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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
CONTRATO DE COMPRAVENTA DE VEHÍCULO
QUE CELEBRAN POR UNA PARTE (NOMBRE COMPLETO DEL VENDEDOR), A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL VENDEDOR”; Y POR LA OTRA PARTE (NOMBRE COMPLETO DEL COMPRADOR), A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL COMPRADOR”; AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DECLARACIONES
DECLARA “EL VENDEDOR”:
- Que es una persona (FÍSICA/MORAL) de nacionalidad mexicana, mayor de edad, con domicilio ubicado en (DOMICILIO COMPLETO DEL VENDEDOR, DURANGO), y que se identifica con (CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN EN CASO DE PERSONA FÍSICA O REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES).
- Que es el legítimo y único propietario del vehículo objeto del presente contrato, libre de todo gravamen, embargo, pleito o litigio, y con facultades plenas para enajenarlo, conforme a lo establecido en el Art. 2248 Código Civil Federal.
- Que el vehículo se encuentra en óptimas condiciones mecánicas, eléctricas y de carrocería, sin vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el Art. 2105 Código Civil Federal.
DECLARA “EL COMPRADOR”:
- Que es una persona (FÍSICA/MORAL) de nacionalidad mexicana, mayor de edad, con domicilio ubicado en (DOMICILIO COMPLETO DEL COMPRADOR, DURANGO), y que se identifica con (CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN EN CASO DE PERSONA FÍSICA O REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES).
- Que cuenta con la capacidad jurídica y los recursos económicos necesarios para celebrar el presente contrato y adquirir el vehículo.
- Que ha inspeccionado el vehículo a su entera satisfacción, reconociendo su estado actual y aceptándolo en los términos que se estipulan en este instrumento.
Las partes, en lo sucesivo conjuntamente denominadas como “LAS PARTES” y de manera individual como “LA PARTE”, se reconocen mutuamente la capacidad legal con que actúan para obligarse en los términos del presente contrato, el cual se sujeta a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El objeto del presente contrato es la transmisión de la propiedad del siguiente vehículo, el cual se describe con toda precisión:
- Marca: (MARCA DEL VEHÍCULO)
- Modelo: (MODELO/AÑO)
- Tipo: (TIPO DE VEHÍCULO, EJ. SEDÁN, CAMIONETA, ETC.)
- Número de Serie (VIN): (NÚMERO DE SERIE O VIN)
- Número de Motor: (NÚMERO DE MOTOR)
- Número de Placas: (NÚMERO DE PLACAS DE CIRCULACIÓN VIGENTES)
- Tarjeta de Circulación: Número (NÚMERO DE TARJETA DE CIRCULACIÓN), expedida en (ENTIDAD FEDERATIVA DE EXPEDICIÓN).
- Factura Original o Título de Propiedad: (ESPECIFICAR DOCUMENTO ORIGINAL CON EL QUE SE ACREDITA LA PROPIEDAD, E INDICAR NÚMERO Y FECHA).
- Color: (COLOR PRINCIPAL)
- Kilometraje al momento de la venta: (KILÓMETROS) km.
El Vendedor garantiza que la descripción anterior es veraz y corresponde fielmente al vehículo materia de esta compraventa.
SEGUNDA. PRECIO Y FORMA DE PAGO. Las Partes convienen en que el precio total de la compraventa del vehículo descrito en la Cláusula Primera es la cantidad de (PRECIO EN NÚMERO) ((PRECIO EN LETRA) pesos 00/100 M.N.), el cual incluye el vehículo en las condiciones descritas. El Comprador se obliga a pagar dicho precio de la siguiente forma: [DESCRIBIR FORMA DE PAGO, EJ. "EN UNA EXHIBICIÓN AL MOMENTO DE LA FIRMA DE ESTE CONTRATO Y LA ENTREGA DEL VEHÍCULO"]. El pago se realizará en el domicilio del Vendedor señalado en las Declaraciones.
TERCERA. OBLIGACIONES Y ENTREGA. El Vendedor se obliga a entregar el vehículo al Comprador en el domicilio del Vendedor, el día (FECHA DE ENTREGA), junto con toda la documentación original descrita en la Cláusula Primera, así como las llaves y accesorios que le corresponden. La entrega material del vehículo y de los documentos, junto con el pago total del precio, constituirá la perfección de la tradición, conforme al Art. 2023 Código Civil Federal y el Art. 2249 Código Civil Federal.
CUARTA. TRANSMISIÓN DE PROPIEDAD Y GASTOS. La propiedad del vehículo se transmitirá al Comprador desde el momento de la entrega material y del pago íntegro del precio. El Comprador asume, a partir de ese momento, todos los riesgos y beneficios sobre el vehículo. Todos los gastos derivados de la transferencia de propiedad, incluyendo pero no limitándose a los trámites ante el Registro Público Vehicular del Estado de Durango y el pago de derechos, serán por cuenta y cargo exclusivo del Comprador. El Vendedor se obliga a cooperar y firmar los documentos necesarios para realizar dichos trámites.
QUINTA. GARANTÍA POR VICIOS OCULTOS. El Vendedor garantiza que el vehículo se encuentra libre de vicios ocultos que lo hagan impropio para los usos a que se destina, o que disminuyan su valor de tal manera que, de haberlos conocido el Comprador, no lo hubiera adquirido o hubiera dado menos precio por él, de acuerdo con lo establecido en los artículos 2105, 2106 y 2110 del Código Civil Federal. Esta garantía tendrá una vigencia de (EJ. 30 (TREINTA)) días naturales contados a partir de la entrega del vehículo. En caso de que se presente un vicio oculto, el Comprador podrá optar entre la rescisión del contrato o una reducción proporcional del precio, conforme a la tesis jurisprudencial 1a./J. 33/2011 (10a.) de la SCJN: "COMPRAVENTA. EL ARTÍCULO 2110 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, AL ESTABLECER LA OPCIÓN ENTRE LA RESCISIÓN DEL CONTRATO O LA REDUCCIÓN DEL PRECIO, NO VIOLA EL PRINCIPLE DE PROPORCIONALIDAD".
SEXTA. GARANTÍA DE PACÍFICO GOCE Y EVICCIÓN. El Vendedor garantiza al Comprador el pacífico goce del vehículo y responde de la evicción en los términos de los artículos 2128 al 2141 del Código Civil Federal. En caso de que un tercero prive al Comprador, total o parcialmente, de la propiedad del vehículo en virtud de un derecho anterior a la compra, el Vendedor estará obligado a responder de los daños y perjuicios, conforme a la tesis jurisprudencial 1a. CXXVII/2007 de la SCJN: "EVICCIÓN. LA GARANTÍA QUE DE ELLA SE DERIVA COMPRENDE LA OBLIGACIÓN DE RESARCIR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS AL ADQUIRENTE, INCLUIDOS LOS GASTOS DEL CONTRATO Y LOS DE OTRO CONCEPTO, SIEMPRE QUE SEAN CONSECUENCIA NECESARIA DE LA PRIVACIÓN DEL BIEN".
SÉPTIMA. RESPONSABILIDADES POSTERIORES A LA ENTREGA. A partir del momento de la entrega material del vehículo y del pago total del precio, el Comprador asume toda responsabilidad civil, penal y administrativa derivada del uso, manejo, custodia, circulación y tenencia del vehículo, incluyendo el pago de impuestos, multas, tenencias, verificaciones y cualquier otro gravamen que se genere. El Vendedor queda liberado de cualquier responsabilidad por los actos u omisiones del Comprador.
OCTAVA. NOTIFICACIONES. Todas las notificaciones que se deriven del presente contrato deberán hacerse por escrito y serán válidas si se envían a los domicilios señalados por las Partes en las Declaraciones de este contrato, o a cualquier otro que designen por escrito con posterioridad.
NOVENA. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA. Para cualquier controversia que surja con motivo de la interpretación, cumplimiento o ejecución del presente contrato, las Partes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales del Estado de Durango, renunciando a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles, de conformidad con el Art. 25 Código Civil Federal y el principio de autonomía de la voluntad reconocido en el Art. 1795 Código Civil Federal.
DÉCIMA. ACEPTACIÓN INTEGRAL. Las Partes reconocen haber leído, entendido y aceptado en su totalidad el contenido del presente contrato, el cual constituye el acuerdo completo entre ellas, dejando sin efecto cualquier otro pacto, acuerdo o promesa anterior, verbal o escrito.
En señal de conformidad, las Partes firman el presente contrato por duplicado, en la ciudad de (CIUDAD DE FIRMA, DURANGO), a los (DÍA) días del mes de (MES) del año (AÑO).
EL VENDEDOR
(NOMBRE COMPLETO DEL VENDEDOR)
(FIRMA)
(ACLARACIÓN DE FIRMA)
(CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN O REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES)
EL COMPRADOR
(NOMBRE COMPLETO DEL COMPRADOR)
(FIRMA)
(ACLARACIÓN DE FIRMA)
(CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN O REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES)
TESTIGOS (OPCIONAL, PERO RECOMENDADO)
TESTIGO 1
(NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 1)
(FIRMA)
(ACLARACIÓN DE FIRMA)
(CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN)
TESTIGO 2
(NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 2)
(FIRMA)
(ACLARACIÓN DE FIRMA)
(CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN)
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Código Civil Federal
- Reglamento de Tránsito del Estado de Durango.
- Ley del Registro Público Vehicular del Estado de Durango.
📋 Instrucciones de Llenado
- (NOMBRE COMPLETO DEL VENDEDOR/COMPRADOR): Escribir nombre(s), apellido paterno y apellido materno, tal como aparecen en la identificación oficial (INE/IFE, pasaporte). Para personas morales, el nombre completo de la sociedad.
- (DOMICILIO COMPLETO...): Incluir calle, número exterior e interior, colonia, código postal, ciudad o municipio y estado (Durango).
- (CLAVE ÚNICA DE REGISTRO...): Para personas físicas, la CURP. Para personas morales, el RFC con homoclave.
- (FÍSICA/MORAL): Seleccionar y tachar la opción que no corresponda.
- (MARCA DEL VEHÍCULO)... (NÚMERO DE SERIE O VIN): Transcribir TODOS los datos EXACTAMENTE como aparecen en la Tarjeta de Circulación y Factura original. Verificar que coincidan en ambos documentos y con el vehículo físico.
- (PRECIO EN NÚMERO) ((PRECIO EN LETRA)): Ejemplo: $150,000.00 (Ciento cincuenta mil pesos 00/100 M.N.).
- (DESCRIBIR FORMA DE PAGO): Especificar si es en efectivo, transferencia, cheque, etc., y el número de exhibiciones (ej. "En una sola exhibición mediante transferencia electrónica al número de cuenta (XXX)").
- (FECHA DE ENTREGA): Indicar el día, mes y año en que se hará la entrega física del auto y documentos.
- (EJ. 30 (TREINTA)): Definir el plazo de la garantía por vicios ocultos. Se recomienda un plazo razonable (15 a 90 días).
- (CIUDAD DE FIRMA, DURANGO): Ciudad dentro del Estado de Durango donde se firma el contrato.
- (DÍA) (MES) (AÑO): Fecha de firma del contrato.
- (FIRMA) y (ACLARACIÓN DE FIRMA): Firmar y escribir el nombre completo al calce para aclarar la rúbrica.
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