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V1Contrato de Arrendamiento de Local Comercial — Coahuila
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL

NÚMERO DE CONTRATO: (NÚMERO DE CONTRATO)

FECHA DE CELEBRACIÓN: (FECHA DE CELEBRACIÓN)

I. IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

ARRENDADOR: (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL ARRENDADOR), mayor de edad, con domicilio en (DOMICILIO COMPLETO DEL ARRENDADOR), y portador de la credencial para votar con fotografía número (NÚMERO DE INE) expedida por el Instituto Nacional Electoral, o en su caso, representado legalmente por (NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL) con facultades suficientes acreditadas mediante el instrumento público número (NÚMERO DE ESCRITURA PÚBLICA) otorgado ante la fe del Notario Público número (NÚMERO) de (CIUDAD, ESTADO), a quien en lo sucesivo se le denominará “EL ARRENDADOR”.

ARRENDATARIO: (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL ARRENDATARIO), mayor de edad, con domicilio en (DOMICILIO COMPLETO DEL ARRENDATARIO), y portador de la credencial para votar con fotografía número (NÚMERO DE INE) expedida por el Instituto Nacional Electoral, o en su caso, representado legalmente por (NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL) con facultades suficientes acreditadas mediante el instrumento público número (NÚMERO DE ESCRITURA PÚBLICA) otorgado ante la fe del Notario Público número (NÚMERO) de (CIUDAD, ESTADO), a quien en lo sucesivo se le denominará “EL ARRENDATARIO”.

Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica para obligarse en los términos del presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto por los artículos Art. 1798 Código Civil Federal y Art. 1799 Código Civil Federal.

II. DECLARACIONES

DECLARA “EL ARRENDADOR”:

  1. Que es propietario legítimo y poseedor del inmueble objeto del presente contrato, ubicado en (DOMICILIO COMPLETO DEL INMUEBLE), en el municipio de (MUNICIPIO), Coahuila de Zaragoza, inscrito en el Registro Público de la Propiedad bajo la folio real número (FOLIO REAL).
  2. Que el inmueble se encuentra libre de gravamen, embargo, pleito o litigio alguno que impida su arrendamiento.
  3. Que el local comercial objeto de este contrato tiene las siguientes características: Superficie de (METROS CUADRADOS) m², con (NÚMERO) baños, instalaciones de (DESCRIBIR INSTALACIONES, EJ: AGUA, LUZ, DRENAJE, AIRE ACONDICIONADO).

DECLARA “EL ARRENDATARIO”:

  1. Que conoce el inmueble y lo acepta en el estado en que se encuentra, comprometiéndose a destinarlo exclusivamente para el giro comercial de (DESCRIBIR GIRO COMERCIAL AUTORIZADO).
  2. Que cuenta con la solvencia económica necesaria para cumplir con las obligaciones derivadas de este contrato.
  3. Que se obliga a cumplir con todas las disposiciones legales, reglamentos municipales y federales aplicables a su giro comercial.

III. OBJETO DEL CONTRATO

Por el presente contrato, “EL ARRENDADOR” otorga en arrendamiento a “EL ARRENDATARIO”, quien lo acepta, el local comercial antes descrito, para su uso y aprovechamiento exclusivo como establecimiento comercial, por el plazo y bajo las condiciones y obligaciones aquí pactadas, conforme a lo establecido en el Art. 2398 Código Civil Federal.

IV. PLAZO

El plazo del presente arrendamiento será de (NÚMERO) años, iniciando el día (DÍA) de (MES) de (AÑO) y concluyendo el día (DÍA) de (MES) de (AÑO). Este plazo es forzoso para ambas partes, en términos del Art. 2426 Código Civil Federal.

V. RENTA Y FORMA DE PAGO

  1. Renta Mensual: La renta mensual será por la cantidad de (CANTIDAD EN NÚMERO) ((CANTIDAD EN LETRA) pesos 00/100 M.N.), más el Impuesto al Valor Agregado (IVA) que corresponda.
  2. Forma de Pago: La renta se pagará por meses anticipados, dentro de los primeros cinco (5) días naturales de cada mes, en la cuenta bancaria número (NÚMERO DE CUENTA) a nombre de (NOMBRE DEL TITULAR DE LA CUENTA), en el banco (NOMBRE DEL BANCO), Clabe Interbancaria (CLABE INTERBANCARIA).
  3. Actualización: La renta se actualizará anualmente, cada (FECHA DE ANIVERSARIO DEL CONTRATO), en un porcentaje equivalente al Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) publicado por el Banco de México para el mes inmediato anterior a la actualización, sin que dicho incremento pueda exceder del diez por ciento (10%) anual.
  4. Depósito en Garantía: “EL ARRENDATARIO” entregará a “EL ARRENDADOR” a la firma de este contrato, la cantidad de (CANTIDAD EN NÚMERO) ((CANTIDAD EN LETRA) pesos 00/100 M.N.) como depósito en garantía del cumplimiento de sus obligaciones, el cual será devuelto, sin actualización alguna, dentro de los treinta (30) días siguientes a la terminación del contrato y a la entrega material del local en buen estado, salvo deducción por daños, adeudos o reparaciones pendientes, conforme al Art. 2431 Código Civil Federal.

VI. OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR

  1. Entregar el local en condiciones de ser usado para el fin convenido.
  2. Realizar las reparaciones necesarias que afecten la estructura del inmueble, conforme al Art. 2440 Código Civil Federal.
  3. Garantizar el uso pacífico y útil del local durante la vigencia del contrato.
  4. Permitir las modificaciones que “EL ARRENDATARIO” necesite realizar, previa autorización por escrito, las cuales quedarán a beneficio del inmueble sin derecho a reembolso.

VII. OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO

  1. Pagar puntualmente la renta y los servicios que consume.
  2. Destinar el local exclusivamente al giro comercial autorizado.
  3. Conservar el local en buen estado, realizando las reparaciones locativas que sean necesarias, conforme al Art. 2441 Código Civil Federal.
  4. No subarrendar ni ceder sus derechos sin el consentimiento por escrito de “EL ARRENDADOR”.
  5. Permitir la inspección del local con previo aviso.
  6. Al término del contrato, devolver el local en el mismo estado en que lo recibió, salvo el deterioro natural.
  7. Cubrir todos los impuestos, contribuciones y derechos que se generen con motivo de su actividad comercial.

VIII. MANTENIMIENTO Y REPARACIONES

Las reparaciones mayores, entendiéndose por tales las que afecten la estructura, cimentación, techumbre o instalaciones generales del edificio, serán responsabilidad de “EL ARRENDADOR”. Las reparaciones locativas o menores, necesarias por el uso ordinario del local, serán responsabilidad de “EL ARRENDATARIO”. Esta distinción se establece en atención a la tesis jurisprudencial de la SCJN: “ARRENDAMIENTO. LA OBLIGACIÓN DE HACER REPARACIONES LOCATIVAS CORRESPONDE AL ARRENDATARIO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE COAHUILA).” (Registro Digital: 2021555).

IX. TERMINACIÓN ANTICIPADA

El presente contrato podrá terminarse anticipadamente por causa imputable a alguna de las partes, en los siguientes casos:

  1. Por falta de pago de la renta por más de quince (15) días naturales después de su vencimiento.
  2. Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones aquí pactadas y no subsanado dentro de los treinta (30) días siguientes a la notificación por escrito.
  3. Por uso del local para un giro distinto al autorizado.
  4. Por declaración de quiebra, concurso mercantil o disolución de “EL ARRENDATARIO”.

En caso de rescisión por culpa del arrendatario, el arrendador podrá exigir el pago de las rentas vencidas y no pagadas, así como las correspondientes al resto del plazo forzoso, conforme a la jurisprudencia de la SCJN: “ARRENDAMIENTO. EL PLAZO FORZOSO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 2426 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, ES APLICABLE A LAS PARTES.” (Registro Digital: 2010043).

X. PRÓRROGA

Terminado el plazo pactado, el contrato se entenderá prorrogado por periodos iguales al original, salvo que alguna de las partes notifique por escrito a la otra, con al menos noventa (90) días de anticipación a la fecha de terminación, su deseo de no renovar. En caso de prórroga, las condiciones se mantendrán, salvo la renta que se actualizará conforme a lo establecido en la cláusula V.3.

XI. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA

Para todo lo relativo a la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente contrato, las partes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los tribunales del estado de Coahuila de Zaragoza, renunciando a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles. Se designa como domicilio convencional para oír y recibir toda clase de notificaciones los declarados en la cláusula I.

Lo anterior se establece en observancia del principio de autonomía de la voluntad reconocido en el Art. 1795 Código Civil Federal y la tesis jurisprudencial: “COMPETENCIA. LAS PARTES PUEDEN PRORROGARLA A FAVOR DE JUECES O TRIBUNALES DISTINTOS DE LOS SEÑALADOS POR LAS LEYES PROCESALES, SIEMPRE QUE SE TRATE DE DERECHOS DISPONIBLES Y SE CUMPLAN LOS REQUISITOS LEGALES.” (Registro Digital: 2008234).

XII. NOTIFICACIONES

Toda notificación relacionada con este contrato deberá realizarse por escrito y podrá hacerse personalmente en el domicilio convencional o mediante correo certificado con acuse de recibo.

XIII. CARÁCTER MERCANTIL

Las partes convienen en que, dado el destino comercial del local arrendado, el presente contrato tendrá carácter mercantil, aplicándose en lo conducente el Art. 80 Código de Comercio y supletoriamente el Código Civil Federal.

XIV. ACEPTACIÓN Y FIRMAS

Leído que fue el presente contrato por las partes, quienes manifestaron comprenderlo y estar conformes con su contenido, lo firman en dos ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de (CIUDAD DE FIRMA), Coahuila de Zaragoza, a los (DÍA) días del mes de (MES) del año (AÑO).



_________________________________________

EL ARRENDADOR
(NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL)
(REPRESENTANTE LEGAL, EN SU CASO)



_________________________________________

EL ARRENDATARIO
(NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL)
(REPRESENTANTE LEGAL, EN SU CASO)



TESTIGOS

_________________________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 1)

_________________________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 2)

⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

  • Código Civil Federal
  • Código de Comercio (Supletorio)
  • Ley de Ingresos y Código Fiscal del Municipio de (MUNICIPIO), Coahuila.
  • Reglamento de Desarrollo Urbano y Construcción del Municipio de (MUNICIPIO), Coahuila.

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NÚMERO DE CONTRATO): Asigne un número de control interno para el contrato.
  2. (FECHA DE CELEBRACIÓN): Inserte la fecha en formato DD/MM/AAAA.
  3. (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL ARRENDADOR): Nombre completo si es persona física o Razón Social si es persona moral.
  4. (DOMICILIO COMPLETO DEL ARRENDADOR): Calle, número, colonia, código postal, ciudad, estado.
  5. (NÚMERO DE INE): Clave de la Credencial para Votar. Para persona moral, datos del representante legal.
  6. (NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL) / (NÚMERO DE ESCRITURA PÚBLICA): Solo para personas morales. Nombre del apoderado y datos del poder notarial.
  7. (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL ARRENDATARIO): Siga las mismas instrucciones que para el Arrendador.
  8. (DOMICILIO COMPLETO DEL INMUEBLE): Dirección exacta del local comercial, incluyendo referencia.
  9. (MUNICIPIO): Municipio de Coahuila donde se ubica el inmueble (ej. Saltillo, Torreón, Monclova).
  10. (FOLIO REAL): Número de inscripción en el Registro Público de la Propiedad. Si no tiene, dejar en blanco o poner "No inscrito".
  11. (METROS CUADRADOS) / (DESCRIBIR INSTALACIONES): Especificar superficie y detallar servicios con que cuenta el local.
  12. (DESCRIBIR GIRO COMERCIAL AUTORIZADO): Detalle específico de la actividad (ej. "Restaurante de comida italiana", "Venta de ropa casual").
  13. (NÚMERO) años / Fechas de inicio y fin: Indicar la duración en años y las fechas exactas de inicio y término.
  14. (CANTIDAD EN NÚMERO Y LETRA): Monto de la renta mensual y del depósito en garantía (ej. 15,000.00 (Quince mil pesos 00/100 M.N.)).
  15. (NÚMERO DE CUENTA) / (CLABE INTERBANCARIA): Datos bancarios para el pago de la renta.
  16. (FECHA DE ANIVERSARIO DEL CONTRATO): Día y mes en que se actualizará la renta cada año (ej. 15 de enero).
  17. (CIUDAD DE FIRMA): Ciudad en Coahuila donde se firma el contrato.
  18. (NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO X): Nombre completo de dos testigos mayores de edad, con su respectiva firma.

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