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V1Contrato de Confidencialidad (NDA) — Sinaloa
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

CONTRATO DE CONFIDENCIALIDAD (NDA)

CELEBRADO DE CONFORMIDAD CON LA LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE SINALOA

NÚMERO DE CONTRATO: (NÚMERO O IDENTIFICADOR INTERNO)

FECHA DE CELEBRACIÓN: (DÍA) DE (MES) DE (AÑO)

I. PARTES

“LA PARTE REVELADORA”: (NOMBRE O RAZÓN SOCIAL COMPLETO DE LA PARTE QUE REVELA LA INFORMACIÓN), representada en este acto por (NOMBRE COMPLETO DEL REPRESENTANTE LEGAL), en su carácter de (CARGO O FACULTAD DEL REPRESENTANTE), a quien en lo sucesivo se le denominará como “EL REVELADOR”; y

“LA PARTE RECEPTORA”: (NOMBRE O RAZÓN SOCIAL COMPLETO DE LA PARTE QUE RECIBE LA INFORMACIÓN), representada en este acto por (NOMBRE COMPLETO DEL REPRESENTANTE LEGAL), en su carácter de (CARGO O FACULTAD DEL REPRESENTANTE), a quien en lo sucesivo se le denominará como “EL RECEPTOR”.

Las partes anteriores se denominarán conjuntamente como “LAS PARTES” e individualmente como “LA PARTE”, y declaran tener la capacidad legal necesaria para obligarse en los términos del presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto por los Art. 1798 y 1799 del Código Civil Federal.

II. ANTECEDENTES

  1. EL REVELADOR es titular de información confidencial, secreta y de propiedad exclusiva relacionada con (DESCRIBIR BREVEMENTE EL OBJETO, EJ: UN PROYECTO, INVENCIÓN, MODELO DE NEGOCIO, ETC.).
  2. LAS PARTES tienen interés en explorar una posible relación comercial, contractual o de colaboración (en lo sucesivo “EL PROYECTO”) que requiere que EL REVELADOR comparta dicha información con EL RECEPTOR.
  3. LAS PARTES reconocen que la protección de la información confidencial es esencial para preservar el valor de EL PROYECTO y los intereses legítimos de EL REVELADOR, por lo que acuerdan celebrar el presente Contrato de Confidencialidad (en lo sucesivo “EL CONTRATO”) para regular el acceso, uso y protección de dicha información.

III. DEFINICIONES

Para los efectos del presente Contrato, se entenderá por:

  1. “INFORMACIÓN CONFIDENCIAL”: Cualquier dato, conocimiento o material, en cualquier forma (escrita, electrónica, oral, visual, etc.), que sea revelado por EL REVELADOR a EL RECEPTOR, directa o indirectamente, que esté identificado como confidencial en el momento de su revelación o que, por su naturaleza o las circunstancias de su revelación, deba ser considerado como tal. Incluye, pero no se limita a: secretos industriales, fórmulas, algoritmos, planes de negocio, información financiera, listas de clientes, diseños, prototipos, y cualquier información derivada de la anterior. La jurisprudencia de la SCJN ha establecido que el secreto industrial comprende toda información de aplicación industrial o comercial que guarde una persona física o moral con carácter confidencial, que le signifique obtener o mantener una ventaja competitiva o económica frente a terceros (Tesis: 1a. CCCXVIII/2014 (10a.)).
  2. “FINALIDAD”: Exclusivamente la evaluación y discusión de EL PROYECTO descrito en el antecedente II.2.
  3. “PERIODO DE CONFIDENCIALIDAD”: El plazo de (NÚMERO) años contados a partir de la fecha de firma del presente Contrato.

IV. OBLIGACIONES DEL RECEPTOR

EL RECEPTOR se obliga a:

  1. Utilizar la INFORMACIÓN CONFIDENCIAL únicamente para la FINALIDAD establecida en este Contrato.
  2. Mantener la estricta confidencialidad de la INFORMACIÓN CONFIDENCIAL, guardando al menos el mismo grado de cuidado con que protege su propia información confidencial, pero en ningún caso menos de un grado de cuidado razonable.
  3. No revelar, divulgar, publicar o poner a disposición de terceros, total o parcialmente, la INFORMACIÓN CONFIDENCIAL, sin el consentimiento previo, expreso y por escrito de EL REVELADOR.
  4. Limitar el acceso a la INFORMACIÓN CONFIDENCIAL únicamente a aquellos de sus empleados, directivos, asesores o contratistas (en lo sucesivo “REPRESENTANTES”) que necesiten conocerla para la FINALIDAD y que estén sujetos a obligaciones de confidencialidad equivalentes a las aquí pactadas. EL RECEPTOR será responsable solidariamente de los actos u omisiones de sus REPRESENTANTES que constituyan una violación a este Contrato.
  5. Notificar de inmediato a EL REVELADOR cualquier divulgación no autorizada, pérdida o uso indebido de la INFORMACIÓN CONFIDENCIAL de la que tenga conocimiento.

V. EXCEPCIONES

Las obligaciones de confidencialidad anteriores no se aplicarán a la información que:

  1. Sea o llegue a ser del dominio público, sin que medie culpa o incumplimiento por parte de EL RECEPTOR o sus REPRESENTANTES.
  2. EL RECEPTOR pueda demostrar que ya la poseía legalmente antes de su revelación por EL REVELADOR.
  3. Reciba lícitamente de un tercero que no esté sujeto a una obligación de confidencialidad respecto de dicha información.
  4. Deba ser revelada por mandato de autoridad judicial o administrativa competente, o en cumplimiento de una disposición legal. En tal caso, EL RECEPTOR notificará a EL REVELADOR con la antelación posible para que éste pueda intentar oponer los medios legales a su alcance, como un amparo, en los términos de la Ley de Amparo.

VI. PROPIEDAD

LAS PARTES acuerdan que toda la INFORMACIÓN CONFIDENCIAL es y seguirá siendo propiedad exclusiva de EL REVELADOR. Ninguna disposición de este Contrato otorga a EL RECEPTOR licencia o derecho alguno sobre patentes, derechos de autor, secretos industriales, marcas o cualquier otro derecho de propiedad intelectual relacionado con la INFORMACIÓN CONFIDENCIAL. La SCJN ha reconocido que el derecho a la propiedad industrial, que incluye los secretos industriales, es un derecho fundamental (Tesis: 1a. CXXVII/2015 (10a.)).

VII. DEVOLUCIÓN O DESTRUCCIÓN

Al término de la FINALIDAD, a petición de EL REVELADOR, o al vencimiento del PERIODO DE CONFIDENCIALIDAD, EL RECEPTOR se obliga a: (a) devolver a EL REVELADOR toda la INFORMACIÓN CONFIDENCIAL en forma tangible (incluyendo copias, resúmenes o extractos), o (b) destruir dicha información y proporcionar a EL REVELADOR una certificación por escrito de dicha destrucción. EL RECEPTOR podrá conservar un archivo confidencial de la información únicamente para efectos de cumplir con sus obligaciones legales o de auditoría.

VIII. DURACIÓN Y TERMINACIÓN

Este Contrato entrará en vigor a partir de la fecha de su firma y permanecerá vigente durante el PERIODO DE CONFIDENCIALIDAD. Sin perjuicio de lo anterior, las obligaciones de confidencialidad sobrevivirán a la terminación de cualquier negociación o relación entre LAS PARTES y a la terminación del propio Contrato, por el tiempo máximo que permita la ley aplicable. Cualquiera de LAS PARTES podrá terminar este Contrato en cualquier momento, mediante notificación por escrito a la otra Parte, sin que ello afecte las obligaciones de confidencialidad previamente contraídas.

IX. CLAUSULA PENAL POR INCUMPLIMIENTO

En caso de que EL RECEPTOR incumpla cualquiera de las obligaciones de confidencialidad establecidas en este Contrato, se obliga a pagar a EL REVELADOR, a título de cláusula penal, la cantidad de (MONTO EN PESOS MEXICANOS $00,000.00) ( (CANTIDAD EN LETRA) ), sin perjuicio de la reparación del daño moral y del daño material que en su caso se cause, y de las acciones legales a que haya lugar, incluyendo las de naturaleza penal por la posible configuración del delito de revelación de secretos previsto en el Art. 210 del Código Penal Federal. LAS PARTES acuerdan que esta cláusula penal es fijada de conformidad con el Art. 1844 del Código Civil Federal, y no impide la reclamación de una indemnización mayor si el daño efectivamente causado excediere del monto estipulado. La jurisprudencia ha precisado que la cláusula penal no requiere la prueba del daño para ser exigible, pues su función es asegurar el cumplimiento de la obligación (Tesis: I.3o.C. J/13 (10a.)).

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X. NOTIFICACIONES

Toda notificación relacionada con este Contrato deberá realizarse por escrito y se considerará efectiva: (i) al ser entregada personalmente; (ii) al ser recibida por correo certificado con acuse de recibo; o (iii) al ser recibida por correo electrónico con confirmación de lectura, a las siguientes direcciones:

PARA EL REVELADOR:
Dirección: (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES)
Correo electrónico: (CORREO ELECTRÓNICO)
Atn.: (NOMBRE DE CONTACTO)

PARA EL RECEPTOR:
Dirección: (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES)
Correo electrónico: (CORREO ELECTRÓNICO)
Atn.: (NOMBRE DE CONTACTO)

XI. JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE

Este Contrato se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes federales de los Estados Unidos Mexicanos y, en lo no previsto por éstas, por las del Estado de Sinaloa. Para cualquier controversia que surja de la interpretación, ejecución o incumplimiento del presente Contrato, LAS PARTES se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales del Estado de Sinaloa, renunciando a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 90 del Código de Comercio y el Art. 14, fracción V, del Código Civil Federal.

XII. DISPOSICIONES GENERALES

  1. Integridad del Contrato: Este documento constituye el acuerdo completo entre LAS PARTES sobre la materia objeto del mismo y sustituye a cualquier acuerdo, conversación o comunicación previa.
  2. Modificaciones: Cualquier modificación a este Contrato deberá realizarse por escrito y firmarse por ambas Partes.
  3. Tolerancia: El hecho de que alguna de LAS PARTES no exija en algún momento el cumplimiento de alguna de las obligaciones aquí pactadas, no se considerará como una renuncia a exigirlo en el futuro.
  4. Cesificación: Este Contrato es personal para LAS PARTES. EL RECEPTOR no podrá ceder, transferir o delegar total o parcialmente sus derechos u obligaciones derivados de este Contrato sin el consentimiento previo por escrito de EL REVELADOR.
  5. Divisibilidad: Si cualquier cláusula de este Contrato fuera declarada nula o inaplicable por autoridad competente, las cláusulas restantes mantendrán su plena vigencia y efecto.

En señal de conformidad, LAS PARTES firman el presente Contrato de Confidencialidad en dos ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de (CIUDAD DE FIRMA, SINALOA), a los (DÍA) días del mes de (MES) del año (AÑO).




_________________________________________
“EL REVELADOR”
(NOMBRE O RAZÓN SOCIAL COMPLETO)
Por: (NOMBRE COMPLETO DEL REPRESENTANTE)
(CARGO)



_________________________________________
“EL RECEPTOR”
(NOMBRE O RAZÓN SOCIAL COMPLETO)
Por: (NOMBRE COMPLETO DEL REPRESENTANTE)
(CARGO)

⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NÚMERO O IDENTIFICADOR INTERNO): Inserte un número de control interno o déjelo en blanco para asignarlo posteriormente.
  2. (DÍA) DE (MES) DE (AÑO): Indique la fecha completa de celebración del contrato (ej., 15 de abril de 2026).
  3. (NOMBRE O RAZÓN SOCIAL COMPLETO DE LA PARTE QUE REVELA LA INFORMACIÓN): Escriba el nombre legal completo de la persona física o moral que posee la información confidencial.
  4. (NOMBRE COMPLETO DEL REPRESENTANTE LEGAL) / (CARGO O FACULTAD DEL REPRESENTANTE): Para personas morales, nombre del apoderado legal y su cargo (ej., Director General). Para personas físicas, puede ser el propio nombre y "por su propio derecho".
  5. (DESCRIBIR BREVEMENTE EL OBJETO...): Describa de manera general la naturaleza de la información confidencial o el proyecto (ej., "el desarrollo de un software para gestión logística", "la fórmula de una bebida energética").
  6. (NÚMERO) (en PERIODO DE CONFIDENCIALIDAD): Inserte el número de años que durará la obligación de confidencialidad (ej., 3, 5, 10).
  7. (MONTO EN PESOS MEXICANOS $00,000.00) / (CANTIDAD EN LETRA): Especifique el monto fijo de la cláusula penal en números y letra (ej., $500,000.00 / Quinientos mil pesos 00/100 M.N.).
  8. (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES): Incluya calle, número, colonia, código postal, ciudad y estado.
  9. (CORREO ELECTRÓNICO) / (NOMBRE DE CONTACTO): Inserte un correo oficial y el nombre de la persona/departamento que recibirá las notificaciones.
  10. (CIUDAD DE FIRMA, SINALOA): Indique la ciudad dentro del estado de Sinaloa donde se firma físicamente el contrato (ej., Culiacán, Sinaloa).

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