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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
CONTRATO DE HOSPEDAJE
QUE CELEBRAN POR UNA PARTE (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL HOSPEDADOR), A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL HOSPEDADOR”; Y POR LA OTRA PARTE (NOMBRE COMPLETO DEL HUÉSPED), A QUIEN EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ “EL HUÉSPED”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DECLARACIONES
I. Declara “EL HOSPEDADOR”:
- Que es una persona (FÍSICA / MORAL) de nacionalidad mexicana, con domicilio ubicado en (DOMICILIO COMPLETO DEL HOSPEDADOR, CIUDAD, SONORA), y que para los efectos del presente contrato señala como domicilio convencional el antes referido.
- Que es propietario(a) y/o tiene la facultad legal para disponer del inmueble ubicado en (DOMICILIO COMPLETO DEL INMUEBLE OBJETO DEL CONTRATO, CIUDAD, SONORA), el cual destina al hospedaje.
- Que su situación fiscal y legal se encuentra al corriente y que cuenta con las autorizaciones necesarias para la prestación del servicio de hospedaje, en su caso.
II. Declara “EL HUÉSPED”:
- Que es una persona física de nacionalidad (NACIONALIDAD DEL HUÉSPED), con domicilio ubicado en (DOMICILIO COMPLETO DEL HUÉSPED), y que para los efectos del presente contrato señala como domicilio convencional el inmueble objeto del mismo.
- Que manifiesta su voluntad expresa de celebrar el presente contrato, obligándose al pago de la contraprestación convenida.
- Que su situación legal se encuentra al corriente.
III. Declaran ambas partes:
- Que tienen la capacidad legal necesaria para obligarse en los términos del presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 1795 Código Civil Federal.
- Que conocen el contenido y alcance del presente contrato y lo firman de manera libre, voluntaria y sin error, dolo, mala fe o lesión.
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO.
Por medio del presente contrato, “EL HOSPEDADOR” se obliga a proporcionar a “EL HUÉSPED”, y éste a aceptar, el hospedaje en el inmueble ubicado en (DOMICILIO COMPLETO DEL INMUEBLE OBJETO DEL CONTRATO, CIUDAD, SONORA), descrito como: [DESCRIPCIÓN DETALLADA DEL INMUEBLE O HABITACIÓN: NÚMERO DE HABITACIONES, CARACTERÍSTICAS, MUEBLES, SERVICIOS INCLUIDOS, ETC.], durante el plazo convenido en la cláusula siguiente, obligándose “EL HUÉSPED” a pagar la contraprestación económica pactada. Este contrato se celebra al amparo de lo dispuesto en el Art. 2533 Código Civil Federal y siguientes relativos al contrato de hospedaje.
SEGUNDA. PLAZO.
El presente contrato tendrá una vigencia de (NÚMERO) (DÍAS / MESES), iniciando el día (FECHA DE INICIO EN FORMATO DD/MM/AAAA) y concluyendo el día (FECHA DE TÉRMINO EN FORMATO DD/MM/AAAA). El horario de entrada será a las (HORA DE ENTRADA) horas y el de salida a las (HORA DE SALIDA) horas del día de terminación.
TERCERA. PRECIO Y FORMA DE PAGO.
“EL HUÉSPED” se obliga a pagar a “EL HOSPEDADOR” por el servicio de hospedaje la cantidad de (MONTO EN NÚMERO Y LETRA) ((CANTIDAD EN NÚMEROS)) (PESOS MEXICANOS $ / MONEDA EXTRANJERA), que corresponde a (PRECIO POR PERIODO, EJ: $XXX POR NOCHE / POR SEMANA / POR MES). El pago se realizará de la siguiente forma: [ESPECIFICAR FORMA DE PAGO: POR EJEMPLO, "EL 50% AL MOMENTO DE LA FIRMA Y EL 50% RESTANTE A LA ENTREGA DE LLAVES" O "EN UNA EXHIBICIÓN ANTES DE LA ENTREGA DE LLAVES"].
En caso de que “EL HUÉSPED” se retire antes del plazo convenido, no tendrá derecho a reembolso alguno, salvo pacto en contrario. Si “EL HUÉSPED” se prolonga en el uso del inmueble más allá del plazo pactado, deberá pagar la cantidad correspondiente al tiempo extra a la tarifa diaria convenida, sin que ello implique renovación automática del contrato.
CUARTA. OBLIGACIONES DE “EL HOSPEDADOR”.
- Entregar el inmueble en el estado de conservación y limpieza descrito, con los servicios de (ENUMERAR SERVICIOS: AGUA, LUZ, GAS, INTERNET, ETC.) funcionando correctamente.
- Realizar las reparaciones mayores que sean necesarias y que no sean atribuibles al uso indebido por parte de “EL HUÉSPED”.
- Respetar la intimidad y el uso pacífico del inmueble por parte de “EL HUÉSPED”, de acuerdo con lo establecido en el Art. 11 Código Civil Federal.
- No interferir en el uso del inmueble durante el plazo del contrato, salvo por causas de fuerza mayor, necesidad de reparaciones urgentes o con el consentimiento previo de “EL HUÉSPED”.
- Devolver cualquier depósito o garantía dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la entrega del inmueble, previa verificación de que no existen daños.
QUINTA. OBLIGACIONES DE “EL HUÉSPED”.
- Pagar el precio del hospedaje en los términos y plazos convenidos en la cláusula TERCERA.
- Destinar el inmueble exclusivamente para uso de habitación, conforme al principio de buena fe contractual (Tesis: 1a. CXXVII/2014 (10a.) de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, "BUENA FE CONTRACTUAL. SU CONCEPTO Y FUNCIONES").
- Utilizar el inmueble y sus instalaciones con la diligencia de un buen padre de familia, respondiendo por los daños y perjuicios que cause por su dolo, negligencia o la de las personas que estén bajo su custodia, conforme al Art. 1910 Código Civil Federal.
- No subarrendar, ceder o prestar total o parcialmente el inmueble sin el consentimiento por escrito de “EL HOSPEDADOR”.
- Permitir a “EL HOSPEDADOR” o a sus representantes el acceso al inmueble para reparaciones urgentes o en caso de sospecha fundada de un uso ilícito, previo aviso razonable cuando las circunstancias lo permitan.
- Entregar el inmueble al término del contrato en el mismo estado en que lo recibió, salvo el deterioro propio del uso normal.
- Responder por el pago de los consumos de servicios (agua, luz, gas, telefonía, internet) que excedan lo incluido en el precio, si así se ha pactado. (ESPECIFICAR QUÉ SERVICIOS ESTÁN INCLUIDOS Y CUÁLES NO).
- Cumplir con los reglamentos de condominio, de policía y buen gobierno aplicables al inmueble.
SEXTA. DEPÓSITO EN GARANTÍA.
“EL HUÉSPED” entregará a “EL HOSPEDADOR” en el momento de la firma del presente contrato, la cantidad de (MONTO EN NÚMERO Y LETRA) ((CANTIDAD EN NÚMEROS)) (PESOS MEXICANOS $) como depósito en garantía para cubrir posibles daños al inmueble, mobiliario, objetos o consumos extraordinarios no pagados. Este depósito le será devuelto dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la entrega del inmueble, previa verificación de su estado, descontando en su caso los montos por los daños o adeudos comprobados. Si el depósito no cubriera el total de los daños, “EL HUÉSPED” se obliga a pagar la diferencia.
SÉPTIMA. RESPONSABILIDAD POR PÉRDIDA O DAÑO DE EFECTOS.
“EL HOSPEDADOR” responde de la pérdida o daño de los efectos que “EL HUÉSPED” introduzca en el inmueble, salvo que pruebe que aquéllos provinieron de caso fortuito, fuerza mayor o culpa del propio huésped, de conformidad con el Art. 2541 Código Civil Federal. Para efectos de lo anterior, se recomienda a “EL HUÉSPED” hacer del conocimiento de “EL HOSPEDADOR” la existencia de objetos de valor, pudiendo éste último exigir su depósito en un lugar seguro. La responsabilidad se rige por el principio de reparación integral del daño (Tesis: 1a. CXXXVI/2015 (10a.) de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, "REPARACIÓN INTEGRAL DEL DAÑO. SU CONCEPTO Y ALCANCES").
OCTAVA. TERMINACIÓN ANTICIPADA.
El presente contrato podrá darse por terminado anticipadamente por las siguientes causas:
- Por mutuo consentimiento.
- Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones esenciales a cargo de una de las partes, previo requerimiento notificado y no subsanado en un plazo de (NÚMERO) días.
- De manera unilateral por “EL HOSPEDADOR”, si “EL HUÉSPED” utiliza el inmueble para fines ilícitos o que alteren la paz y tranquilidad del lugar, sin derecho a devolución de cantidad alguna.
- Por caso fortuito o fuerza mayor.
NOVENA. CONFIDENCIALIDAD.
Las partes se obligan a mantener confidencialidad sobre los términos del presente contrato y cualquier información de carácter privado a la que tengan acceso con motivo del mismo.
DÉCIMA. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.
Para cualquier controversia que se derive del presente contrato, las partes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales del Estado de Sonora, renunciando a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles, de conformidad con el Art. 14 Código Civil Federal y el principio de autonomía de la voluntad (Tesis: 1a. LXXVII/2013 (10a.) de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, "AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD. SU ALCANCE EN MATERIA CONTRACTUAL").
DÉCIMA PRIMERA. DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES.
Para todos los efectos legales derivados del presente contrato, las partes señalan como sus domicilios los asentados en las declaraciones. Toda notificación o requerimiento se tendrá por válidamente realizado si se envía al correo electrónico o dirección allí señalados.
Domicilio de “EL HOSPEDADOR”: (DOMICILIO COMPLETO DEL HOSPEDADOR, CIUDAD, SONORA)
Correo electrónico: (CORREO ELECTRÓNICO DEL HOSPEDADOR)
Domicilio de “EL HUÉSPED” (durante la vigencia del contrato): (DOMICILIO COMPLETO DEL INMUEBLE OBJETO DEL CONTRATO, CIUDAD, SONORA)
Correo electrónico: (CORREO ELECTRÓNICO DEL HUÉSPED)
DÉCIMA SEGUNDA. ACEPTACIÓN Y FIRMAS.
Leído que fue el presente contrato por ambas partes, manifestando estar conformes con su contenido y alcance legal, lo firman en dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de (CIUDAD DE FIRMA, SONORA), a los (DÍA) días del mes de (MES) del año (AÑO).
“EL HOSPEDADOR”
(NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL HOSPEDADOR)
(FIRMA)
RFC: (RFC DEL HOSPEDADOR)
“EL HUÉSPED”
(NOMBRE COMPLETO DEL HUÉSPED)
(FIRMA)
RFC: (RFC DEL HUÉSPED)
TESTIGO
(NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO)
(FIRMA)
RFC: (RFC DEL TESTIGO)
TESTIGO
(NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO)
(FIRMA)
RFC: (RFC DEL TESTIGO)
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Código Civil Federal
- Código Civil para el Estado de Sonora (Disposiciones supletorias y de orden público local).
- Ley Federal de Protección al Consumidor (en su caso aplicable).
- Reglamentos Municipales de la localidad donde se ubique el inmueble.
📋 Instrucciones de Llenado
- (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL HOSPEDADOR): Escriba el nombre completo si es persona física o la razón social exacta si es persona moral (empresa).
- (DOMICILIO COMPLETO DEL HOSPEDADOR, CIUDAD, SONORA): Calle, número, colonia, código postal y ciudad en Sonora.
- (DOMICILIO COMPLETO DEL INMUEBLE OBJETO DEL CONTRATO, CIUDAD, SONORA): Dirección exacta de la casa, departamento o habitación que se renta.
- (NOMBRE COMPLETO DEL HUÉSPED): Nombre(s) y apellidos del huésped titular.
- (NACIONALIDAD DEL HUÉSPED): Ejemplo: Mexicana, Estadounidense, etc.
- (DOMICILIO COMPLETO DEL HUÉSPED): Domicilio fiscal o habitual fuera del inmueble objeto del contrato.
- (DESCRIPCIÓN DETALLADA DEL INMUEBLE...): Describa con detalle: número de habitaciones, baños, amueblado, electrodomésticos, servicios incluidos, condiciones especiales.
- (NÚMERO) (DÍAS / MESES): Ejemplo: "3 meses" o "15 días".
- (FECHA DE INICIO...) y (FECHA DE TÉRMINO...): En formato día/mes/año.
- (HORA DE ENTRADA) y (HORA DE SALIDA): Horario acordado, ej: "14:00" y "12:00".
- (MONTO EN NÚMERO Y LETRA) ((CANTIDAD EN NÚMEROS)) (PESOS MEXICANOS $ / MONEDA EXTRANJERA): Precio total del periodo contratado. Ej: "DOS MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N. ($2,500.00 M.N.)".
- (PRECIO POR PERIODO...): Ej: "$1,200 por noche" o "$8,000 por mes".
- (ESPECIFICAR FORMA DE PAGO): Describa cómo y cuándo se harán los pagos (transferencia, efectivo, depósito, etc.).
- (ENUMERAR SERVICIOS...): Liste los servicios básicos incluidos (agua, luz, internet, etc.).
- (ESPECIFICAR QUÉ SERVICIOS ESTÁN INCLUIDOS Y CUÁLES NO): Aclare si el precio cubre todos los servicios o si algunos (ej: electricidad arriba de un límite) se pagan aparte.
- (MONTO EN NÚMERO Y LETRA) ((CANTIDAD EN NÚMEROS)) (PESOS MEXICANOS $) (Cláusula SEXTA): Cantidad del depósito en garantía.
- (NÚMERO) días (Cláusula OCTAVA): Plazo para subsanar un incumplimiento, ej: "3" días.
- (CIUDAD DE FIRMA, SONORA): Ciudad en Sonora donde se firma físicamente el contrato.
- (DÍA), (MES), (AÑO): Fecha de firma.
- (RFC DEL HOSPEDADOR), (RFC DEL HUÉSPED), (RFC DEL TESTIGO): Registro Federal de Contribuyentes de cada firmante.
- (CORREO ELECTRÓNICO DEL HOSPEDADOR) y (CORREO ELECTRÓNICO DEL HUÉSPED): Correos electrónicos válidos para notificaciones.
📄 Plantillas Relacionadas
- Inventario y Entrega de Bienes Muebles: Para detallar y dar fe del estado del mobiliario y enseres al inicio y fin del hospedaje.
- Contrato de Arrendamiento de Vivienda (Sonora): Para periodos más largos (más de un año) o con fines de vivienda permanente.
- Acta Circunstanciada de Hechos: Para documentar incidentes, daños o incumplimientos durante la vigencia del contrato.
- Recibo de Pago de Depósito en Garantía: Para formalizar la entrega y el destino del depósito.
- Contrato de Comodato (Préstamo de Uso): Si el hospedaje se presta de forma gratuita.
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