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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
CONTESTACIÓN CON EXCEPCIÓN DE LITISPENDENCIA
EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE ASIGNADO POR EL JUZGADO)
JUZGADO: (NOMBRE COMPLETO DEL JUZGADO CIVIL EN TURNO, SAN LUIS POTOSÍ)
MATERIA: CIVIL
C. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN TURNO
P R E S E N T E.
Quien suscribe, (NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO), señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES, CIUDAD, SAN LUIS POTOSÍ), actuando en mi propio derecho y carácter, y asistido por mi defensor el Lic. (NOMBRE COMPLETO DEL ABOGADO DEFENSOR), con cédula profesional número (NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL), a usted respetuosamente comparezco para exponer:
Que por medio del presente escrito, vengo a CONTESTAR LA DEMANDA promovida en mi contra por (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), identificada con el expediente arriba referido, y al mismo tiempo OPONER LA EXCEPCIÓN DE LITISPENDENCIA, fundándome en los siguientes:
ANTECEDENTES Y HECHOS
1. El día (FECHA DE NOTIFICACIÓN DE LA DEMANDA), fui debidamente notificado de la demanda civil promovida en mi contra por (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), la cual versa sobre (DESCRIPCIÓN BREVE DEL OBJETO DE LA DEMANDA ACTUAL, EJ: EL COBRO DE UN ADEUDO).
2. Con anterioridad a la presentación de la presente demanda, el mismo actor, (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), ya había iniciado un juicio en mi contra, con idénticas partes, causa de pedir y objeto, el cual se encuentra radicado en el (NOMBRE DEL OTRO JUZGADO O TRIBUNAL), bajo el expediente número (NÚMERO DE EXPEDIENTE DEL JUICIO ANTERIOR).
3. Dicho juicio previo se inició el día (FECHA DE INICIO DEL PRIMER JUICIO) y al día de hoy se encuentra en el estado procesal de (ESTADO PROCESAL EN QUE SE ENCUENTRA, EJ: ETAPA DE PRUEBAS, A LA ESPERA DE SENTENCIA, ETC.). Copia certificada de la demanda inicial y del auto de radicación de dicho juicio se anexan como Prueba Documental 1.
4. Es evidente, por tanto, la existencia de una litispendencia, ya que concurren los tres elementos esenciales que la configuran: identidad de partes (mismo actor y mismo demandado), identidad de objeto (la misma pretensión) e identidad de causa de pedir (los mismos hechos y fundamentos jurídicos).
FUNDAMENTOS DE DERECHO
La excepción de litispendencia que opongo se encuentra plenamente fundada en el derecho procesal civil mexicano, tanto federal como local, conforme a lo siguiente:
- El Código Civil Federal, en su Artículo 12, establece el principio de que "Las leyes procesales se aplicarán desde su promulgación a los juicios pendientes...", principio que se relaciona con la inmediata aplicación de las normas que regulan la preclusión de la vía jurisdiccional por juicio pendiente.
- El Código de Comercio, en su Artículo 1056, dispone expresamente que "No podrá entablarse nueva demanda entre las mismas partes, sobre el mismo objeto y por la misma causa, cuando se encuentre pendiente un juicio." Esta norma, de carácter mercantil, refleja un principio general del derecho procesal aplicable por analogía en materia civil, en virtud de la supletoriedad establecida.
- Para el estado de San Luis Potosí, el Código Procesal Civil del estado (o el Código de Procedimientos Civiles aplicable) consagra este principio. Si bien no se cuenta con un código federal de procedimientos civiles, la doctrina y la jurisprudencia han establecido que la litispendencia es una excepción procesal de orden público, destinada a evitar sentencias contradictorias, la duplicidad de procesos y el desgaste innecesario de la administración de justicia.
- La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su Artículo 17, garantiza el derecho a una pronta y expedita administración de justicia. La litispendencia, al evitar la multiplicidad de juicios sobre un mismo asunto, es un mecanismo que contribuye a la eficiencia y economía procesal, tutelando este derecho constitucional.
JURISPRUDENCIA APLICABLE
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido criterios vinculantes sobre la excepción de litispendencia, entre los que destacan:
- Tesis: I.3o.C. J/14 (10a.), "LITISPENDENCIA. LOS ELEMENTOS QUE LA CONFIGURAN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO)." Esta tesis establece que para que proceda la excepción de litispendencia es necesario que exista identidad de partes, identidad de cosa pedida (objeto) e identidad de causa de pedir entre el juicio anterior y el posterior.
- Tesis: 1a./J. 33/2015 (10a.), "LITISPENDENCIA. ES UNA CUESTIÓN PREVIA QUE DEBE RESOLVERSE ANTES DE ENTRAR AL FONDO DEL ASUNTO." La SCJN ha determinado que la litispendencia es una cuestión previa que el juzgador debe analizar y resolver de manera prioritaria, antes de entrar al estudio del fondo del negocio, por afectar la validez misma del proceso.
- Tesis: XX.2o. J/6 (10a.), "EXCEPCIÓN DE LITISPENDENCIA. EL HECHO DE QUE EL JUICIO PREVIO SE ENCUENTRE EN ETAPA DE EJECUCIÓN NO IMPIDE SU PROCEDENCIA." Este criterio sostiene que la excepción es procedente incluso cuando el primer juicio se encuentra en etapa de ejecución, siempre que no exista una sentencia firme que haya adquirido la autoridad de cosa juzgada.
PETICIONES
Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, RESPETUOSAMENTE SUPLICO A USTED:
- TENER POR INTERPUESTA la presente CONTESTACIÓN DE DEMANDA, así como la EXCEPCIÓN DE LITISPENDENCIA en ella contenida.
- ADMITIR la excepción de litispendencia opuesta, y en consecuencia, DECLARAR LA EXISTENCIA DE LITISPENDENCIA entre el presente juicio y el anteriormente iniciado con el expediente (NÚMERO DE EXPEDIENTE DEL JUICIO ANTERIOR), radicado en el (NOMBRE DEL OTRO JUZGADO O TRIBUNAL).
- Por virtud de lo anterior, SOBRESEER Y ARCHIVAR DEFINITIVAMENTE EL PRESENTE JUICIO, sin posibilidad de reproducir la demanda, en aplicación del principio non bis in idem y para evitar una duplicidad de procesos sobre un mismo asunto.
- En el supuesto, que no admito, de que no se estime procedente la excepción, SEÑALAR DÍA Y HORA PARA LA CELEBRACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR correspondiente, a fin de desahogar las demás excepciones y defensas que en su momento promoveré.
PROTESTO LO NECESARIO.
San Luis Potosí, S.L.P., a (FECHA ACTUAL DE PRESENTACIÓN)
_________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO)
DEMANDADO
_________________________
Lic. (NOMBRE COMPLETO DEL ABOGADO DEFENSOR)
CÉDULA PROFESIONAL No. (NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL)
ANEXOS
- Prueba Documental 1: Copia certificada de la demanda inicial y auto de radicación del juicio previo (Expediente (NÚMERO DE EXPEDIENTE DEL JUICIO ANTERIOR)).
- Prueba Documental 2: Copia simple de la cédula profesional del defensor.
- Prueba Documental 3: Copia del poder notarial o escrito que acredite la personalidad del defensor, si es el caso.
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Código Civil Federal
- Código de Comercio (Aplicación supletoria/analógica)
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- Código Procesal Civil del Estado de San Luis Potosí (o Código de Procedimientos Civiles local vigente).
📋 Instrucciones de Llenado
- (NÚMERO DE EXPEDIENTE ASIGNADO POR EL JUZGADO): Anotar el número completo del expediente judicial que te notificaron.
- (NOMBRE COMPLETO DEL JUZGADO CIVIL EN TURNO, SAN LUIS POTOSÍ): Escribir el nombre oficial del Juzgado de Primera Instancia que conoce de la demanda.
- (NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO): Tu nombre completo, tal como aparece en la demanda.
- (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES, CIUDAD, SAN LUIS POTOSÍ): Indicar un domicilio formal, preferentemente el de tu abogado, donde recibirás notificaciones.
- (NOMBRE COMPLETO DEL ABOGADO DEFENSOR): Nombre completo de tu abogado.
- (NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL): Número de cédula profesional federal del abogado defensor.
- (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Nombre de la persona que te demandó.
- (FECHA DE NOTIFICACIÓN DE LA DEMANDA): Fecha en que te notificaron legalmente la demanda.
- (DESCRIPCIÓN BREVE DEL OBJETO DE LA DEMANDA ACTUAL): Explicar en una frase el tema central de la demanda (ej: "el cobro de un préstamo no pagado").
- (NOMBRE DEL OTRO JUZGADO O TRIBUNAL): Nombre del juzgado o tribunal donde se radicó el primer juicio.
- (NÚMERO DE EXPEDIENTE DEL JUICIO ANTERIOR): Número de expediente del primer juicio.
- (FECHA DE INICIO DEL PRIMER JUICIO): Fecha en que se presentó la primera demanda.
- (ESTADO PROCESAL EN QUE SE ENCUENTRA): Etapa actual del primer juicio (ej: "audiencia de pruebas", "etapa de alegatos").
- (FECHA ACTUAL DE PRESENTACIÓN): Fecha en que firmas y presentas este escrito.
📄 Plantillas Relacionadas
- Contestación de Demanda Genérica (Civil): Para casos donde no se opone litispendencia pero se contestan los hechos y fundamentos.
- Reconvención: Para el caso de que, al contestar, también quieras demandar al actor por un tema relacionado.
- Excepción de Falta de Personalidad: Para impugnar la legitimación del actor o de su representante.
- Excepción de Falta de Capacidad Procesal: Para señalar que una de las partes no tiene la capacidad legal para ser parte en el juicio.
- Escrito de Ofrecimiento de Pruebas: Documento complementario para ofrecer todas las pruebas que sustentan tu defensa.
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Sobre este documento: Contestación con Excepción de Litispendencia — San Luis Potosí
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