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V1Contestación con Excepciones en Juicio de Pagaré — Durango
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

CONTESTACIÓN CON EXCEPCIONES EN JUICIO DE PAGARÉ

EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE)

JUZGADO: (JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE DURANGO)

MATERIA: CIVIL

ASUNTO: CONTESTACIÓN A LA DEMANDA EJECUTIVA DE PAGARÉ

C. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN TURNO
P R E S E N T E.

(NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO), señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, DURANGO), autorizando para tal efecto al Lic. (NOMBRE COMPLETO DEL ABOGADO PATROCINADOR), con cédula profesional número (NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL), quien actúa en mi representación en los términos del poder que debidamente acompaño a este escrito, a usted respetuosamente comparezco y expongo:

Por medio del presente escrito, vengo a CONTESTAR la demanda ejecutiva promovida en mi contra por (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), identificada con el número de expediente antes referido, y al mismo tiempo hago valer las EXCEPCIONES que en derecho corresponden, fundando mi respuesta en los siguientes:

HECHOS

  1. El día (FECHA DE NOTIFICACIÓN), fui debidamente notificado de la demanda ejecutiva promovida en mi contra.
  2. Reconozco que el día (FECHA DE SUSCRIPCIÓN), suscribí un documento denominado pagaré a la orden de (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR).
  3. Sin embargo, el documento presentado por el actor ADOLECE DE VICIOS SUSTANCIALES. En primer lugar, la firma que aparece en el mismo NO ES LA MÍA, o bien, fue estampada bajo condiciones de violencia o error esencial, lo cual será objeto de prueba pericial.
  4. En segundo término, el pagaré carece de alguno de los requisitos esenciales que la ley exige para que surta efectos ejecutivos, específicamente (ESPECIFICAR FALTA: EJ. FECHA DE VENCIMIENTO, LUGAR DE PAGO, NOMBRE DEL BENEFICIARIO CLARO).
  5. El actor omite mencionar que con fecha (FECHA DEL PAGO O NOVACIÓN), se realizó el pago parcial de la deuda por la cantidad de (MONTO PAGADO EN NÚMEROS Y LETRA), o bien, las partes convinieron una novación de la deuda, modificando los términos originales de pago.
  6. La prescripción de la acción ha operado en mi favor. El título ejecutivo, de ser válido, data de (FECHA DEL PAGARÉ), y la demanda se presentó el (FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA), habiendo transcurrido más de (NÚMERO) años, plazo que extingue la acción conforme a la ley.

EXCEPCIONES QUE SE HACEN VALER

Con fundamento en los hechos antes expuestos, hago valer las siguientes excepciones procesales y de fondo, las cuales deben resolverse antes de proseguir con el juicio, en los términos del Art. 10 Código Civil Federal y del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Durango:

  1. EXCEPCIÓN DE FALTA DE PERSONALIDAD DEL ACTOR: El actor no ha acreditado su legitimación para obrar, ya que el pagaré no indica de manera clara e inconfundible que es el beneficiario o tenedor legítimo del título. No se exhibió el endoso o transmisión que lo acredite, violando lo dispuesto por el Art. 170 Código de Comercio.
  2. EXCEPCIÓN DE FALTA DE REQUISITOS DE FORMA DEL TÍTULO EJECUTIVO: El pagaré exhibido carece de los requisitos esenciales para ser considerado título ejecutivo. El Art. 173 Código de Comercio exige la mención expresa de ser "pagaré", la promesa incondicional de pagar una suma determinada, la fecha de vencimiento, el lugar de pago, el nombre de la persona a quien debe hacerse el pago y la fecha y lugar en que se suscribe. La omisión de (ESPECIFICAR REQUISITO FALTANTE) lo priva de su fuerza ejecutiva.
    Jurisprudencia aplicable: "PAGARÉ. CARECE DE FUERZA EJECUTIVA CUANDO LE FALTA ALGUNO DE LOS REQUISITOS QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 170 (AHORA 173) DE LA LEY CAMBIARIA Y DEL CHEQUE." (1a. CXXXVII/2014, Décima Época, SCJN).
  3. EXCEPCIÓN DE FALSEDAD DE LA FIRMA O VICIO EN EL CONSENTIMIENTO: La firma que aparece en el documento es falsa o fue obtenida mediante dolo, error o violencia. Esta excepción se funda en el Art. 1812 Código Civil Federal, que establece la nulidad de los actos ejecutados bajo error, dolo o violencia. Solicito se decrete una prueba pericial caligráfica para demostrar este extremo.
  4. EXCEPCIÓN DE PAGO O NOVACIÓN: La obligación consignada en el pagaré fue extinguida total o parcialmente mediante el pago realizado el (FECHA), o bien, fue novada por un acuerdo posterior entre las partes. El pago extingue las obligaciones conforme al Art. 2183 Código Civil Federal, y la novación lo hace por el Art. 2205 Código Civil Federal.
  5. EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN: La acción para exigir el pago del pagaré ha prescrito. El Art. 1156 Código Civil Federal establece un plazo de tres años para las acciones derivadas de títulos de crédito. Dado que el título es de fecha (FECHA DEL PAGARÉ) y la demanda se interpuso el (FECHA DE LA DEMANDA), ha transcurrido el plazo legal sin que se haya interrumpido la prescripción, por lo que el derecho del actor se ha extinguido.
    Jurisprudencia aplicable: "PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN CAMBIARIA. EL PLAZO PARA EJERCITARLA COMIENZA A CONTAR DESDE LA FECHA DE VENCIMIENTO DEL TÍTULO DE CRÉDITO." (1a. LXXVII/2008, Novena Época, SCJN).

PETICIONES

Por lo expuesto y fundado, respetuosamente suplico a usted, Señor Juez:

  1. Tener por presentado este escrito de contestación con excepciones.
  2. Admitir las excepciones de falta de personalidad, falta de requisitos de forma, falsedad de firma, pago o novación y prescripción, que he hecho valer.
  3. En virtud de haberse hecho valer excepciones que pueden dilucidarse de plano, se sirva SUSPENDER EL PROCEDIMIENTO EJECUTIVO y mandar TRANSFORMAR EL JUICIO EN ORDINARIO, para que en éste se desahoguen las pruebas ofrecidas y se discutan a fondo las cuestiones planteadas, conforme al principio de congruencia y al Art. 10 Código Civil Federal.
  4. En su defecto, y de manera subsidiaria, se sirva decretar y practicar la prueba pericial caligráfica que ofrezco, designando perito de la lista oficial del Tribunal, a fin de que se determine la autenticidad de la firma que ostenta el pagaré.
  5. Se me notifique personalmente de las resoluciones que se emitan, así como al apoderado que me representa.

PROTESTO LO NECESARIO.

Durango, Dgo., a (DÍA) de (MES) de (AÑO).

ATENTAMENTE
(NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO)
POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL
Lic. (NOMBRE COMPLETO DEL ABOGADO PATROCINADOR)
Cédula Profesional No. (NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL)

OFERTA DE PRUEBAS

  1. Prueba Pericial: Ofrezco prueba pericial caligráfica, a cargo de perito de la lista oficial del Tribunal, para que compare la firma que aparece en el pagaré con mis firmas indubitadas y emita dictamen sobre su autenticidad.
  2. Prueba Documental: Ofrezco los siguientes documentos (copia simple para su cotejo, original para su exhibición en audiencia):
    • Poder notarial que acredita la representación de mi abogado patrocinador.
    • Comprobantes de pago (transferencias, recibos) que acreditan el pago parcial/total de la deuda, fechados el (FECHA).
    • Correspondencia (emails, mensajes) que acrediten la novación o reestructura de la deuda.
    • Documentos oficiales con mis firmas auténticas (INE, pasaporte, escrituras) para cotejo pericial.
  3. Prueba Confesional: Ofrezco la confesional judicial del actor, para que declare sobre los hechos relativos al origen del pagaré, las negociaciones posteriores y los posibles pagos recibidos.

SE ADJUNTAN:

  1. Original del poder notarial (para su cotejo y devolución).
  2. Copia simple de la demanda y sus anexos.
  3. Copia simple de los documentos ofrecidos como prueba.
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⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NÚMERO DE EXPEDIENTE): Anotar el número completo del expediente judicial asignado por el juzgado.
  2. (JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA...): Especificar el nombre completo del Juzgado que conoce del asunto, ej. "Juzgado Primero Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Durango".
  3. (NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO): Nombre(s), apellido paterno y materno del demandado, tal como aparece en su identificación oficial.
  4. (DOMICILIO): Domicilio completo en el Estado de Durango para recibir notificaciones judiciales.
  5. (NOMBRE COMPLETO DEL ABOGADO PATROCINADOR): Nombre completo del licenciado en derecho que patrocina al demandado.
  6. (NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL): Número de cédula profesional federal del abogado patrocinador.
  7. (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Nombre completo del demandante, como aparece en la demanda.
  8. (FECHAS): Sustituir todas las fechas indicadas (notificación, suscripción, pago, etc.) por las correspondientes al caso concreto, en formato "dd de mes de aaaa".
  9. (ESPECIFICAR FALTA / REQUISITO FALTANTE): Describir con precisión qué requisito esencial del pagaré falta o está viciado (ej. "la fecha de vencimiento", "el lugar de pago es ilegible").
  10. (MONTO PAGADO EN NÚMEROS Y LETRA): Indicar la cantidad pagada, ej. "$10,000.00 M.N. (Diez mil pesos 00/100 M.N.)".
  11. (NÚMERO) (en prescripción): Indicar el número de años transcurridos, que para un pagaré generalmente es 3.
  12. (DÍA) de (MES) de (AÑO): Fecha en que se presenta el escrito ante el juzgado.

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