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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
RECURSO DE QUEJA EN JUICIO DE AMPARO
EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE DEL JUICIO DE AMPARO)
JUZGADO DE DISTRITO EN TURNO: (DIRECCIÓN COMPLETA DEL JUZGADO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE COLIMA)
ASUNTO: Recurso de Queja por la resolución recaída al incidente de inejecución de sentencia (o suplencia de la queja, según corresponda) en el Juicio de Amparo directo (o indirecto) (ESPECIFICAR) promovido por (NOMBRE DEL QUEJOSO).
C. JUEZ DE DISTRITO EN TURNO
(CIUDAD DE COLIMA, COLIMA)
Quien suscribe, (NOMBRE COMPLETO DEL QUEJOSO O DE SU REPRESENTANTE LEGAL), en mi carácter de (ACTOR O TERCERO INTERESADO) en el juicio de amparo identificado con el expediente número (NÚMERO DE EXPEDIENTE), radicado ante este Honorable Juzgado, y señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES EN COLIMA), ante usted con el debido respeto comparezco para interponer:
RECURSO DE QUEJA
En contra de la resolución pronunciada por el (C. JUEZ DE DISTRITO / C. SECRETARIO DE ACUERDOS) de este Juzgado, el día (FECHA DE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA), mediante la cual se [DESCRIBIR BREVEMENTE EL ACTO RECLAMADO, EJ. "DESECHÓ EL INCIDENTE DE INEJECUCIÓN DE SENTENCIA", "DECLINÓ LA COMPETENCIA", "RECHAZÓ UNA SOLICITUD DE SUSPENSIÓN", ETC.], fundándome en los siguientes:
ANTECEDENTES
- El (FECHA) se promovió juicio de amparo (DIRECTO/INDIRECTO) ante este Juzgado, con número de expediente (NÚMERO DE EXPEDIENTE), en contra de (NOMBRE DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE) y del acto reclamado consistente en (DESCRIBIR BREVEMENTE EL ACTO RECLAMADO ORIGINAL).
- El (FECHA), este Honorable Juzgado (OTORGÓ/NEGÓ) la protección de la Justicia Federal, mediante sentencia que (ACEPTÓ/RECHAZÓ) la demanda de amparo. Dicha resolución quedó firme.
- Por haberse incumplido con lo ordenado en la sentencia de amparo, el (FECHA) se promovió incidente de inejecución de sentencia (o bien, se presentó el recurso de queja por deficiencias en la ejecución, según corresponda).
- El día (FECHA DE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA), el (C. JUEZ DE DISTRITO / C. SECRETARIO DE ACUERDOS) de este Juzgado, dictó la resolución que ahora impugno, la cual notifiqué el día (FECHA DE NOTIFICACIÓN).
AGRAVIOS
La resolución recurrida es violatoria de las garantías de legalidad y seguridad jurídica consagradas en los artículos Art. 14 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y Art. 16 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de las disposiciones de la Ley de Amparo, en particular de sus artículos Art. 80 Ley de Amparo, Art. 81 Ley de Amparo y Art. 107 Ley de Amparo, por las siguientes razones:
- PRIMER AGRVIO. (VIOLACIÓN AL DEBIDO PROCESO). El juzgador incurrió en una indebida interpretación y aplicación del Art. 80 Ley de Amparo, al considerar que no se acreditó el incumplimiento de la sentencia de amparo, cuando en el incidente promovido se aportaron elementos de convicción suficientes y pertinentes (como (DESCRIBIR PRUEBAS APORTADAS: OFICIOS, DOCUMENTOS, DECLARACIONES)) que demostraban de manera clara y patente que la autoridad responsable no había dado cabal cumplimiento a lo ordenado en la sentencia ejecutoriada. Esta interpretación restrictiva y formalista vulnera el principio de efectividad de la justicia federal y el derecho a una tutela judicial efectiva.
- SEGUNDO AGRAVIO. (DEFICIENCIA EN LA SUPLENCIA DE LA QUEJA). En el caso de que el recurso se interponga por deficiencias en la ejecución, el juzgador de distrito omitió aplicar el principio de suplencia de la queja deficiente establecido en el Art. 81 Ley de Amparo, el cual es obligatorio en materia de amparo. Aun cuando la solicitud del quejoso pudiera adolecer de defectos formales, el juez estaba obligado a subsanarlos y a analizar el fondo del asunto, es decir, verificar el cumplimiento integral de la sentencia. La omisión de esta obligación legal constituye una violación grave al procedimiento y deja sin protección los derechos fundamentales del quejoso.
- TERCER AGRAVIO. (AFECTACIÓN A LA AUTORIDAD DE LA COSA JUZGADA). La resolución recurrida desnaturaliza la autoridad de la cosa juzgada que reviste la sentencia de amparo firme, consagrada en el Art. 107 Ley de Amparo. Al no exigir su cumplimiento estricto, se permite que la autoridad responsable continúe vulnerando los derechos del quejoso, lo que convierte en ilusoria la protección federal otorgada. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido en la Tesis Aislada 1a. CXXVII/2016 (10a.) que "LA EJECUCIÓN DE SENTENCIA DE AMPARO. SU FIN ES LOGRAR EL CUMPLIMIENTO INTEGRAL DE LO RESUELTO POR LOS ÓRGANOS DE CONTROL CONSTITUCIONAL, A EFECTO DE HACER EFECTIVA LA PROTECCIÓN FEDERAL." La resolución impugnada frustra este fin esencial.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Este recurso de queja se fundamenta en lo dispuesto por los siguientes preceptos legales:
- Artículo 80 de la Ley de Amparo: Regula el incidente de inejecución de sentencia y las facultades del juzgador para exigir su cumplimiento.
- Artículo 81 de la Ley de Amparo: Establece la obligación del órgano jurisdiccional de suplir la deficiencia de los conceptos de violación o agravios en las quejas por deficiencias en la ejecución.
- Artículo 107 de la Ley de Amparo: Contiene las reglas generales sobre la ejecución de las sentencias de amparo y su autoridad de cosa juzgada.
- Artículo 88 de la Ley de Amparo: Prevé el recurso de queja contra las resoluciones del juez de distrito que decidan un incidente, como el de inejecución.
- Artículo 103 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Base constitucional del juicio de amparo.
JURISPRUDENCIA APLICABLE
- Tesis Aislada 1a. CXXVII/2016 (10a.) (Suprema Corte de Justicia de la Nación): "LA EJECUCIÓN DE SENTENCIA DE AMPARO. SU FIN ES LOGRAR EL CUMPLIMIENTO INTEGRAL DE LO RESUELTO POR LOS ÓRGANOS DE CONTROL CONSTITUCIONAL, A EFECTO DE HACER EFECTIVA LA PROTECCIÓN FEDERAL."
- Tesis Aislada 1a. LXXVII/2017 (10a.) (Suprema Corte de Justicia de la Nación): "SUPLENCIA DE LA QUEJA DEFICIENTE EN MATERIA DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA DE AMPARO. EL JUEZ DE DISTRITO DEBE ASUMIR UN PAPEL ACTIVO PARA VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO INTEGRAL DE LO RESUELTO."
- Tesis Aislada I.3o.A. K (10a.) (Tribunales Colegiados de Circuito): "INEJECUCIÓN DE SENTENCIA DE AMPARO. EL INCIDENTE RESPECTIVO PROCEDE CUANDO LA AUTORIDAD RESPONSABLE NO CUMPLA EN LA FORMA Y TÉRMINOS SEÑALADOS EN LA RESOLUCIÓN O LO HAGA SÓLO PARCIALMENTE."
PETICIONES
Por lo expuesto y fundado, respetuosamente suplico a este Honorable Juzgado:
- PRIMERA. Tener por debidamente interpuesto el presente RECURSO DE QUEJA en contra de la resolución dictada el día (FECHA DE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA).
- SEGUNDA. En virtud de los agravios expuestos, ADMITIR el presente recurso y, en su momento, REVOCAR la resolución recurrida.
- TERCERA. En su caso, ORDENAR que se dé estricto cumplimiento a la sentencia de amparo firme recaída al expediente (NÚMERO DE EXPEDIENTE), señalando a la autoridad responsable un plazo perentorio para ello, bajo la advertencia de hacerse efectiva la responsabilidad correspondiente por el incumplimiento.
- CUARTA. Dar los trámites conducentes para que el presente recurso sea resuelto por el Tribunal Colegiado de Circuito correspondiente con sede en el Estado de Colima, a quien por ley compete su conocimiento.
Protesto lo necesario.
(CIUDAD DE COLIMA, COLIMA), a (DÍA) de (MES) de (AÑO).
ATENTAMENTE
(NOMBRE COMPLETO DEL QUEJOSO O REPRESENTANTE LEGAL)
(FIRMA)
DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES:
(DOMICILIO COMPLETO EN COLIMA)
TELÉFONO: (TELÉFONO)
CORREO ELECTRÓNICO: (CORREO ELECTRÓNICO)
ANEXOS
- Copia simple de la resolución recurrida.
- Copia simple de la solicitud de incidente de inejecución (o recurso de queja por deficiencia) que dio origen a la resolución impugnada.
- Copia simple de la sentencia de amparo firme.
- Copia de las pruebas que acreditan el incumplimiento (oficios, documentos, etc.).
- En su caso, copia del poder que acredita la personalidad del representante legal.
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
📋 Instrucciones de Llenado
- (NÚMERO DE EXPEDIENTE DEL JUICIO DE AMPARO): Anotar el número completo del expediente del juicio de amparo principal, tal como lo proporcionó el Juzgado de Distrito (ejemplo: 123/2024).
- (DIRECCIÓN COMPLETA DEL JUZGADO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE COLIMA): Indicar la dirección oficial del Juzgado de Distrito en Colima ante el cual se tramita el amparo. Ej: "Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Colima, con sede en Calle Hidalgo #123, Centro, Colima, Colima."
- (NOMBRE DEL QUEJOSO): Escribir el nombre completo de la persona física o moral que promovió el juicio de amparo original.
- (NOMBRE COMPLETO DEL QUEJOSO O DE SU REPRESENTANTE LEGAL): Colocar el nombre de quien firma el recurso. Si es el propio quejoso, repetir su nombre. Si es un representante (abogado, apoderado), escribir su nombre completo.
- (ACTOR O TERCERO INTERESADO): Especificar el carácter procesal: "actor" si es quien promovió el amparo, o "tercero interesado" si se le admitió en ese carácter.
- (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES EN COLIMA): Proporcionar un domicilio físico dentro del estado de Colima donde se recibirán notificaciones judiciales. Incluir calle, número, colonia, código postal y ciudad.
- (C. JUEZ DE DISTRITO / C. SECRETARIO DE ACUERDOS): Seleccionar y dejar solo la opción correcta según quien haya dictado la resolución que se impugna.
- (FECHA DE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA): Indicar la fecha en que se dictó la resolución que motiva este recurso de queja (dd/mm/aaaa).
- (DESCRIBIR BREVEMENTE EL ACTO RECLAMADO, EJ...): Describir de manera concisa la decisión tomada por el juez o secretario que se considera errónea (ej: "declaró improcedente el incidente de inejecución").
- (DESCRIBIR PRUEBAS APORTADAS: OFICIOS, DOCUMENTOS, DECLARACIONES): Enumerar de forma específica los medios de prueba que se presentaron para acreditar el incumplimiento de la sentencia.
- (DÍA) de (MES) de (AÑO): Fecha en que se firma el presente recurso.
- (TELÉFONO) y (CORREO ELECTRÓNICO): Datos de contacto actualizados del quejoso o su representante.
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