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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
CONTRATO DE CONFIDENCIALIDAD (ACUERDO DE NO DIVULGACIÓN)
ENTRE:
I. LA PARTE REVELADORA: (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DE LA PARTE REVELADORA), representada en este acto por (NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL), con (CARGO DEL REPRESENTANTE), a quien en lo sucesivo se le denominará “LA PARTE REVELADORA”; y
II. LA PARTE RECEPTORA: (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DE LA PARTE RECEPTORA), representada en este acto por (NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL), con (CARGO DEL REPRESENTANTE), a quien en lo sucesivo se le denominará “LA PARTE RECEPTORA”.
Ambas partes, en lo sucesivo referidas individualmente como “Parte” y conjuntamente como “Las Partes”, celebran el presente CONTRATO DE CONFIDENCIALIDAD (en lo sucesivo el “Contrato”), al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. Declara “LA PARTE REVELADORA”:
- Que es una persona (FÍSICA / MORAL) legalmente constituida y existente conforme a las leyes mexicanas, con domicilio en (DOMICILIO COMPLETO DE LA PARTE REVELADORA, CIUDAD, TAMAULIPAS).
- Que posee información secreta, confidencial y de valor comercial (la “Información Confidencial”), la cual desea revelar a “LA PARTE RECEPTORA” con el único propósito de [DESCRIBIR BREVE Y CLARAMENTE EL PROPÓSITO DE LA REVELACIÓN, EJ: EVALUAR UNA POSIBLE ALIANZA COMERCIAL, UN PROYECTO CONJUNTO, ETC.].
- Que requiere proteger dicha Información Confidencial mediante un acuerdo formal que obligue a “LA PARTE RECEPTORA” a mantener su confidencialidad.
II. Declara “LA PARTE RECEPTORA”:
- Que es una persona (FÍSICA / MORAL) legalmente constituida y existente conforme a las leyes mexicanas, con domicilio en (DOMICILIO COMPLETO DE LA PARTE RECEPTORA, CIUDAD, TAMAULIPAS).
- Que reconoce el valor de la Información Confidencial y acepta recibirla bajo los términos de estricta confidencialidad establecidos en este Contrato.
- Que se obliga a utilizar la Información Confidencial únicamente para el Propósito antes mencionado y a no divulgarla a terceros sin el consentimiento previo y por escrito de “LA PARTE REVELADORA”.
Con base en las declaraciones anteriores, las Partes convienen en celebrar el presente Contrato, sujetándose a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. DEFINICIÓN DE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL.
Para los efectos de este Contrato, se entenderá por “Información Confidencial” cualquier dato, conocimiento o información, de carácter técnico, comercial, financiero, operativo, estratégico o de cualquier otra índole, que sea revelada por “LA PARTE REVELADORA” a “LA PARTE RECEPTORA”, de forma verbal, escrita, electrónica, gráfica, visual o por cualquier otro medio, y que esté identificada como confidencial al momento de su revelación o, por su naturaleza, sea razonablemente reconocible como información de carácter confidencial. Incluye, pero no se limita a: secretos industriales, fórmulas, procesos, diseños, planos, listas de clientes y proveedores, estrategias de mercado, proyecciones financieras, códigos fuente, y cualquier información derivada de la anterior.
No se considerará Información Confidencial la información que: (i) sea o se vuelva de dominio público sin violación de este Contrato; (ii) ya fuera conocida por “LA PARTE RECEPTORA” al momento de la revelación, sin obligación de confidencialidad; (iii) sea recibida lícitamente de un tercero sin obligación de confidencialidad; o (iv) sea desarrollada independientemente por “LA PARTE RECEPTORA” sin uso de la Información Confidencial.
SEGUNDA. OBLIGACIONES DE LA PARTE RECEPTORA.
“LA PARTE RECEPTORA” se obliga a:
- Mantener la Información Confidencial en la más estricta confidencialidad y a no revelarla, publicarla, difundirla o ponerla a disposición de ninguna persona física o moral, salvo a aquellos de sus empleados, directivos, asesores o representantes (los “Representantes Autorizados”) que necesiten conocerla para el Propósito y que estén sujetos a un acuerdo de confidencialidad de alcance similar al presente.
- Utilizar la Información Confidencial únicamente para el Propósito establecido en las Declaraciones de este Contrato y para ningún otro fin.
- Implementar y mantener medidas de seguridad razonables, al menos equivalentes a las que utiliza para proteger su propia información confidencial, para prevenir el acceso no autorizado, uso, divulgación, pérdida o destrucción de la Información Confidencial.
- Notificar de inmediato a “LA PARTE REVELADORA” cualquier divulgación no autorizada o sospecha de violación de la seguridad de la Información Confidencial, y cooperar en las acciones necesarias para mitigar sus efectos.
TERCERA. PROPIEDAD DE LA INFORMACIÓN.
“LA PARTE REVELADORA” conserva la propiedad total y exclusiva de toda la Información Confidencial y de todos los derechos de propiedad intelectual relacionados con ella. Ninguna disposición de este Contrato otorga a “LA PARTE RECEPTORA” licencia, derecho o propiedad sobre dicha información, más allá del derecho limitado de uso para el Propósito establecido.
CUARTA. DURACIÓN Y TERMINACIÓN.
Las obligaciones de confidencialidad establecidas en este Contrato tendrán una vigencia de (NÚMERO, EJ: 2 (DOS)) años a partir de la fecha de firma del mismo. Sin embargo, dichas obligaciones sobrevivirán a la terminación de este Contrato por cualquier causa y se mantendrán vigentes por un período adicional de (NÚMERO, EJ: 3 (TRES)) años después de la fecha de terminación, conforme a lo establecido en el Art. 1834 Código Civil Federal sobre los efectos de la disolución de los contratos.
Cualquiera de las Partes podrá terminar este Contrato en cualquier momento, mediante notificación por escrito a la otra Parte, sin responsabilidad alguna, salvo por las obligaciones de confidencialidad que sobrevivan.
QUINTA. DEVOLUCIÓN O DESTRUCCIÓN DE INFORMACIÓN.
Al término del Contrato, o en cualquier momento a solicitud por escrito de “LA PARTE REVELADORA”, “LA PARTE RECEPTORA” deberá: (i) devolver inmediatamente toda la Información Confidencial en forma tangible (documentos, discos, etc.) y cualquier copia o resumen de la misma; y/o (ii) destruir dicha información y cualquier copia, y proporcionar a “LA PARTE REVELADORA” una certificación por escrito de dicha destrucción. Esta obligación se fundamenta en el principio de buena fe contractual del Art. 1796 Código Civil Federal.
SEXTA. EXCEPCIONES A LA OBLIGACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD.
Las obligaciones de confidencialidad no aplicarán cuando la divulgación de la Información Confidencial sea requerida por una autoridad judicial, administrativa o regulatoria competente, en virtud de una orden, citatorio o mandato legal. En tal caso, “LA PARTE RECEPTORA” deberá notificar de inmediato a “LA PARTE REVELADORA” sobre dicho requerimiento, para que ésta pueda, si lo considera pertinente, interponer los recursos legales para oponerse a la divulgación, en ejercicio de su derecho de defensa.
SÉPTIMA. CLAÚSULA PENAL.
En caso de que “LA PARTE RECEPTORA” incumpla las obligaciones de confidencialidad establecidas en este Contrato, se obliga a pagar a “LA PARTE REVELADORA”, a título de pena convencional y por daños y perjuicios, la cantidad de (MONTO EN PESOS MEXICANOS $) ((MONTO EN LETRA)), sin perjuicio de la responsabilidad penal en que pudiera incurrir conforme al Art. 210 Código Penal Federal por la revelación de secretos industriales o comerciales. Las Partes reconocen que esta pena convencional es una estimación anticipada y razonable de los daños difíciles de cuantificar, conforme al Art. 1844 Código Civil Federal y la jurisprudencia de la SCJN (Tesis: 1a. CXXVII/2014 (10a.) “CLAÚSULA PENAL. SU NATURALEZA JURÍDICA ES LA DE UNA SANCIÓN CONVENCIONAL”).
OCTAVA. INDEMNIZACIÓN.
Además de la pena convencional, “LA PARTE RECEPTORA” se obliga a indemnizar integralmente a “LA PARTE REVELADORA” por todos los daños y perjuicios, incluyendo lucro cesante, daño emergente, costos legales y de cualquier otra índole, que resulten directa o indirectamente de la violación a este Contrato, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 1910 Código Civil Federal.
NOVENA. NO SOLICITACIÓN.
Durante la vigencia de este Contrato y por un período de (NÚMERO, EJ: 1 (UN)) año posterior a su terminación, “LA PARTE RECEPTORA” se obliga a no solicitar, contratar o inducir a dejar sus empleos a cualquier empleado, directivo o colaborador clave de “LA PARTE REVELADORA” que haya tenido acceso a la Información Confidencial, salvo con el consentimiento previo y por escrito de “LA PARTE REVELADORA”. Esta cláusula se basa en la libertad contractual del Art. 1795 Código Civil Federal y la jurisprudencia que avala los pactos de no competencia y no solicitud cuando son razonables en tiempo, lugar y actividad (Tesis: 1a. CXXXIX/2015 (10a.) “PACTOS DE NO COMPETENCIA EN LOS CONTRATOS DE TRABAJO. SU VALIDEZ NO ES ABSOLUTA, SINO RELATIVA”).
DÉCIMA. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.
Para todo lo relacionado con la interpretación, cumplimiento y efectos de este Contrato, las Partes se someten expresa e irrevocablemente a la jurisdicción y competencia de los tribunales competentes del estado de Tamaulipas, específicamente de la ciudad de (CIUDAD DE TAMAULIPAS, EJ: CIUDAD VICTORIA, REYNOSA, MATAMOROS, ETC.), renunciando a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles, de acuerdo con el principio de autonomía de la voluntad reconocido en el Art. 1794 Código Civil Federal y el Art. 1425 Código de Comercio.
DÉCIMA PRIMERA. NOTIFICACIONES.
Toda notificación relacionada con este Contrato deberá realizarse por escrito y será válida si se envía a los domicilios señalados en las Declaraciones, ya sea personalmente, mediante correo certificado con acuse de recibo, o por correo electrónico a las siguientes direcciones:
- Para “LA PARTE REVELADORA”: (CORREO ELECTRÓNICO DE NOTIFICACIONES)
- Para “LA PARTE RECEPTORA”: (CORREO ELECTRÓNICO DE NOTIFICACIONES)
DÉCIMA SEGUNDA. INTEGRIDAD DEL CONTRATO.
Este instrumento constituye el acuerdo total entre las Partes sobre la materia objeto del mismo y sustituye cualquier acuerdo, conversación o comunicación previa, ya sea oral o escrita. Cualquier modificación a este Contrato será válida únicamente si se realiza por escrito y es firmada por ambas Partes.
DÉCIMA TERCERA. DIVISIBILIDAD.
Si cualquier cláusula, párrafo o disposición de este Contrato fuera declarada nula, ilegal o inaplicable por una autoridad competente, dicha declaración no afectará la validez, legalidad o aplicabilidad de las demás disposiciones del Contrato, las cuales mantendrán plenos efectos, conforme al principio de conservación del contrato establecido en la jurisprudencia de la SCJN (Tesis: 1a. LXXVII/2013 (10a.) “PRINCIPIO DE CONSERVACIÓN DEL CONTRATO. SU FUNDAMENTO Y ALCANCES”).
DÉCIMA CUARTA. LEY APLICABLE.
Este Contrato se regirá e interpretará de conformidad con las leyes federales de los Estados Unidos Mexicanos, en particular por el Código Civil Federal, y de manera supletoria por el Código Civil para el Estado de Tamaulipas.
DÉCIMA QUINTA. ACEPTACIÓN Y FIRMAS.
En señal de conformidad, las Partes firman el presente Contrato por duplicado, en la ciudad de (CIUDAD DE FIRMA, TAMAULIPAS), a los (DÍA) días del mes de (MES) del año (AÑO).
LA PARTE REVELADORA
_______________________________________
(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL)
Nombre: (NOMBRE COMPLETO)
Cargo: (CARGO)
LA PARTE RECEPTORA
_______________________________________
(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL)
Nombre: (NOMBRE COMPLETO)
Cargo: (CARGO)
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Código Civil Federal
- Código Penal Federal
- Código de Comercio
- Código Civil para el Estado de Tamaulipas
📋 Instrucciones de Llenado
- (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DE LA PARTE REVELADORA): Escriba el nombre legal completo si es persona física, o la razón social registrada si es persona moral.
- (NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL): Nombre completo de la persona física que firma en representación de la Parte (ej. el apoderado legal, el director general).
- (CARGO DEL REPRESENTANTE): Puesto o facultad que acredita a la persona para firmar (ej. “Apoderado Legal”, “Director General”).
- (DOMICILIO COMPLETO...): Incluir calle, número, colonia, código postal, ciudad y estado (Tamaulipas).
- (DESCRIBIR BREVE Y CLARAMENTE EL PROPÓSITO...): Sea específico (ej. “para evaluar la factibilidad técnica y comercial de un proyecto conjunto de desarrollo de software”).
- (FÍSICA / MORAL): Seleccione y deje solo la opción correcta, tachando o eliminando la otra.
- (NÚMERO, EJ: 2 (DOS)) años: Defina el período durante el cual la obligación de confidencialidad estará activa durante la vigencia del contrato.
- (NÚMERO, EJ: 3 (TRES)) años después: Defina el período de supervivencia de la obligación después de terminado el contrato.
- (MONTO EN PESOS MEXICANOS $) ((MONTO EN LETRA)): Establezca una cantidad líquida y exigible como pena convencional por incumplimiento.
- (CIUDAD DE TAMAULIPAS, EJ: CIUDAD VICTORIA...): Especifique la ciudad del estado de Tamaulipas cuyos tribunales serán competentes.
- (CORREO ELECTRÓNICO DE NOTIFICACIONES): Proporcione un correo oficial para recibir notificaciones legales.
- (CIUDAD DE FIRMA, TAMAULIPAS): Ciudad donde se realiza físicamente la firma del documento.
- (DÍA), (MES), (AÑO): Fecha de firma del contrato.
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