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V1Contestación con Excepción de Prescripción Civil — Chihuahua
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

CONTESTACIÓN CON EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN CIVIL

EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN)

JUZGADO: (JUZGADO [NÚMERO) DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL O MIXTO DEL DISTRITO JUDICIAL DE (DISTRITO), CHIHUAHUA]

ASUNTO: (NOMBRE DEL JUICIO, EJ. JUICIO ORDINARIO CIVIL)

ACTOR: (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR O ACTORA)

DEMANDADO: (NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO O DEMANDADA)

I. ANTECEDENTES Y NOTIFICACIÓN

Quien suscribe, (NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO), señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (DOMICILIO COMPLETO, CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, CHIHUAHUA), a usted respetuosamente comparezco para exponer:

Que el día (FECHA DE NOTIFICACIÓN) fui debidamente notificado(a) de la demanda promovida en mi contra por (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), la cual versa sobre (DESCRIPCIÓN BREVE DEL OBJETO DE LA DEMANDA, EJ. EL COBRO DE UNA CANTIDAD DE DINERO).

Manifiesto que, previo a cualquier consideración de fondo, debo hacer valer la excepción de prescripción extintiva, la cual extingue la acción para reclamar el derecho pretendido por el actor, por lo que, en términos de lo dispuesto por el Art. 10 Código Civil Federal, corresponde al Juzgador declararla de oficio o a petición de parte, una vez comprobados los supuestos de ley.

II. HECHOS

  1. En su escrito de demanda, el actor afirma que el origen de su pretensión se remonta a [FECHA DEL HECHO GENERADOR DEL DERECHO QUE SE RECLAMA, EJ. LA FIRMA DEL CONTRATO O EL VENCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN].
  2. De la narración de hechos contenida en la demanda, se desprende con claridad que la acción personal para reclamar el pago de la cantidad de dinero (o la prestación debida) nació en la fecha antes señalada, es decir, el (FECHA DEL HECHO GENERADOR).
  3. El actor interpuso la presente demanda el día (FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA), fecha en la que, conforme a la ley, se interrumpió el curso de la prescripción, de haber estado vigente el derecho.
  4. Sin embargo, entre la fecha en que nació la acción ((FECHA DEL HECHO GENERADOR)) y la fecha en que se presentó la demanda ((FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA)), han transcurrido (NÚMERO) años, (NÚMERO) meses y (NÚMERO) días.
  5. Este lapso de tiempo supera ampliamente el plazo de prescripción establecido por la ley para este tipo de acciones, el cual es de (ESPECIFICAR PLAZO, EJ. 3, 5, 10 AÑOS) conforme al Art. 1164 Código Civil Federal y sus correlativos.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO Y EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN

La prescripción extintiva es un medio de liberación que se adquiere por el transcurso del tiempo y bajo las condiciones establecidas por la ley, y tiene por efecto la extinción de la acción para reclamar un derecho. Esta institución jurídica encuentra su fundamento en la necesidad de dar certeza y seguridad a las relaciones jurídicas, evitando que éstas permanezcan indefinidamente en estado de incertidumbre.

El Art. 1153 Código Civil Federal establece que: "La prescripción es un medio de adquirir bienes ajenos o de librarse de obligaciones, por el tiempo y bajo las condiciones determinadas por la ley."

Por su parte, el Art. 1164 Código Civil Federal dispone los plazos para las acciones personales: "Las acciones personales que no tengan señalado término especial de prescripción, prescriben en diez años." No obstante, para el caso concreto de esta controversia, es aplicable el plazo de [ESPECIFICAR PLAZO Y ARTÍCULO APLICABLE, EJ. 3 AÑOS DEL ART. 1168 PARA OBLIGACIONES DE DAR SUMA DE DINERO DERIVADAS DE CONTRATO, O 5 AÑOS DEL ART. 1167, ETC.].

El cómputo del plazo de prescripción se rige por el Art. 1169 Código Civil Federal: "El tiempo necesario para la prescripción se contará desde el día en que la acción pudo ejercitarse." En el presente caso, la acción pudo ejercitarse desde el (FECHA DEL HECHO GENERADOR), por lo que el plazo comenzó a correr desde ese día.

La jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sido firme en señalar que la prescripción, una vez que se actualiza, extingue la acción. En este sentido, se ha establecido la siguiente tesis:

  1. Tesis: 1a. CXXVII/2014 (10a.). PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA. UNA VEZ CONFIGURADA, EXTINGUE LA ACCIÓN Y, POR TANTO, DEBE DECLARARSE DE OFICIO POR EL TRIBUNAL. La prescripción extintiva es un medio de liberación que se adquiere por el transcurso del tiempo y bajo las condiciones establecidas por la ley, y tiene por efecto la extinción de la acción para reclamar un derecho. Por tanto, una vez que se actualizan los supuestos normativos que la configuran, el juzgador está obligado a declararla, aun de oficio, pues se trata de una cuestión de orden público que busca dar certeza y seguridad jurídica a las relaciones entre los particulares.
  2. Tesis: 1a. LXX/2018 (10a.). PRESCRIPCIÓN. EL PLAZO PARA SU CONFIGURACIÓN SE CUENTA DESDE EL DÍA EN QUE PUDO EJERCITARSE LA ACCIÓN CORRESPONDIENTE. De conformidad con el artículo 1169 del Código Civil Federal, el tiempo necesario para la prescripción se cuenta desde el día en que la acción pudo ejercitarse, lo que ocurre cuando se reúnen todos los elementos que la constituyen, sin que sea necesario que el acreedor tenga conocimiento de la violación a su derecho o de la identidad del deudor, pues tales circunstancias no son elementos de la acción, sino cuestiones probatorias.

En el presente caso, es evidente que al momento de interponerse la demanda, ya había transcurrido el plazo legal de (ESPECIFICAR PLAZO) años establecido para la prescripción de la acción que el actor intenta ejercitar. Por lo tanto, su derecho de acción se encuentra plenamente extinguido.

IV. COMPETENCIA Y JURISDICCIÓN

Me someto a la competencia y jurisdicción de este Honorable Juzgado, por ser el del domicilio que he señalado y el correspondiente para conocer del presente asunto, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 23 Código Civil Federal y el Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Chihuahua.

V. PETICIONES

Por lo expuesto y fundado, respetuosamente

SOLICITO A USTED, SEÑOR JUEZ:

  1. Tener por presentado el presente escrito de contestación, con excepción de prescripción.
  2. Hacer valer la excepción de prescripción extintiva que en este acto formulo en contra de la acción ejercitada por el actor.
  3. Una vez desahogadas las pruebas que ofrezco, declarar la prescripción de la acción promovida por (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR) y, en consecuencia, absolverme de la demanda, imponiendo las costas al actor.
  4. En el supuesto, que no admito, de que no se estime la excepción de prescripción, me reservo el derecho de contestar la demanda en el fondo y ofrecer las pruebas conducentes para desvirtuar los hechos narrados por la contraparte.

VI. OFRECIMIENTO DE PRUEBAS

Para la comprobación de los hechos antes relatados y del transcurso del tiempo, ofrezco las siguientes pruebas:

  1. Documental Pública y Privada: La propia demanda presentada por el actor, de cuyos hechos se desprende la fecha del nacimiento de la acción. Asimismo, ofrezco cualquier documento que obre en poder de la contraparte o del propio Juzgado que permita acreditar las fechas relevantes.
  2. Confesional: Ofrezco la confesional de (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), para que bajo la protesta de decir verdad, declare acerca de la fecha en que surgió la obligación que reclama y la fecha en que intentó hacerla valer judicialmente por primera vez.

Pido que se admitan, desahoguen y valoren conforme a derecho.

PROTESTO LO NECESARIO.

(CIUDAD), CHIHUAHUA, A (FECHA DE HOY).


_________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO)
DEMANDADO

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⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN): Anotar el número de expediente, carpeta o radicación asignado por el Juzgado al recibir la demanda.
  2. (JUZGADO [NÚMERO) DE PRIMERA INSTANCIA...]: Especificar el nombre completo del Juzgado que conoce del asunto, incluyendo número, distrito judicial y ciudad. Ej: "Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil del Distrito Judicial de Chihuahua".
  3. (NOMBRE DEL JUICIO): Indicar el tipo de juicio. Ej: "Juicio Ordinario Civil", "Juicio Ejecutivo Mercantil".
  4. (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR/ACTORA) y (NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO/DEMANDADA): Escribir nombres completos, empezando por apellidos.
  5. (DOMICILIO COMPLETO...): Proporcionar un domicilio real y exacto dentro del estado de Chihuahua para recibir notificaciones.
  6. (FECHA DE NOTIFICACIÓN) y (FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA): Usar formato dd/mm/aaaa. La fecha de presentación suele estar en el acuse de la demanda.
  7. (DESCRIPCIÓN BREVE DEL OBJETO...): Sintetizar en una línea la pretensión del actor (cobro de dinero, entrega de cosa, etc.).
  8. (FECHA DEL HECHO GENERADOR...): La fecha más importante. Es el día en que, según la ley (Art. 1169 CCF), la acción pudo ejercitarse (ej: día del vencimiento del pago).
  9. (NÚMERO) años, (NÚMERO) meses...: Calcular con exactitud el tiempo transcurrido entre la fecha del hecho generador y la fecha de presentación de la demanda.
  10. (ESPECIFICAR PLAZO, EJ. 3, 5, 10 AÑOS): Indicar el plazo de prescripción aplicable según el Código Civil Federal (ej: 3 años para pagarés, 5 años para rentas, 10 años genérico).
  11. (ESPECIFICAR PLAZO Y ARTÍCULO APLICABLE...): Ser más específico. Ej: "3 años establecidos en el Artículo 1168, fracción I, del Código Civil Federal, para las obligaciones de dar suma de dinero".
  12. (CIUDAD) y (FECHA DE HOY): Lugar y fecha de firma del escrito.

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