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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
CONTESTACIÓN CON EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN CIVIL
EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN)
JUZGADO: (JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE [DISTRITO), ESTADO DE MÉXICO]
ASUNTO: CONTESTACIÓN A LA DEMANDA Y EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN
C. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL
PRESENTE.
Quien suscribe, (NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO), señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (DOMICILIO COMPLETO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, MUNICIPIO, ESTADO DE MÉXICO), actuando en mi propio derecho y carácter, y asistido por mi Defensor Legal, el Lic. (NOMBRE COMPLETO DEL ABOGADO DEFENSOR), con cédula profesional número (NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL), a usted respetuosamente comparezco para exponer:
Por medio del presente escrito, me permito contestar la demanda presentada en mi contra por el C. (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), identificada con el expediente arriba referido, y al mismo tiempo oponer la excepción de prescripción extintiva que en derecho corresponda, fundando mi contestación en los siguientes:
HECHOS
- El día (FECHA DE NOTIFICACIÓN DE LA DEMANDA), fui debidamente notificado de la demanda promovida en mi contra.
- En su escrito de demanda, el actor alega un supuesto derecho de crédito derivado de [DESCRIBIR BREVEMENTE LA NATURALEZA DEL CRÉDITO O DEUDA, EJ: UN PRÉSTAMO, UNA COMPRAVENTA, UN DAÑO, ETC.], que según su dicho se originó el día (FECHA EN QUE, SEGÚN EL ACTOR, SURGIÓ LA OBLIGACIÓN).
- Manifiesto que, en efecto, existió una relación jurídica con el actor, misma que se extinguió o cumplió en su momento. Sin embargo, y sin que ello implique reconocimiento de los hechos narrados por la contraparte, hago valer que el derecho que pretende hacer valer ha prescrito.
- La fecha en que, según el propio actor, nació su derecho para exigir el cumplimiento de la obligación, fue el (FECHA DE EXIGIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN). Desde esa fecha y hasta la presentación de la demanda, transcurrieron más de (NÚMERO) años, plazo ampliamente superior al establecido por la ley para la prescripción de este tipo de acciones.
- Durante todo ese tiempo, el actor se mantuvo en total inactividad, sin realizar acto alguno que interrumpiera el curso de la prescripción, como podría ser el reconocimiento expreso de la deuda por mi parte o una gestión judicial extraprocesal de cobro debidamente notificada.
PRETENSIONES
- Que se tenga por contestada la demanda en todos sus términos, negando los hechos que no consten en autos o que no sean de mi conocimiento.
- Que se declare la prescripción extintiva del derecho de crédito que el actor pretende ejercitar, y en consecuencia, se absuelva de toda responsabilidad al que suscribe.
- Que se declaren sin materia las demás peticiones de la parte actora.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Para sustentar la presente contestación y la excepción de prescripción, me apoyo en los siguientes fundamentos legales:
- Prescripción Extintiva: El Art. 1153 Código Civil Federal establece que "La prescripción es un medio de adquirir bienes o de librarse de obligaciones, mediante el transcurso del tiempo y bajo las condiciones determinadas por la ley". En el presente caso, se invoca la prescripción liberatoria o extintiva, que es la que extingue la acción para reclamar el cumplimiento de una obligación.
- Plazo para la Prescripción de las Acciones Personales: De conformidad con el Art. 1160 Código Civil Federal, "Las acciones personales que no tengan señalado término especial de prescripción, prescriben en diez años". La acción intentada por el actor es una acción personal, derivada de un contrato o hecho ilícito, y no está sujeta a un plazo especial distinto.
- Inicio del Cómputo del Plazo: Según el Art. 1168 Código Civil Federal, "El tiempo necesario para la prescripción se cuenta desde el día en que la obligación se hizo exigible". En el caso concreto, la obligación, si alguna vez existió, se hizo exigible el (FECHA DE EXIGIBILIDAD), fecha a partir de la cual comenzó a correr el plazo de prescripción.
- Interrupción de la Prescripción: El Art. 1169 Código Civil Federal dispone que "La prescripción se interrumpe por la demanda, aunque sea desierta, siempre que el demandado haya tenido conocimiento de ella; por el reconocimiento que el deudor haga del derecho del acreedor; y por la notificación extrajudicial hecha al deudor". El actor no ha acreditado ningún acto que haya interrumpido el curso de la prescripción antes de la presentación de esta demanda.
- Excepción Procesal: La prescripción, al ser un medio de extinción de las obligaciones, puede hacerse valer como excepción procesal en cualquier estado del juicio, antes de que se dicte sentencia, conforme a los principios generales del derecho procesal civil aplicables en el Estado de México.
JURISPRUDENCIA APLICABLE
- Tesis: 1a. CXXVII/2016 (10a.) de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. "PRESCRIPCIÓN. LA EXCEPCIÓN RELATIVA A ELLA PUEDE HACERSE VALER EN CUALQUIER TIEMPO, AÚN DESPUÉS DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, SIEMPRE QUE NO SE HAYA DICTADO SENTENCIA DEFINITIVA." Esta tesis respalda la oportunidad procesal para oponer la excepción en la contestación de la demanda.
- Tesis: 1a. LXXVII/2015 (10a.) de la Primera Sala de la SCJN. "PRESCRIPCIÓN. EL PLAZO PARA QUE SE CONSUME COMIENZA A CONTARSE DESDE EL DÍA EN QUE LA OBLIGACIÓN SE HIZO EXIGIBLE, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 1168 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL." Reitera el fundamento del inicio del cómputo del plazo prescriptorio.
- Tesis: I.3o.C. J/14 (10a.) del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito. "PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA. LA CARGA DE LA PRUEBA RESPECTO DE LA INTERRUPCIÓN DEL PLAZO CORRESPONDE AL ACREEDOR QUE ALEGA SU EFECTIVIDAD." Esta tesis es crucial, pues traslada al actor la obligación de probar que realizó actos interruptivos de la prescripción, lo cual en este caso no ha sucedido.
COMPETENCIA Y JURISDICCIÓN
Manifiesto que no impugno la competencia del Juzgado que conoce del presente asunto, toda vez que el domicilio señalado para recibir notificaciones se encuentra dentro de la circunscripción territorial de este Distrito Judicial del Estado de México, por lo que se atiende a lo dispuesto por el Código Procesal Civil del Estado de México en materia de competencia territorial.
PRUEBAS
Para acreditar los hechos expuestos, ofrezco las siguientes pruebas:
- Documental Pública y Privada: Se ofrecen los documentos que obran en mi poder y que acreditan la fecha de origen y exigibilidad de la obligación, así como la inexistencia de actos interruptivos de la prescripción. Se señalarán al tiempo de su presentación.
- Confesional Judicial: Se ofrece la confesional de la parte actora, para que bajo la protesta de decir verdad, declare sobre la fecha en que su derecho se hizo exigible y sobre los actos que, en su caso, haya realizado para interrumpir la prescripción antes de interponer la demanda.
CONCLUSIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto y fundado,
A USTED, C. JUEZ, RESPETUOSAMENTE SUPLICO: Se sirva tener por contestada la demanda en los términos antes expresados; admitir la excepción de prescripción extintiva que opongo; desahogar las pruebas ofrecidas en los términos de ley; y, una vez evacuadas éstas, declarar la prescripción del derecho que pretende hacer valer el actor y, en consecuencia, absolverme de toda responsabilidad, imponiendo las costas a la parte actora por haber promovido un juicio sobre un derecho evidentemente prescrito.
PROTESTO LO NECESARIO.
LUGAR Y FECHA: (CIUDAD, ESTADO DE MÉXICO), a los (DÍA) días del mes de (MES) del año (AÑO).
ATENTAMENTE
(NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO)
LIC. (NOMBRE COMPLETO DEL ABOGADO DEFENSOR)
Cédula Profesional: (NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL)
(DATOS DE CONTACTO DEL DESPACHO: TELÉFONO, CORREO ELECTRÓNICO)
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Código Civil Federal
- Código Procesal Civil del Estado de México (para las formalidades del juicio)
📋 Instrucciones de Llenado
- (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN): Anotar el número de expediente, causa o radicación asignado por el Juzgado al inicio del juicio.
- (JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE [DISTRITO), ESTADO DE MÉXICO]: Indicar el nombre completo del Juzgado que conoce del asunto, incluyendo el Distrito Judicial (ej: Toluca, Nezahualcóyotl, Ecatepec).
- (NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO): Nombre(s) y apellidos del demandado, tal como aparece en la demanda.
- (DOMICILIO COMPLETO...): Domicilio real para recibir notificaciones dentro del Estado de México. Incluir calle, número, colonia, CP, municipio.
- (NOMBRE COMPLETO DEL ABOGADO DEFENSOR): Nombre completo del licenciado que patrocina al demandado.
- (NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL): Número de cédula profesional del abogado defensor.
- (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Nombre(s) y apellidos del demandante, tal como aparece en la demanda.
- (FECHA DE NOTIFICACIÓN DE LA DEMANDA): Día, mes y año en que se recibió la notificación oficial de la demanda.
- (DESCRIBIR BREVEMENTE LA NATURALEZA DEL CRÉDITO...): Explicar en una frase de qué trata la deuda o crédito reclamado (préstamo, daños, pago de servicios, etc.).
- (FECHA EN QUE, SEGÚN EL ACTOR, SURGIÓ LA OBLIGACIÓN): Fecha que el actor alega como origen del derecho. Suele coincidir con la fecha del contrato o del hecho generador.
- (FECHA DE EXIGIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN): Fecha a partir de la cual el actor pudo haber exigido judicialmente el pago o cumplimiento. Es la fecha clave para el cómputo del plazo de prescripción.
- (NÚMERO): Indicar el número de años transcurridos entre la fecha de exigibilidad y la presentación de la demanda (debe ser 10 o más para la prescripción común).
- (CIUDAD, ESTADO DE MÉXICO) / (DÍA) / (MES) / (AÑO): Lugar y fecha de elaboración del documento.
- (DATOS DE CONTACTO DEL DESPACHO...): Teléfono y correo electrónico del despacho del abogado defensor.
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