La jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido lo siguiente:
- Tesis: 1a. CXXVII/2016 (10a.) "DERECHO DE PETICIÓN. LA OMISIÓN DE LA AUTORIDAD PARA RESOLVER LO SOLICITADO, O PARA ACUSAR RECIBO DE LA PETICIÓN FORMULADA POR EL PARTICULAR, CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN A LA GARANTÍA CONSAGRADA EN EL ARTÍCULO 8o. DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL."
- Tesis: 1a. LXXVII/2014 (10a.) "OMISIÓN DE RESOLVER UNA PETICIÓN. SU EQUIPARACIÓN CON EL ACTO DE NEGATIVA TÁCITA PARA EFECTOS DE LA PROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO."
- Tesis: XIV.1o.A. J/13 (10a.) "AMPARO POR OMISIÓN. ES PROCEDENTE CUANDO LA AUTORIDAD RESPONSABLE NO EMITE EL ACUERDO O RESOLUCIÓN QUE DEBE DICTAR EN CUMPLIMIENTO DE UNA OBLIGACIÓN LEGAL, AUNQUE NO EXISTA UN PLAZO ESPECÍFICO PARA HACERLO, SI HA TRANSCURRIDO UN TIEMPO RAZONABLE."
III. PETICIONES FORMULADAS Y OMISIÓN CONFIGURADA
El quejoso, con fundamento en su derecho de petición, solicitó formalmente a la autoridad responsable lo siguiente:
- (DESCRIBIR PETICIÓN 1).
- (DESCRIBIR PETICIÓN 2).
- (DESCRIBIR PETICIÓN 3).
Dichas peticiones se presentaron de conformidad con la ley aplicable. La autoridad responsable, en lugar de dar una respuesta fundada y motivada en breve término, ha incurrido en una omisión ilegal al guardar silencio absoluto. Este silencio, de conformidad con la tesis jurisprudencial citada, se equipara a una negativa tácita que lesiona los derechos del quejoso, ya que impide el acceso a la información, la defensa de sus intereses o el seguimiento de un procedimiento administrativo.
IV. VIOLACIONES PROCESALES Y SUSTANTIVAS
La autoridad responsable ha violado:
- El Artículo 8 Constitucional, al no responder en breve término a la petición formulada.
- El principio de eficacia y celeridad de la función administrativa.
- Las disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo (o su equivalente estatal) que regulan los plazos para resolver.
- El derecho a una audiencia previa y a ser oído en todo procedimiento administrativo que pueda afectar derechos.
V. AGRAVIOS
El quejoso se encuentra agraviado en su esfera jurídica debido a que la omisión de la autoridad responsable:
- Le impide conocer la situación jurídica o administrativa relacionada con (ASUNTO DE LA PETICIÓN).
- Obstaculiza el ejercicio de otros derechos o defensas que dependan de la respuesta solicitada.
- Lo mantiene en un estado de incertidumbre e indefensión.
- Transgrede su derecho a obtener una respuesta clara, fundada y motivada de la autoridad.
VI. SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO
Se solicita de manera incidental la SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO (la omisión), a efecto de que se ordene a la autoridad responsable que, de manera inmediata y provisional, dé respuesta a la petición formulada el día (FECHA DE LA PETICIÓN). Esta medida es procedente y necesaria para evitar daños de difícil o imposible reparación al quejoso, consistentes en la prolongación de la indefensión y la violación continua a su derecho de petición. Se ofrecen contracautelas que estime pertinentes este Honorable Juzgado.
VII. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
Este Juzgado de Distrito en el Estado de San Luis Potosí es competente para conocer del presente juicio de amparo, en virtud de que:
- La autoridad responsable tiene su domicilio en el territorio de este Estado.
- El quejoso señala domicilio dentro de la jurisdicción de este Juzgado.
- Los actos u omisiones reclamados se desprenden de un asunto cuya ejecución o efectos se proyectan en el territorio del Estado de San Luis Potosí.
- De conformidad con los artículos 46 y 47 de la Ley de Amparo, la competencia se determina por el domicilio de la autoridad responsable.
VIII. PETITORIO
Por tanto, y con fundamento en los artículos 107 constitucional y 116 de la Ley de Amparo,
A Usted, Juez, respetuosamente SOLICITO:
- Tener por interpuesto el presente JUICIO DE AMPARO en contra de la omisión de la autoridad responsable antes señalada.
- Admitir la demanda de garantías y correr traslado de la misma a la autoridad responsable y al tercero interesado si lo hubiere.
- Conceder la SUSPENSIÓN PROVISIONAL del acto reclamado, ordenando a la autoridad responsable que, en el término de la gracia, dé respuesta fundada y motivada a la petición del quejoso.
- Una vez substanciado el juicio, OTORGAR LA PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL al quejoso, declarando fundado el presente amparo, y ordenando a la autoridad responsable que, en un plazo perentorio, emita y notifique la respuesta correspondiente a la petición formulada por el quejoso.
- Imponer las costas a la autoridad responsable en caso de resistencia.
PROTESTO LO NECESARIO.
San Luis Potosí, S.L.P., a (DÍA) de (MES) de (AÑO).
ATENTAMENTE
(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR)
QUEJOSO
POR MI RAZÓN
(NOMBRE(S) DEL(S) ABOGADO(S) PATROCINADOR(ES))
PATROCINADOR(ES)
Cédula(s) Profesional(es): (NÚMERO(S) DE CÉDULA(S))
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- Ley de Amparo
- Ley Federal de Procedimiento Administrativo
- Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
- Ley de Procedimiento Administrativo del Estado de San Luis Potosí (o normativa local aplicable)
📋 Instrucciones de Llenado
- (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN): Déjese en blanco si es la presentación inicial. El Juzgado lo asignará.
- (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Escriba el nombre completo, sin abreviaturas, de la persona física o moral que promueve el amparo.
- (DOMICILIO): Indique calle, número exterior e interior, colonia, código postal, ciudad y estado (San Luis Potosí). Este será para notificaciones.
- (NOMBRE(S) DEL(S) ABOGADO(S) PATROCINADOR(ES)): Nombre completo del o los abogados que firman la demanda.
- (NÚMERO(S) DE CÉDULA(S) PROFESIONAL(ES)): Número(s) de cédula profesional federal del o los abogados.
- (NOMBRE COMPLETO DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE): Nombre oficial y completo de la dependencia, entidad u organismo público que omitió responder (ej: "Secretaría de Finanzas del Estado de San Luis Potosí").
- (FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA PETICIÓN): Día, mes y año en que presentó la petición inicial ante la autoridad.
- (NÚMERO DE OFICIO O FOLIO DE LA PETICIÓN): Si tiene, el número de folio, oficio o turno que le dieron al presentar su petición.
- (DESCRIBIR BREVEMENTE LO SOLICITADO): Explique de manera clara y concisa qué fue lo que pidió en su escrito de petición a la autoridad.
- (NÚMERO): Cantidad de días hábiles que han pasado desde que presentó su petición sin obtener respuesta.
- (DESCRIBIR PETICIÓN 1, 2, 3...): Detalle punto por punto, de manera numerada, cada uno de los aspectos específicos que solicitó en su petición original.
- (ASUNTO DE LA PETICIÓN): Describa el tema central de lo que pidió (ej: "la licitación de obra pública", "un permiso", "información sobre un trámite").
- (DÍA) de (MES) de (AÑO): Fecha en la que está firmando y presentando esta demanda de amparo.
📄 Plantillas Relacionadas
¿Este documento superó tus conocimientos legales?
Un error de redacción puede costarte tu patrimonio. Contacta a un abogado experto y verificado en tu estado ahora mismo. Ellos harán el trabajo pesado por ti.
Sobre este documento: Amparo por Omisión de Respuesta (Derecho de Petición) — San Luis Potosí
Formato gratuito de amparo por omisión de respuesta (derecho de petición) — san luis potosí. Incluye jurisprudencia de la SCJN, artículos de ley con hipervínculo y guía de llenado paso a paso.
Fundamentado en: ley-federal-de-procedimiento-administrativo, ley-de-obras-publicas-y-servicios-relacionados-con-las-mismas.
Más de 15,000+ descargas exitosas
Únete a miles de ciudadanos, abogados y empresarios mexicanos que protegen su patrimonio sin pagar honorarios excesivos.
Mostrando 9 de 542 reseñas recientes
Preguntas Frecuentes
Resuelve tus dudas antes de descargar tu formato legal.
Sí. Todos nuestros formatos están redactados con base en el Código Civil Federal, Código de Comercio y leyes generales aplicables. En caso de legislaciones estatales, la estructura es 100% compatible y solo debes adaptar la entidad federativa en los espacios indicados.
No obligatoriamente. Están diseñadas para que cualquier ciudadano pueda rellenarlas y presentarlas. Sin embargo, para juicios complejos (como amparos o divorcios contenciosos), siempre recomendamos que un profesional titulado revise el documento final antes de ingresarlo al juzgado.
Al descargar la versión completa, obtienes el formato listo para usarse. Deberás llenar los espacios en blanco resaltados (como NOMBRES, FECHAS y CANTIDADES) en tu procesador de textos favorito (Word, Google Docs, etc.) y posteriormente imprimirlo para su firma.
Nuestro equipo legal revisa constantemente las tesis de jurisprudencia de la SCJN y las reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para garantizar que no utilices artículos derogados.
Nuestra prioridad es que resuelvas tu situación legal. Si consideras que el formato no cumple con los estándares descritos, tienes 7 días para solicitar la revisión y te ofreceremos una solución o devolución del 100%.