📍 ¿En qué estado estás?

La plantilla se adaptará a las leyes de tu entidad.

V1Contestación con Excepción de Litispendencia — Aguascalientes
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

CONTESTACIÓN CON EXCEPCIÓN DE LITIS PENDENCIA

EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE)

JUZGADO: (JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES)

MATERIA: CIVIL

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN TURNO
P R E S E N T E.

(NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO), señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, AGUASCALIENTES), autorizando para tales efectos al C. (NOMBRE DEL PROCURADOR O APODERADO), con poder inscrito bajo el número (NÚMERO DE INSCRIPCIÓN DEL PODER) del Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Estado de Aguascalientes, o en su defecto, en el domicilio antes señalado, a usted respetuosamente expongo:

Que por medio del presente escrito vengo a CONTESTAR LA DEMANDA promovida en mi contra por el C. (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), en el juicio ordinario civil que sigue ante este Honorable Tribunal, radicado con el expediente número (NÚMERO DE EXPEDIENTE), y al mismo tiempo OPONER LA EXCEPCIÓN DE LITIS PENDENCIA, fundándome en los siguientes:

HECHOS

  1. El día (FECHA DE NOTIFICACIÓN DE LA DEMANDA), fui debidamente notificado de la demanda presentada por (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), la cual versa sobre [DESCRIPCIÓN BREVE DEL OBJETO DE LA DEMANDA PRESENTE, EJ: EL COBRO DE UN ADEUDO DERIVADO DE UN CONTRATO DE PRÉSTAMO].
  2. Con anterioridad a la presentación de la presente demanda, el mismo actor, (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), inició un juicio con idéntico objeto, causa de pedir y partes, ante el [JUZGADO O TRIBUNAL ANTERIOR, EJ: JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE (NOMBRE DEL DISTRITO) DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES], el cual se encuentra radicado con el número de expediente (NÚMERO DE EXPEDIENTE DEL JUICIO ANTERIOR).
  3. Dicho juicio anterior se encuentra (EN TRÁMITE, EJ: EN ETAPA DE CONCILIACIÓN, EN PERÍODO DE OFRECIMIENTO DE PRUEBAS, ETC.), no habiendo recaído sentencia ejecutoriada que ponga fin al litigio. Adjunto a este escrito copia certificada de la demanda inicial de dicho juicio y del auto de admisión, para demostrar la identidad de partes, objeto y causa.
  4. La existencia simultánea de dos juicios sobre la misma controversia genera una situación de inseguridad jurídica y contradice el principio de economía procesal, además de constituir un supuesto típico de litispendencia previsto en la ley.

DERECHOS

  1. El Art. 17 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece el derecho a una pronta y expedita administración de justicia. La duplicidad de procesos viola este principio al someter al demandado a un desgaste procesal innecesario.
  2. El Art. 13 Código Civil Federal dispone que las leyes procesales son de orden público. Las normas sobre litispendencia, como la contenida en el Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes, buscan evitar sentencias contradictorias y el desperdicio de recursos judiciales.
  3. El Art. 14 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el principio de legalidad, el cual se ve afectado cuando se permite la prosecución de dos juicios idénticos, generando una posible doble condena por el mismo hecho.
  4. El Art. 1064 Código de Comercio (aplicable supletoriamente en materia civil según el Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes) establece como excepción la litispendencia, la cual debe declararse cuando se promuevan dos o más juicios sobre una misma cosa, entre las mismas partes y por el mismo título.
  5. El Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Aguascalientes, en su Art. 98 (o el artículo correspondiente según la numeración vigente, el cual debe ser verificado), regula las excepciones procesales, entre las que se encuentra la de litispendencia, la cual debe hacerse valer en la contestación de la demanda so pena de preclusión.

JURISPRUDENCIA

  1. Tesis: 1a./J. 25/2016 (10a.), de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con rubro: "LITIS PENDENCIA. LOS REQUISITOS PARA HACERLA VALER COMO EXCEPCIÓN DILATORIA." Sostiene que para que prospere la excepción de litispendencia es necesario que exista identidad de partes, identidad de objeto e identidad de causa de pedir entre el juicio anterior y el posterior. Esta identidad debe ser sustancial, no meramente nominal.
  2. Tesis: XX.2o.C.45 C (Jurisprudencia por contradicción de tesis), con rubro: "LITIS PENDENCIA. EL JUEZ QUE CONOCE DEL SEGUNDO JUICIO ES COMPETENTE PARA DECLARARLA, AUNQUE EL PRIMERO SE VENTILE EN UN JUZGADO DE MAYOR JERARQUÍA." Esta tesis confirma la facultad del juez del presente juicio para analizar y, en su caso, declarar la litispendencia, independientemente del tribunal donde se siga el primer proceso.
  3. Tesis: 1a. CCCXVIII/2014 (10a.), de la Primera Sala de la SCJN, con rubro: "PRINCIPIO DE ECONOMÍA PROCESAL. SU CONCEPTO Y ALCANCE." Precisa que dicho principio implica la racionalización de los recursos procesales para alcanzar la máxima eficacia con el mínimo esfuerzo, evitando la multiplicidad innecesaria de actuaciones y procesos, como el caso de la litispendencia.

PETICIONES

Por lo expuesto y fundado,

  1. SE SIRVA TENER POR CONTESTADA LA DEMANDA en los términos antes expresados, negando en todo y por todo las pretensiones del actor.
  2. SE SIRVA TENER POR OPUESTA Y HECHA VALER LA EXCEPCIÓN DILATORIA DE LITIS PENDENCIA, en virtud de que existe un juicio anterior pendiente de resolución, entre las mismas partes, sobre el mismo objeto y por la misma causa de pedir.
  3. En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto por el Art. 100 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Aguascalientes (o el aplicable), SE SIRVA DECLARAR PROCEDENTE DICHA EXCEPCIÓN y, por lo tanto, SOBRESEER EN EL PRESENTE JUICIO, ordenando el archivo definitivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el actor pueda continuar el juicio que primero promovió.
  4. En el remoto caso de que no se estime procedente la excepción de litispendencia, SE SIRVA TENER POR OFRECIDAS LAS PRUEBAS que en su oportunidad ofreceré, solicitando se me otorgue el término legal para tal efecto, y SE SIRVA SEÑALAR DÍA Y HORA PARA LA CELEBRACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR.

Protesto lo necesario.
Aguascalientes, Ags., a (FECHA ACTUAL).

ATENTAMENTE
(NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO O DE SU APODERADO LEGAL)

ANEXOS

  1. Copia certificada de la demanda inicial del juicio anterior (Expediente (NÚMERO)).
  2. Copia certificada del auto de admisión de la demanda del juicio anterior.
  3. Copia simple del poder notarial que acredita la personalidad del apoderado (si aplica).
  4. Comprobante de domicilio del demandado.
  5. Identificación oficial del demandado o apoderado.
📊 ¿Necesitas calcular montos?

Si tu caso involucra el cálculo de intereses moratorios, indemnizaciones o actualizaciones de deudas, te recomendamos consultar con un especialista o utilizar herramientas de cálculo financiero, ya que este documento procesal no incluye funciones de cálculo automático.

⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NÚMERO DE EXPEDIENTE): Anota el número de expediente que asignó el Juzgado al recibir la demanda.
  2. (JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES): Escribe el nombre completo del Juzgado que te notificó la demanda (ej: "Juzgado Primero Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de la Capital").
  3. (NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO): Tu nombre completo, tal como aparece en la demanda.
  4. (CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, AGUASCALIENTES): Tu domicilio real para recibir notificaciones judiciales.
  5. (NOMBRE DEL PROCURADOR O APODERADO): Si actúas por medio de un abogado, escribe su nombre. Si no, tacha o elimina esta parte.
  6. (NÚMERO DE INSCRIPCIÓN DEL PODER): Si actúas con apoderado, anota el número de inscripción del poder notarial en el Registro Público. Si no aplica, elimínalo.
  7. (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): El nombre de la persona que te demandó, como aparece en la demanda.
  8. (FECHA DE NOTIFICACIÓN DE LA DEMANDA): La fecha en que oficialmente te notificaron la demanda.
  9. (DESCRIPCIÓN BREVE DEL OBJETO DE LA DEMANDA PRESENTE): Explica en una frase de qué trata la demanda que te interpusieron (ej: "la reclamación de la propiedad de un vehículo").
  10. (JUZGADO O TRIBUNAL ANTERIOR): El nombre exacto del Juzgado o Tribunal donde se está llevando el primer juicio (el anterior).
  11. (NÚMERO DE EXPEDIENTE DEL JUICIO ANTERIOR): El número de expediente del primer juicio.
  12. (EN TRÁMITE, EJ: EN ETAPA DE...): Describe en qué etapa procesal se encuentra el primer juicio (Conciliación, pruebas, alegatos, etc.).
  13. (FECHA ACTUAL): La fecha en que firmas y presentas este documento.
  14. (NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO O DE SU APODERADO LEGAL): Quien firma el documento. Si es el apoderado, debe coincidir con el nombre autorizado al inicio.

📄 Plantillas Relacionadas

  • Contestación de Demanda (Genérica) — Materia Civil: Para cuando solo se requiere negar los hechos sin oponer excepciones complejas.
  • Reconvención — Materia Civil: Para cuando, además de contestar, deseas demandar al actor por un tema relacionado.
  • Excepción de Falta de Personalidad — Materia Civil: Para impugnar la capacidad legal del actor o de su representante para demandar.
  • Excepción de Falta de Competencia — Materia Civil: Para señalar que el Juzgado que conoce del asunto no es el competente según la ley.
  • Escrito de Ofrecimiento de Pruebas — Juicio Ordinario Civil: Para cuando la excepción no prospera y el juicio continúa, es necesario ofrecer las pruebas.
Red Nacional de Abogados

¿Este documento superó tus conocimientos legales?

Un error de redacción puede costarte tu patrimonio. Contacta a un abogado experto y verificado en tu estado ahora mismo. Ellos harán el trabajo pesado por ti.

Encontrar EspecialistaConsulta sin costo oculto

Sobre este documento: Contestación con Excepción de Litispendencia — Aguascalientes

Formato gratuito de contestación con excepción de litispendencia — aguascalientes. Incluye jurisprudencia de la SCJN, artículos de ley con hipervínculo y guía de llenado paso a paso.

Fundamentado en: codigo-civil-federal.

Más de 15,000+ descargas exitosas

Únete a miles de ciudadanos, abogados y empresarios mexicanos que protegen su patrimonio sin pagar honorarios excesivos.

★★★★★
4.9/5(542 reseñas verificadas)

Mostrando 9 de 542 reseñas recientes

Preguntas Frecuentes

Resuelve tus dudas antes de descargar tu formato legal.

Sí. Todos nuestros formatos están redactados con base en el Código Civil Federal, Código de Comercio y leyes generales aplicables. En caso de legislaciones estatales, la estructura es 100% compatible y solo debes adaptar la entidad federativa en los espacios indicados.

No obligatoriamente. Están diseñadas para que cualquier ciudadano pueda rellenarlas y presentarlas. Sin embargo, para juicios complejos (como amparos o divorcios contenciosos), siempre recomendamos que un profesional titulado revise el documento final antes de ingresarlo al juzgado.

Al descargar la versión completa, obtienes el formato listo para usarse. Deberás llenar los espacios en blanco resaltados (como NOMBRES, FECHAS y CANTIDADES) en tu procesador de textos favorito (Word, Google Docs, etc.) y posteriormente imprimirlo para su firma.

Nuestro equipo legal revisa constantemente las tesis de jurisprudencia de la SCJN y las reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para garantizar que no utilices artículos derogados.

Nuestra prioridad es que resuelvas tu situación legal. Si consideras que el formato no cumple con los estándares descritos, tienes 7 días para solicitar la revisión y te ofreceremos una solución o devolución del 100%.