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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE CASA HABITACIÓN
CELEBRADO DE CONFORMIDAD CON EL CÓDIGO CIVIL FEDERAL Y EL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE SONORA
En la ciudad de (CIUDAD, SONORA), a los (DÍA) días del mes de (MES) del año (AÑO), comparecen:
POR UNA PARTE: (NOMBRE COMPLETO DEL ARRENDADOR), mayor de edad, con domicilio en (DOMICILIO COMPLETO DEL ARRENDADOR), portador de la credencial para votar con fotografía número (NÚMERO DE INE/IFE), expedida por el Instituto Nacional Electoral, a quien en lo sucesivo se le denominará “EL ARRENDADOR”; y
POR LA OTRA PARTE: (NOMBRE COMPLETO DEL ARRENDATARIO), mayor de edad, con domicilio en (DOMICILIO COMPLETO DEL ARRENDATARIO), portador de la credencial para votar con fotografía número (NÚMERO DE INE/IFE), expedida por el Instituto Nacional Electoral, a quien en lo sucesivo se le denominará “EL ARRENDATARIO”.
Ambas partes, en lo sucesivo “LAS PARTES”, se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para obligarse en los términos del presente instrumento, el cual se sujeta a las siguientes:
DECLARACIONES
- Declara “EL ARRENDADOR” ser propietario legítimo del inmueble objeto del presente contrato, ubicado en (DOMICILIO COMPLETO DEL INMUEBLE, COLONIA, C.P., CIUDAD, SONORA), mismo que se describe en el CLÁUSULA PRIMERA de este contrato. A petición de “EL ARRENDATARIO”, exhibe copia del título de propiedad (escritura pública número (NÚMERO DE ESCRITURA), otorgada ante la fe del Notario Público número (NÚMERO) de (CIUDAD, SONORA), con fecha (FECHA DE ESCRITURA)) y/o del predial vigente.
- Declara “EL ARRENDATARIO” que ha inspeccionado el inmueble, lo encuentra en buen estado para su uso como casa habitación y acepta tomarlo en arrendamiento en las condiciones actuales.
- Declaran “LAS PARTES” que el presente contrato se celebra de buena fe, con el propósito de establecer los derechos y obligaciones derivados del arrendamiento, conforme a lo dispuesto por el Art. 2398 Código Civil Federal y el Art. 2403 Código Civil Federal.
En virtud de lo anterior, “LAS PARTES” convienen en celebrar el presente:
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
Al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
CLÁUSULA PRIMERA. OBJETO.
“EL ARRENDADOR” da en arrendamiento a “EL ARRENDATARIO”, quien lo toma para sí, el inmueble identificado como: [DESCRIPCIÓN DETALLADA DEL INMUEBLE: NÚMERO DE HABITACIONES, BAÑOS, NIVELES, SUPERFICIE APROXIMADA, ESPACIOS CON LOS QUE CUENTA (COCINA, ESTACIONAMIENTO, PATIO, ETC.)], ubicado en (DOMICILIO COMPLETO DEL INMUEBLE). El inmueble se destinará exclusivamente para uso como CASA HABITACIÓN, quedando prohibido su uso para fines comerciales, industriales o cualquier otro distinto sin el consentimiento previo y por escrito de “EL ARRENDADOR”.
CLÁUSULA SEGUNDA. PLAZO.
El plazo del presente arrendamiento será de (NÚMERO) (MESES/AÑOS), iniciando el día (DÍA DE INICIO) de (MES DE INICIO) de (AÑO DE INICIO) y terminando el día (DÍA DE TÉRMINO) de (MES DE TÉRMINO) de (AÑO DE TÉRMINO). Este contrato no se prorrogará automáticamente. Para su renovación, se requerirá un nuevo acuerdo por escrito entre “LAS PARTES”.
CLÁUSULA TERCERA. RENTA Y FORMA DE PAGO.
La renta mensual convenida es de (MONTO EN NÚMERO) pesos ($(MONTO) M.N.). El pago se realizará por mensualidades anticipadas, dentro de los primeros (NÚMERO, EJ. 5) días naturales de cada mes, en la cuenta bancaria que “EL ARRENDADOR” designe o en el domicilio señalado en este contrato. Los pagos posteriores a la fecha señalada generarán el pago de recargos conforme a la CLÁUSULA OCTAVA.
El pago de la renta deberá acreditarse con el comprobante correspondiente (transferencia, recibo oficial, etc.). “EL ARRENDADOR” se obliga a entregar recibos de pago por cada mensualidad.
CLÁUSULA CUARTA. DEPÓSITO EN GARANTÍA.
“EL ARRENDATARIO” entregará a “EL ARRENDADOR”, al firmar este contrato, la cantidad de (MONTO EN NÚMERO) pesos ($(MONTO) M.N.) en concepto de depósito en garantía, el cual será restituido dentro de los 30 días siguientes a la terminación del contrato y a la entrega material del inmueble en buen estado, salvo menoscabo por el uso ordinario, deduciendo en su caso el importe de los daños, adeudos de renta, servicios o cualquier otro concepto a cargo del arrendatario, conforme al Art. 2433 Código Civil Federal. Este depósito no devengará intereses.
CLÁUSULA QUINTA. MANTENIMIENTO Y REPARACIONES.
- Obligaciones del Arrendador: Corresponde a “EL ARRENDADOR” realizar, a su costa, las reparaciones necesarias para conservar el inmueble en condiciones de servir para el uso convenido, conforme al Art. 2444 Código Civil Federal. En particular, las reparaciones locativas o mayores que afecten la estructura, instalaciones hidrosanitarias, eléctricas o de gas.
- Obligaciones del Arrendatario: Corresponde a “EL ARRENDATARIO” realizar, a su costa, las reparaciones menores derivadas del uso diario y el menoscabo por el uso ordinario del inmueble, así como mantenerlo limpio y en buen estado. Se obliga a notificar por escrito de inmediato cualquier desperfecto o necesidad de reparación mayor.
CLÁUSULA SEXTA. SERVICIOS PÚBLICOS E IMPUESTOS.
“EL ARRENDATARIO” se obliga a contratar, pagar y mantener al corriente el pago de todos los servicios públicos que se generen durante la vigencia del contrato (agua, energía eléctrica, gas, internet, etc.), así como el impuesto predial y cualquier otro gravamen o contribución que recaiga sobre el inmueble durante el periodo arrendado. Al inicio del contrato, “LAS PARTES” levantarán un inventario y dictamen conjunto de los medidores de servicios.
CLÁUSULA SÉPTIMA. PROHIBICIONES DEL ARRENDATARIO.
“EL ARRENDATARIO” se obliga a:
- No ceder, subarrendar o traspasar total o parcialmente el inmueble, ni constituir sobre él derechos reales, sin autorización por escrito de “EL ARRENDADOR”, so pena de dar por terminado el contrato sin responsabilidad para el arrendador, conforme al Art. 2449 Código Civil Federal.
- No realizar modificaciones, obras o mejoras permanentes al inmueble sin el consentimiento previo y por escrito de “EL ARRENDADOR”. Las mejoras consentidas se regirán por lo dispuesto en el Art. 2452 Código Civil Federal.
- No usar el inmueble para actividades ilícitas o que alteren la paz y tranquilidad del vecindario.
- Permitir al arrendador o a sus representantes la inspección del inmueble, previo aviso con 48 horas de anticipación, excepto en caso de emergencia.
CLÁUSULA OCTAVA. MORA Y RECARGOS.
En caso de que “EL ARRENDATARIO” no pague la renta en la fecha estipulada en la CLÁUSULA TERCERA, incurrirá en mora automáticamente y deberá pagar, además de la renta adeudada, un recargo del (PORCENTAJE, EJ. 10)% mensual sobre el monto atrasado, calculado por los días transcurridos, sin que ello implique prórroga para el pago. La mora en el pago de la renta por más de 15 días consecutivos facultará a “EL ARRENDADOR” para dar por terminado el contrato, sin perjuicio de la acción ejecutiva para el cobro de lo adeudado.
CLÁUSULA NOVENA. TERMINACIÓN ANTICIPADA.
El presente contrato podrá terminarse anticipadamente por:
- Mutuo consentimiento por escrito.
- Incumplimiento imputable a alguna de “LAS PARTES” de las obligaciones esenciales derivadas de este contrato, conforme a lo establecido en el Art. 2448 Código Civil Federal y siguientes.
- La necesidad del inmueble para uso personal, directo y necesario del arrendador o de sus parientes en línea recta ascendente o descendente, o cónyuge, siempre que se notifique por escrito al arrendatario con 60 días de anticipación, de acuerdo con el Art. 2450 Código Civil Federal y la jurisprudencia de la SCJN (Tesis: 2a. XXVII/2016 (10a.)).
CLÁUSULA DÉCIMA. ENTREGA DEL INMUEBLE.
A la terminación del contrato, por cualquier causa, “EL ARRENDATARIO” se obliga a devolver el inmueble en el estado en que lo recibió, salvo el deterioro natural por el uso, libre de ocupantes y de cualquier gravamen. La entrega se hará contra la devolución del depósito en garantía, una vez descontados los adeudos correspondientes. Si “EL ARRENDATARIO” no desocupa, se constituirá en mora y será responsable de pagar una indemnización por daños y perjuicios equivalente al (PORCENTAJE, EJ. 150)% de la renta mensual por cada día de retraso, sin perjuicio de las acciones legales de desahucio.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.
Para todo lo relativo a la interpretación, cumplimiento y efectos del presente contrato, “LAS PARTES” se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los tribunales del Estado de Sonora, renunciando a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles. Este contrato se rige por las disposiciones del Código Civil Federal, el Código Civil para el Estado de Sonora y demás legislación aplicable.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA. DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES.
Para todos los efectos legales y notificaciones derivadas de este contrato, “LAS PARTES” señalan como sus domicilios los consignados en el encabezado. Cualquier cambio de domicilio deberá notificarse por escrito a la otra parte. Las notificaciones por correo certificado con acuse de recibo se tendrán por válidas.
Leído que fue el presente contrato por “LAS PARTES”, manifestando que están conformes con su contenido y alcance legal, lo firman por duplicado, en el lugar y fecha indicados al inicio.
EL ARRENDADOR
_________________________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL ARRENDADOR)
EL ARRENDATARIO
_________________________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL ARRENDATARIO)
TESTIGOS (Opcional, pero recomendado)
TESTIGO 1
_________________________________________
Nombre: (NOMBRE COMPLETO TESTIGO 1)
INE/IFE: (NÚMERO DE CREDENCIAL)
TESTIGO 2
_________________________________________
Nombre: (NOMBRE COMPLETO TESTIGO 2)
INE/IFE: (NÚMERO DE CREDENCIAL)
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Código Civil Federal (Principalmente Libro Cuarto, Título Quinto: Del Arrendamiento).
- Código Civil para el Estado de Sonora (Disposiciones supletorias y de competencia).
- Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sonora.
- Ley Federal de Protección al Consumidor (en aspectos aplicables a cláusulas de adhesión).
📋 Instrucciones de Llenado
- (CIUDAD, SONORA): Escriba el nombre de la ciudad donde se firma el contrato, ej. "Hermosillo, Sonora".
- (DÍA), (MES), (AÑO): Fecha de firma del contrato en números y letras.
- (NOMBRE COMPLETO DEL ARRENDADOR/ARRENDATARIO): Nombre(s), apellido paterno y apellido materno, tal como aparece en la identificación oficial.
- (DOMICILIO COMPLETO...): Calle, número exterior e interior, colonia, código postal, ciudad y estado.
- (NÚMERO DE INE/IFE): Clave de la Credencial para Votar. Se puede usar pasaporte o cédula profesional.
- (DOMICILIO COMPLETO DEL INMUEBLE...): Dirección exacta de la propiedad arrendada.
- (NÚMERO DE ESCRITURA), (NÚMERO) de (CIUDAD, SONORA), (FECHA DE ESCRITURA): Datos del título de propiedad. Si no se tiene a la mano, puede omitirse pero es altamente recomendable.
- (DESCRIPCIÓN DETALLADA DEL INMUEBLE): Describa la casa: ej. "Casa de 2 niveles, 3 habitaciones, 2 baños completos, cocina integral, sala, comedor, estacionamiento para 2 autos y patio trasero".
- (NÚMERO) (MESES/AÑOS): Duración del contrato. Ej. "12 (doce) meses".
- (DÍA DE INICIO)... (AÑO DE TÉRMINO): Fechas de inicio y fin del plazo contractual.
- (MONTO EN NÚMERO) y $(MONTO): Renta mensual y depósito en garantía. Escriba el número en letras y entre paréntesis en cifra. Ej. "2,500 (dos mil quinientos) pesos ($2,500.00 M.N.)".
- (NÚMERO, EJ. 5): Días de gracia para pagar la renta cada mes.
- (PORCENTAJE, EJ. 10)% y (PORCENTAJE, EJ. 150)%: Porcentaje de recargo por renta morosa y porcentaje de indemnización por día de retraso en la entrega del inmueble.
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Sobre este documento: Contrato de Arrendamiento de Casa Habitación — Sonora
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