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V1Contrato de Hospedaje — Baja California Sur
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

CONTRATO DE HOSPEDAJE

QUE CELEBRAN POR UNA PARTE (NOMBRE COMPLETO DEL HOSPEDADOR), A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL HOSPEDADOR”; Y POR LA OTRA PARTE (NOMBRE COMPLETO DEL HUÉSPED), A QUIEN EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ “EL HUÉSPED”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

DECLARACIONES

I. Declara “EL HOSPEDADOR”:

  1. Que es una persona física de nacionalidad mexicana, mayor de edad, con domicilio en (DOMICILIO COMPLETO DEL HOSPEDADOR, CIUDAD, BAJA CALIFORNIA SUR), y con Clave Única de Registro de Población (CURP) (CURP DEL HOSPEDADOR).
  2. Que es propietario y tiene la libre disposición del inmueble ubicado en (DOMICILIO COMPLETO DEL INMUEBLE OBJETO DEL CONTRATO, CIUDAD, BAJA CALIFORNIA SUR), mismo que describe en el Anexo “A” que forma parte integrante de este contrato, y que destinará al hospedaje del “HUÉSPED”.

II. Declara “EL HUÉSPED”:

  1. Que es una persona física de nacionalidad (NACIONALIDAD DEL HUÉSPED), mayor de edad, con domicilio particular en (DOMICILIO COMPLETO DEL HUÉSPED), y con Clave Única de Registro de Población (CURP) o documento análogo (CURP O PASAPORTE DEL HUÉSPED).
  2. Que manifiesta su voluntad de celebrar el presente contrato, sujetándose a los términos y condiciones aquí estipulados.

III. Declaran “LAS PARTES”:

  1. Que tienen la capacidad legal necesaria para obligarse en los términos del presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 1798 Código Civil Federal.
  2. Que el objeto del presente contrato es lícito y posible, conforme al Art. 1799 Código Civil Federal.
  3. Que prestan su consentimiento para obligarse de manera libre y espontánea, sin error, mala fe, dolo o violencia, en términos del Art. 1800 Código Civil Federal.

CLÁUSULAS

PRIMERA. OBJETO.

Por medio del presente contrato, “EL HOSPEDADOR” se obliga a proporcionar a “EL HUÉSPED”, y éste a aceptar, el hospedaje en el inmueble descrito en el Anexo “A”, por el tiempo y bajo las condiciones pactadas en este instrumento. Este contrato se celebra al amparo de lo dispuesto en el Art. 2546 Código Civil Federal y siguientes, relativos al contrato de hospedaje.

SEGUNDA. DURACIÓN.

El presente contrato tendrá una vigencia de (NÚMERO) días/meses, iniciando el día (FECHA DE INICIO) y concluyendo el día (FECHA DE TÉRMINO). El hospedaje es por tiempo determinado y no genera relación de vecindad ni derecho de arrendamiento, conforme a la tesis jurisprudencial 1a./J. 13/2017 (10a.) de la SCJN, la cual establece que el contrato de hospedaje no confiere al huésped la calidad de inquilino.

TERCERA. PRECIO Y FORMA DE PAGO.

“EL HUÉSPED” se obliga a pagar a “EL HOSPEDADOR” la cantidad de (MONTO EN NÚMEROS) ((MONTO EN LETRA) Pesos 00/100 M.N.) por concepto de hospedaje por el periodo total contratado. El pago se realizará de la siguiente forma: [DESCRIBIR FORMA DE PAGO, EJ. "EN UNA EXHIBICIÓN ANTES DE LA ENTREGA DE LLAVES" O "EN DOS EXHIBICIONES: LA PRIMERA AL FIRMAR Y LA SEGUNDA EL DÍA XX DEL MES"]. Los pagos se harán efectivos en el domicilio de “EL HOSPEDADOR” o mediante transferencia electrónica a la cuenta (ESPECIFICAR DATOS BANCARIOS SI APLICA).

CUARTA. OBLIGACIONES DE “EL HOSPEDADOR”.

  1. Entregar el inmueble en el estado de conservación y con los servicios que se describen en el Anexo “A”.
  2. Mantener el inmueble en condiciones de habitabilidad durante la vigencia del contrato, respondiendo de los vicios o defectos ocultos que existieren, conforme al Art. 2550 Código Civil Federal.
  3. Responder de la pérdida o daño de los efectos que introduzca el huésped, salvo que ésta provenga de caso fortuito, fuerza mayor o culpa del propio huésped, de acuerdo con el Art. 2551 Código Civil Federal.
  4. No podrá despojar al huésped de sus efectos, ni aun a pretexto de retención por falta de pago, en términos del Art. 2552 Código Civil Federal.

QUINTA. OBLIGACIONES DE “EL HUÉSPED”.

  1. Pagar el precio del hospedaje en la forma y plazos convenidos en la Cláusula Tercera.
  2. Usar el inmueble exclusivamente para fines de habitación, respetando las reglas de convivencia del lugar y no causando molestias a los vecinos.
  3. Conservar el inmueble en el mismo estado en que lo recibió, respondiendo por los daños y perjuicios que cause por su dolo o negligencia o la de las personas que estén bajo su responsabilidad, conforme al Art. 2553 Código Civil Federal.
  4. No podrá ceder su posición contractual ni sub-hospedar a otras personas sin el consentimiento por escrito de “EL HOSPEDADOR”.
  5. Al término del contrato, devolver el inmueble libre de personas y de todos sus efectos personales.

SEXTA. DEPÓSITO EN GARANTÍA.

“EL HUÉSPED” entregará a “EL HOSPEDADOR” en el momento de la firma de este contrato, la cantidad de (MONTO EN NÚMEROS) ((MONTO EN LETRA) Pesos 00/100 M.N.) en calidad de depósito en garantía, el cual será restituido dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la devolución del inmueble, previa verificación de que no existen daños, faltantes o adeudos pendientes (luz, agua, gas). De existir éstos, su costo será descontado del depósito y el remanente, si lo hubiere, será devuelto al huésped.

SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA.

El presente contrato podrá darse por terminado anticipadamente por cualquiera de las siguientes causas:

  1. Por mutuo acuerdo de las partes.
  2. Por voluntad unilateral del huésped, quien en tal caso deberá pagar el precio correspondiente a los días que efectivamente hubiere ocupado el inmueble, más una penalización equivalente a (PORCENTAJE, EJ. 25%) del valor del periodo no disfrutado, salvo que “EL HOSPEDADOR” logre re-hospedar el inmueble para las mismas fechas.
  3. Por incumplimiento grave de cualquiera de las obligaciones aquí estipuladas, especialmente el no pago del precio convenido, dando lugar a la resolución del contrato sin responsabilidad para la parte cumplida, de acuerdo con el Art. 2554 Código Civil Federal y el principio “inadimplenti non est adimplendum” reconocido en la jurisprudencia.

OCTAVA. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.

Para todo lo relativo a la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente contrato, las partes se someten expresa e irrevocablemente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales del Estado de Baja California Sur, renunciando a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles. Este pacto se celebra en atención a lo dispuesto por el Art. 25 Código Civil Federal en materia de prórroga de competencia.

NOVENA. DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES.

Para los efectos del presente contrato, las partes señalan como sus domicilios los consignados en las Declaraciones. Toda notificación o comunicación relacionada con este contrato deberá hacerse por escrito y se considerará efectuada al ser entregada personalmente o mediante correo certificado con acuse de recibo a dichos domicilios. Las partes se obligan a notificar cualquier cambio de domicilio con al menos 5 días de anticipación.

DÉCIMA. ACEPTACIÓN INTEGRAL.

Las partes manifiestan que han leído íntegramente este contrato, que comprenden su alcance y contenido, y que están conformes con todas y cada una de sus cláusulas, por lo que lo firman en dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de (CIUDAD DE FIRMA, BAJA CALIFORNIA SUR), a los (DÍA) días del mes de (MES) del año (AÑO).

ANEXO “A” – DESCRIPCIÓN DEL INMUEBLE Y SERVICIOS INCLUIDOS

Dirección: (DOMICILIO COMPLETO DEL INMUEBLE, COLONIA, C.P., CIUDAD, BAJA CALIFORNIA SUR).

Descripción: (EJ. CASA HABITACIÓN UNIFAMILIAR DE 2 RECÁMARAS, 1 BAÑO COMPLETO, SALA, COMEDOR, COCINA Y GARAJE). El inmueble se entrega amueblado con lo siguiente: (LISTAR MUEBLES Y ELECTRODOMÉSTICOS PRINCIPALES).

Servicios Básicos Incluidos en el precio: [MARCAR CON UNA "X" LOS INCLUIDOS] Agua □, Luz Eléctrica □, Gas □, Internet □, Servicio de TV por Cable/Streaming □. Los servicios no marcados serán por cuenta y responsabilidad del “HUÉSPED”.

Estado de Conservación al Momento de la Entrega: (DESCRIBIR BREVEMENTE EL ESTADO GENERAL DE PAREDES, PISOS, MUEBLES, ELECTRODOMÉSTICOS, ETC.).

FIRMAS DE CONFORMIDAD

EL HOSPEDADOR
(NOMBRE COMPLETO DEL HOSPEDADOR)
Firma: _________________________

EL HUÉSPED
(NOMBRE COMPLETO DEL HUÉSPED)
Firma: _________________________

TESTIGO (OPCIONAL)
(NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO)
Firma: _________________________

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⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NOMBRE COMPLETO DEL HOSPEDADOR): Escriba el nombre completo, sin abreviaturas, de la persona física que otorga el hospedaje y es propietaria o tiene derecho sobre el inmueble.
  2. (NOMBRE COMPLETO DEL HUÉSPED): Escriba el nombre completo de la persona física que recibirá el hospedaje.
  3. (DOMICILIOS): Incluya calle, número exterior e interior, colonia, código postal, ciudad y estado. Use el domicilio real y habitual.
  4. (CURP / DOCUMENTO): Para el Hospedador, su Clave Única de Registro de Población. Para el Huésped extranjero, puede usar su número de pasaporte.
  5. [DESCRIPCIONES EN ANEXO "A"]: Sea lo más detallado posible. Liste todos los muebles y electrodomésticos. Marque claramente los servicios incluidos. Describa el estado del inmueble para evitar conflictos al finalizar el contrato.
  6. (DURACIÓN Y MONTO): Especifique claramente el periodo (días/meses) y las fechas exactas de inicio y término. Escriba el monto total en números y letra.
  7. (FORMA DE PAGO): Describa si es en una o varias exhibiciones, las fechas de pago y el método (efectivo, transferencia, etc.). Si es transferencia, incluya CLABE, banco y nombre del titular.
  8. (DEPÓSITO): Especifique el monto del depósito en garantía. Este no es un pago por el hospedaje, sino una garantía para el hospedador.
  9. (CIUDAD Y FECHA): Indique la ciudad en Baja California Sur donde se firma el contrato y la fecha completa (día, mes y año).

📄 Plantillas Relacionadas

  • Inventario y Entrega de Bienes Muebles: Para detallar y dar fe del estado de los muebles y enseres al inicio y fin del hospedaje.
  • Contrato de Arrendamiento de Vivienda: Si la relación pretende ser de más larga duración y con derechos de inquilino, este contrato es el adecuado.
  • Acta Circunstanciada de Entrega-Recepción de Inmueble: Para documentar con fotografías y descripciones el estado físico del inmueble al inicio y al final del contrato.
  • Contrato de Comodato (Préstamo de Uso): Para cuando se permite el uso gratuito de un inmueble a una persona.
  • Poder General para Pleitos y Cobranzas: En caso de que una de las partes designe a un representante legal para gestiones derivadas del contrato.
Red Nacional de Abogados

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Sobre este documento: Contrato de Hospedaje — Baja California Sur

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