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V1Contrato de Arrendamiento de Casa Habitación — San Luis Potosí
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE CASA HABITACIÓN

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO que celebran, por una parte, el ARRENDADOR (NOMBRE COMPLETO DEL ARRENDADOR), mayor de edad, con domicilio en (DOMICILIO COMPLETO DEL ARRENDADOR), y por la otra, el ARRENDATARIO (NOMBRE COMPLETO DEL ARRENDATARIO), mayor de edad, con domicilio para oír y recibir notificaciones en el inmueble objeto del presente contrato, al tenor de las siguientes:

DECLARACIONES

I. Declara el ARRENDADOR:

  1. Que es propietario único y legítimo del inmueble ubicado en (DOMICILIO COMPLETO DEL INMUEBLE, CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, SAN LUIS POTOSÍ), inscrito en el Registro Público de la Propiedad bajo la partida electrónica número (NÚMERO DE FOLIO REAL O ELECTRÓNICO).
  2. Que el inmueble se encuentra libre de gravamen, embargo, pleito o litigio alguno y tiene la capacidad jurídica para celebrar el presente contrato.
  3. Que el inmueble cuenta con los servicios de agua potable, energía eléctrica y drenaje, mismos que se encuentran al corriente en sus pagos a la fecha de firma de este instrumento.

II. Declara el ARRENDATARIO:

  1. Que ha inspeccionado el inmueble, lo encuentra en buen estado y acepta tomarlo en arrendamiento en las condiciones actuales.
  2. Que se obliga a destinar el inmueble exclusivamente para uso de CASA HABITACIÓN, conforme al Art. 2398 Código Civil Federal.
  3. Que cuenta con la capacidad jurídica y los medios económicos para cumplir con las obligaciones derivadas de este contrato.

CLÁUSULAS

PRIMERA. OBJETO.

Por medio del presente contrato, el ARRENDADOR otorga en arrendamiento al ARRENDATARIO, quien lo acepta, el inmueble descrito en la Declaración I, inciso a), para su uso exclusivo como casa habitación.

SEGUNDA. PLAZO.

El plazo del presente arrendamiento será de (NÚMERO) (MESES/AÑOS), iniciando el día (DÍA) de (MES) de (AÑO) y terminando el día (DÍA) de (MES) de (AÑO). Se pacta expresamente que NO se renueva tácitamente, por lo que para su prórroga se requerirá un nuevo convenio por escrito.

TERCERA. RENTA Y DEPÓSITO EN GARANTÍA.

La renta mensual será de (CANTIDAD EN NÚMEROS Y LETRA, EJ. $10,000.00 (DIEZ MIL PESOS 00/100 M.N.)), pagadera por mes anticipado en los primeros cinco días de cada mes. El pago se realizará mediante depósito bancario a la cuenta (CLABE O NÚMERO DE CUENTA) a nombre de (NOMBRE DEL TITULAR DE LA CUENTA), o en el domicilio del ARRENDADOR, previo aviso.

El ARRENDATARIO entregará al ARRENDADOR, al firmar este contrato, la cantidad de (CANTIDAD EN NÚMEROS Y LETRA, EJ. $10,000.00 (DIEZ MIL PESOS 00/100 M.N.)) en concepto de depósito en garantía, el cual será restituido dentro de los 30 días siguientes a la terminación del contrato, previa entrega del inmueble en buen estado, salvo el deterioro natural por el uso, y el comprobante de la liquidación total de los servicios (agua, luz, gas). Este depósito no devengará intereses.

CUARTA. OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR.

  1. Entregar el inmueble en condiciones de ser habitado.
  2. Realizar las reparaciones mayores que sean necesarias en la estructura del inmueble (cimientos, muros, techos, instalaciones hidrosanitarias y eléctricas empotradas), conforme al Art. 2404 Código Civil Federal.
  3. No molestar al arrendatario en el uso pacífico del inmueble.
  4. Permitir al ARRENDATARIO el subarriendo total o parcial del inmueble, únicamente previa autorización por escrito del ARRENDADOR.

QUINTA. OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO.

  1. Pagar la renta puntualmente en la forma y términos pactados.
  2. Destinar el inmueble exclusivamente para casa habitación, absteniéndose de realizar actividades comerciales, industriales o que alteren la paz del vecindario.
  3. Conservar el inmueble en buen estado, realizando las reparaciones menores necesarias derivadas del uso ordinario, conforme al Art. 2404 Código Civil Federal.
  4. Pagar puntualmente los servicios de agua, luz, gas, internet y cualquier otro que contrate por su cuenta.
  5. No realizar modificaciones, obras o mejoras al inmueble sin el consentimiento previo y por escrito del ARRENDADOR. Las mejoras consentidas quedarán a beneficio del inmueble sin derecho a indemnización, salvo pacto en contrario, de acuerdo con el Art. 2406 Código Civil Federal.
  6. Permitir al ARRENDADOR o a sus representantes la inspección del inmueble, previo aviso con 48 horas de anticipación y en horario razonable.

SEXTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA.

El presente contrato podrá terminarse anticipadamente por las causas previstas en el Art. 2418 Código Civil Federal, entre otras:

  1. Por falta de pago de la renta por más de dos meses consecutivos.
  2. Por destinar el inmueble a un uso distinto al pactado o subarrendarlo sin autorización.
  3. Por causar daños graves al inmueble de manera intencional o por negligencia.
  4. Por necesidad urgente del ARRENDADOR o de su familia para habitar la casa, siempre que medie aviso por escrito con 30 días de anticipación, sin que esto exima al ARRENDATARIO del pago de la renta correspondiente al periodo de aviso.

En caso de terminación por incumplimiento del ARRENDATARIO, el ARRENDADOR podrá exigir el pago de las rentas vencidas y las correspondientes al resto del plazo pactado, sin perjuicio de iniciar el juicio de desahucio correspondiente.

SÉPTIMA. MORA.

El pago de la renta fuera del plazo establecido en la cláusula TERCERA generará intereses moratorios a la tasa máxima ordinaria fijada por el Banco de México vigente al momento del incumplimiento, sin que sea necesario requerir de pago.

OCTAVA. AVISO DE RESCISIÓN Y ENTREGA DEL INMUEBLE.

Al término del plazo pactado, el ARRENDATARIO deberá desalojar y entregar el inmueble libre de ocupantes y en buen estado. Si no lo hace, se constituirá en mora y deberá pagar una renta diaria equivalente al 200% (doscientos por ciento) de la renta mensual pactada, dividida entre 30 días, por cada día que se retrase en la entrega, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan. Esta pena convencional es independiente del pago de daños y perjuicios.

NOVENA. NOTIFICACIONES.

Toda notificación relacionada con este contrato se hará por escrito y se considerará válida si se entrega personalmente o se envía por correo certificado con acuse de recibo al domicilio señalado por cada parte. El ARRENDATARIO se obliga a notificar cualquier cambio de domicilio para oír notificaciones.

DÉCIMA. JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE.

Para todo lo relativo a la interpretación, cumplimiento y efectos de este contrato, las partes se someten a las leyes aplicables en el Estado de San Luis Potosí y a la jurisdicción de los Tribunales del mismo Estado, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles. Se aplica supletoriamente el Código Civil Federal.

DÉCIMA PRIMERA. ENAJENACIÓN DEL INMUEBLE.

En caso de que el ARRENDADOR enajene el inmueble arrendado, el ARRENDATARIO gozará del derecho de tanto, en los términos del Art. 2413 Código Civil Federal, y el adquirente quedará subrogado en los derechos y obligaciones del arrendador derivados de este contrato, el cual continuará vigente para el resto de su plazo.

DÉCIMA SEGUNDA. ACEPTACIÓN Y FIRMAS.

Leído que fue el presente contrato por las partes, lo firman de conformidad por duplicado, en la ciudad de (CIUDAD DE FIRMA), San Luis Potosí, a los (DÍA) días del mes de (MES) de (AÑO).




EL ARRENDADOR

_________________________________________

(NOMBRE COMPLETO DEL ARRENDADOR)

RFC: (RFC DEL ARRENDADOR)



EL ARRENDATARIO

_________________________________________

(NOMBRE COMPLETO DEL ARRENDATARIO)

RFC: (RFC DEL ARRENDATARIO)



TESTIGOS

_________________________________________

(NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 1)

_________________________________________

(NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 2)

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⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NOMBRE COMPLETO DEL ARRENDADOR/ARRENDATARIO): Escribir nombre(s), apellido paterno y apellido materno, tal como aparecen en la identificación oficial (INE, pasaporte).
  2. (DOMICILIO COMPLETO...): Incluir calle, número exterior e interior, colonia, código postal, ciudad y estado.
  3. (NÚMERO DE FOLIO REAL O ELECTRÓNICO): Anotar el folio real o electrónico de la propiedad según el Registro Público de la Propiedad. Si no se tiene, puede dejarse en blanco o poner "No inscrito".
  4. (NÚMERO) (MESES/AÑOS): Especificar la duración del contrato en números y la unidad de tiempo (ej., "12 MESES").
  5. (DÍA) (MES) (AÑO): Indicar las fechas de inicio y término del contrato con números y letra (ej., "01 de enero de 2026").
  6. (CANTIDAD EN NÚMEROS Y LETRA...): Escribir el monto de la renta y del depósito en número y entre paréntesis, con letra mayúscula (ej., $10,000.00 (DIEZ MIL PESOS 00/100 M.N.)).
  7. (CLABE O NÚMERO DE CUENTA) / (NOMBRE DEL TITULAR): Proporcionar los 18 dígitos de la CLABE interbancaria o el número de cuenta, y el nombre exacto del titular de la cuenta donde se recibirán los pagos.
  8. (CIUDAD DE FIRMA): Ciudad dentro del Estado de San Luis Potosí donde se firma físicamente el contrato.
  9. (RFC...): Registrar la Clave del Registro Federal de Contribuyentes de ambas partes. Es un dato importante para efectos fiscales.

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Red Nacional de Abogados

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Sobre este documento: Contrato de Arrendamiento de Casa Habitación — San Luis Potosí

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