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V1Contrato de Hospedaje — San Luis Potosí
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

CONTRATO DE HOSPEDAJE

I. IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

En la ciudad de (CIUDAD DE CELEBRACIÓN, SAN LUIS POTOSÍ), siendo las (HORA) horas del día (DÍA) del mes de (MES) del año (AÑO), comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte, (NOMBRE COMPLETO DEL HOSPEDADOR), mayor de edad, con domicilio en (DOMICILIO COMPLETO DEL HOSPEDADOR, SAN LUIS POTOSÍ), identificado con la Clave Única de Registro de Población (CURP) (CURP DEL HOSPEDADOR), a quien en lo sucesivo se le denominará “EL HOSPEDADOR”; y por la otra parte, (NOMBRE COMPLETO DEL HUÉSPED), mayor de edad, con domicilio en (DOMICILIO COMPLETO DEL HUÉSPED), identificado con la Clave Única de Registro de Población (CURP) (CURP DEL HUÉSPED), a quien en lo sucesivo se le denominará “EL HUÉSPED”. Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad legal para obligarse y manifiestan su voluntad de celebrar el presente CONTRATO DE HOSPEDAJE, el cual se regirá por las siguientes:

II. CLÁUSULAS

PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO.

EL HOSPEDADOR conviene en proporcionar hospedaje a EL HUÉSPED en el inmueble ubicado en (DOMICILIO COMPLETO DEL INMUEBLE OBJETO DE HOSPEDAJE, SAN LUIS POTOSÍ), el cual se describe a continuación: [DESCRIPCIÓN DETALLADA DEL ESPACIO A HABITAR: EJ. HABITACIÓN INDIVIDUAL CON ACCESO A BAÑO PRIVADO, COCINA Y ÁREAS COMUNES]. El hospedaje comprende exclusivamente el uso y disfrute del espacio descrito, bajo los términos y condiciones aquí pactados, sin que se transmita derecho real alguno sobre el inmueble. Este contrato se celebra al amparo de lo dispuesto por el Art. 2533 Código Civil Federal y siguientes.

SEGUNDA. DURACIÓN.

El presente contrato tendrá una vigencia de (NÚMERO) (DÍAS/MESES/AÑOS), iniciando el día (FECHA DE INICIO) y concluyendo el día (FECHA DE TÉRMINO). No se prevé prórroga automática. Cualquier extensión del plazo deberá ser pactada por escrito por ambas partes con al menos (NÚMERO) días de anticipación a la fecha de terminación original.

TERCERA. PAGO Y FORMA DE PAGO.

  1. Renta: EL HUÉSPED se obliga a pagar a EL HOSPEDADOR la cantidad de (MONTO EN NÚMEROS) pesos mexicanos ((MONTO EN LETRA) M.N.), por concepto de renta mensual/por el período pactado.
  2. Depósito en Garantía: Al momento de la firma, EL HUÉSPED entregará a EL HOSPEDADOR la cantidad de (MONTO EN NÚMEROS) pesos mexicanos ((MONTO EN LETRA) M.N.), como depósito en garantía para cubrir posibles daños al inmueble o mobiliario, adeudos de servicios o incumplimientos. Este depósito será devuelto dentro de los 30 días naturales posteriores a la entrega del inmueble, previa verificación de su estado y liquidación de adeudos, conforme al Art. 2540 Código Civil Federal.
  3. Forma de Pago: El pago de la renta se realizará de manera (MENSUAL/QUINCENAL, ETC.), por adelantado, el día (DÍA DEL MES) de cada mes, mediante (DEPÓSITO BANCARIO/TRANSFERENCIA/EFECTIVO CON RECIBO) en la cuenta/domicilio señalado por EL HOSPEDADOR.

CUARTA. OBLIGACIONES DEL HOSPEDADOR.

  1. Entregar el inmueble en condiciones de habitabilidad, limpio y con los servicios básicos funcionando.
  2. Realizar las reparaciones mayores que sean necesarias para conservar el inmueble en condiciones de habitabilidad, siempre que no sean consecuencia del uso indebido por parte del huésped.
  3. Respetar la intimidad y posesión pacífica del huésped durante la vigencia del contrato, salvo los casos de emergencia o inspección pactada con previo aviso.
  4. Proporcionar comprobantes de pago por los servicios que administre directamente (ej. agua, predial).

QUINTA. OBLIGACIONES DEL HUÉSPED.

  1. Pagar la renta y el depósito en garantía en los términos y plazos convenidos.
  2. Destinar el inmueble exclusivamente para fines de habitación, sin alterar su destino ni realizar actividades ilícitas, peligrosas o que molesten a los vecinos, conforme al Art. 2538 Código Civil Federal.
  3. Conservar el inmueble en buen estado, realizando las reparaciones menores que sean necesarias por su uso normal. Responder por los daños y perjuicios que cause al inmueble o mobiliario por su dolo, culpa o negligencia o la de sus invitados.
  4. Pagar puntualmente los servicios de energía eléctrica, gas, agua, internet, telefonía y cualquier otro que contrate directamente o que por convenio deba cubrir.
  5. Permitir al hospedador o a sus representantes el acceso al inmueble para reparaciones urgentes o inspecciones previamente acordadas.
  6. No ceder sus derechos ni subarrendar total o parcialmente el inmueble sin el consentimiento por escrito del hospedador.
  7. Al término del contrato, devolver el inmueble en el estado en que lo recibió, salvo el deterioro natural por el uso.

SEXTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA.

El presente contrato podrá terminarse anticipadamente por:

  1. Mutuo Acuerdo: Mediante convenio por escrito firmado por ambas partes.
  2. Inciso por EL HOSPEDADOR: En caso de que EL HUÉSPED incurra en mora en el pago de la renta por más de (NÚMERO, EJ. 5) días, incumpla cualquiera de las obligaciones estipuladas en la cláusula Quinta, o por cualquier causa prevista en el Art. 2542 Código Civil Federal.
  3. Inciso por EL HUÉSPED: Si EL HOSPEDADOR incumple sus obligaciones de manera grave, como no realizar reparaciones que hagan inhabitable el espacio o viole reiteradamente su derecho a la intimidad.

En caso de rescisión por incumplimiento del huésped, el hospedador podrá retener el depósito en garantía para cubrir los daños y perjuicios, sin perjuicio de ejercer otras acciones legales. La jurisprudencia de la SCJN ha establecido que la facultad resolutoria por incumplimiento debe ejercerse judicialmente para producir efectos frente al arrendatario (TESIS: I.3o.C. J/13, Décima Época, Materia Civil).

SÉPTIMA. MORA.

El pago de la renta deberá realizarse en la fecha estipulada. A partir del día siguiente de su vencimiento sin que se haya realizado el pago, se generará un interés moratorio del (PORCENTAJE, EJ. 10)% anual sobre el monto adeudado, sin necesidad de requerimiento alguno.

OCTAVA. GESTIÓN DE SERVICIOS.

Los servicios de (EJ. AGUA, PREDIAL) correrán por cuenta de EL HOSPEDADOR, quien los pagará directamente. Los servicios de (EJ. LUZ, GAS, INTERNET, TELEFONÍA) serán contratados y pagados directamente por EL HUÉSPED a su nombre. EL HUÉSPED deberá presentar los comprobantes de pago de estos servicios a solicitud de EL HOSPEDADOR.

NOVENA. MASCOTAS Y VISITAS.

Se (PERMITE/NO PERMITE) la tenencia de mascotas en el inmueble. En caso de permitirse, se establecen las siguientes condiciones: (ESPECIFICAR CONDICIONES, RAZAS, TAMAÑOS, OBLIGACIONES DE LIMPIEZA, ETC.). Las visitas de EL HUÉSPED podrán pernoctar únicamente con autorización previa de EL HOSPEDADOR y por periodos no mayores a (NÚMERO) días consecutivos.

DÉCIMA. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.

Para todo lo relativo a la interpretación, cumplimiento y efectos del presente contrato, las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los tribunales competentes del estado de San Luis Potosí, renunciando a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles. Se establece como domicilio convencional para oír y recibir toda clase de notificaciones los señalados en el encabezado de este contrato. En caso de controversia, las partes acuden en primer instancia a la vía de mediación, comprometiéndose a acudir al Centro de Justicia Alternativa del Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí.

La SCJN ha sostenido que la prórroga de competencia territorial es válida cuando se pacta expresamente y no contraviene disposiciones de orden público (TESIS: 1a. CXXVII/2014, Décima Época, Materia Común).

DÉCIMA PRIMERA. CESIONES.

Ninguna de las partes podrá ceder sus derechos u obligaciones derivados de este contrato sin el consentimiento previo, expreso y por escrito de la otra parte.

DÉCIMA SEGUNDA. INTEGRIDAD DEL CONTRATO.

Este instrumento constituye el acuerdo total entre las partes sobre la materia objeto del mismo y sustituye a cualquier otro acuerdo o entendimiento previo, ya sea oral o escrito. Cualquier modificación a este contrato será válida únicamente si se realiza por escrito y es firmada por ambas partes.

DÉCIMA TERCERA. DOMICILIOS.

Para todos los efectos legales derivados del presente contrato, las partes señalan como sus domicilios los consignados en el encabezado. Cualquier cambio de domicilio deberá ser notificado por escrito a la otra parte dentro de los cinco días hábiles siguientes. Las notificaciones judiciales se harán en dichos domicilios.

III. FIRMAS

Leído que fue el presente contrato por ambas partes, quienes manifestaron comprenderlo en su totalidad y estar conformes con su contenido, lo firman de común acuerdo en dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la fecha y lugar señalados al inicio.



EL HOSPEDADOR
(NOMBRE COMPLETO DEL HOSPEDADOR)
FIRMA: _________________________



EL HUÉSPED
(NOMBRE COMPLETO DEL HUÉSPED)
FIRMA: _________________________



TESTIGO (OPCIONAL)
(NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO)
FIRMA: _________________________

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⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

  • Código Civil Federal (Título Décimo, Capítulo I: Del Contrato de Hospedaje, Artículos 2533 a 2543).
  • Código Civil para el Estado de San Luis Potosí (Disposiciones complementarias en materia de obligaciones y contratos).
  • Ley de Justicia Alternativa del Estado de San Luis Potosí.

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (CIUDAD DE CELEBRACIÓN, SAN LUIS POTOSÍ): Escriba el nombre de la ciudad dentro del estado de San Luis Potosí donde se firma el contrato (ej. San Luis Potosí, Soledad de Graciano Sánchez, Ciudad Valles).
  2. (HORA), (DÍA), (MES), (AÑO): Indique la fecha y hora exacta de la firma.
  3. (NOMBRE COMPLETO DEL HOSPEDADOR/HUÉSPED): Escriba nombres, apellidos paterno y materno completos, sin abreviaturas.
  4. (DOMICILIO COMPLETO...): Incluya calle, número exterior e interior, colonia, código postal, ciudad y estado.
  5. (CURP...): Anote la Clave Única de Registro de Población de cada parte.
  6. (DESCRIPCIÓN DETALLADA...): Sea específico: número de habitación, muebles incluidos, áreas de acceso, condiciones especiales.
  7. (NÚMERO) (DÍAS/MESES/AÑOS): Defina la duración (ej. "6", "MESES").
  8. (FECHA DE INICIO/TÉRMINO): Use formato dd/mm/aaaa.
  9. (MONTO EN NÚMEROS) y (MONTO EN LETRA): La cantidad en números y en letra deben coincidir exactamente (ej. $3,500.00 (Tres mil quinientos pesos 00/100 M.N.).
  10. (MENSUAL/QUINCENAL, ETC.), (DÍA DEL MES), (DEPÓSITO BANCARIO/...): Especifique la periodicidad, día de pago y método acordado.
  11. (NÚMERO, EJ. 5): Inserte el número de días de tolerancia para el pago antes de considerar la mora.
  12. (PORCENTAJE, EJ. 10): Inserte el porcentaje de interés moratorio anual pactado.
  13. (EJ. AGUA, PREDIAL) y (EJ. LUZ, GAS...): Liste claramente qué servicios paga cada parte.
  14. (PERMITE/NO PERMITE) y (ESPECIFICAR CONDICIONES...): Elija una opción y, si permite mascotas, detalle todas las reglas aplicables.
  15. (NÚMERO): Indique el máximo de días que una visita puede quedarse.

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