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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
CONTESTACIÓN CON EXCEPCIONES EN JUICIO DE PAGARÉ
EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE)
JUZGADO: (JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE [DISTRITO), BAJA CALIFORNIA]
ASUNTO: JUICIO ORDINARIO CIVIL
C. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE (DISTRITO), BAJA CALIFORNIA.
(NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO), señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES, CIUDAD, BAJA CALIFORNIA), ante usted con el debido respeto comparezco y expongo:
Que por medio del presente escrito vengo a contestar la demanda promovida en mi contra por (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), en el juicio ordinario civil seguido por cobro de pagaré, radicado con el número de expediente (NÚMERO DE EXPEDIENTE), y al efecto:
I. EXCEPCIÓN DE FALTA DE PERSONALIDAD JURÍDICA DEL ACTOR.
En primer lugar, opongo la excepción de falta de personalidad jurídica del actor, toda vez que en la demanda no se acredita de manera fehaciente y suficiente la legitimación activa para ejercitar la acción. El actor no exhibió documento alguno que acredite su personalidad, ni su firma fue ratificada ante fedatario público, ni se acompañó poder especial para pleitos y cobranzas en caso de actuar en representación de otra persona. Esta omisión vicia de nulidad la demanda inicial, conforme lo establece el Art. 17 Código Civil Federal, en relación con el Art. 1286 Código de Comercio, que exigen la acreditación de la personalidad para ejercitar acciones.
Al respecto, es aplicable la tesis jurisprudencial de la SCJN: “PERSONALIDAD. LA FALTA DE SU ACREDITAMIENTO EN LA DEMANDA ES UNA DEFICIENCIA QUE, DE NO SER CORREGIDA, DA LUGAR A QUE SE DESECHE LA PRETENSIÓN, SIN NECESIDAD DE PRONUNCIARSE SOBRE FONDO ALGUNO.” (Registro Digital: 2021552).
II. EXCEPCIÓN DE FALTA DE CAPACIDAD DEL OBLIGADO PRINCIPAL (SUSCRIPTOR).
En segundo término, opongo la excepción de falta de capacidad del suscriptor del pagaré, que se ostenta como (NOMBRE DEL SUSCRIPTOR EN EL PAGARÉ). Al momento de la suscripción del título de crédito, dicho individuo no contaba con la capacidad legal para obligarse, ya que (ESPECIFICAR MOTIVO: ERA MENOR DE EDAD, SE ENCONTRABA INTERDICTO, ETC.). Esta circunstancia anula de pleno derecho la obligación cambiaria, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 450 Código Civil Federal y el Art. 30 Código de Comercio.
III. EXCEPCIÓN DE FALTA DE CAUSA O LICITUD EN EL OBJETO DEL CONTRATO.
Adicionalmente, opongo la excepción de falta de causa o de ilicitud en el objeto. El pagaré que se exhibe como fundamento de la demanda carece de causa lícita, ya que fue suscrito con motivo de [ESPECIFICAR CAUSA ILÍCITA O INEXISTENTE, EJ: UN JUEGO PROHIBIDO, UNA OPERACIÓN SIMULADA, UNA DEUDA DE JUEGO, ETC.]. Las obligaciones que carecen de causa o cuya causa es ilícita no producen efecto alguno, según lo establece el Art. 1832 Código Civil Federal.
La jurisprudencia de la SCJN ha sostenido: “OBLIGACIONES. LA CAUSA ES UN ELEMENTO ESENCIAL DE LAS MISMAS, POR LO QUE SU FALTA O ILICITUD DETERMINA LA INEXISTENCIA O NULIDAD DEL ACTO JURÍDICO RESPECTIVO.” (Registro Digital: 2015678).
IV. EXCEPCIÓN DE FALTA DE PRESENTACIÓN DEL TÍTULO PARA SU PAGO.
Opopngo la excepción de falta de presentación del título para su pago. El actor no acreditó en la demanda haber presentado el pagaré a mi persona para su pago en la fecha de su vencimiento, ni haber levantado el protesto correspondiente en caso de falta de pago, tal y como lo exige la legislación cambiaria para el ejercicio de la acción cambiaria directa, conforme al Art. 174 Código de Comercio.
V. EXCEPCIÓN DE PAGO PARCIAL O TOTAL.
En virtud de lo anterior, y sin que lo anterior signifique reconocimiento de la validez del título, manifiesto que la obligación principal que se me atribuye ha sido extinguida total/parcialmente. Aporto como prueba el(los) comprobante(s) de pago que anexo a este escrito, marcado(s) como Prueba Documental 1, el cual demuestra que el día (FECHA DE PAGO) se realizó un abono por la cantidad de $(MONTO PAGADO), quedando un saldo pendiente de $(SALDO PENDIENTE, SI APLICA) o extinguida la deuda en su totalidad. El pago es un modo de extinguir las obligaciones, según el Art. 2184 Código Civil Federal.
VI. EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN CAMBIARIA DIRECTA.
Opopngo la excepción de prescripción negativa. La acción cambiaria directa derivada de un pagaré prescribe en un término de tres años contados desde el día del vencimiento, de acuerdo con el Art. 188 Código de Comercio. El pagaré exhibido por el actor tiene fecha de vencimiento (FECHA DE VENCIMIENTO DEL PAGARÉ), por lo que el plazo de tres años concluyó el (FECHA EN QUE CONCLUYÓ EL PLAZO). La demanda fue presentada el (FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA), es decir, con posterioridad a la fecha en que operó la prescripción, por lo que el derecho de acción se encuentra extinguido.
La SCJN ha determinado: “PRESCRIPCIÓN. OPERADA ÉSTA, EL DEUDOR ADQUIERE EL DERECHO DE OPONER LA EXCEPCIÓN RESPECTIVA PARA EXIGIR EL SOBRESEIMIENTO DEL JUICIO Y, EN SU CASO, LA ABSOLUCIÓN DE LA INSTANCIA.” (Registro Digital: 2009854).
VII. NEGACIÓN DE FIRMA Y HECHOS.
De manera categórica, NIEGO en todos sus términos la suscripción del pagaré que se me atribuye. La firma que aparece en dicho documento no es de mi puño y letra, por lo que no me obliga. En virtud de lo anterior, solicito de manera respetuosa se decrete y practique la prueba pericial en grafoscopía y documentoscopía que ofrezco en el apartado correspondiente, a fin de que peritos expertos determinen la falsedad de mi rúbrica.
Asimismo, niego los hechos narrados en la demanda en lo que me sean perjudiciales y contrarios a lo expuesto en este escrito.
VIII. PRUEBAS QUE OFREZCO.
- Documental Pública y Privada: Los comprobantes de pago ya mencionados (Prueba Documental 1).
- Pericial: Nombro como perito al C. (NOMBRE COMPLETO DEL PERITO), con cédula profesional (NÚMERO DE CÉDULA), para que emita dictamen sobre la autenticidad de la firma que aparece en el pagaré. Pido se le tome protesta de ley.
- Confesional: Ofrezco confesional judicial del actor, (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), para que declare sobre los hechos que dieron origen al pagaré, la causa del mismo y los pagos recibidos.
Me sujeto a la soberanía del Tribunal y solicito se me admita la contestación con las excepciones opuestas, se admitan y desahoguen las pruebas ofrecidas y, en su momento, se absuelvan los posicionamientos de la parte actora, para finalmente dictar sentencia absolviéndome de todas y cada una de las pretensiones de la demanda, condenando al actor al pago de costas y honorarios.
POR TANTO, SUPLICO A USTED, señor Juez, se sirva tener por presentado este escrito de contestación con excepciones, admitirlo en todos sus términos y efectos, dar trámite a las excepciones opuestas, admitir y desahogar las pruebas ofrecidas, y proceder conforme a derecho para mi beneficio.
PROTESTO LO NECESARIO.
(LUGAR, BAJA CALIFORNIA), a (DÍA) de (MES) de (AÑO).
ATENTAMENTE,
(NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO)
FIRMA: _________________________
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
📋 Instrucciones de Llenado
- (NÚMERO DE EXPEDIENTE): Inserte el número de expediente asignado por el juzgado al juicio.
- (JUZGADO CIVIL...): Complete con el nombre completo del Juzgado de Primera Instancia y el Distrito Judicial en Baja California donde se sigue el juicio (ej: "Mexicali", "Tijuana", "Ensenada").
- (NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO): Su nombre completo, tal como aparece en su identificación oficial.
- (DOMICILIO COMPLETO...): Domicilio real donde acepta recibir notificaciones judiciales (calle, número, colonia, código postal, ciudad, B.C.).
- (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Nombre de la persona o empresa que lo está demandando, tal como aparece en la demanda.
- (ESPECIFICAR MOTIVO...): En la excepción de capacidad, detalle la razón por la cual el suscriptor era incapaz (ej: "era menor de 18 años", "se encontraba declarado en estado de interdicción").
- (ESPECIFICAR CAUSA ILÍCITA...): Describa brevemente pero con claridad la razón ilícita o inexistente por la que se firmó el pagaré.
- (FECHA DE PAGO), (MONTO PAGADO), (SALDO PENDIENTE): Complete con los datos reales del pago que alega. Si pagó todo, escriba "extinguida la deuda en su totalidad" y deje el saldo en blanco.
- (FECHA DE VENCIMIENTO...), (FECHA EN QUE CONCLUYÓ...), (FECHA DE PRESENTACIÓN...): Calcule las fechas con base en el pagaré y la demanda. El plazo de prescripción es de 3 años desde el vencimiento.
- (NOMBRE COMPLETO DEL PERITO), (NÚMERO DE CÉDULA): Datos del perito grafólogo que propone. Si no tiene uno, puede solicitar al juzgado que designe uno oficial.
- (LUGAR, BAJA CALIFORNIA), (DÍA), (MES), (AÑO): Lugar y fecha de elaboración del documento.
IMPORTANTE: Este documento debe ser presentado ante el juzgado correspondiente dentro del plazo legal (15 días hábiles posteriores a la notificación de la demanda). Acompañe copias para cada una de las partes. Consulte a un abogado colegiado en Baja California para su correcta implementación.
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Sobre este documento: Contestación con Excepciones en Juicio de Pagaré — Baja California
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