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V1Contestación con Excepción de Prescripción Civil — Guanajuato
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

CONTESTACIÓN CON EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN CIVIL

EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE)

JUZGADO: (JUZGADO CIVIL DEL DISTRITO O MUNICIPIO, ESTADO DE GUANAJUATO)

MATERIA: CIVIL

C. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL
PRESENTE.

Por medio del presente escrito y con el debido respeto, comparezco a nombre y representación de (NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO), a quien en lo sucesivo me referiré como “mi representado”, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES, CIUDAD, GUANAJUATO), autorizando para tal efecto al licenciado (NOMBRE DEL ABOGADO PATROCINADOR), con cédula profesional número (NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL), y al licenciado (NOMBRE DEL ABOGADO PATROCINADOR 2, SI APLICA), con cédula profesional número (NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL).

Me presento ante este Honorable Tribunal para CONTESTAR LA DEMANDA promovida por (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), en el juicio ordinario civil seguido en su contra, identificado con el expediente número (NÚMERO DE EXPEDIENTE), y de manera PRINCIPAL, PARA OPONER LA EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN que en derecho corresponda, manifestando lo siguiente:

I. PERSONERÍA Y DOMICILIO

Mi personería se acredita con el poder notarial número (NÚMERO DE ESCRITURA PÚBLICA), otorgado ante la fe del Notario Público número (NÚMERO DEL NOTARIO), (NOMBRE DEL NOTARIO PÚBLICO), con fecha (FECHA DEL PODER), debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de Guanajuato. En virtud de dicho mandato, tengo facultades expresas para pleitos y cobranzas, así como para contestar demandas y oponer excepciones, por lo que actúo con la más amplia representación legal de mi representado.

Se ratifica el domicilio señalado en el presente escrito para todos los efectos legales.

II. COMPETENCIA Y JURISDICCIÓN

No impugno la competencia y jurisdicción de este Honorable Juzgado, por tener su asiento en el lugar donde se ubica el domicilio señalado por la parte actora y donde se han de ejecutar las obligaciones derivadas del contrato materia del presente litigio, conforme a lo dispuesto por el Art. 21 Código Civil Federal y el Art. 22 Código Civil Federal.

III. CONTESTACIÓN A LA DEMANDA

De conformidad con lo establecido en el Art. 343 Código Nacional de Procedimientos Penales (en lo aplicable a materia civil por remisión del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato), se contesta la demanda en los siguientes términos:

  1. NEGATIVA GENÉRICA: Se niegan en su totalidad los hechos expuestos en la demanda que no se reconozcan expresamente como ciertos en este escrito.
  2. NEGATIVA ESPECÍFICA: En específico, se niega que la obligación reclamada por la parte actora se encuentre vigente y sea exigible en la vía judicial. Se niega que el plazo para su cumplimiento no haya iniciado o concluido. Se niega la falta de causa o lesión en el contrato base de la pretensión.
  3. AFIRMACIÓN ESPECÍFICA: Se afirma que la acción personal para exigir el cumplimiento de la obligación de que se trata, derivada de un contrato de (ESPECIFICAR TIPO DE CONTRATO, EJM: PRÉSTAMO, ARRENDAMIENTO, PRESTACIÓN DE SERVICIOS) celebrado en fecha (FECHA DEL CONTRATO O HECHO GENERADOR), ha PRESCRITO conforme a la ley.

IV. EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN

De manera PRINCIPAL, se opone la EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN de la acción ejercida por la parte actora.

El fundamento legal de esta excepción se encuentra en el Art. 1156 Código Civil Federal, el cual establece que “La prescripción se extingue la acción para exigir el cumplimiento de una obligación”.

Para el caso concreto, la obligación reclamada es de naturaleza (ESPECIFICAR NATURALEZA: EJM: PAGAR UNA SUMA DE DINERO, ENTREGAR UN BIEN MUEBLE, CUMPLIR CON UN HECHO) y se encuentra regulada por el plazo de prescripción establecido en el Art. 1161 Código Civil Federal, que a la letra dice: “Las acciones personales prescriben en diez años, si la ley no establece un término menor”. No existiendo un término especial aplicable, el plazo general es de diez años.

HECHOS QUE CONFIGURAN LA PRESCRIPCIÓN:

  1. La obligación que se reclama nació, según consta en la propia demanda, el día (FECHA DE NACIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN, EJM: VENCIMIENTO DEL PAGARÉ, TÉRMINO DEL CONTRATO).
  2. La parte actora, en su escrito de demanda, no acredita haber realizado acto alguno de reclamación judicial o extrajudicial que interrumpa el curso de la prescripción, conforme a lo dispuesto por el Art. 1168 Código Civil Federal y el Art. 1169 Código Civil Federal.
  3. Contados desde la fecha de nacimiento de la obligación ((FECHA INICIAL)) hasta la fecha de presentación de la demanda ((FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA)), han transcurrido más de (NÚMERO) años, plazo que excede ampliamente el término de diez años establecido por la ley para la prescripción de las acciones personales.
  4. Por lo tanto, al momento de interponerse la demanda, el derecho de la actora para exigir judicialmente el cumplimiento de dicha obligación se encontraba ya extinguido por el transcurso del tiempo.

V. FUNDAMENTO JURISPRUDENCIAL

Esta posición se encuentra robustecida por criterios obligatorios emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, entre los que destacan:

  1. Tesis: 1a. CCCXXXI/2016 (10a.). Materia Civil. “PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA. EL PLAZO PARA SU CONFIGURACIÓN SE CUENTA A PARTIR DEL DÍA EN QUE LA OBLIGACIÓN PUEDE EXIGIRSE (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE GUANAJUATO)”. Esta tesis establece que el término para la prescripción de las acciones comienza a correr desde el momento en que la obligación es exigible, y no antes, principio que se aplica al caso concreto donde la exigibilidad nació en (FECHA DE NACIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN).
  2. Tesis: 1a. CXXVII/2015 (10a.). Materia Común. “PRESCRIPCIÓN. LA EXCEPCIÓN RESPECTIVA PUEDE DECLARARSE DE OFICIO POR EL TRIBUNAL, AUN CUANDO NO HAYA SIDO OPUESTA POR LAS PARTES, SI DEL ESCRITO DE DEMANDA SE DESPRENDE QUE LA ACCIÓN HA PRESCRITO”. Este criterio refuerza el carácter de orden público del instituto de la prescripción, justificando su oposición en esta etapa procesal.
  3. Tesis: 1a. LXXVIII/2014 (10a.). Materia Civil. “INTERRUPCIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN. PARA QUE SE PRODUZCA POR EL RECONOCIMIENTO DE LA DEUDA, ÉSTE DEBE SER EXPRESO E INDUBITABLE”. La parte actora no ha acreditado ningún reconocimiento expreso e indubitable de la deuda por parte de mi representado dentro del plazo de prescripción que interrumpa su curso.

VI. PETITORIO

Por todo lo anteriormente expuesto y fundado,

A USTED, HONORABLE JUEZ, RESPETUOSAMENTE SUPLICO:

  1. Tener por presentado este escrito de contestación de demanda y oposición de excepción de prescripción.
  2. Admitir la presente contestación en todos sus términos.
  3. Declarar PROCEDENTE la excepción de prescripción opuesta, y en consecuencia,
  4. Declarar EXTINGUIDA la acción ejercida por la parte actora y,
  5. Absolver a mi representado, (NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO), de todas y cada una de las pretensiones contenidas en la demanda.
  6. En caso de no estimar la excepción de prescripción, se solicita se abra el juicio a pruebas por el término común de (ESPECIFICAR NÚMERO) días, ofreciendo desde ahora las siguientes: documentales públicas y privadas, testimoniales, confesionales y periciales, señalando para su desahogo los domicilios antes indicados.

Protesto lo necesario.
(CIUDAD, GUANAJUATO), a (FECHA DE PRESENTACIÓN).

ATENTAMENTE
LIC. (NOMBRE DEL ABOGADO PATROCINADOR)
Cédula Profesional: (NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL)

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⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NÚMERO DE EXPEDIENTE): Anotar el número completo del expediente judicial asignado por el juzgado.
  2. (JUZGADO CIVIL DEL DISTRITO O MUNICIPIO, ESTADO DE GUANAJUATO): Especificar el nombre completo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil que conoce del asunto (ej: "Primer Juzgado de Primera Instancia en lo Civil del Distrito Judicial de León, Guanajuato").
  3. (NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO): Nombre completo, sin abreviaturas, de la persona física o moral a quien se defiende.
  4. (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES, CIUDAD, GUANAJUATO): Domicilio físico completo, incluyendo calle, número, colonia, código postal y ciudad, dentro del estado de Guanajuato.
  5. (NOMBRE DEL ABOGADO PATROCINADOR) / (NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL): Datos del o los abogados que firman el escrito. Si solo es uno, dejar el segundo campo en blanco o eliminarlo.
  6. (NÚMERO DE ESCRITURA PÚBLICA) / (NÚMERO DEL NOTARIO) / (NOMBRE DEL NOTARIO PÚBLICO) / (FECHA DEL PODER): Datos completos del poder notarial que acredita la representación legal. Si se actúa con poder apud acta, modificar este apartado.
  7. (ESPECIFICAR TIPO DE CONTRATO...): Describir brevemente la naturaleza del acto jurídico base de la demanda (ej: "comodato", "compraventa a crédito", "arrendamiento").
  8. (FECHA DEL CONTRATO O HECHO GENERADOR): La fecha precisa en que, según la ley o el contrato, nació la obligación y se hizo exigible.
  9. (ESPECIFICAR NATURALEZA...): Precisar el objeto de la obligación reclamada (ej: "pagar la cantidad de $XXX.XX", "entregar el inmueble ubicado en...").
  10. (FECHA DE NACIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN...): Repetir la fecha clave desde la cual se cuenta el plazo de prescripción.
  11. (FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA): Fecha en que la parte actora presentó su demanda inicial. Se puede obtener del acuse del juzgado.
  12. (NÚMERO): Calcular y anotar el número de años transcurridos entre la fecha de nacimiento de la obligación y la fecha de la demanda.
  13. (CIUDAD, GUANAJUATO) / (FECHA DE PRESENTACIÓN): Lugar y fecha en que se presenta este escrito.
  14. (ESPECIFICAR NÚMERO): En el petitorio, ofrecer un término para pruebas (ej: "40" días, que es el común en muchos procedimientos civiles en Guanajuato).

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