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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE CASA HABITACIÓN
QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, (NOMBRE COMPLETO DEL ARRENDADOR), A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL ARRENDADOR”; Y POR LA OTRA PARTE, (NOMBRE COMPLETO DEL ARRENDATARIO), A QUIEN EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ “EL ARRENDATARIO”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DECLARACIONES
I. DECLARA “EL ARRENDADOR”:
- Que es mayor de edad, con capacidad jurídica plena para obligarse y celebrar el presente contrato, según lo establecido en el Art. 450 Código Civil Federal.
- Que es propietario único y legítimo del inmueble objeto del presente contrato, ubicado en (DOMICILIO COMPLETO DEL INMUEBLE, COLONIA, C.P., CIUDAD, PUEBLA), inscrito en el Registro Público de la Propiedad bajo el folio real número (FOLIO REAL O DATO DE INSCRIPCIÓN), según consta en la escritura pública número (NÚMERO DE ESCRITURA) otorgada ante la fe del Notario Público número (NÚMERO) de (CIUDAD, PUEBLA).
- Que el inmueble se encuentra libre de gravamen, embargo, pleito o litigio alguno y tiene la libre disposición del mismo para celebrar este contrato.
II. DECLARA “EL ARRENDATARIO”:
- Que es mayor de edad, con capacidad jurídica plena para obligarse y celebrar el presente contrato, según lo establecido en el Art. 450 Código Civil Federal.
- Que manifiesta su conformidad con el estado físico y legal del inmueble, el cual ha inspeccionado previamente y acepta en las condiciones en que se encuentra.
- Que destinará el inmueble exclusivamente para uso de casa habitación, para sí y su familia nuclear, conforme al Art. 2520 Código Civil Federal.
III. DECLARAN AMBAS PARTES:
- Que tienen la capacidad legal necesaria para obligarse conforme a derecho.
- Que conocen el contenido y alcances del presente instrumento y lo firman de manera libre, voluntaria y sin vicios del consentimiento.
- Que se someten a la jurisdicción y competencia de los tribunales del estado de Puebla, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles.
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO.
Por medio del presente contrato, “EL ARRENDADOR” da en arrendamiento a “EL ARRENDATARIO”, y éste acepta, el inmueble descrito en la Declaración I inciso b), el cual incluye los muebles y enseres que se detallan en el inventario que se anexa al presente contrato y forma parte integral del mismo. El arrendamiento se otorga para su uso exclusivo como casa habitación.
SEGUNDA. PLAZO.
El plazo del presente arrendamiento será de [DURACIÓN EN MESES O AÑOS, E.G., "UN AÑO"], iniciando el día (DÍA) de (MES) de (AÑO) y terminando el día (DÍA) de (MES) de (AÑO). Se estará a lo dispuesto por el Art. 2522 Código Civil Federal en materia de prórroga tácita.
TERCERA. RENTA Y FORMA DE PAGO.
“EL ARRENDATARIO” se obliga a pagar a “EL ARRENDADOR” una renta mensual de [MONTO EN NÚMEROS Y LETRA, E.G., "CINCO MIL PESOS 00/100 M.N."] ($(MONTO EN NÚMEROS).00 M.N.). El pago se realizará por mensualidades anticipadas, dentro de los primeros cinco (5) días naturales de cada mes, en la cuenta bancaria número (NÚMERO DE CUENTA) a nombre de (NOMBRE DEL TITULAR DE LA CUENTA), en el banco (NOMBRE DEL BANCO), Clabe Interbancaria (CLABE). El pago podrá acreditarse mediante transferencia electrónica o depósito, debiendo el arrendatario enviar el comprobante correspondiente al arrendador.
CUARTA. DEPÓSITO EN GARANTÍA.
“EL ARRENDATARIO” entregará a “EL ARRENDADOR” en el momento de la firma del presente contrato, la cantidad de (MONTO EN NÚMEROS Y LETRA) ($(MONTO EN NÚMEROS).00 M.N.) en concepto de depósito en garantía, el cual será restituido al término del contrato, descontando los daños, adeudos o reparaciones no atribuibles al desgaste normal por uso, siempre que “EL ARRENDATARIO” haya entregado el inmueble en las condiciones pactadas y no tenga adeudos de renta o servicios. Este depósito no devengará intereses a favor del arrendatario. Se aplica lo dispuesto en el Art. 2530 Código Civil Federal.
QUINTA. OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR.
- Entregar el inmueble en el estado de conservación pactado.
- Realizar las reparaciones necesarias para conservar el inmueble en condiciones de servir para el uso convenido, excepto las que sean consecuencia del uso normal por parte del arrendatario, conforme al Art. 2524 Código Civil Federal.
- No turbar al arrendatario en el uso pacífico del inmueble.
- Pagar los impuestos y contribuciones que graven la propiedad del inmueble.
SEXTA. OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO.
- Pagar la renta en los términos y plazos estipulados en la cláusula Tercera.
- Destinar el inmueble exclusivamente para casa habitación, no pudiendo subarrendarlo total o parcialmente, ni ceder sus derechos sin el consentimiento por escrito del arrendador, según el Art. 2520 Código Civil Federal.
- Responder de los deterioros que sufra el inmueble por su culpa o negligencia o por la de las personas que vivan con él o lo visiten.
- Realizar a su costa las reparaciones locativas o de uso que sean consecuencia del desgaste normal por el uso destinado.
- Permitir al arrendador o a sus representantes la inspección del inmueble, previo aviso con 24 horas de anticipación, en días y horas hábiles.
- Pagar puntualmente los servicios de agua, luz, gas, internet y cualquier otro servicio contratado a su nombre durante la vigencia del contrato.
- Al término del contrato, devolver el inmueble en el mismo estado en que lo recibió, salvo el deterioro natural por el uso.
SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA.
El presente contrato podrá terminarse anticipadamente por las causas previstas en el Art. 2527 Código Civil Federal, entre otras:
- Por falta de pago de la renta por más de dos meses consecutivos.
- Por destinar el inmueble a un uso distinto al pactado o subarrendarlo sin autorización.
- Por causar daños graves al inmueble de manera dolosa o por negligencia.
- Por necesidad urgente del arrendador o de sus familiares en primer grado, para habitarlo, debiendo notificar con 30 días naturales de anticipación y sin que exista adeudo por parte del arrendatario.
En caso de terminación por incumplimiento del arrendatario, el arrendador podrá exigir el pago de las rentas vencidas y las que se causen hasta que el inmueble sea restituido, sin perjuicio de la retención del depósito en garantía y la acción legal correspondiente.
OCTAVA. MORA.
En caso de que “EL ARRENDATARIO” se retrase en el pago de la renta por más de cinco días después de la fecha límite establecida en la cláusula Tercera, deberá pagar un recargo moratorio del [PORCENTAJE, E.G., "5"]% ((PORCENTAJE EN LETRA) por ciento) sobre el monto de la renta mensual vencida, por cada mes o fracción que se mantenga en mora. Este recargo se causará automáticamente sin necesidad de requerimiento alguno.
NOVENA. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.
Para todo lo relativo a la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente contrato, las partes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los tribunales civiles del estado de Puebla, renunciando a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles. Se aplicará la tesis jurisprudencial de la SCJN: “CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO. LA ESTIPULACIÓN DE PRÓRROGA TÁCITA ES VÁLIDA Y OBLIGA A LAS PARTES A PERMANECER EN LA RELACIÓN CONTRACTUAL, SIEMPRE QUE NO SE MANIFIESTE LA VOLUNTAD EN CONTRA DENTRO DEL PLAZO LEGAL” (Registro Digital: 2021558).
DÉCIMA. NOTIFICACIONES.
Toda notificación relacionada con el presente contrato deberá realizarse por escrito y se considerará válidamente hecha si se envía al domicilio que las partes señalan a continuación, o a cualquier otro que notifiquen por escrito con posterioridad:
ARRENDADOR: (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES DEL ARRENDADOR).
ARRENDATARIO: El domicilio del inmueble arrendado.
DÉCIMA PRIMERA. CESISIÓN.
Ninguna de las partes podrá ceder total o parcialmente sus derechos u obligaciones derivados de este contrato sin el consentimiento previo, expreso y por escrito de la otra parte.
DÉCIMA SEGUNDA. INTEGRIDAD DEL CONTRATO.
El presente instrumento, junto con sus anexos (inventario firmado), constituye el acuerdo total entre las partes y sustituye cualquier otro acuerdo o entendimiento previo, ya sea verbal o escrito. Cualquier modificación a este contrato deberá hacerse por escrito y firmarse por ambas partes.
DÉCIMA TERCERA. ACEPTACIÓN Y FIRMAS.
Leído que fue el presente contrato por ambas partes, manifestando que están conformes con su contenido y alcances, lo firman en dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de (CIUDAD, PUEBLA), a los (DÍA) días del mes de (MES) del año (AÑO).
_________________________________________
EL ARRENDADOR
(NOMBRE COMPLETO DEL ARRENDADOR)
_________________________________________
EL ARRENDATARIO
(NOMBRE COMPLETO DEL ARRENDATARIO)
TESTIGO
(NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 1)
TESTIGO
(NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 2)
ANEXO "A" - INVENTARIO DE MOBILIARIO Y ENSERES
[DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LOS MUEBLES, ELECTRODOMÉSTICOS Y ENSERES QUE SE ENTREGAN CON EL INMUEBLE, CON MARCA, MODELO Y ESTADO APARENTE].
Firmado en señal de conformidad:
_________________________________________
EL ARRENDADOR
_________________________________________
EL ARRENDATARIO
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Código Civil Federal (Título Décimo, Capítulo I: Del Arrendamiento de Cosas).
- Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla (Disposiciones supletorias en materia de procedimiento y notificaciones).
📋 Instrucciones de Llenado
- (NOMBRE COMPLETO DEL ARRENDADOR): Escriba el nombre completo, sin abreviaturas, tal como aparece en su identificación oficial (INE, pasaporte).
- (DOMICILIO COMPLETO DEL INMUEBLE...): Incluya calle, número exterior e interior, colonia, código postal, ciudad y estado (Puebla).
- (FOLIO REAL O DATO DE INSCRIPCIÓN): Anote el número de folio real o de inscripción en el Registro Público de la Propiedad. Si no lo tiene, puede omitirse, pero es altamente recomendable.
- (NÚMERO DE ESCRITURA) / (NÚMERO) / (CIUDAD, PUEBLA): Datos de la escritura pública de propiedad. Si el inmueble no está escriturado, puede anotar "No aplica" y basar la declaración en otro título de propiedad.
- (NOMBRE COMPLETO DEL ARRENDATARIO): Nombre completo del inquilino, tal como aparece en su identificación oficial.
- (DURACIÓN...) / (DÍA) / (MES) / (AÑO): Especifique el plazo (ej. "UN AÑO") y las fechas exactas de inicio y término.
- (MONTO EN NÚMEROS Y LETRA...): Escriba el monto de la renta mensual en letra y número (ej. "CINCO MIL PESOS 00/100 M.N. ($5,000.00 M.N.)").
- (NÚMERO DE CUENTA) / (NOMBRE DEL TITULAR...): Datos bancarios exactos para el pago de la renta.
- (MONTO EN NÚMEROS Y LETRA) (Depósito): Generalmente equivale a uno o dos meses de renta. Escríbalo en letra y número.
- (PORCENTAJE...): Inserte el porcentaje pactado por mora (no puede ser excesivo, se sugiere entre 3% y 10%).
- (CIUDAD, PUEBLA) / (DÍA) / (MES) / (AÑO): Lugar y fecha de firma del contrato.
- (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES...): Domicilio diferente al inmueble arrendado donde el arrendador pueda recibir notificaciones legales.
- (NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO X): Nombre completo de dos testigos mayores de edad. Es recomendable, aunque no siempre obligatorio.
- (DESCRIPCIÓN DETALLADA...) (Anexo): Liste cada mueble, electrodoméstico o enser entregado, describiendo su estado al momento de la firma. Ambos deben firmar este anexo.
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Sobre este documento: Contrato de Arrendamiento de Casa Habitación — Puebla
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