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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
CONTROVERSIA CIVIL ORDINARIA
EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE)
JUZGADO: (JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE MÉRIDA, YUCATÁN)
ASUNTO: CONTESTACIÓN A LA DEMANDA CON EXCEPCIÓN DE LITISPENDENCIA
C. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN TURNO
PRESENTE.
Quien suscribe, (NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO), señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES, MÉRIDA, YUCATÁN), actuando en mi propio derecho y carácter, y asistido por mi defensor el Lic. (NOMBRE COMPLETO DEL ABOGADO DEFENSOR), con cédula profesional número (NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL), a usted respetuosamente comparezco para exponer:
Por medio del presente escrito, vengo a CONTESTAR la demanda presentada en mi contra por (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), identificada con el expediente número (NÚMERO DE EXPEDIENTE) que ante este Juzgado se sigue, y al mismo tiempo oponer la EXCEPCIÓN DE LITISPENDENCIA que procede, en los términos siguientes:
I. CONTESTACIÓN A LA DEMANDA
En primer término, me adhiero a las generales de ley que me fueron hechas valer, mismas que doy por reproducidas para todos los efectos legales a que haya lugar.
Respecto a los hechos expuestos en la demanda, manifiesto lo siguiente:
- En relación con los hechos narrados en los puntos del 1 al (NÚMERO), los NIEGO en su totalidad, por no ajustarse a la realidad de lo acontecido.
- En cuanto a los hechos descritos en los puntos del (NÚMERO) al (NÚMERO), los DESCONOZCO por no tener información suficiente para aceptarlos o negarlos.
- Respecto al hecho narrado en el punto (NÚMERO), lo ADMITO parcialmente, en el sentido de que (BREVE ACLARACIÓN SOBRE LO QUE SE ADMITE).
En cuanto a los fundamentos de derecho invocados por la parte actora, manifiesto que los mismos son INAPLICABLES al caso concreto, toda vez que la interpretación que de ellos hace es errónea y no se ajusta a la realidad jurídica de los hechos.
Por lo anterior, SOLICITO se tenga por contestada la demanda en los términos antes expresados, y se desechen las pretensiones de la parte actora por carecer de fundamento legal y fáctico.
II. EXCEPCIÓN DE LITISPENDENCIA
De manera conjunta y subsidiaria a lo anterior, y como cuestión previa que debe resolverse antes de entrar al fondo del asunto, vengo a oponer la EXCEPCIÓN DE LITISPENDENCIA, fundada en lo siguiente:
Existe un juicio previo, pendiente de resolución, que versa sobre el mismo objeto, entre las mismas partes y se basa en la misma causa de pedir, lo que configura el supuesto de litispendencia previsto en el Art. 13 Código Civil Federal.
Hechos que configuran la Litispendencia:
- Mismas Partes: Las partes en el presente juicio, a saber, el actor (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR) y el demandado que suscribe, son idénticas a las que intervienen en el juicio previo identificado con el expediente (NÚMERO DE EXPEDIENTE DEL JUICIO PREVIO), radicado ante el (JUZGADO O TRIBUNAL ANTE EL QUE SE ENCUENTRA EL JUICIO PREVIO).
- Mismo Objeto: La pretensión central en ambos juicios es idéntica: [DESCRIBIR BREVEMENTE EL OBJETO PRINCIPAL DEL LITIGIO, EJ: "LA PROPIEDAD Y POSESIÓN DEL INMUEBLE UBICADO EN...", "EL CUMPLIMIENTO DE UN CONTRATO DE COMPRAVENTA CELEBRADO EL...", "LA DECLARACIÓN DE NULIDAD DE UN ACTO JURÍDICO"].
- Misma Causa de Pedir: Los hechos y fundamentos de derecho invocados por el actor para sustentar su pretensión son sustancialmente los mismos en ambos procedimientos. Se basan en los mismos actos, contratos o situaciones jurídicas.
- Juicio Pendiente: El juicio previo mencionado se encuentra actualmente en estado de [ESPECIFICAR ESTADO PROCESAL, EJ: "TRAMITACIÓN", "A LA ESPERA DE SENTENCIA", "EN ETAPA DE PRUEBAS"], y no ha sido resuelto de fondo por autoridad competente.
Fundamentos de Derecho:
La excepción de litispendencia encuentra su fundamento en el principio de seguridad jurídica y en la necesidad de evitar sentencias contradictorias, así como el desgaste innecesario de la actividad jurisdiccional. Se regula por el Art. 13 Código Civil Federal, el cual establece que las leyes procesales del lugar del juicio rigen los actos y las formalidades de éste.
De conformidad con el Art. 1104 Código de Comercio (aplicable supletoriamente en materia civil por remisión del artículo 13 del CCF), no se podrá entablar nueva demanda cuando se encuentre pendiente otro juicio sobre el mismo objeto, entre las mismas partes y fundado en la misma causa.
Esta posición ha sido consolidada por la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, como se observa en las siguientes tesis:
- Tesis: Litispendencia. Requisitos para que se configure (Época: Novena Época, Registro: 2001553). La litispendencia se configura cuando existe identidad de partes, identidad de objeto e identidad de causa de pedir entre el juicio previo y el posterior.
- Tesis: Litispendencia. Su procedencia no requiere que el juicio previo se encuentre en etapa avanzada (Época: Décima Época, Registro: 2015395). Para que opere la litispendencia basta con que el juicio previo se encuentre pendiente de resolución, independientemente de la etapa procesal en que se encuentre.
- Tesis: Excepción de litispendencia. Debe resolverse como cuestión previa al fondo del asunto (Época: Novena Época, Registro: 2001122). La excepción de litispendencia, por ser una cuestión que puede terminar el proceso, debe ser resuelta de manera previa a cualquier pronunciamiento sobre el fondo del litigio.
Jurisdicción y Competencia en Yucatán:
La presente excepción se formula ante este Juzgado, tribunal competente por razón del territorio, ya que el domicilio del demandado se encuentra en esta ciudad de Mérida, Yucatán, de conformidad con lo establecido en el Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Yucatán. La existencia del juicio previo no desvirtúa la competencia territorial inicial de este órgano jurisdiccional, pero sí obliga a declinarla en favor del primero en tiempo, una vez declarada procedente la excepción.
III. PRUEBAS
Para acreditar los hechos antes expuestos, ofrezco las siguientes pruebas:
- Documental Pública: Copia certificada de la demanda y del auto de admisión del juicio previo radicado con el expediente (NÚMERO DE EXPEDIENTE DEL JUICIO PREVIO).
- Documental Privada: Copias simples de los escritos principales presentados en dicho juicio que demuestren la identidad de objeto y causa de pedir.
- Dictamen Pericial: En caso necesario, ofrezco dictamen pericial en materia jurídica para que un experto analice y concluya sobre la identidad sustancial entre ambos litigios.
Solicito se admitan, desahoguen y valoren conforme a derecho.
IV. PETICIONES
Por lo expuesto y fundado, respetuosamente SUPLICO A USTED:
- Tener por presentado este escrito de contestación y excepción.
- Admitir la excepción de litispendencia opuesta.
- Ordenar el desahogo de las pruebas ofrecidas.
- Como consecuencia lógico-jurídica, y previa declaración de la procedencia de la excepción, DECLARAR LA LITISPENDENCIA y, en consecuencia, SOBRESEER EN EL PRESENTE JUICIO, reservando a las partes sus derechos para continuar con el juicio previo identificado con el expediente (NÚMERO DE EXPEDIENTE DEL JUICIO PREVIO).
- En el supuesto, no admitido, de que se desechen las excepciones, SE TENGA POR CONTESTADA LA DEMANDA EN LOS TÉRMINOS EXPUESTOS y se me permita proceder a la etapa de ofrecimiento de pruebas sobre el fondo del asunto.
PROTESTO LO NECESARIO.
Mérida, Yucatán, a (DÍA) de (MES) de (AÑO).
ATENTAMENTE
(NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO)
DEMANDADO
LIC. (NOMBRE COMPLETO DEL ABOGADO DEFENSOR)
CÉDULA PROFESIONAL: (NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL)
FIRMA
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Código Civil Federal (Artículo 13)
- Código de Comercio (Artículo 1104, aplicable supletoriamente)
- Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Yucatán (Disposiciones sobre excepciones, contestación de la demanda y competencia)
📋 Instrucciones de Llenado
- (NÚMERO DE EXPEDIENTE): Anotar el número completo asignado por el Juzgado a este juicio.
- (JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA...): Especificar el nombre completo del Juzgado ante el que se presenta, ej: "Juzgado Primero Civil de Primera Instancia del Primer Distrito Judicial con sede en Mérida, Yucatán".
- (NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO): Nombre(s), apellido paterno y apellido materno del demandado.
- (DOMICILIO COMPLETO...): Domicilio exacto (calle, número, colonia, código postal, ciudad) donde acepta recibir notificaciones.
- (NOMBRE COMPLETO DEL ABOGADO DEFENSOR): Nombre completo del licenciado que patrocina al demandado.
- (NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL): Número de cédula profesional federal del abogado defensor.
- (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Nombre completo de la parte actora, como aparece en la demanda.
- (NÚMERO) (en la sección de hechos): Sustituir por los números de los puntos de la demanda que corresponda negar, desconocer o admitir.
- (BREVE ACLARACIÓN...): Explicar de manera concisa en qué parte o sentido se admite el hecho.
- (NÚMERO DE EXPEDIENTE DEL JUICIO PREVIO): Número de expediente del juicio anterior que se alega como litispendiente.
- (JUZGADO O TRIBUNAL ANTE EL QUE SE ENCUENTRA...): Nombre completo del órgano jurisdiccional que conoce del juicio previo.
- (DESCRIBIR BREVEMENTE EL OBJETO...): Describir de forma clara y concisa cuál es el bien, derecho o situación jurídica que se disputa en ambos juicios.
- (ESPECIFICAR ESTADO PROCESAL...): Indicar en qué etapa se encuentra el juicio previo (ej: "etapa de alegatos", "periodo de pruebas", "a espera de sentencia").
- (DÍA) de (MES) de (AÑO): Fecha en que se firma y presenta el escrito.
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Sobre este documento: Contestación con Excepción de Litispendencia — Yucatán
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