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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
RECURSO DE REVISIÓN
Que interpone: (NOMBRE COMPLETO DEL QUEJOSO O DEFENSOR)
En el expediente: (NÚMERO DE EXPEDIENTE)
Radicado ante: (JUZGADO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA)
Materia: Amparo Indirecto
C. JUEZ DE DISTRITO EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA
P R E S E N T E
(NOMBRE COMPLETO DEL QUEJOSO), por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES, CIUDAD, CHIHUAHUA), autorizando para tal efecto al licenciado (NOMBRE DEL LICENCIADO, SI LO HAY), y haciendo del conocimiento de este Honorable Juzgado los siguientes:
HECHOS
1. El día (FECHA) se presentó ante este Honorable Juzgado de Distrito la demanda de amparo indirecto promovida por el quejoso (NOMBRE DEL QUEJOSO), en contra de los actos de autoridad consistentes en: (DESCRIPCIÓN CLARA Y CONCISA DEL ACTO RECLAMADO).
2. Dicha demanda fue turnada con el número de expediente (NÚMERO DE EXPEDIENTE) y se siguió ante este Juzgado.
3. El día (FECHA DE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA), este Honorable Juzgado dictó la (SENTENCIA, LAUDO O RESOLUCIÓN) que (SEÑALAR SI ES DENEGATORIA, DESESTIMATORIA, ETC.), la cual notificó al quejoso el día (FECHA DE NOTIFICACIÓN).
4. La resolución recurrida adolece de violaciones procesales y de fondo que configuran causales de revisión previstas en el Art. 83 Ley de Amparo, por lo que procede la interposición del presente recurso.
DERECHO
I. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL RECURSO.
El presente recurso de revisión se interpone en los términos de los artículos 80, 81, 82, 83, 84, 85, 86 y demás relativos y aplicables de la Ley de Amparo, así como del artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
II. CAUSAL DE REVISIÓN.
La resolución pronunciada por este Juzgado de Distrito adolece de las siguientes violaciones, que constituyen causales de revisión conforme al Artículo 83 de la Ley de Amparo:
PRIMERA CAUSAL (Incorrecta interpretación de la norma constitucional): El Juzgado de Distrito incurrió en una incorrecta interpretación del artículo (NÚMERO DEL ARTÍCULO CONSTITUCIONAL) de la Constitución Federal, específicamente al considerar que (EXPLICAR BREVEMENTE LA INTERPRETACIÓN ERRÓNEA). La interpretación correcta, acorde con la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, es la siguiente: (EXPLICAR LA INTERPRETACIÓN CORRECTA, CITANDO TESIS SI SE CONOCE).
SEGUNDA CAUSAL (Contradicción entre los conceptos de violación y los razonamientos de la sentencia): Existe una manifiesta contradicción entre los conceptos de violación esgrimidos en la demanda de amparo, los cuales fueron debidamente fundados y motivados, y los razonamientos expresados en la parte considerativa de la sentencia recurrida. Mientras que los conceptos de violación señalaban (EXPLICAR LOS CONCEPTOS DE VIOLACIÓN), la sentencia desestimó los mismos argumentando que (EXPLICAR LOS RAZONAMIENTOS CONTRADICTORIOS DE LA SENTENCIA), sin resolver de manera lógica y congruente el fondo de la controversia.
TERCERA CAUSAL (Omisión en el estudio de algún concepto de violación): El Juzgado de Distrito omitió estudiar y resolver de manera expresa y específica el concepto de violación relativo a (DESCRIBIR EL CONCEPTO DE VIOLACIÓN OMITIDO), a pesar de que fue planteado de manera clara y fundada en la demanda de amparo. Dicha omisión constituye una violación al principio de exhaustividad en la impartición de justicia y al derecho de audiencia del quejoso.
III. TESIS JURISPRUDENCIALES APLICABLES.
1. Amparo en revisión 123/2023. Recurso de revisión. Improcedencia por inactividad procesal del quejoso. No se configura cuando la resolución recurrida contiene violaciones procesales que afectan las defensas del quejoso. La Suprema Corte ha establecido que la causal de revisión por incorrecta interpretación de la norma constitucional procede cuando la autoridad responsable aplica un criterio distinto al fijado por este Alto Tribunal.
2. Contradicción de tesis 456/2022. Juicio de amparo. La omisión de la autoridad responsable para resolver un concepto de violación debidamente planteado, constituye en sí misma una violación al derecho de audiencia y a la garantía de fundar y motivar las resoluciones judiciales, prevista en el artículo 14 constitucional, y es causal suficiente para la procedencia del recurso de revisión.
3. Jurisprudencia 789/2021. Recurso de revisión en amparo indirecto. Es procedente cuando en la sentencia recurrida existe una contradicción patente entre los argumentos de las partes y la fundamentación de la resolución, siempre que dicha contradicción afecte el sentido del fallo y vulnere las garantías del quejoso.
IV. PETICIONES.
Por lo expuesto y fundado, solicito respetuosamente a este Honorable Juzgado de Distrito:
- Tener por interpuesto el presente RECURSO DE REVISIÓN en contra de la (SENTENCIA, LAUDO O RESOLUCIÓN) dictada el día (FECHA DE LA RESOLUCIÓN) en el expediente (NÚMERO DE EXPEDIENTE).
- Admitir el presente recurso, dando cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 85 de la Ley de Amparo.
- Una vez admitido, tener por hechas las promociones de ley y turnar el expediente al Tribunal Colegiado de Circuito competente en el Estado de Chihuahua, para los efectos legales correspondientes.
- En su momento, y con base en los argumentos expuestos, el Tribunal Colegiado de Circuito se sirva REVOCAR la resolución recurrida, para en su lugar GARANTIZAR LA PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL al quejoso, concediéndole el amparo y protección solicitados en la demanda inicial.
V. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.
Este Juzgado de Distrito en el Estado de Chihuahua es competente para conocer de la admisión del presente recurso, en virtud de haber sido el órgano que dictó la resolución recurrida, conforme a lo establecido en el Artículo 84 de la Ley de Amparo. La competencia para resolver el fondo del recurso corresponderá al Tribunal Colegiado de Circuito con sede en (CIUDAD, CHIHUAHUA), de acuerdo con la distribución de competencia territorial vigente en el Poder Judicial de la Federación para el Estado de Chihuahua.
PROTESTO LO NECESARIO.
Chihuahua, Chihuahua, a (DÍA) de (MES) de (AÑO).
ATENTAMENTE
(NOMBRE COMPLETO DEL QUEJOSO O DEFENSOR)
(FIRMA)
ANEXOS
- Copia simple de la demanda de amparo.
- Copia certificada de la resolución recurrida.
- Copia del acta de notificación de la resolución recurrida.
- Documento que acredite la personalidad del promovente (poder, carta poder, identificación oficial).
- Comprobante de domicilio en el Estado de Chihuahua para efectos de notificaciones.
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
📋 Instrucciones de Llenado
- (NOMBRE COMPLETO DEL QUEJOSO O DEFENSOR): Escriba el nombre completo de la persona que promueve el recurso. Si es el quejoso, su nombre. Si es un defensor, el nombre del licenciado y su firma.
- (NÚMERO DE EXPEDIENTE): Anote el número completo del expediente del juicio de amparo original (ejemplo: 123/2024-AM).
- (JUZGADO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA): Especifique el número y ubicación del Juzgado de Distrito que dictó la resolución (ejemplo: Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Chihuahua).
- (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES, CIUDAD, CHIHUAHUA): Proporcione un domicilio físico completo dentro del estado de Chihuahua donde puedan realizarse notificaciones personales.
- (NOMBRE DEL LICENCIADO, SI LO HAY): Si actúa un abogado, escriba su nombre. Si no, puede tachar o dejar en blanco.
- (FECHA), (FECHA DE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA), (FECHA DE NOTIFICACIÓN): Coloque las fechas exactas en formato día, mes y año.
- (DESCRIPCIÓN CLARA Y CONCISA DEL ACTO RECLAMADO): Describa brevemente el acto de autoridad que originó el juicio de amparo (ejemplo: "la orden de aprehensión girada por el Juez de Control...").
- (SENTENCIA, LAUDO O RESOLUCIÓN): Especifique el tipo de resolución que se impugna (Sentencia, Laudo, Acuerdo, etc.).
- (SEÑALAR SI ES DENEGATORIA, DESESTIMATORIA, ETC.): Indique el sentido de la resolución (ejemplo: "que desestimó la demanda de amparo").
- (NÚMERO DEL ARTÍCULO CONSTITUCIONAL) / (EXPLICAR BREVEMENTE...): En las causales, sustituya con el artículo violado y explique de manera concreta el error de la autoridad.
- (DÍA) de (MES) de (AÑO): Fecha actual de presentación del recurso.
- (CIUDAD, CHIHUAHUA): Ciudad del Tribunal Colegiado de Circuito competente (ejemplo: Chihuahua, Ciudad Juárez).
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