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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL
NÚMERO DE CONTRATO: (NÚMERO DE CONTRATO)
CIUDAD Y FECHA: En la ciudad de (CIUDAD, MUNICIPIO), Estado de Sinaloa, a los (DÍA) días del mes de (MES) del año (AÑO).
I. IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
ARRENDADOR: Por una parte, (NOMBRE COMPLETO DEL ARRENDADOR), mayor de edad, con domicilio para oír y recibir notificaciones en (DOMICILIO COMPLETO DEL ARRENDADOR, CIUDAD, SINALOA), identificado con [CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN (CURP) / REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (RFC) del Arrendador].
ARRENDATARIO: Por la otra parte, (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL ARRENDATARIO), con domicilio para oír y recibir notificaciones en (DOMICILIO COMPLETO DEL ARRENDATARIO, CIUDAD, SINALOA), identificado con [CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN (CURP) / REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (RFC) del Arrendatario].
Las partes anteriores se reconocen mutuamente capacidad legal para obligarse en los términos del presente instrumento, el cual se sujeta a las siguientes:
II. DECLARACIONES
- Declara el ARRENDADOR ser propietario legítimo del inmueble objeto de este contrato, ubicado en (DOMICILIO COMPLETO DEL INMUEBLE, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD/MUNICIPIO, SINALOA), mismo que se describe en el apartado de CLÁUSULAS. Acredita su derecho de propiedad mediante Escritura Pública número (NÚMERO DE ESCRITURA), otorgada ante la fe del Notario Público número (NÚMERO) de (CIUDAD, SINALOA), e inscrita en el Registro Público de la Propiedad bajo el folio real (FOLIO REAL).
- Declara el ARRENDATARIO haber inspeccionado el inmueble, encontrándolo en condiciones aptas para el uso y destino convenido, y acepta tomarlo en el estado en que se encuentra.
- Ambas partes declaran que el presente contrato se celebra para fines comerciales, conforme al Art. 2398 Código Civil Federal.
III. CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO.
Por medio del presente contrato, el ARRENDADOR da en arrendamiento al ARRENDATARIO, quien lo toma y acepta, el siguiente inmueble:
- Tipo de Inmueble: Local Comercial.
- Ubicación: (DOMICILIO COMPLETO DEL INMUEBLE, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD/MUNICIPIO, SINALOA).
- Superficie: (SUPERFICIE EN METROS CUADRADOS) m².
- Descripción: [DESCRIPCIÓN DETALLADA DEL LOCAL: Número de puerta, nivel, características principales, anexos si los hay (ej. baño, almacén, mezzanine)].
- Destino: Exclusivamente para el giro comercial de [DESCRIBIR GIRO COMERCIAL ESPECÍFICO, EJ: "VENTA DE ROPA Y ACCESORIOS"]. Queda prohibido destinarlo a cualquier otro uso sin el consentimiento previo y por escrito del ARRENDADOR, conforme al Art. 2405 Código Civil Federal.
SEGUNDA. PLAZO.
El plazo de arrendamiento será de (NÚMERO) (AÑOS/MESES), iniciando el día (DÍA) de (MES) de (AÑO) y terminando el día (DÍA) de (MES) de (AÑO). Este contrato no se prorrogará automáticamente. Para su renovación, las partes deberán celebrar un nuevo contrato por escrito.
TERCERA. RENTA Y FORMA DE PAGO.
- Renta Mensual: La cantidad de (MONTO EN NÚMEROS) ((MONTO EN LETRA) Pesos 00/100 M.N.), más el Impuesto al Valor Agregado (IVA) que corresponda.
- Forma de Pago: La renta se pagará por mes vencido, dentro de los primeros (NÚMERO, EJ: 5) días naturales de cada mes, en la cuenta bancaria del ARRENDADOR número (NÚMERO DE CUENTA BANCARIA) del banco (NOMBRE DEL BANCO), CLABE (CLABE INTERBANCARIA), o en el domicilio señalado para notificaciones.
- Depósito en Garantía: El ARRENDATARIO entregará al ARRENDADOR, al firmar este contrato, la cantidad de (MONTO EN NÚMEROS) ((MONTO EN LETRA) Pesos 00/100 M.N.) como depósito en garantía del cumplimiento de sus obligaciones. Este depósito será devuelto, sin deducción alguna, dentro de los 30 días siguientes a la terminación del contrato y a la entrega material del local en buen estado, salvo daños imputables al arrendatario, conforme a la jurisprudencia de la SCJN: "ARRENDAMIENTO. EL DEPÓSITO CONSTITUTIVO DE GARANTÍA TIENE EL CARÁCTER DE ACCESORIO Y SU FINALIDAD ES ASEGURAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO)." (1a. CXXVII/2013 (10a.)).
- Actualización de la Renta: La renta se actualizará anualmente, cada (FECHA DE ANIVERSARIO), en un porcentaje equivalente al Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) publicado por el Banco de México para el mes inmediato anterior a la actualización, o en el (PORCENTAJE FIJO)%, lo que sea mayor.
CUARTA. OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR.
- Entregar el local en condiciones de ser usado para el destino convenido.
- Realizar, a su costa, las reparaciones mayores que sean necesarias en el inmueble, entendiéndose por tales las que afecten la estructura, instalaciones eléctricas o hidrosanitarias principales, de acuerdo con el Art. 2407 Código Civil Federal.
- Garantizar al arrendatario el uso pacífico del local durante el plazo del contrato.
QUINTA. OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO.
- Pagar puntualmente la renta y los servicios en los términos aquí estipulados.
- Destinar el local exclusivamente al giro comercial autorizado.
- Conservar el local en buen estado, realizando a su costa las reparaciones menores o de ornato que sean necesarias, conforme al Art. 2408 Código Civil Federal.
- No realizar modificaciones, obras o mejoras permanentes sin el consentimiento previo y por escrito del ARRENDADOR. Las mejoras consentidas quedarán a beneficio del inmueble sin derecho a indemnización para el ARRENDATARIO, salvo pacto en contrario, tal como lo establece el Art. 2410 Código Civil Federal.
- Pagar directamente los servicios de agua, luz, gas, teléfono, internet, recolección de basura y cualquier otro consumo propio. Presentar los comprobantes de pago al ARRENDADOR cuando éste lo solicite.
- Permitir al ARRENDADOR o a sus representantes la inspección del local, previa notificación con 24 horas de anticipación, excepto en caso de emergencia.
- No ceder, subarrendar o traspasar total o parcialmente el local, ni sus derechos y obligaciones derivados de este contrato, sin la autorización por escrito del ARRENDADOR, de acuerdo con el Art. 2411 Código Civil Federal.
SEXTA. MORA Y RESCISIÓN.
- El incumplimiento en el pago de la renta por más de (NÚMERO, EJ: 5) días naturales después de la fecha límite, colocará al ARRENDATARIO en mora, generando intereses moratorios a la tasa que fije el Art. 2395 Código Civil Federal.
- Constituirán causa de rescisión inmediata del presente contrato, sin necesidad de declaración judicial y sin responsabilidad para el ARRENDADOR, las siguientes:
- El impago de dos rentas consecutivas o tres alternadas.
- Destinar el local a un uso prohibido o ilícito.
- La cesión o subarrendamiento no autorizado.
- Causar daños graves al inmueble de manera intencional o por negligencia.
- En caso de rescisión, el ARRENDATARIO deberá desalojar el local inmediatamente. De no hacerlo, el ARRENDADOR podrá iniciar el juicio correspondiente, pudiendo invocar la jurisprudencia de la SCJN: "ARRENDAMIENTO. EL PLAZO PARA INTERPONER LA ACCIÓN DE DESAHUCIO CONTRA EL ARRENDATARIO QUE INCUMPLE CON EL PAGO DE LA RENTA, COMIENZA A CONTARSE A PARTIR DE QUE SE CONFIGURA LA CAUSAL DE RESCISIÓN." (1a. CXXI/2012 (10a.)).
SÉPTIMA. TERMINACIÓN.
Además de la rescisión, este contrato terminará:
- Por la expiración del plazo convenido.
- Por mutuo consentimiento de las partes.
- Por la pérdida o destrucción total del inmueble.
OCTAVA. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.
Para todo lo relativo a la interpretación, cumplimiento y efectos de este contrato, las partes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales del Estado de Sinaloa, renunciando a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles. Se establece como domicilio convencional para oír y recibir toda clase de notificaciones judiciales y extrajudiciales los señalados en el apartado I de este contrato.
NOVENA. CARÁCTER MERCANTIL Y COSTAS.
Dado que el destino del local es comercial, este contrato tiene carácter mercantil en los términos del Art. 75 Código de Comercio. En caso de controversia, la parte vencida en juicio se obliga a pagar los honorarios de abogado de la contraria equivalentes al (PORCENTAJE, EJ: 20)% sobre el monto reclamado, sin perjuicio de las costas procesales, conforme a la jurisprudencia aplicable en materia mercantil.
DÉCIMA. GENERALIDADES.
- Este documento constituye el acuerdo total entre las partes y sustituye cualquier otro pacto anterior.
- Cualquier modificación a este contrato deberá hacerse por escrito y firmarse por ambas partes.
- La tolerancia en el cumplimiento de alguna obligación no se considerará renuncia a exigir su cumplimiento futuro.
- Los anexos que se adjunten formarán parte integral de este contrato.
Leído que fue el presente contrato por las partes, quienes manifestaron comprenderlo y estar conformes con su contenido, lo firman por duplicado en el lugar y fecha indicados al principio.
EL ARRENDADOR
_________________________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL ARRENDADOR)
EL ARRENDATARIO
_________________________________________
(NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL ARRENDATARIO)
Por la empresa: (NOMBRE Y CARGO DEL REPRESENTANTE LEGAL) (en su caso)
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Código Civil Federal (Título Décimo, Capítulo I: Del Arrendamiento).
- Código de Comercio (Para aspectos mercantiles).
- Código Civil para el Estado de Sinaloa (en lo no previsto por el Código Civil Federal).
📋 Instrucciones de Llenado
- (NÚMERO DE CONTRATO): Asignar un número de control interno o correlativo.
- (CIUDAD, MUNICIPIO), (DÍA), (MES), (AÑO): Lugar y fecha de firma. Ej: "Culiacán, Rosales", "15", "marzo", "2026".
- (NOMBRE COMPLETO DEL ARRENDADOR) / (ARRENDATARIO): Nombre(s) y apellidos para persona física. Razón Social completa para persona moral.
- (DOMICILIO COMPLETO...): Calle, número exterior e interior, colonia, código postal, ciudad/municipio, estado.
- (CLAVE ÚNICA... (CURP) / (RFC)): Incluir el documento de identificación correspondiente. Para persona moral, solo RFC.
- (NÚMERO DE ESCRITURA), (NÚMERO (Notario)), (CIUDAD, SINALOA), (FOLIO REAL): Datos exactos de la escritura de propiedad. Si no se tiene, consultar con el arrendador.
- (DESCRIBIR GIRO COMERCIAL ESPECÍFICO): Ser lo más específico posible. Ej: "Restaurante de comida italiana", "Estética unisex".
- (NÚMERO) (AÑOS/MESES), (DÍA)... (AÑO): Definir plazo y fechas de inicio y fin. Ej: "3", "años", "15", "marzo", "2026", "14", "marzo", "2029".
- (MONTO EN NÚMEROS) ((MONTO EN LETRA)): Renta mensual sin IVA. Ej: "10,000.00" ("Diez mil").
- (NÚMERO, EJ: 5): Días de gracia para pago de renta. Usualmente entre 3 y 5 días.
- (NÚMERO DE CUENTA...), (NOMBRE DEL BANCO), (CLABE INTERBANCARIA): Datos bancarios para transferencia.
- (MONTO EN NÚMEROS) ((MONTO EN LETRA)) (Depósito): Generalmente equivale a 1 o 2 meses de renta.
- (FECHA DE ANIVERSARIO), (PORCENTAJE FIJO): Fecha de actualización anual (ej: "15 de marzo") y porcentaje mínimo de aumento pactado (ej: "5").
- (SUPERFICIE EN METROS CUADRADOS): Medida aproximada o exacta del local.
- (DESCRIPCIÓN DETALLADA...): Incluir características físicas visibles y anexos.
- (PORCENTAJE, EJ: 20): Porcentaje pactado para honorarios de abogado en caso de litigio.
📄 Plantillas Relacionadas
- Acta de Entrega-Recepción de Inmueble: Para documentar el estado del local al inicio y fin del contrato.
- Contrato de Comodato: Para préstamo de uso de bienes sin contraprestación.
- Contrato de Mandato: Para designar a un representante que gestione el arrendamiento.
- Contrato de Prestación de Servicios Profesionales: Para formalizar trabajos de mantenimiento o mejora en el local.
- Convenio de Confidencialidad (NDA): Para proteger información comercial intercambiada durante la negociación.
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Sobre este documento: Contrato de Arrendamiento de Local Comercial — Sinaloa
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