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V1Contrato de Hospedaje — Morelos
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

CONTRATO DE HOSPEDAJE

Que celebra por una parte (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL HOSPEDADOR), a quien en lo sucesivo se le denominará “EL HOSPEDADOR”; y por la otra parte (NOMBRE COMPLETO DEL HOSPEDADO), a quien en lo sucesivo se le denominará “EL HOSPEDADO”, al tenor de las siguientes:

DECLARACIONES

I. Declara “EL HOSPEDADOR”:

  1. Que es una persona (FÍSICA / MORAL) de nacionalidad mexicana, con domicilio ubicado en (DOMICILIO COMPLETO DEL INMUEBLE, COLONIA, C.P., CIUDAD, MUNICIPIO, ESTADO DE MORELOS), y que para los efectos del presente contrato señala como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el antes señalado.
  2. Que es propietario y/o tiene la facultad legal para disponer del inmueble ubicado en el domicilio antes señalado, el cual se destinará al hospedaje objeto del presente contrato, y que dicho inmueble se encuentra en condiciones óptimas de habitabilidad, higiene y seguridad.

II. Declara “EL HOSPEDADO”:

  1. Que es una persona física de nacionalidad (NACIONALIDAD), con domicilio particular ubicado en (DOMICILIO COMPLETO DEL HOSPEDADO, COLONIA, C.P., CIUDAD, ESTADO), y que para los efectos del presente contrato señala como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el antes señalado.
  2. Que manifiesta su voluntad de celebrar el presente contrato de hospedaje, sujetándose a los términos y condiciones aquí estipulados y a las disposiciones legales aplicables.

III. Declaran ambas partes: Que tienen la capacidad legal necesaria para obligarse en los términos del presente instrumento, el cual se celebra de conformidad con lo dispuesto por el Art. 2536 Código Civil Federal y siguientes, relativos al contrato de hospedaje.

CLÁUSULAS

PRIMERA. OBJETO.

El objeto del presente contrato es el hospedaje que “EL HOSPEDADOR” otorga a “EL HOSPEDADO” en el inmueble declarado, consistente en (DESCRIPCIÓN PRECISA DEL ESPACIO A HABITAR: EJ. HABITACIÓN INDIVIDUAL, DEPARTAMENTO AMUEBLADO, ETC.), por el tiempo y bajo las condiciones pactadas en este instrumento.

SEGUNDA. DURACIÓN.

El presente contrato tendrá una vigencia de (NÚMERO) (DÍAS / MESES / AÑOS), iniciando el día (DÍA) del mes de (MES) del año (AÑO) y concluyendo el día (DÍA) del mes de (MES) del año (AÑO).

TERCERA. PRECIO Y FORMA DE PAGO.

  1. “EL HOSPEDADO” se obliga a pagar a “EL HOSPEDADOR” por concepto de hospedaje la cantidad de (CANTIDAD EN NÚMEROS Y LETRA) (($MONTO)) (POR DÍA / POR SEMANA / POR MES).
  2. El pago se realizará de la siguiente forma: (ESPECIFICAR FRECUENCIA: EJ. MENSUALMENTE, SEMANALMENTE) y deberá cubrirse por adelantado, dentro de los primeros (NÚMERO) días del periodo correspondiente, en el domicilio de “EL HOSPEDADOR” o mediante transferencia electrónica a la cuenta (ESPECIFICAR DATOS BANCARIOS, SI APLICA).
  3. En caso de mora en el pago, “EL HOSPEDADO” deberá cubrir un interés moratorio equivalente a la tasa de interés ordinaria que rija para la institución bancaria (NOMBRE DEL BANCO), más (PORCENTAJE) puntos porcentuales, sin perjuicio de las demás acciones legales a que haya lugar.

CUARTA. OBLIGACIONES DE “EL HOSPEDADOR”.

  1. Entregar a “EL HOSPEDADO” el inmueble objeto del hospedaje en condiciones óptimas de limpieza, habitabilidad y con los servicios que aquí se pactan.
  2. Mantener el inmueble en condiciones de seguridad e higiene durante toda la vigencia del contrato, realizando las reparaciones necesarias que no sean atribuibles al uso indebido por parte de “EL HOSPEDADO”.
  3. Respetar la intimidad y el descanso de “EL HOSPEDADO”, de conformidad con lo establecido en el Art. 2540 Código Civil Federal.
  4. Responder por los daños y perjuicios que sufran las cosas que “EL HOSPEDADO” introduzca en el inmueble, salvo que pruebe que el daño provino de caso fortuito, fuerza mayor o culpa del propio “HOSPEDADO”, tal como lo establece el Art. 2541 Código Civil Federal.
  5. Proporcionar los siguientes servicios incluidos en el precio: (ENUMERAR SERVICIOS: EJ. AGUA, LUZ, GAS, INTERNET, SERVICIO DE LIMPIEZA SEMANAL, ETC.).

QUINTA. OBLIGACIONES DE “EL HOSPEDADO”.

  1. Cubrir puntualmente el precio del hospedaje en los términos de la cláusula TERCERA.
  2. Destinar el inmueble exclusivamente para su habitación, absteniéndose de darle un uso diferente, subarrendarlo o ceder sus derechos sin el consentimiento por escrito de “EL HOSPEDADOR”.
  3. Conservar el inmueble en buen estado, realizando el uso ordinario y diligente del mismo y de los muebles que contenga. Responderá por los daños que se causen por su culpa o negligencia o por la de las personas que estén bajo su responsabilidad, conforme al Art. 2542 Código Civil Federal.
  4. Permitir a “EL HOSPEDADOR” o a sus representantes el acceso al inmueble para efectos de reparaciones necesarias o inspección, previo aviso razonable, excepto en casos de emergencia.
  5. Cumplir con los reglamentos de convivencia y seguridad del edificio o condominio, si los hubiere.
  6. Pagar los consumos extraordinarios de servicios no incluidos en el precio, tales como (ESPECIFICAR, EJ. LLAMADAS TELEFÓNICAS DE LARGA DISTANCIA).
  7. Al término del contrato, devolver el inmueble en el mismo estado en que lo recibió, salvo el deterioro natural por el uso ordinario.

SEXTA. DEPÓSITO EN GARANTÍA.

“EL HOSPEDADO” entregará a “EL HOSPEDADOR” en el momento de la firma del presente contrato, la cantidad de (CANTIDAD EN NÚMEROS Y LETRA) (($MONTO)) en concepto de depósito en garantía, el cual será restituido dentro de los (NÚMERO) días siguientes a la terminación del contrato y a la entrega material del inmueble, previa verificación de que no existen daños imputables a “EL HOSPEDADO” y de que no adeuda cantidad alguna por concepto de renta o servicios. De existir daños o adeudos, “EL HOSPEDADOR” podrá descontar su valor del depósito, entregando el saldo restante, si lo hubiere, junto con un desglose de los cargos retenidos.

SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA.

  1. Por voluntad del Hospedado: “EL HOSPEDADO” podrá dar por terminado el presente contrato en cualquier momento, previo aviso por escrito a “EL HOSPEDADOR” con al menos (NÚMERO) días de anticipación. En este caso, “EL HOSPEDADOR” tendrá derecho a retener el depósito en garantía como indemnización, salvo que las partes pacten lo contrario.
  2. Por incumplimiento: Cualquiera de las partes podrá dar por terminado el presente contrato de manera unilateral e inmediata, mediante notificación por escrito, en los siguientes casos:
    1. Por parte del “HOSPEDADOR”: Si “EL HOSPEDADO” incurre en mora en el pago del precio por más de (NÚMERO) días; si da al inmueble un uso distinto al pactado; o si causa daños graves al inmueble o perturba de manera notoria la tranquilidad del lugar.
    2. Por parte del “HOSPEDADO”: Si “EL HOSPEDADOR” incumple de manera grave sus obligaciones de habitabilidad, seguridad o respeto a la intimidad, haciendo imposible el fin del contrato.

La jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido que en los contratos de tracto sucesivo, como el hospedaje, la facultad de terminación unilateral por incumplimiento debe ejercerse cuando éste sea de tal naturaleza que haga inútil la continuación de la relación contractual (Tesis: 1a. CCCXXI/2013 (10a.)).

OCTAVA. PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.

Las partes se obligan a tratar con confidencialidad los datos personales que intercambien con motivo de este contrato, y a utilizarlos únicamente para los fines en él establecidos, de acuerdo con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.

NOVENA. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.

Para cualquier controversia que se derive del presente contrato, las partes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales del Estado de Morelos, renunciando a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles. Se elige como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones judiciales y extrajudiciales los señalados en las declaraciones.

En materia de interpretación y lagunas, se aplicará supletoriamente el Código Civil Federal y, en lo no previsto por éste, el Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos. La SCJN ha reiterado que la autonomía de la voluntad para pactar la competencia territorial es válida, siempre que no contravenga disposiciones de orden público (Tesis: 1a. CXXI/2015 (10a.)).

DÉCIMA. NOTIFICACIONES.

Toda notificación relacionada con el presente contrato deberá realizarse por escrito y podrá ser entregada personalmente en los domicilios señalados o enviada por correo certificado con acuse de recibo. Se tendrán por válidamente realizadas al momento de su recepción.

DÉCIMA PRIMERA. CESIONES.

Ninguna de las partes podrá ceder sus derechos u obligaciones derivados de este contrato sin el consentimiento previo, expreso y por escrito de la otra parte.

DÉCIMA SEGUNDA. INTEGRIDAD DEL CONTRATO.

El presente instrumento, junto con los anexos que se incorporen, constituye el acuerdo total entre las partes y sustituye a cualquier otro acuerdo, promesa o representación previa, oral o escrita. Cualquier modificación a este contrato deberá realizarse por escrito y firmarse por ambas partes.

En señal de conformidad, las partes firman el presente contrato por duplicado en (CIUDAD, MORELOS), a los (DÍA) días del mes de (MES) del año (AÑO).




_________________________

EL HOSPEDADOR
(NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL)
(FIRMA)




_________________________

EL HOSPEDADO
(NOMBRE COMPLETO)
(FIRMA)

TESTIGOS (Opcional, se recomienda en contratos de monto considerable)

En mi calidad de testigo, doy fe de la identidad y capacidad de los comparecientes y de que el presente contrato se celebró conforme a su libre voluntad.


_________________________

TESTIGO 1
(NOMBRE COMPLETO)
(FIRMA)


_________________________

TESTIGO 2
(NOMBRE COMPLETO)
(FIRMA)

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⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

  • Código Civil Federal (Artículos 2536 a 2545).
  • Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos (aplicación supletoria).
  • Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL HOSPEDADOR): Escribir el nombre completo si es persona física o la razón social registrada si es persona moral.
  2. (NOMBRE COMPLETO DEL HOSPEDADO): Escribir el nombre completo del huésped tal como aparece en su identificación oficial.
  3. (FÍSICA / MORAL): Seleccionar y tachar la opción que no corresponda.
  4. (DOMICILIO COMPLETO DEL INMUEBLE...): Anotar la calle, número exterior e interior, colonia, código postal, ciudad, municipio y estado (Morelos) donde se ubica la propiedad.
  5. (NACIONALIDAD): Indicar la nacionalidad del Hospedado (ej. "mexicana", "estadounidense").
  6. (DOMICILIO COMPLETO DEL HOSPEDADO...): Anotar el domicilio particular permanente del huésped.
  7. (DESCRIPCIÓN PRECISA DEL ESPACIO...): Describir detalladamente lo que se renta (ej. "Habitación individual con baño privado en la planta alta", "Departamento amueblado de dos recámaras").
  8. (DURACIÓN): Llenar todos los campos entre corchetes con la fecha de inicio y fin del contrato, así como el número y unidad de tiempo de la vigencia (días, meses, años).
  9. (PRECIO Y PAGO): Especificar el monto en número y letra, la periodicidad del pago, los datos bancarios (si aplica) y el plazo para realizarlo.
  10. (SERVICIOS INCLUIDOS): Enumerar de forma clara todos los servicios que cubre el pago (agua, luz, internet, etc.).
  11. (DEPÓSITO): Indicar el monto del depósito en garantía y el plazo para su devolución.
  12. (CIUDAD, MORELOS) y (FECHA): Especificar la ciudad dentro de Morelos donde se firma y la fecha completa.

📄 Plantillas Relacionadas

  • Inventario de Bienes Amueblados: Para detallar y dar fe del estado de los muebles y enseres entregados con el inmueble.
  • Contrato de Arrendamiento de Vivienda (Morelos): Para relaciones de hospedaje/locación de mayor duración y complejidad jurídica.
  • Acta de Entrega-Recepción de Inmueble: Para documentar el estado del inmueble al inicio y al final del contrato.
  • Contrato de Prestación de Servicios (Hospedaje Turístico): Para fines vacacionales o de corta estancia con cláusulas específicas.
  • Poder General para Pleitos y Cobranzas: En caso de que una parte designe a un representante legal para gestiones derivadas del contrato.
Red Nacional de Abogados

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