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V1Contestación con Excepción de Prescripción Civil — Baja California Sur
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

CONTESTACIÓN CON EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN CIVIL

EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN)

JUZGADO: [JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL/FAMILIAR O MERCANTIL, SEGÚN CORRESPONDA, DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR]

MATERIA: (MATERIA: CIVIL, FAMILIAR, MERCANTIL, ETC.)

I. IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

ACTOR/DEMANDANTE: (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR)

DEMANDADO/CONTESTANTE: (NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO)

II. PRECISIONES PROCESALES

Ante el Honorable Juzgado de la causa, comparezco, (NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO), señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES, CIUDAD, BAJA CALIFORNIA SUR, C.P. XXXXX), y a través de mi representante legal debidamente acreditado, (NOMBRE DEL ABOGADO PATROCINADOR), con cédula profesional número (NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL), para contestar la demanda presentada en mi contra, bajo el número de expediente antes referido, en los términos siguientes:

III. CONTESTACIÓN A LA DEMANDA

De conformidad con lo dispuesto en el Art. 1164 Código Civil Federal, que establece que la contestación de la demanda es el acto en que el demandado expone todas las excepciones y defensas que estime convenientes para hacer valer su derecho, procedo a contestar.

NEGATIVA GENÉRICA Y ESPECÍFICA: Me niego en forma genérica y específica a todos y cada uno de los hechos expuestos en la demanda que no sean expresamente reconocidos en este escrito. En particular, niego la existencia de la obligación en los términos y montos señalados por el actor, así como la falta de pago o incumplimiento que se me imputa.

RECONOCIMIENTOS (SI LOS HAY): [EN CASO DE RECONOCER ALGÚN HECHO O DOCUMENTO, ESPECIFICARLO CLARAMENTE. EJ: "Únicamente reconozco mi firma estampada en el contrato privado fechado el XX de XXXXX de XXXX, más no el contenido ni las consecuencias jurídicas que el actor le atribuye"].

IV. EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN

De manera principal y en mi primer concepto de defensa, hago valer la EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN LIBERATORIA O EXTINTIVA en contra de las pretensiones del actor.

Fundamento esta excepción en lo siguiente:

  1. El actor demanda el pago de una obligación que, según su propio relato de hechos, nació o se hizo exigible en la fecha de (FECHA DE EXIGIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN SEGÚN LA DEMANDA O EL CONTRATO).
  2. La presente demanda fue presentada y notificada en fecha (FECHA DE PRESENTACIÓN O NOTIFICACIÓN DE LA DEMANDA).
  3. Entre la fecha de exigibilidad de la obligación y la fecha de interposición de la demanda, han transcurrido más de (NÚMERO) años, período que excede ampliamente el plazo legal para el ejercicio de la acción correspondiente.

Fundamento Legal:

El Art. 1156 Código Civil Federal establece que la prescripción se opera por el transcurso del tiempo fijado por la ley, bajo las condiciones y términos que ella misma señala, y extingue la acción, pero no el derecho mismo.

Para las acciones personales que no tengan señalado un término especial de prescripción, el Art. 1163 Código Civil Federal fija un plazo de diez años. En el presente caso, la acción ejercitada por el actor es de naturaleza personal y ha prescrito por haber transcurrido dicho plazo sin que se hubiera intentado su ejercicio judicial.

La prescripción, al ser una excepción perentoria, debe ser declarada por el Juez aunque no sea opuesta por la parte, conforme al Art. 1189 Código Civil Federal, pero su efecto liberatorio opera desde el momento en que se consuma el plazo, debiendo ser alegada como excepción para que sea tomada en cuenta en el proceso.

Jurisprudencia Aplicable:

  1. Prescripción negativa. La carga de la prueba de la interrupción corresponde al acreedor. (Tesis: 1a. CXXVII/2014 (10a.), Primera Sala de la SCJN). Esta tesis establece que, una vez acreditado el transcurso del tiempo necesario para la prescripción, corresponde al actor acreditar los hechos que interrumpieron o impidieron la prescripción, como el reconocimiento de la deuda o el ejercicio de la acción.
  2. Prescripción. El término para que se consume debe computarse desde que la obligación es exigible. (Tesis: 1a./J. 36/2006, Primera Sala de la SCJN). Reitera que el plazo de prescripción comienza a correr desde el día en que la obligación pudo ser exigida judicialmente, y no desde la celebración del acto jurídico que le dio origen.
  3. Excepción de prescripción. Debe resolverse como cuestión previa y puede declararse de oficio. (Tesis: 1a. CXXV/2009, Primera Sala de la SCJN). Confirma el carácter perentorio de la excepción y la facultad-obligación del juzgador de declararla, incluso de oficio, una vez que advierte su configuración.

En el presente caso, el actor no ha acreditado, ni podrá acreditar, acto alguno de reconocimiento de la deuda, pago parcial, o ejercicio de acción judicial que haya interrumpido la prescripción en los términos del Art. 1168 Código Civil Federal y siguientes. Por lo tanto, la acción ha quedado extinguida por el transcurso del tiempo.

V. EXCEPCIONES Y DEFENSAS SUBSIDIARIAS

Sin que ello implique renuncia a la excepción principal de prescripción, y en un concepto de defensa completamente subsidiario, formulo las siguientes defensas:

  1. Falta de Personalidad o Capacidad del Actor: (ESPECIFICAR SI EL ACTOR NO TIENE LA CAPACIDAD JURÍDICA O LA LEGITIMACIÓN PARA DEMANDAR).
  2. Falta de Prestación o Cumplimiento por Parte del Actor: En el supuesto (no admitido) de que existiera la obligación, el incumplimiento inicial fue del propio actor, quien no entregó (ESPECIFICAR LA PRESTACIÓN DEBIDA POR EL ACTOR, EJ: LA COSA, EL PAGO, EL HECHO), liberándome a mí de mi propia obligación recíproca, conforme al Art. 2086 Código Civil Federal.
  3. Pago: De manera subsidiaria, manifiesto que la obligación, si alguna vez existió, fue íntegramente saldada en la fecha (FECHA DE PAGO), mediante (FORMA DE PAGO).

VI. OFRECIMIENTO DE PRUEBAS

Para acreditar los hechos expuestos, ofrezco las siguientes pruebas:

  1. Documental Pública y Privada: Copias certificadas y simples de los documentos que obran en el expediente, así como el contrato base de la relación jurídica (si existe), donde conste la fecha de exigibilidad. Además, ofrezco cualquier documento que el actor presente y que sea conducente para demostrar el transcurso del tiempo sin interrupción.
  2. Confesional: Solicito se rece la confesión judicial del actor, para que bajo protesta de decir verdad declare acerca de la fecha en que nació la obligación, si ha recibido pagos o reconocimientos de la deuda con posterioridad, y si ha intentado acción judicial alguna antes de la presente demanda.
  3. Pericial: En caso necesario, ofrezco prueba pericial en materia de cálculo actuarial y financiero, para determinar con precisión las fechas de exigibilidad y el cómputo del plazo de prescripción.

Me reservo el derecho de ofrecer otras pruebas que lleguen a mi conocimiento con posterioridad, en los términos que la ley procesal permite.

VII. PETITORIO

Por lo expuesto y fundado, respetuosamente suplico a este Honorable Juzgado:

  1. Tener por presentada la presente CONTESTACIÓN DE DEMANDA CON EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN.
  2. Admitirla y tener por opuesta la EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN LIBERATORIA como cuestión previa y perentoria.
  3. En virtud de lo anterior, DECLARAR EXTINGUIDA LA ACCIÓN ejercitada por el actor (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR) y, en consecuencia, ABSOLVERME DE TODAS LAS PRETENSIONES de la demanda, condenando al actor al pago de las costas procesales y honorarios de la defensa.
  4. En el evento (que no admito) de que no se estime la excepción de prescripción, admitir las defensas subsidiarias y las pruebas ofrecidas, señalando fecha y hora para la audiencia correspondiente.

PROTESTO LO NECESARIO.

(CIUDAD, BAJA CALIFORNIA SUR), a (DÍA) de (MES) de (AÑO).

_________________________
(NOMBRE DEL ABOGADO PATROCINADOR)
Cédula Profesional: (NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL)
Representante Legal de (NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO)

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⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN): Anotar el número completo asignado por el juzgado al inicio del juicio.
  2. (JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA...): Especificar el nombre completo del Juzgado (ej: "Juzgado Primero de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de La Paz").
  3. (MATERIA: CIVIL, FAMILIAR...): Indicar la materia específica del juicio (Civil, Familiar, Mercantil).
  4. (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR/DEMANDADO): Escribir nombres y apellidos completos, o razón social en caso de persona moral.
  5. (DOMICILIO COMPLETO...): Indicar calle, número, colonia, ciudad, estado (B.C.S.) y código postal para recibir notificaciones.
  6. (NOMBRE DEL ABOGADO PATROCINADOR) y (NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL): Datos del abogado que firma el escrito.
  7. (FECHA DE EXIGIBILIDAD...): La fecha clave a partir de la cual empezó a correr el plazo de prescripción. Debe deducirse de la demanda o del contrato.
  8. (FECHA DE PRESENTACIÓN...): Fecha en que el actor presentó su demanda o en que usted fue notificado de ella.
  9. (NÚMERO): Especificar la cantidad de años transcurridos (debe ser 10 o más para la prescripción ordinaria).
  10. (CIUDAD, BAJA CALIFORNIA SUR) y (FECHA): Lugar y fecha de elaboración del documento.

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