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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
CONTRATO DE HOSPEDAJE
QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL HOSPEDADOR), A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL HOSPEDADOR”; Y POR LA OTRA PARTE, (NOMBRE COMPLETO DEL HUÉSPED), A QUIEN EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ “EL HUÉSPED”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DECLARACIONES
I. DECLARA “EL HOSPEDADOR”:
- Que es una persona (FÍSICA / MORAL) de nacionalidad mexicana, con domicilio ubicado en (DOMICILIO COMPLETO DEL HOSPEDADOR, CIUDAD, DURANGO), y que para los efectos del presente contrato señala como domicilio convencional el antes referido.
- Que es propietario(a) y/o tiene la legítima posesión y facultad de disponer del inmueble ubicado en (DOMICILIO COMPLETO DEL INMUEBLE OBJETO DEL CONTRATO, CIUDAD, DURANGO), el cual se describe en el ANEXO “A” que forma parte integrante de este instrumento.
- Que su intención es celebrar el presente contrato de hospedaje, obligándose a proporcionar alojamiento temporal al “HUÉSPED”, en los términos y condiciones aquí estipulados.
II. DECLARA “EL HUÉSPED”:
- Que es una persona física de nacionalidad (NACIONALIDAD DEL HUÉSPED), con domicilio ubicado en (DOMICILIO COMPLETO DEL HUÉSPED), y que para los efectos del presente contrato señala como domicilio convencional el proporcionado en la cláusula correspondiente.
- Que manifiesta su intención de celebrar el presente contrato de hospedaje, obligándose a pagar la retribución convenida por el uso temporal del inmueble descrito, en los términos y condiciones aquí estipulados.
- Que la finalidad del hospedaje es exclusivamente para (ESTANCIA TURÍSTICA / TRABAJO / ESTUDIOS / OTRO: ESPECIFICAR), sin que pueda destinarse a fines ilícitos o distintos a los pactados.
III. DECLARAN AMBAS PARTES:
- Que tienen la capacidad legal necesaria para obligarse en los términos del presente contrato, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 1798 Código Civil Federal.
- Que el presente contrato se celebra de manera libre, voluntaria y de buena fe.
- Que ratifican como ciertos y verdaderos los datos y declaraciones antes expresados.
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO.
Por medio del presente contrato, “EL HOSPEDADOR” se obliga a ceder en forma temporal el uso y disfrute del inmueble descrito en el ANEXO “A”, a favor de “EL HUÉSPED”, quien a su vez se obliga a pagar por dicho hospedaje la retribución convenida, en los términos del Art. 2536 Código Civil Federal y siguientes.
SEGUNDA. DURACIÓN.
El presente contrato tendrá una vigencia de (NÚMERO) (DÍAS / SEMANAS / MESES), iniciando el día (FECHA DE INICIO) y concluyendo el día (FECHA DE TÉRMINO). Este contrato es por tiempo determinado y no prorroga automáticamente.
TERCERA. RETRIBUCIÓN (PRECIO).
“EL HUÉSPED” se obliga a pagar a “EL HOSPEDADOR” por concepto de hospedaje la cantidad de (CANTIDAD EN NÚMERO Y LETRA) PESOS MEXICANOS ($(CANTIDAD EN NÚMERO)), más el Impuesto al Valor Agregado (IVA) que corresponda legalmente. Dicha cantidad deberá pagarse de la siguiente forma:
- Renta: (MONTO DE LA RENTA MENSUAL O POR PERIODO) pagaderos (MENSUALMENTE / QUINCENALMENTE / SEMANALMENTE) por adelantado.
- Depósito en Garantía: “EL HUÉSPED” entregará a “EL HOSPEDADOR” en el momento de la firma del presente contrato, la cantidad de (CANTIDAD EN NÚMERO Y LETRA) PESOS MEXICANOS ($(CANTIDAD EN NÚMERO)), la cual servirá como depósito en garantía para cubrir posibles daños al inmueble u obligaciones pendientes. Este depósito será devuelto dentro de los 15 días hábiles siguientes a la entrega del inmueble, previa verificación de su estado, deduciendo en su caso los conceptos aplicables.
Los pagos se realizarán en el domicilio de “EL HOSPEDADOR” o mediante transferencia electrónica a la cuenta bancaria número (NÚMERO DE CUENTA) CLABE (CLABE INTERBANCARIA) a nombre de (NOMBRE DEL TITULAR DE LA CUENTA), en el banco (NOMBRE DEL BANCO).
CUARTA. OBLIGACIONES DE “EL HOSPEDADOR”.
- Entregar el inmueble en el estado de conservación y funcionamiento descrito en el inventario anexo.
- Realizar las reparaciones necesarias que afecten la estructura del inmueble o los servicios básicos (agua, luz, drenaje), siempre que no sean consecuencia del uso indebido por parte del “HUÉSPED”.
- Respetar la posesión tranquila y pacífica del “HUÉSPED” durante la vigencia del contrato, de acuerdo con el Art. 2542 Código Civil Federal.
- Notificar por escrito con al menos 24 horas de anticipación cualquier visita de inspección o mantenimiento necesario.
QUINTA. OBLIGACIONES DE “EL HUÉSPED”.
- Destinar el inmueble exclusivamente para el fin pactado en la Declaración II.c, sin poder subarrendarlo, cederlo o destinarlo a fines ilícitos.
- Pagar la retribución en la forma, fechas y lugar convenidos. El pago extemporáneo generará un recargo del (PORCENTAJE)% sobre el monto adeudado.
- Conservar el inmueble en buen estado, realizando las reparaciones menores que sean necesarias por su uso normal.
- Responder por los daños y perjuicios que sufra el inmueble y sus accesorios durante su posesión, salvo que pruebe que ocurrieron por caso fortuito o fuerza mayor, conforme al Art. 1910 Código Civil Federal.
- Permitir las visitas de inspección notificadas por “EL HOSPEDADOR”.
- Devolver el inmueble al término del contrato en el mismo estado en que lo recibió, salvo el deterioro natural por el uso.
- Cubrir puntualmente los consumos de servicios como energía eléctrica, agua, gas, telefonía e internet, si así se pacta y no están incluidos en la renta.
SEXTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA.
El presente contrato podrá darse por terminado anticipadamente, sin responsabilidad para la parte que lo solicite, en los siguientes casos:
- Por mutuo consentimiento.
- Por “EL HOSPEDADOR”, si “EL HUÉSPED” incurre en mora en el pago de la retribución por más de (NÚMERO) días, o incumple grave y reiteradamente cualquiera de sus obligaciones.
- Por “EL HUÉSPED”, si “EL HOSPEDADOR” incumple grave y reiteradamente sus obligaciones, en especial la de garantizar la posesión tranquila del inmueble.
En caso de terminación anticipada por incumplimiento, la parte afectada tendrá derecho a exigir el pago de daños y perjuicios, sin perjuicio de la acción de desahucio que corresponda, tal como lo ha establecido la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Tesis Aislada 1a. CXXVII/2013 (10a.), que señala: “EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES. LA CLAUSULA PENAL CONVENCIONAL POR INCUMPLIMIENTO ES VÁLIDA Y EXIGIBLE, SIEMPRE QUE NO SEA DESPROPORCIONADA”.
SÉPTIMA. INVENTARIO.
Al momento de la entrega del inmueble, las partes levantarán conjuntamente un inventario y descripción del estado de las instalaciones, mobiliario y enseres, el cual se anexará al presente contrato como ANEXO “B” y será firmado por ambas partes. Este inventario será el referente para la devolución del depósito en garantía.
OCTAVA. DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES.
Para todos los efectos legales derivados del presente contrato, las partes señalan los siguientes domicilios:
- “EL HOSPEDADOR”: (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES, CIUDAD, DURANGO).
- “EL HUÉSPED”: El inmueble objeto de este contrato, ubicado en (DOMICILIO COMPLETO DEL INMUEBLE, CIUDAD, DURANGO).
Toda notificación que se realice en dichos domicilios se tendrá por válidamente hecha, incluso si se realiza mediante correo certificado con acuse de recibo. Cualquier cambio de domicilio deberá notificarse por escrito a la otra parte.
NOVENA. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.
Para la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente contrato, las partes se someten expresamente a las leyes aplicables de los Estados Unidos Mexicanos y, en lo conducente, a las disposiciones del Código Civil para el Estado de Durango. Renuncian a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles, y se someten a la competencia de los Tribunales del Estado de Durango, específicamente de la ciudad de (CIUDAD DE DURANGO, VICTORIA DE DURANGO, GÓMEZ PALACIO, ETC.), para resolver cualquier controversia que surja del presente contrato. Lo anterior, sin contravenir lo dispuesto por el Art. 17 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de prohibición de la autotutela.
En materia de interpretación de contratos, las partes reconocen la aplicación de la Tesis Aislada 1a. CXXI/2014 (10a.), que establece: “INTERPRETACIÓN DE LOS CONTRATOS. DEBE ATENDERSE PRIMORDIALMENTE A LA VOLUNTAD DE LAS PARTES Y AL SENTIDO QUE MEJOR CONCUERDE CON LA NATURALEZA DEL ACTO, CONFORME AL ARTÍCULO 1851 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL”.
DÉCIMA. BUENA FE Y MEDIACIÓN.
Las partes se obligan a actuar con la más estricta buena fe contractual durante la vigencia del contrato y en su terminación. En caso de conflicto, se comprometen a intentar resolverlo mediante un procedimiento de mediación ante el Centro de Justicia Alternativa del Poder Judicial del Estado de Durango, antes de acudir a la vía jurisdiccional, en los términos del Art. 2545 Código Civil Federal y la legislación local en materia de mediación.
DÉCIMA PRIMERA. CARÁCTER ESPECIAL Y ACEPTACIÓN.
El presente instrumento constituye el acuerdo total entre las partes y sustituye cualquier otro acuerdo o promesa previa, ya sea verbal o escrita. Cualquier modificación a este contrato deberá hacerse por escrito y firmarse por ambas partes. Este contrato se firma en dos ejemplares de idéntico tenor y valor, quedando uno en poder de cada una de las partes.
En señal de conformidad, las partes firman el presente contrato en la ciudad de (CIUDAD DE FIRMA, DURANGO), a los (DÍA) días del mes de (MES) del año (AÑO).
_________________________________________
“EL HOSPEDADOR”
(NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL)
(RFC O CURP)
_________________________________________
“EL HUÉSPED”
(NOMBRE COMPLETO)
(CURP / PASAPORTE / CREDENCIAL ELECTORAL)
TESTIGOS (EN SU CASO)
Doy fe de la identidad y capacidad de los comparecientes y de la celebración del presente acto.
_________________________________________
TESTIGO 1
(NOMBRE COMPLETO)
(CREDENCIAL OFICIAL CON FOTO Y NÚMERO)
_________________________________________
TESTIGO 2
(NOMBRE COMPLETO)
(CREDENCIAL OFICIAL CON FOTO Y NÚMERO)
ANEXo “A” — DESCRIPCIÓN DEL INMUEBLE
DIRECCIÓN COMPLETA: (CALLE, NÚMERO EXTERIOR E INTERIOR, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, ESTADO DE DURANGO).
TIPO DE INMUEBLE: (CASA HABITACIÓN / DEPARTAMENTO / HABITACIÓN INDEPENDIENTE / ESTUDIO / OTRO).
ESPECIFICACIONES:
- Superficie aproximada: (METROS CUADRADOS).
- Número de habitaciones: (NÚMERO).
- Número de baños completos: (NÚMERO).
- Espacios: (COCINA, SALA, COMEDOR, ESTACIONAMIENTO, PATIO, ETC.).
- Servicios incluidos en la renta: (AGUA, LUZ, GAS, INTERNET, TV POR CABLE, ETC.).
ANEXO “B” — INVENTARIO Y ESTADO DE CONSERVACIÓN
(Lista detallada de muebles, electrodomésticos, instalaciones y descripción de su estado al momento de la entrega. Debe ser llenado y firmado por ambas partes al inicio y al final del contrato).
FECHA DE LEVANTAMIENTO: (FECHA)
... (Espacio para el listado) ...
ENTREGA CONFORME: ______________________ RECIBO CONFORME: ______________________
Firma del Hospedador &
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