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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL
BAJA CALIFORNIA SUR
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO que celebran, por una parte, (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL ARRENDADOR), a quien en lo sucesivo se le denominará “EL ARRENDADOR”, representado en este acto por (NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL), en su carácter de (CARGO, EJ. APODERADO LEGAL), con fundamento en (INSTRUMENTO QUE OTORGA LA REPRESENTACIÓN, EJ. ESCRITURA PÚBLICA, PODER NOTARIAL), y por la otra parte, (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL ARRENDATARIO), a quien en lo sucesivo se le denominará “EL ARRENDATARIO”, representado en este acto por (NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL), en su carácter de (CARGO), con fundamento en (INSTRUMENTO QUE OTORGA LA REPRESENTACIÓN), al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. Declara "EL ARRENDADOR":
- Que es dueño legítimo y poseedor del inmueble ubicado en (CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, MUNICIPIO, BAJA CALIFORNIA SUR), inscrito en el Registro P��blico de la Propiedad bajo la partida electrónica número (NÚMERO DE FOLIO REAL O INSCRIPCIÓN).
- Que el inmueble se encuentra libre de gravamen, embargo, pleito o litigio alguno que impida su arrendamiento, comprometiéndose a mantenerlo en dichas condiciones durante la vigencia del presente contrato.
- Que tiene la capacidad jurídica y facultades necesarias para obligarse en los términos del presente instrumento.
II. Declara "EL ARRENDATARIO":
- Que tiene la capacidad jurídica y facultades necesarias para obligarse en los términos del presente instrumento.
- Que conoce el inmueble objeto del presente contrato y lo recibe en el estado en que se encuentra, manifestando que es apto para destinarlo a (DESCRIPCIÓN CLARA DEL GIRO COMERCIAL, EJ. RESTAURANTE, TIENDA DE ROPA, OFICINAS).
- Que se obliga a dar al inmueble el uso convenido y a cumplir con todas las obligaciones aquí estipuladas.
Las partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica para contratar y obligarse, ratificando la veracidad de sus declaraciones bajo protesta de decir verdad.
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO.
Por medio del presente contrato, "EL ARRENDADOR" da en arrendamiento a "EL ARRENDATARIO", y éste acepta, el local comercial descrito en la Declaración I.A, el cual forma parte del inmueble mayor conocido como (NOMBRE DEL PLAZA, EDIFICIO O CONJUNTO COMERCIAL, SI APLICA). El arrendamiento se celebra con estricto apego a lo dispuesto por el Art. 2398 Código Civil Federal y siguientes.
SEGUNDA. DESTINO DEL INMUEBLE.
El local se destinará exclusivamente para (DESCRIPCIÓN CLARA DEL GIRO COMERCIAL). "EL ARRENDATARIO" se obliga a no cambiar el destino sin el consentimiento previo, expreso y por escrito de "EL ARRENDADOR". Cualquier cambio no autorizado constituirá causa de rescisión inmediata, conforme al Art. 2446 Código Civil Federal.
TERCERA. PLAZO.
El plazo del presente arrendamiento será de (NÚMERO) (AÑOS/MESES), iniciando el día (DÍA) de (MES) de (AÑO) y terminando el día (DÍA) de (MES) de (AÑO). Se aplica lo establecido en el Art. 2428 Código Civil Federal.
CUARTA. RENTA Y FORMA DE PAGO.
- Renta Mensual: La renta mensual será de (CANTIDAD EN NÚMERO Y LETRA, EJ. $25,000.00 (VEINTICINCO MIL PESOS 00/100 M.N.)).
- Forma de Pago: La renta se pagará por mensualidades anticipadas, dentro de los primeros (EJ. CINCO) días naturales de cada mes, en la cuenta bancaria que "EL ARRENDADOR" designe por escrito o en las oficinas de (DIRECCIÓN PARA PAGO, SI APLICA).
- Actualización: La renta se actualizará anualmente, cada (MES DE LA PRIMERA RENTA), en un porcentaje equivalente al Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) publicado por el Banco de México para el mes inmediato anterior a la actualización, sin que dicho incremento pueda exceder del (EJ. 10)% anual.
El incumplimiento en el pago oportuno de la renta faculta a "EL ARRENDADOR" para exigir el pago de los meses vencidos más los intereses moratorios y, en su caso, dar por terminado el contrato, de conformidad con el Art. 2445 Código Civil Federal.
QUINTA. DEPÓSITO EN GARANTÍA.
"EL ARRENDATARIO" entregará a "EL ARRENDADOR" a la firma de este contrato, la cantidad de (CANTIDAD EN NÚMERO Y LETRA, EJ. $50,000.00 (CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.)) en calidad de depósito en garantía. Este depósito será restituido a "EL ARRENDATARIO" dentro de los treinta días naturales siguientes a la terminación del contrato y a la entrega material del local en buen estado, salvo el deterioro natural por el uso, deduciendo en su caso el importe de los adeudos o daños. Se observa lo dispuesto en el Art. 2433 Código Civil Federal.
SEXTA. MANTENIMIENTO Y REPARACIONES.
- Obligaciones del Arrendador: Corresponde a "EL ARRENDADOR" realizar las reparaciones necesarias para conservar el local en condiciones de servir para el uso convenido, especialmente las reparaciones mayores de la estructura, instalaciones hidrosanitarias y eléctricas primarias, conforme al Art. 2441 Código Civil Federal.
- Obligaciones del Arrendatario: Corresponde a "EL ARRENDATARIO" realizar a su costa las reparaciones locativas o menores derivadas del uso diario, así como el mantenimiento de instalaciones, mobiliario y equipo propio. Se obliga a notificar por escrito cualquier desperfecto que requiera reparación mayor.
SÉPTIMA. MEJORAS Y ADAPTACIONES.
"EL ARRENDATARIO" no podrá realizar obra alguna de mejora, modificación o adaptación en el local sin la autorización previa, expresa y por escrito de "EL ARRENDADOR". Las mejoras autorizadas por escrito se regirán por el Art. 2442 Código Civil Federal. Al término del contrato, las mejoras quedarán a beneficio del inmueble sin derecho a indemnización, a menos que se pacte lo contrario por escrito.
OCTAVA. SERVICIOS E IMPUESTOS.
- "EL ARRENDATARIO" se obliga a contratar, pagar y mantener al corriente el pago de todos los servicios que consuma en el local (agua, luz, gas, teléfono, internet, etc.).
- "EL ARRENDATARIO" será responsable del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) que derive del presente arrendamiento, de conformidad con la Ley del ISR, así como de cualquier impuesto, derecho o contribución local que grave el uso o explotación comercial del local.
- "EL ARRENDADOR" será responsable del pago del Impuesto Predial y cualquier contribución de mejoras que grave la propiedad del inmueble.
NOVENA. SEGURO.
"EL ARRENDATARIO" se obliga a contratar y mantener vigente durante toda la vigencia del contrato, una póliza de seguro contra incendio, riesgos hidrometeorológicos y responsabilidad civil, a favor de "EL ARRENDADOR" y por un valor acorde al inmueble. Deberá exhibir la póliza y los comprobantes de pago anuales a "EL ARRENDADOR".
DÉCIMA. CESIÓN Y SUBARRENDAMIENTO.
Queda prohibida la cesión total o parcial del presente contrato, así como el subarrendamiento total o parcial del local, sin el consentimiento previo, expreso y por escrito de "EL ARRENDADOR". Cualquier acto en contrario facultará a "EL ARRENDADOR" para resolver el contrato de inmediato, de acuerdo con el Art. 2446 Código Civil Federal.
DÉCIMA PRIMERA. TERMINACIÓN ANTICIPADA.
Además de las causas previstas en la ley, el presente contrato podrá terminarse anticipadamente por mutuo consentimiento por escrito de las partes, o por la voluntad unilateral de "EL ARRENDATARIO", quien en este último caso deberá dar aviso por escrito con al menos (EJ. 90) días de anticipación y pagará a "EL ARRENDADOR" una penalidad equivalente a (EJ. DOS) meses de renta.
DÉCIMA SEGUNDA. ENTREGA DEL INMUEBLE.
Al término del contrato, por la causa que fuere, "EL ARRENDATARIO" se obliga a entregar el local libre de ocupantes y en el mismo estado en que lo recibió, salvo el deterioro natural. La entrega se hará mediante acta que suscribirán ambas partes. La negativa a entregar facultará a "EL ARRENDADOR" a iniciar el juicio de desahucio correspondiente.
En este sentido, es aplicable la tesis jurisprudencial: CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. LA CLAUSULA PENAL CONVENCIDA PARA EL CASO DE QUE EL ARRENDATARIO NO DESOCUPE EL INMUEBLE AL TÉRMINO DEL CONTRATO, NO IMPLIDE QUE EL ARRENDADOR PROMUEVA EL JUICIO RESPECTIVO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO). (1a. CXXVII/2014 (10a.)).
DÉCIMA TERCERA. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.
Para todo lo relativo a la interpretación, cumplimiento y efectos del presente contrato, las partes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los tribunales del Estado de Baja California Sur, renunciando a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles. Se aplicará de manera supletoria el Código Civil Federal.
Se hace referencia a la tesis jurisprudencial: PRORRÓGA DE LA COMPETENCIA. ES VÁLIDA LA CLAUSULA CONTENIDA EN UN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, MEDIANTE LA CUAL LAS PARTES PRORROGAN LA COMPETENCIA A FAVOR DE LOS TRIBUNALES DEL LUGAR EN QUE SE ENCUENTRA EL INMUEBLE, AUNQUE EN ÉL NO ESTÉN DOMICILIADAS. (1a. CXXI/2007 (9a.)).
DÉCIMA CUARTA. NOTIFICACIONES.
Toda notificación relacionada con este contrato deberá hacerse por escrito y se considerará efectuada al ser entregada personalmente o mediante correo certificado con acuse de recibo a los siguientes domicilios:
- ARRENDADOR: (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES).
- ARRENDATARIO: (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES).
Las partes se obligan a notificar cualquier cambio de domicilio con al menos 5 días de anticipación.
DÉCIMA QUINTA. CONFIDENCIALIDAD.
Las partes se obligan a mantener confidencialidad sobre los términos y condiciones de este contrato, así como sobre cualquier información comercial, financiera o técnica a la que tengan acceso con motivo del mismo.
DÉCIMA SEXTA. ENAJENACIÓN DEL INMUEBLE.
En caso de que "EL ARRENDADOR" enajene el inmueble arrendado, se obliga a hacerlo constar en el título de enajenación el presente contrato, para que el adquirente quede obligado a respetarlo hasta su terminación, conforme al Art. 2449 Código Civil Federal y la tesis jurisprudencial: ARRENDAMIENTO. EL ADQUIRENTE DE UN INMUEBLE ARRENDADO ESTÁ OBLIGADO A RESPETAR EL CONTRATO RESPECTIVO, SIEMPRE QUE ESTÉ DEBIDAMENTE REGISTRADO. (1a. LXXVII/2008 (9a.)).
DÉCIMA SÉPTIMA. ACEPTACIÓN Y CONFORMIDAD.
Las partes manifiestan que han leído íntegramente este contrato, que comprenden su alcance y contenido, y que están conformes con todas y cada una de sus cláusulas, obligándose a su fiel cumplimiento.
Se firma por duplicado en (CIUDAD, BAJA CALIFORNIA SUR), a los (DÍA) días del mes de (MES) de (AÑO).
EL ARRENDADOR
_________________________________________
(NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL)
Representante Legal: (NOMBRE DEL REPRESENTANTE)
Testigo: _________________________________________
Nombre: (NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 1)
EL ARRENDATARIO
_________________________________________
(NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL)
Representante Legal: (NOMBRE DEL REPRESENTANTE)
Testigo: _________________________________________
Nombre: (NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 2)
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Código Civil Federal (Ley supletoria principal)
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- Código Civil del Estado de Baja California Sur
- Ley de Ingresos y Código Fiscal del Municipio correspondiente.
- Ley del Impuesto sobre la Renta (Federal).
📋 Instrucciones de Llenado
- (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL ARRENDADOR): Escribir el nombre legal del propietario. Si es persona moral, la razón social exacta registrada.
- (NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL) / (CARGO, EJ. APODERADO LEGAL) / (INSTRUMENTO...): Para personas morales o quienes actúen con representación. Indicar nombre del representante, su cargo (e.g., Apoderado Legal, Gerente General) y el documento que acredita su poder (e.g., "Escritura Pública No. 500", "Poder Notarial").
- (CALLE, NÚMERO, COLONIA...): Describir con precisión la ubicación del local comercial, incluyendo ciudad y municipio de Baja California Sur.
- (NÚMERO DE FOLIO REAL...): Anotar el folio real, número de inscripción en el Registro Público de la Propiedad o clave catastral.
- (DESCRIPCIÓN CLARA DEL GIRO COMERCIAL): Especificar el uso exacto (e.g., "restaurante de comida italiana", "oficinas para consultorio médico", "tienda de venta de artículos deportivos").
- (NÚMERO) (AÑOS/MESES) / Fechas de inicio y término: Definir la duración del contrato y las fechas exactas de inicio y fin.
- (CANTIDAD EN NÚMERO Y LETRA...) (Renta y Depósito): Escribir el monto en números y entre paréntesis en letra, seguido de "M.N." (Moneda Nacional).
- (EJ. CINCO) (Días de pago) / (EJ. 10)% (Límite de incremento): Indicar el día límite de pago mensual y el porcentaje máximo pactado para la actualización anual de la renta.
- (EJ. 90) (Días para terminación) / (EJ. DOS) (Meses de penalidad): Especificar el preaviso requerido para terminación voluntaria del arrendatario y la penalidad en meses de renta.
- (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES): Proporcionar un domicilio físico oficial donde se puedan recibir notificaciones legales.
- Firmas y Testigos: Todas las partes y testigos deben firmar y anotar su nombre completo. Los testigos son recomendables para dar fe del acto.
📄 Plantillas Relacionadas
- Acta de Entrega-Recepción de Inmueble Arrendado: Para documentar el estado del local al inicio y al final del contrato.
- Contrato de Comodato (Préstamo de Uso): Para préstamos temporales de bienes sin contraprestación.
- Contrato de Obra a Precio Alzado: Para autorizar y regular las mejoras o adaptaciones al local.
- Contrato de Servicios Profesionales: Para contratar a un abogado o notario que revise o formalice el arrendamiento.
- Poder Especial para Actos de Administración: Para acreditar la representación legal de una persona moral ante el arrendador.
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