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V1Contrato de Confidencialidad (NDA) — Campeche
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

CONTRATO DE CONFIDENCIALIDAD (ACUERDO DE NO DIVULGACIÓN)

Ciudad de (CIUDAD, MUNICIPIO), Estado de Campeche, México, a los (DÍA) días del mes de (MES) del año (AÑO).

I. DECLARACIONES

A) Por una parte, (NOMBRE O RAZÓN SOCIAL COMPLETO DE LA PARTE REVELADORA), representada en este acto por (NOMBRE COMPLETO DEL REPRESENTANTE LEGAL), en su carácter de (CARGO O ATRIBUCIONES DEL REPRESENTANTE, EJ. APODERADO LEGAL), debidamente facultado para obligar a dicha parte, según consta en el instrumento público número (NÚMERO), de fecha (FECHA), otorgado ante la fe del Notario Público número (NÚMERO) de (CIUDAD, ESTADO), inscrito en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de Campeche bajo folio mercantil electrónico (FOLIO ELECTRÓNICO), a quien en lo sucesivo se le denominará “LA PARTE REVELADORA”; y

B) Por la otra parte, (NOMBRE O RAZÓN SOCIAL COMPLETO DE LA PARTE RECEPTORA), representada en este acto por (NOMBRE COMPLETO DEL REPRESENTANTE LEGAL), en su carácter de (CARGO O ATRIBUCIONES DEL REPRESENTANTE), debidamente facultado para obligar a dicha parte, según consta en el instrumento público número (NÚMERO), de fecha (FECHA), otorgado ante la fe del Notario Público número (NÚMERO) de (CIUDAD, ESTADO), inscrito en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de Campeche bajo folio mercantil electrónico (FOLIO ELECTRÓNICO), a quien en lo sucesivo se le denominará “LA PARTE RECEPTORA”.

Ambas partes se reconocen mutuamente la personalidad y capacidad con que en este acto intervienen y, al efecto,

II. EXPONEN

  1. Que tienen interés en evaluar una posible relación comercial, de colaboración, inversión o cualquier otro fin lícito relacionado con (DESCRIBIR BREVEMENTE EL OBJETO DE LA NEGOCIACIÓN, EJ. “EL DESARROLLO DE UN SOFTWARE ESPECIALIZADO”).
  2. Que para tal fin, LA PARTE REVELADORA posee y/o pondrá a disposición de LA PARTE RECEPTORA cierta información confidencial y de propiedad exclusiva de LA PARTE REVELADORA.
  3. Que es voluntad de las partes proteger dicha información mediante la celebración del presente contrato, el cual se regirá por lo aquí estipulado y, en lo no previsto, por las disposiciones del Código Civil Federal y demás legislación aplicable.

III. CLÁUSULAS

PRIMERA. DEFINICIÓN DE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL.

Para los efectos del presente contrato, se entenderá por “Información Confidencial” cualquier dato, conocimiento, técnica o información, en cualquier forma tangible o intangible, que sea revelada por LA PARTE REVELADORA a LA PARTE RECEPTORA, incluyendo pero no limitado a: secretos industriales, fórmulas, patentes, modelos de utilidad, diseños, planos, software, listas de clientes y proveedores, estrategias comerciales, información financiera, proyectos de investigación y desarrollo, y cualquier otro material marcado como “Confidencial” o que, por su naturaleza y el contexto de su divulgación, una persona razonable entendería como confidencial. Queda excluida de esta definición la información que:

  1. Sea del dominio público al momento de la revelación o con posterioridad a ella, por causas no imputables a LA PARTE RECEPTORA.
  2. Haya sido desarrollada independientemente por LA PARTE RECEPTORA sin uso de la Información Confidencial, según conste en registros fehacientes.
  3. Sea recibida lícitamente por LA PARTE RECEPTORA de un tercero sin obligación de confidencialidad.
  4. Sea requerida por mandato judicial o administrativo competente, en cuyo caso LA PARTE RECEPTORA notificará de inmediato a LA PARTE REVELADORA para que ésta pueda oponer los medios legales a su alcance, conforme al Art. 1 Ley de Amparo.

SEGUNDA. OBLIGACIONES DE LA PARTE RECEPTORA.

LA PARTE RECEPTORA se obliga a:

  1. Mantener la estricta confidencialidad de la Información Confidencial y tratarla con al menos el mismo grado de cuidado con que protege su propia información confidencial.
  2. Utilizar la Información Confidencial únicamente para los fines establecidos en las DECLARACIONES del presente contrato (el “Propósito Autorizado”).
  3. No reproducir, divulgar, comunicar, publicar o poner a disposición de terceros, total o parcialmente, la Información Confidencial, sin el consentimiento previo y por escrito de LA PARTE REVELADORA.
  4. Limitar el acceso a la Información Confidencial únicamente a aquellos empleados, directivos, asesores o contratistas (los “Representantes”) que necesiten conocerla para el Propósito Autorizado y que hayan suscrito acuerdos de confidencialidad con LA PARTE RECEPTORA que sean al menos tan restrictivos como este. LA PARTE RECEPTORA será responsable solidariamente de cualquier incumplimiento de sus Representantes.
  5. Devolver o destruir toda la Información Confidencial en formato tangible, incluyendo copias y notas derivadas de ella, a solicitud de LA PARTE REVELADORA o al término de la relación entre las partes para el Propósito Autorizado.

TERCERA. PROPIEDAD INTELECTUAL.

Queda expresamente establecido que la revelación de Información Confidencial bajo este contrato no constituye, ni será interpretada como, una licencia, cesión, autorización o transferencia expresa o implícita de cualquier derecho de propiedad intelectual, industrial o de cualquier otro título que posea LA PARTE REVELADora sobre dicha información. Todos los derechos, títulos e intereses sobre la Información Confidencial permanecerán siendo propiedad exclusiva de LA PARTE REVELADORA.

CUARTA. DURACIÓN.

Las obligaciones de confidencialidad establecidas en el presente contrato tendrán una vigencia de (NÚMERO, EJ. CINCO (5)) años, contados a partir de la fecha de firma del mismo, independientemente de que las negociaciones o la relación entre las partes continúen o se den por terminadas. Esta obligación de confidencialidad sobrevive a la terminación del presente contrato.

QUINTA. CLAÚSULA PENAL.

En caso de incumplimiento injustificado por parte de LA PARTE RECEPTORA o de sus Representantes a cualquiera de las obligaciones asumidas en este contrato, ésta pagará a LA PARTE REVELADORA, a título de pena convencional y por el solo hecho del incumplimiento, la cantidad de (MONTO EN PESOS MEXICANOS $ Y/0 PORCENTAJE), sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios mayores que se llegaren a demostrar, conforme a lo establecido en el Art. 1846 Código Civil Federal. Las partes reconocen que esta pena convencional no es desproporcionada dado el alto valor e intangibilidad de la Información Confidencial. El pago de esta cláusula penal no exime a LA PARTE RECEPTORA del cumplimiento de sus obligaciones principales.

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SEXTA. INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS.

Además del pago de la cláusula penal, LA PARTE RECEPTORA será responsable y se obliga a indemnizar integralmente a LA PARTE REVELADORA por todos los daños y perjuicios, directos e indirectos, lucro cesante, costos, gastos (incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales) que se deriven del incumplimiento de este contrato, de conformidad con los principios de reparación integral establecidos en la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, tales como la tesis aislada 1a. CXXVII/2016 (10a.) que establece: “DAÑO MORAL. SU REPARACIÓN INTEGRAL DEBE INCLUIR, ADEMÁS DE LA INDEMNIZACIÓN ECONÓMICA CORRESPONDIENTE, LAS MEDIDAS SATISFACTIVAS Y DE GARANTÍA DE NO REPETICIÓN APROPIADAS EN EL CASO CONCRETO”, y la tesis 1a./J. 36/2014 (10a.): “RESPONSABILIDAD CIVIL. EL DEBER DE REPARAR EL DAÑO COMPRENDE LA OBLIGACIÓN DE RESTABLECER LA SITUACIÓN QUE HABRÍA EXISTIDO DE NO HABERSE OCURRIDO EL HECHO ILÍCITO, ASÍ COMO LA DE INDEMNIZAR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS”.

SÉPTIMA. TERMINACIÓN.

El presente contrato terminará:

  1. Por mutuo consentimiento de las partes por escrito.
  2. Por el vencimiento del plazo establecido en la Cláusula Cuarta.
  3. Por incumplimiento de cualquiera de las partes, previa notificación por escrito y otorgamiento de un plazo de (NÚMERO, EJ. QUINCE (15)) días hábiles para subsanar la falta, si ésta fuera subsanable.

OCTAVA. NOTIFICACIONES.

Todas las notificaciones derivadas de este contrato se harán por escrito y se considerarán efectivas al ser entregadas personalmente, o al tercer día hábil siguiente a su envío por correo certificado con acuse de recibo, a las siguientes direcciones:

PARA LA PARTE REVELADORA:
(DOMICILIO COMPLETO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES DE LA PARTE REVELADORA)
Correo electrónico: (CORREO ELECTRÓNICO DE CONTACTO)

PARA LA PARTE RECEPTORA:
(DOMICILIO COMPLETO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES DE LA PARTE RECEPTORA)
Correo electrónico: (CORREO ELECTRÓNICO DE CONTACTO)

NOVENA. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.

Para cualquier controversia que surja con motivo de la interpretación, cumplimiento o ejecución del presente contrato, las partes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales del Estado de Campeche, renunciando a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 14 Código Civil Federal y el Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche.

DÉCIMA. INTEGRIDAD DEL CONTRATO Y MODIFICACIONES.

Este instrumento constituye el acuerdo completo entre las partes sobre la materia objeto del mismo y sustituye a cualquier acuerdo, conversación o negociación previa. Cualquier modificación a este contrato deberá realizarse por escrito y firmarse por ambas partes.

DÉCIMA PRIMERA. DIVISIBILIDAD.

Si cualquier disposición de este contrato fuera declarada nula, inválida o inaplicable por una autoridad competente, dicha declaración no afectará la validez y aplicabilidad de las disposiciones restantes, las cuales conservarán plenos efectos entre las partes.

DÉCIMA SEGUNDA. CESION.

Ninguna de las partes podrá ceder, transferir o gravar total o parcialmente sus derechos y obligaciones derivados de este contrato, sin el consentimiento previo y por escrito de la otra parte.

DÉCIMA TERCERA. LEY APLICABLE.

Este contrato se regirá e interpretará de conformidad con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, en particular por el Código Civil Federal y, en lo conducente, por el Código Civil del Estado de Campeche.

Leído que fue el presente contrato por las partes y estando de acuerdo con su contenido y alcance legal, lo firman en dos ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezado.


POR LA PARTE REVELADORA

_________________________________________

(NOMBRE COMPLETO DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA PARTE REVELADORA)
En su carácter de (CARGO)
(NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA PARTE REVELADORA)


POR LA PARTE RECEPTORA

_________________________________________

(NOMBRE COMPLETO DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA PARTE RECEPTORA)
En su carácter de (CARGO)
(NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA PARTE RECEPTORA)


⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (CIUDAD, MUNICIPIO): Indicar la ciudad y municipio dentro del Estado de Campeche donde se firma el contrato (ej. "San Francisco de Campeche, Campeche").
  2. (DÍA), (MES), (AÑO): Fecha de firma en formato numérico y textual (ej. "10 días del mes de marzo del año dos mil veintiséis").
  3. (NOMBRE O RAZÓN SOCIAL COMPLETO...): Escribir el nombre legal completo de la empresa o persona física que revela la información.
  4. (NOMBRE COMPLETO DEL REPRESENTANTE LEGAL): Nombre completo de la persona que firma en representación de la parte.
  5. (CARGO O ATRIBUCIONES...): Puesto o facultades del representante (ej. "Apoderado Legal", "Director General").
  6. (NÚMERO), (FECHA), (NÚMERO NOTARIO), (CIUDAD, ESTADO), (FOLIO ELECTRÓNICO): Datos del instrumento que acredita los poderes del representante. Si no hay escritura pública, sustituir por "según consta en el poder simple adjunto".
  7. (DESCRIBIR BREVEMENTE EL OBJETO...): Explicar de forma concisa el motivo de la revelación de información (ej. "la posible licencia de una tecnología para purificación de agua").
  8. (NÚMERO, EJ. CINCO (5)) (Duración): Establecer el número de años de vigencia de la confidencialidad.
  9. (MONTO EN PESOS MEXICANOS $ Y/0 PORCENTAJE): Especificar la cantidad fija en pesos y/o un porcentaje de un valor de referencia (ej. "CINCUENTA MIL PESOS MEXICANOS ($50,000.00 M.N.)" o "el 20% del valor del contrato principal").
  10. (NÚMERO, EJ. QUINCE (15)) (Plazo para subsanar): Indicar los días hábiles para corregir un incumplimiento antes de la terminación.
  11. (DOMICILIO COMPLETO...): Proporcionar el domicilio físico completo, incluyendo calle, número, colonia, código postal, ciudad y estado, para recibir notificaciones legales.
  12. (CORREO ELECTRÓNICO DE CONTACTO): Indicar un correo electrónico oficial para comunicación.

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