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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
CONTESTACIÓN DE DEMANDA DE COBRO DE PESOS
EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE)
JUZGADO: (JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE GUANAJUATO)
MATERIA: CIVIL ORDINARIA
ASUNTO: CONTESTACIÓN A DEMANDA DE COBRO DE PESOS
C. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL
P R E S E N T E.
(NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO), señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES, CIUDAD, GUANAJUATO), autorizando para tal efecto al Lic. (NOMBRE COMPLETO DEL ABOGADO PATROCINADOR), con cédula profesional número (NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL), quien actúa en mi representación en los términos del poder que se acompaña como documento anexo, a usted respetuosamente comparezco para exponer:
Que por medio del presente escrito, y en mi carácter de demandado en el presente juicio, vengo a formular mi CONTESTACIÓN a la demanda presentada por (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), promovida bajo el expediente número (NÚMERO DE EXPEDIENTE), radicado ante este Honorable Juzgado, manifestando lo siguiente:
I. NEGACIÓN DE LOS HECHOS
De manera formal y expresa, NIEGO en su totalidad los hechos expuestos en la demanda, en los términos del Art. 1064 Código Civil Federal, que establece que la confesión expresa y la presunta hacen prueba plena contra el confesante, pero en este caso, al negar los hechos, la carga de la prueba recae sobre la parte actora. En este sentido, el actor no ha acreditado la existencia de la obligación que pretende cobrar.
En específico, niego haber celebrado el contrato o convenio del cual deriva la supuesta deuda. Asimismo, niego haber recibido la cantidad de dinero, mercancía o servicio que se me imputa. Por lo tanto, no existe obligación alguna a mi cargo que deba ser cumplida.
II. EXCEPCIONES PREVIAS
En virtud de lo dispuesto por el Art. 1065 Código Civil Federal, y en relación con las normas procesales aplicables en el estado de Guanajuato, opongo las siguientes excepciones previas:
- Falta de Personalidad del Actor: El actor no ha acreditado su personalidad para ejercitar la acción, ya que no ha demostrado ser el titular legítimo del derecho que pretende hacer valer. No se ha exhibido documento alguno que acredite la cesión de derechos o la sucesión en el título, de ser el caso.
- Falta de Capacidad del Representante del Actor: El representante legal del actor no ha acreditado de manera fehaciente y suficiente sus facultades para ejercitar acciones judiciales en su nombre. El poder exhibido es insuficiente o adolece de vicios de forma.
- Falta de Jurisdicción y Competencia: Este Juzgado no es competente para conocer del presente asunto. De acuerdo con el Art. 23 Código Civil Federal, el fuero personal se determina por el domicilio del demandado. Mi domicilio, tanto real como convencional, se encuentra ubicado en (MENCIONAR MUNICIPIO, SI ES DIFERENTE), por lo que la competencia territorial corresponde al Juzgado de dicho lugar. Solicito se declare la incompetencia de este Tribunal y se turnen los autos al Juzgado competente.
III. EXCEPCIÓN DE PAGO O DE PRESCRIPCIÓN
En el supuesto, y solo a título enunciativo más no reconocedor, de que este Tribunal considerara probada la existencia de la deuda (lo cual niego categóricamente), opongo la excepción de PAGO. La obligación, si alguna vez existió, fue íntegramente saldada con anterioridad a la presentación de la demanda. No se exhibe recibo de pago porque la contraparte no lo extendió a pesar de haber sido requerida para ello.
Alternativamente, y de manera subsidiaria, opongo la excepción de PRESCRIPCIÓN. Conforme al Art. 1166 Código Civil Federal, las acciones personales prescriben en un término de diez años. De los documentos anexos a la demanda (si los hubiere) o de los propios hechos narrados por el actor, se desprende que la supuesta causa de acción nació en una fecha anterior a (FECHA LÍMITE PARA LA PRESCRIPCIÓN, EJ. HACE MÁS DE 10 AÑOS), por lo que el derecho para exigir el pago se encuentra extinguido por el transcurso del tiempo.
Al respecto, es aplicable la tesis jurisprudencial de la SCJN: PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA. LA EXCEPCIÓN QUE LA HACE VALER PUEDE SER OPUESTA EN CUALQUIER TIEMPO, SIEMPRE QUE NO EXISTA RENUNCIA EXPRESA O TÁCITA A LA MISMA (Registro Digital: 2021555).
IV. FALTA DE PRECONSTITUCIÓN DE PRUEBA
El actor no ha acompañado a su escrito de demanda los documentos que, conforme a la ley, constituyen la preconstitución de la prueba del crédito que reclama. No existe un título ejecutivo, como un pagaré con protesto o una letra de cambio, que dé base a una acción ejecutiva. Al tratarse de una acción ordinaria, la carga de probar íntegramente los extremos de su pretensión recae sobre él, y al no haber presentado documentación contundente inicial, su demanda carece de fundamento.
V. PETICIONES
Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, a usted respetuosamente solicito:
- Tener por formulada la presente CONTESTACIÓN DE DEMANDA, con todas sus excepciones y defensas.
- En virtud de la excepción de falta de jurisdicción y competencia, se sirva declarar la INCOMPETENCIA de este Honorable Juzgado para conocer del presente asunto y ordenar el turno de los autos al Juzgado competente del domicilio del demandado.
- En su defecto, y previo desahogo de las excepciones previas, tener por NEGADOS los hechos expuestos en la demanda.
- Admitir las pruebas que en su oportunidad ofreceré, y una vez desahogadas, dictar sentencia absolviéndome de todas y cada una de las pretensiones de la demanda, condenando al actor al pago de costas y honorarios.
- En el supuesto de que se declare la competencia, solicito se me otorgue el término legal para ofrecer pruebas.
PROTESTO LO NECESARIO.
Lugar y Fecha: (CIUDAD, GUANAJUATO), a (DÍA) de (MES) de (AÑO).
Atentamente,
(NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO)
Por conducto de su representante legal
Lic. (NOMBRE COMPLETO DEL ABOGADO PATROCINADOR)
ANEXOS:
- Original del Poder Notarial (o para el caso, carta poder con firma autógrafa reconocida) que acredita la representación legal.
- Copia simple de la demanda y de los documentos acompañados a la misma.
- Comprobante de Domicilio del Demandado (para acreditar la excepción de incompetencia, si aplica).
- Documentos que acrediten el pago de la supuesta deuda (si se alega la excepción de pago).
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Código Civil Federal
- Código de Comercio (si la deuda es de naturaleza mercantil)
- Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato
📋 Instrucciones de Llenado
- (NÚMERO DE EXPEDIENTE): Inserte el número de expediente asignado por el Juzgado al radicar la demanda.
- (JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA...): Escriba el nombre completo del Juzgado ante el que se presentó la demanda, tal como aparece en la notificación.
- (NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO): Su nombre completo, tal como aparece en la demanda y en su identificación oficial.
- (DOMICILIO COMPLETO...): Domicilio físico (calle, número, colonia, CP, ciudad) donde acepta recibir notificaciones judiciales.
- (NOMBRE COMPLETO DEL ABOGADO PATROCINADOR): Nombre completo del licenciado que firma el escrito.
- (NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL): Número de cédula profesional del abogado patrocinador.
- (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Nombre de la persona o empresa que lo está demandando.
- (MENCIONAR MUNICIPIO, SI ES DIFERENTE): Si su domicilio real está en un municipio distinto al del Juzgado, menciónelo aquí para fundar la excepción de incompetencia.
- (FECHA LÍMITE PARA LA PRESCRIPCIÓN...): Calcule una fecha con más de 10 años de antigüedad a partir de la fecha de la demanda, basándose en el supuesto origen de la deuda.
- (CIUDAD, GUANAJUATO): Ciudad donde se firma el documento.
- (DÍA), (MES), (AÑO): Fecha de firma del escrito.
Nota: Los anexos mencionados son sugeridos. Adjunte solo los documentos con los que cuente y que sean pertinentes para sus defensas.
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Sobre este documento: Contestación de Demanda de Cobro de Pesos — Guanajuato
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