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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
CONTRATO DE HOSPEDAJE
QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL HOSPEDADOR), A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL HOSPEDADOR”; Y POR LA OTRA PARTE, (NOMBRE COMPLETO DEL HUÉSPED), A QUIEN EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ “EL HUÉSPED”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DECLARACIONES
I. DECLARA “EL HOSPEDADOR”:
- Que es una persona (FÍSICA / MORAL) con capacidad jurídica plena para obligarse en los términos del presente instrumento.
- Que es propietario(a) y/o tiene la facultad legal para disponer del inmueble ubicado en (DIRECCIÓN COMPLETA DEL INMUEBLE, COLONIA, C.P., CIUDAD, QUINTANA ROO), identificado con las siguientes características: (DESCRIPCIÓN DETALLADA: NÚMERO DE HABITACIONES, ESPACIOS, AMUEBLADO, ETC.).
- Que el inmueble descrito se encuentra en condiciones óptimas de habitabilidad, higiene y seguridad para el uso pactado.
II. DECLARA “EL HUÉSPED”:
- Que es una persona física con capacidad jurídica plena para obligarse en los términos del presente instrumento.
- Que ha inspeccionado el inmueble objeto del hospedaje y lo encuentra en condiciones aceptables para su uso.
- Que manifiesta su voluntad de utilizar el inmueble exclusivamente para fines de (HOSPEDAJE / DESCANSO / VACACIONAL), sin destinarlo a actividades comerciales, industriales o ilícitas.
III. DECLARAN AMBAS PARTES: Que tienen la capacidad legal necesaria para celebrar el presente contrato, el cual se regirá por lo establecido en el mismo y, en lo no previsto, por las disposiciones del Código Civil Federal, particularmente su Libro Cuarto, Título Décimo, Capítulo I, relativo al Contrato de Hospedaje.
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO.
El objeto del presente contrato es el hospedaje, mediante el cual “EL HOSPEDADOR” se obliga a ceder el uso temporal del inmueble descrito en las Declaraciones a “EL HUÉSPED”, quien a su vez se obliga a pagar por dicho uso la retribución convenida. Este contrato se celebra al amparo de lo dispuesto por los artículos 2536 y 2537 del Código Civil Federal.
SEGUNDA. DURACIÓN.
El presente contrato tendrá una vigencia de (NÚMERO) (DÍAS / SEMANAS / MESES), iniciando el día (DÍA) de (MES) del año (AÑO) y concluyendo el día (DÍA) de (MES) del año (AÑO). No se renueva automáticamente.
TERCERA. RETRIBUCIÓN (PRECIO).
“EL HUÉSPED” se obliga a pagar a “EL HOSPEDADOR” la cantidad de $(MONTO EN NÚMEROS) ((MONTO EN LETRA) pesos (00/100 M.N.)), por todo el período de hospedaje. Esta retribución deberá ser cubierta de la siguiente forma: (ESPECIFICAR FORMA DE PAGO: EJ. 50% AL FIRMAR Y 50% AL INGRESAR; O PAGO ÚNICO, ETC.).
En caso de que “EL HUÉSPED” se quede más tiempo del pactado, deberá pagar una cantidad proporcional al precio diario convenido por cada día extra, salvo que “EL HOSPEDADOR” se oponga a la prórroga, conforme al Art. 2541 del Código Civil Federal.
CUARTA. OBLIGACIONES DE “EL HOSPEDADOR”.
- Entregar el inmueble en el estado de conservación y limpieza declarado.
- Mantener el inmueble en condiciones de habitabilidad durante toda la vigencia del contrato.
- Responder de los vicios o defectos ocultos del inmueble que impidan su uso para el fin pactado, de acuerdo con el Art. 2543 del Código Civil Federal.
- Respetar la privacidad de “EL HUÉSPED”, absteniéndose de ingresar al inmueble sin su consentimiento, salvo caso de fuerza mayor o emergencia.
QUINTA. OBLIGACIONES DE “EL HUÉSPED”.
- Pagar la retribución en los términos y plazos estipulados en la Cláusula Tercera.
- Utilizar el inmueble exclusivamente para el fin pactado, cuidándolo y conservándolo.
- Responder por los daños y perjuicios que sufra el inmueble y los muebles que en él se encuentren durante su ocupación, que sean imputables a su dolo, negligencia o la de las personas que estén bajo su responsabilidad, conforme al Art. 2542 del Código Civil Federal.
- No ceder, subarrendar o transferir sus derechos u obligaciones derivados de este contrato sin el consentimiento por escrito de “EL HOSPEDADOR”.
- Entregar el inmueble al término del contrato en el mismo estado en que lo recibió, salvo el deterioro natural por el uso convenido.
- Cumplir con los reglamentos de condominio, uso de la propiedad y normas de convivencia aplicables al inmueble.
SEXTA. DEPÓSITO EN GARANTÍA.
“EL HUÉSPED” entregará a “EL HOSPEDADOR” al momento de la firma del presente contrato, la cantidad de $(MONTO EN NÚMEROS) ((MONTO EN LETRA) pesos (00/100 M.N.)) en concepto de depósito en garantía. Este depósito será restituido a “EL HUÉSPED” dentro de los (NÚMERO) días hábiles siguientes a la entrega del inmueble, previa verificación de que no existen daños imputables a él. En caso de daños o incumplimiento de obligaciones de restitución, “EL HOSPEDADOR” podrá retener el depósito total o parcialmente para cubrir los perjuicios.
SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA.
El presente contrato podrá darse por terminado anticipadamente, sin responsabilidad para la parte que la ejercite, en los siguientes casos:
- Por mutuo consentimiento.
- Por incumplimiento grave de cualquiera de las obligaciones aquí estipuladas, previa notificación por escrito y otorgamiento de un plazo de (NÚMERO) días para remediar el incumplimiento, si este fuera subsanable.
- Por causa de fuerza mayor o caso fortuito que imposibilite el cumplimiento del contrato.
En caso de terminación por incumplimiento imputable a “EL HUÉSPED”, “EL HOSPEDADOR” podrá retener el depósito en garantía y exigir el pago de la retribución correspondiente al período completo o los daños y perjuicios causados. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el Art. 2544 del Código Civil Federal.
OCTAVA. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.
Para todo lo relativo a la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente contrato, las partes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales del Estado de Quintana Roo, renunciando a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles. Se elige como domicilio convencional para todos los efectos legales derivados de este contrato, el señalado por “EL HOSPEDADOR” en las Declaraciones.
En materia de interpretación contractual, se atenderá a lo establecido en la Tesis: 1a. CXXVIII/2015 (10a.) de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual establece que los contratos deben interpretarse buscando la verdad real y efectiva de la voluntad de los contratantes.
NOVENA. NOTIFICACIONES.
Toda notificación relacionada con este contrato deberá realizarse por escrito y podrá ser entregada personalmente en el domicilio señalado por cada parte o enviada por correo certificado con acuse de recibo al mismo domicilio. Se tendrán por válidamente notificadas las partes a partir de la recepción física o a los tres días hábiles siguientes a su envío por correo certificado.
DÉCIMA. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS.
Las partes se obligan a tratar como confidencial la información personal y financiera que intercambien con motivo de este contrato, y a darle el tratamiento adecuado conforme a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
DÉCIMA PRIMERA. INCUMPLIMIENTO Y DAÑOS Y PERJUICIOS.
La parte que incumpla cualquiera de las obligaciones aquí pactadas, será responsable de indemnizar a la otra por los daños y perjuicios que cause, incluidos los lucros cesantes, conforme a los artículos 2103 y 2108 del Código Civil Federal. La responsabilidad por daños morales podrá ser exigida conforme a la jurisprudencia establecida por la SCJN, en particular la Tesis: I.3o.C. J/31 (11a.), que reconoce la procedencia de la indemnización por daño moral en relaciones entre particulares cuando se afectan derechos personalísimos.
DÉCIMA SEGUNDA. INTEGRIDAD DEL CONTRATO.
Este instrumento constituye el acuerdo total entre las partes y sustituye a cualquier otro acuerdo, promesa o representación, verbal o escrita, anterior. Cualquier modificación a este contrato deberá realizarse por escrito y firmarse por ambas partes.
En caso de que cualquier cláusula de este contrato sea declarada nula o inaplicable por autoridad competente, dicha declaración no afectará la validez de las demás cláusulas, las cuales mantendrán su pleno vigor y efecto, de conformidad con el principio de conservación del contrato, reconocido en la Tesis: 1a./J. 41/2014 (10a.) de la SCJN.
DÉCIMA TERCERA. ACEPTACIÓN Y FIRMAS.
Leído que fue el presente contrato por ambas partes, quienes manifestaron comprenderlo en su totalidad y estar conformes con su contenido, lo firman en dos ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de (CIUDAD DE FIRMA), Quintana Roo, a los (DÍA) días del mes de (MES) del año (AÑO).
EL HOSPEDADOR
_________________________________________
(NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL)
RFC: (RFC DEL HOSPEDADOR)
DOMICILIO: (DOMICILIO COMPLETO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES)
EL HUÉSPED
_________________________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL HUÉSPED)
RFC: (RFC DEL HUÉSPED)
DOMICILIO: (DOMICILIO COMPLETO DEL HUÉSPED)
IDENTIFICACIÓN OFICIAL: (TIPO, NÚMERO Y EXPEDIDO POR)
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Código Civil Federal (Principalmente Libro Cuarto, Título Décimo, Capítulo I, Artículos 2536 a 2544).
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Artículos 14 y 16, sobre seguridad jurídica y legalidad).
- Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
- Código Civil para el Estado de Quintana Roo (Disposiciones supletorias en materia de obligaciones y contratos).
📋 Instrucciones de Llenado
- (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL HOSPEDADOR): Escribir el nombre completo si es persona física, o la razón social registrada si es persona moral (empresa).
- (NOMBRE COMPLETO DEL HUÉSPED): Escribir nombre(s), apellido paterno y apellido materno.
- (DIRECCIÓN COMPLETA DEL INMUEBLE...): Indicar calle, número exterior e interior, colonia, código postal, ciudad y estado (Quintana Roo).
- (DESCRIPCIÓN DETALLADA...): Describir el tipo de propiedad (casa, departamento, cuarto), número de habitaciones, baños, si está amueblado, equipado, etc.
- (HOSPEDAJE / DESCANSO / VACACIONAL): Seleccionar o especificar el uso principal acordado.
- (NÚMERO) (DÍAS / SEMANAS / MESES): Indicar la cantidad y la unidad de tiempo (ej: 7 DÍAS).
- (DÍA) de (MES) del año (AÑO): Colocar las fechas de inicio y fin en formato numérico y letra (ej: 15 de julio del año 2026).
- (MONTO EN NÚMEROS) y ((MONTO EN LETRA)...): Escribir el precio total del hospedaje en números y entre paréntesis en letra. Ej: $5,000.00 (Cinco mil pesos 00/100 M.N.).
- (ESPECIFICAR FORMA DE PAGO...): Detallar los montos y momentos de pago (ej: "Pago único al firmar el contrato" o "50% ($2,500.00) al firmar y 50% ($2,500.00) al tomar posesión del inmueble").
- (MONTO EN NÚMEROS) ((MONTO EN LETRA)...) (en Cláusula Sexta): Escribir el monto del depósito en garantía en números y letra.
- (NÚMERO) días hábiles: Especificar el plazo para devolver el depósito (ej: 5 días hábiles).
- (NÚMERO) días: (Cláusula Séptima) Especificar el plazo para remediar un incumplimiento (ej: 3 días).
- (CIUDAD DE FIRMA): Escribir la ciudad de Quintana Roo donde se firma físicamente el contrato.
- (DÍA) días del mes de (MES) del año (AÑO): Fecha de firma en formato letra (ej: a los quince días del mes de julio del año 2026).
- (RFC...) y (DOMICILIO...): Al final del documento, completar con los RFC y domicilios completos de ambas partes. Para el huésped, también llenar el tipo y número de identificación oficial (INE, pasaporte).
📄 Plantillas Relacionadas
- Inventario y Entrega de Bienes Muebles: Para detallar y dar fe del estado de los muebles y enseres dentro del inmueble al momento de la entrega.
- Contrato de Arrendamiento de Vivienda (Quintana Roo): Para relaciones de mayor duración (más de un año) con fines de habitación.
- Contrato de Comodato (Préstamo de Uso): Para ceder el uso gratuito de un bien inmueble o mueble.
- Acta Circunstanciada de Entrega-Recepción: Para documentar el estado del inmueble al inicio y al final del hospedaje, firmada por ambas partes.
- Convenio de Terminación Anticipada y Liquidación: Para formalizar por escrito la conclusión del contrato antes de la fecha pactada y los acuerdos de pago/devolución derivados.
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Sobre este documento: Contrato de Hospedaje — Quintana Roo
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