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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
CONTESTACIÓN CON EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN CIVIL
EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE)
JUZGADO: (JUZGADO CIVIL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES)
MATERIA: CIVIL
ASUNTO: CONTESTACIÓN A LA DEMANDA
C. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL
P R E S E N T E.
(NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO), señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES, AGUASCALIENTES), actuando en mi propio derecho y carácter, y asistido por mi defensor el Lic. (NOMBRE DEL ABOGADO DEFENSOR), con cédula profesional número (NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL), a usted respetuosamente comparezco para exponer:
Que por medio del presente escrito, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos Art. 1163 Código Civil Federal, Art. 1164 Código Civil Federal y demás relativos y aplicables, vengo a CONTESTAR la demanda presentada en mi contra por (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), promovida ante este Honorable Juzgado, identificada con el expediente arriba referido, y al efecto expongo lo siguiente:
I. EXCEPCIONES PREVIAS
En primer término, y de conformidad con lo establecido en el Art. 1164 Código Civil Federal, opongo las siguientes excepciones previas, las cuales deben resolverse antes de entrar al estudio del fondo del asunto:
-
EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA. Me permito señalar que la acción personal que intenta ejercer el actor en mi contra se encuentra totalmente prescrita. El crédito que alega tiene su origen en [FECHA DEL ACTO U HECHO GENERADOR DEL CRÉDITO, ej. "un contrato de préstamo celebrado el 15 de marzo de 2018"]. De conformidad con el Art. 1163 Código Civil Federal, las acciones personales prescriben en un término de diez años. El actor interpuso la presente demanda el día (FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA), habiendo transcurrido más de diez años desde que pudo ejercer su acción, por lo que la misma se ha extinguido por el transcurso del tiempo.
Esta excepción encuentra sustento en la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, particularmente en la tesis aislada 1a. CXXVII/2016 (10a.) que establece: "La prescripción extintiva. Es un medio de defensa que extingue la acción, pero no el derecho mismo, y opera de pleno derecho, por lo que el juez debe declararla cuando el deudor la opone, sin que pueda suplir la deficiencia de la queja ni declararla de oficio, salvo en los casos expresamente señalados por la ley."
Asimismo, es aplicable la tesis jurisprudencial 1a./J. 33/2006 que señala: "Prescripción. El término para que opere comienza a correr desde el día en que la acción pudo ejercitarse." En el presente caso, la acción pudo ejercitarse desde (FECHA DESDE LA QUE SE PUDO EJERCER LA ACCIÓN), por lo que al momento de interponerse la demanda ya había transcurrido el plazo legal.
Solicito respetuosamente a este Honorable Tribunal que, previo a cualquier otra cuestión, se sirva declarar PROCEDENTE la excepción de prescripción antes planteada, y en consecuencia, se tenga por EXTINGUIDA la acción ejercitada por el actor, dictando el sobreseimiento del presente juicio y absolviéndome de toda pretensión.
II. NEGACIÓN DE LOS HECHOS
Sin perjuicio de la excepción de prescripción que en primer término opongo, y únicamente para el supuesto (que no acepto) de que dicha excepción no fuera estimada, NIEGO en su totalidad los hechos expuestos en la demanda, en los términos del Art. 1164 Código Civil Federal. En específico, niego:
- La existencia del contrato o acto jurídico invocado por el actor ((DESCRIBIR BREVEMENTE EL ACTO NEGADO)).
- Haber recibido la cantidad de dinero o bien que el actor alega ((ESPECIFICAR MONTO O BIEN)).
- Cualquier obligación o deuda a mi cargo derivada de los hechos narrados en la demanda.
- La veracidad de los documentos anexos a la demanda, en cuanto a su contenido y efectos jurídicos respecto de mi persona.
Por lo tanto, corresponde al actor la carga de la prueba para acreditar cada uno de los extremos de su demanda, la cual, insisto, es inexistente.
III. EXCEPCIÓN DE FALTA DE PERSONALIDAD Y CALIDAD DEL ACTOR
Adicionalmente, opongo la excepción de falta de personalidad y calidad jurídica del actor para ejercitar la presente acción. El actor no ha acreditado de manera fehaciente su carácter de (EJ. ACREEDOR, TITULAR DEL DERECHO, ETC.), ni ha exhibido los documentos que demuestren la sucesión o transmisión legítima del crédito que alega, en su caso. Esta omisión vicia de nulidad el presente procedimiento.
IV. FALTA DE FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN DE LA DEMANDA
La demanda adolece de una grave falta de fundamentación legal y motivación de las pretensiones. El actor se limita a narrar hechos sin precisar con claridad los fundamentos de derecho que sustentan su reclamo, violando con ello lo dispuesto por el Art. 1164 Código Civil Federal y los principios de certeza jurídica que deben regir todo proceso.
V. OFRECIMIENTO DE PRUEBAS
Para el caso, también improcedente, de que se desahogue el juicio en el fondo, y sin que ello implique aceptación de los hechos, OFREZCO las siguientes pruebas:
- Documental Pública. Oficio al Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Estado de Aguascalientes, para que informe si existen inscritos gravámenes o embargos sobre los bienes inmuebles de mi propiedad ubicados en (DOMICILIO O DESCRIPCIÓN DEL INMUEBLE, SI APLICA).
- Documental Privada. Los documentos que obran en mi poder y que desvirtúan los alegatos del actor, los cuales exhibiré en el momento procesal oportuno.
- Confesional. La confesional de la parte actora, para que bajo la protesta de decir verdad, manifieste sobre los hechos concretos que dieron origen a su demanda, especialmente sobre la fecha exacta en que nació su derecho.
- Testimonial. El testimonio de los ciudadanos (NOMBRE(S) DEL(OS) TESTIGO(S)), quienes declararán sobre la inexistencia de la obligación que se me atribuye.
Solicito se admitan las pruebas ofrecidas y se señale día y hora para su desahogo.
VI. PETICIONES
Por todo lo anterior, solicito a este Honorable Juzgado:
- Tener por presentado este escrito de contestación con excepciones previas.
- Admitir las excepciones previas de prescripción extintiva, falta de personalidad y falta de fundamentación.
- Declarar PROCEDENTE la excepción de prescripción extintiva, y en consecuencia, tener por EXTINGUIDA la acción ejercitada, sobreseer el presente juicio y absolverme de las pretensiones de la demanda.
- En el supuesto (que no acepto) de no estimar la prescripción, admitir las pruebas ofrecidas y señalar día y hora para su desahogo.
- En su defecto, y por lo que más haya lugar, dictar sentencia definitiva absolviéndome de todas y cada una de las pretensiones de la demanda, condenando al actor al pago de costas y honorarios.
Protesto lo necesario.
(CIUDAD, AGUASCALIENTES), a (FECHA ACTUAL).
Atentamente,
(NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO)
DEMANDADO
LIC. (NOMBRE DEL ABOGADO DEFENSOR)
CÉDULA PROFESIONAL: (NÚMERO DE CÉDULA)
(FIRMA)
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Código Civil Federal
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Artículos 14 y 17)
- Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Aguascalientes (Disposiciones locales sobre plazos y formas procesales)
📋 Instrucciones de Llenado
- (NÚMERO DE EXPEDIENTE): Anotar el número completo del expediente judicial asignado por el Juzgado.
- (JUZGADO CIVIL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES): Especificar el nombre completo del Juzgado de Primera Instancia en Materia Civil que conoce del asunto (ej. "Primer Juzgado de Primera Instancia en Materia Civil del Estado de Aguascalientes").
- (NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO): Escribir tu nombre completo, tal como aparece en la demanda y en tu identificación oficial.
- (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES, AGUASCALIENTES): Indicar la calle, número, colonia, código postal y ciudad dentro del estado de Aguascalientes donde recibirás notificaciones judiciales.
- (NOMBRE DEL ABOGADO DEFENSOR) y (NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL): Datos completos de tu abogado defensor.
- (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Nombre de la persona que te está demandando, como aparece en la demanda.
- (FECHA DEL ACTO U HECHO GENERADOR DEL CRÉDITO): Fecha precisa (día, mes y año) en que, según la demanda, nació la obligación (ej. fecha del contrato, del préstamo, del incumplimiento).
- (FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA): Fecha en que el actor presentó la demanda inicial. Suele estar en el auto de admisión.
- (FECHA DESDE LA QUE SE PUDO EJERCER LA ACCIÓN): Generalmente es la misma que la del acto generador, o el día siguiente al vencimiento de un plazo de pago, si lo hubo.
- (DESCRIBIR BREVEMENTE EL ACTO NEGADO): Explicar en una frase qué es lo que se niega (ej. "un contrato de comodato celebrado en enero de 2015", "un pagaré por $50,000.00 M.N.").
- (ESPECIFICAR MONTO O BIEN): Indicar la cantidad de dinero o la descripción del bien que el actor alega que no recibiste.
- (DOMICILIO O DESCRIPCIÓN DEL INMUEBLE, SI APLICA): Solo si ofreces prueba sobre un inmueble, anota su descripción o domicilio.
- (NOMBRE(S) DEL(OS) TESTIGO(S)): Nombre(s) completo(s) de la(s) persona(s) que declararán a tu favor.
- (CIUDAD, AGUASCALIENTES) y (FECHA ACTUAL): Lugar y fecha en que se firma el documento.
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