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V1Contestación a Reconocimiento de Paternidad — Baja California
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

CONTROVERSIA DEL ORDEN FAMILIAR

EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE)

JUZGADO: (JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL ORDEN FAMILIAR EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA)

CONTESTACIÓN A LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD

C. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL ORDEN FAMILIAR EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
P R E S E N T E.

(NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO), señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES, CIUDAD, BAJA CALIFORNIA), autorizando para tal efecto al licenciado (NOMBRE COMPLETO DEL ABOGADO PATROCINADOR), con cédula profesional número (NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL), quien actúa en mi representación, y a quien usted se servirá tener por legalmente designado, ante usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Por medio del presente escrito, vengo a CONTESTAR la demanda de reconocimiento de paternidad promovida en mi contra por la ciudadana (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR/DEMANDANTE), representando al menor (NOMBRE COMPLETO DEL MENOR), la cual tiene por número de expediente (NÚMERO DE EXPEDIENTE), radicada ante este Honorable Juzgado, manifestando lo siguiente:

I. NEGATIVA DE LOS HECHOS

De conformidad con lo dispuesto por el Art. 81 Código Civil Federal, que establece la carga de la prueba para quien afirma la filiación, NEGO EN FORMA TOTAL Y ABSOLUTA los hechos expuestos en la demanda que me son imputados, en los siguientes términos:

  1. Niego que haya mantenido una relación íntima o concubinaria con la actora (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR/DEMANDANTE) en la época de la concepción del menor (NOMBRE COMPLETO DEL MENOR), la cual se señala aproximadamente entre (FECHA ESTIMADA DE CONCEPCIÓN).
  2. Niego ser el padre biológico del menor (NOMBRE COMPLETO DEL MENOR).
  3. Niego cualquier acto de reconocimiento expreso o tácito de la paternidad que se me atribuye.
  4. Niego haber convivido o proporcionado manutención alguna al menor en cuestión.
  5. Niego en general todos y cada uno de los hechos narrados en la demanda que no sean expresamente admitidos en este escrito.

II. EXCEPCIONES PREVIAS

En virtud de la negativa anterior, y sin que en modo alguno pueda entenderse como una admisión de los hechos, propongo las siguientes excepciones previas:

  1. FALTA DE PERSONALIDAD JURÍDICA DE LA ACTORA: Se desconoce si la actora cuenta con la legitimación activa necesaria para promover la presente acción, ya que no se ha acreditado suficientemente su calidad de madre o representante legal del menor, conforme a lo establecido en el Art. 22 Código Civil Federal y el Art. 414 Código Civil Federal.
  2. FALTA DE PRESUPUESTOS PROCESALES: La demanda carece de los requisitos mínimos para su admisión, pues no se acompañan los medios de prueba iniciales que permitan presumir la verosimilitud del derecho invocado, como lo exige el principio de congruencia y carga de la prueba.

III. PRETENSIONES

En consecuencia con lo anterior, y fundado en los artículos aplicables, SOLICITO RESPETUOSAMENTE A ESTE HONORABLE JUZGADO:

  1. Se tenga por contestada la demanda en los términos expresados.
  2. Se desechen las pretensiones de la actora, declarando que no existe relación de filiación alguna entre el suscrito y el menor (NOMBRE COMPLETO DEL MENOR).
  3. En su caso, y de manera supletoria, se ordene la práctica de una prueba pericial genética (ADN) para determinar con certeza científica la paternidad, bajo las condiciones y consecuencias legales que de ella deriven, conforme al Art. 402 Código Civil Federal.
  4. Se me condene al pago de las costas procesales a la actora, por haber promovido una acción infundada.

IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO

Mi postura se fundamenta en las siguientes disposiciones legales y criterios jurisprudenciales:

  1. El Art. 340 Código Civil Federal establece que el reconocimiento de los hijos es un acto jurídico voluntario y libre, irrevocable y que no está sujeto a formalidad alguna. Al no haber realizado tal acto, no existe reconocimiento.
  2. El Art. 361 Código Civil Federal señala que la paternidad y la maternidad pueden ser desconocidas por el presunto padre, la madre o el hijo. El presente escrito constituye el ejercicio de ese derecho al desconocimiento.
  3. El Art. 399 Código Civil Federal regula la acción de reclamación de filiación, la cual, como toda acción, está sujeta a la carga de la prueba por parte de quien la ejercita.
  4. El Art. 402 Código Civil Federal es aplicable en su párrafo segundo, al prever que si el demandado se allana a la práctica de la prueba biológica, el Juez la ordenará. En este caso, me allano a ella para demostrar la inexistencia del vínculo biológico.

V. PRUEBAS QUE OFREZCO

Para acreditar mis afirmaciones, ofrezco las siguientes pruebas:

  1. PRUEBA PERICIAL GENÉTICA (ADN): Se ofrece de manera principal y bajo protesta de decir verdad, sometiéndome a la extracción de muestras biológicas que sean necesarias, para que un perdesignado por este Tribunal realice el estudio comparativo de ADN entre el suscrito y el menor (NOMBRE COMPLETO DEL MENOR), con el fin de determinar con certeza científica la paternidad. Me obligo a cubrir los gastos iniciales de la misma, sin perjuicio de lo que finalmente resuelva el Tribunal sobre el pago de costas.
  2. PRUEBA DOCUMENTAL: Documentos que acrediten mi residencia y actividades en un lugar distinto al señalado como de la concepción, en las fechas relevantes (por ejemplo, contratos de trabajo, estados de cuenta, boletos de viaje).
  3. PRUEBA TESTIMONIAL: Ofrezco el testimonio de (NOMBRE(S) DE TESTIGO(S)), quienes declararán sobre la no existencia de una relación entre la actora y yo en el periodo señalado.
  4. PRUEBA CONFESIONAL: En caso necesario, ofrezco rendir confesión judicial sobre los hechos que sean conducentes.

Las pruebas documental y testimonial las presentaré en el plazo que para ello señale este Juzgado.

VI. CITAS JURISPRUDENCIALES

  1. TESIS: I.3o.F. J/10 (10a.) (DERECHO FAMILIAR. LA PRUEBA DE ADN ES LA IDÓNEA PARA ACREDITAR O DESVIRTUAR LA PATERNIDAD). Décima Época, Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Libro V, Febrero de 2014, Tomo 1, Pág. 548. Esta tesis establece que la prueba de ADN es la más adecuada para determinar la filiación, por lo que su práctica es fundamental en un asunto como el presente.
  2. TESIS: 1a. CCCXXVII/2014 (10a.) (PATERNIDAD. LA NEGATIVA DEL DEMANDADO A SOMETERSE A LA PRUEBA DE ADN, POR SÍ SOLA, NO CONSTITUYE PRUEBA DE LA FILIACIÓN RECLAMADA, SINO UN INDICIO QUE DEBE SER VALORADO EN CONJUNTO CON LOS DEMÁS ELEMENTOS DE CONVICCIÓN). Décima Época, Primera Sala de la SCJN. Este criterio refuerza mi posición de allanamiento a la prueba, evitando que mi negativa inicial sea malinterpretada.
  3. TESIS: I.3o.F. J/13 (10a.) (RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD. EL PLAZO PARA EJERCITAR LA ACCIÓN CORRESPONDIENTE, PREVISTO EN EL ARTÍCULO 340 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, ES IMPRORROGABLE). Décima Época, Tribunales Colegiados de Circuito. Si la actora alegara un supuesto reconocimiento tácito antiguo, esta tesis sostiene la caducidad de la acción para exigirlo judicialmente después de dos años.

VII. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA

Me someto a la jurisdicción y competencia de este Honorable Juzgado de Primera Instancia del Orden Familiar del Estado de Baja California, por ser el lugar donde se ha promovido la demanda y donde tengo mi domicilio para efectos legales.

VIII. ÚLTIMA PARTE

Por lo expuesto y fundado,

A USTED SOLICITO se sirva admitir la presente contestación, tener por ofrecidas las pruebas en los términos señalados, darle el trámite legal correspondiente y, en su momento, dictar sentencia absolviéndome de las pretensiones de la demanda, declarando la inexistencia de la paternidad que se me reclama, y condenando en costas a la parte actora.

Protesto lo necesario.


LUGAR Y FECHA: (CIUDAD), Baja California, a (DÍA) de (MES) de (AÑO).


ATENTAMENTE


_________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO)
DEMANDADO


POR SU MANDATO


_________________________
Lic. (NOMBRE COMPLETO DEL ABOGADO PATROCINADOR)
Cédula Profesional: (NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL)
ABOGADO PATROCINADOR

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⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NÚMERO DE EXPEDIENTE): Anotar el número que aparece en el oficio de emplazamiento o en la demanda notificada.
  2. (JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL ORDEN FAMILIAR EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA): Escribir el nombre completo del Juzgado que conoce del asunto (ej: "Juzgado Primero de Primera Instancia del Orden Familiar del Poder Judicial del Estado de Baja California, con residencia en Mexicali").
  3. (NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO): Nombre(s), apellido paterno y apellido materno de la persona contra quien se dirige la demanda.
  4. (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES, CIUDAD, BAJA CALIFORNIA): Domicilio exacto (calle, número, colonia, código postal, ciudad) donde el demandado recibirá notificaciones judiciales.
  5. (NOMBRE COMPLETO DEL ABOGADO PATROCINADOR): Nombre completo del licenciado en derecho que representa al demandado.
  6. (NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL): Número de cédula profesional del abogado patrocinador.
  7. (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR/DEMANDANTE): Nombre completo de la persona que promueve la demanda (la madre o representante del menor).
  8. (NOMBRE COMPLETO DEL MENOR): Nombre completo del niño, niña o adolescente cuya paternidad se reclama.
  9. (FECHA ESTIMADA DE CONCEPCIÓN): Aproximar el mes y año en que, según la demanda, ocurrió la concepción del menor.
  10. (NOMBRE(S) DE TESTIGO(S)): Nombre(s) completo(s) de las personas que podrían declarar a favor del demandado. Es recomendable incluir sus datos generales (edad, domicilio, ocupación) en un anexo.
  11. (CIUDAD): Ciudad de Baja California donde se firma el documento (ej: Tijuana, Mexicali, Ensenada).
  12. (DÍA) de (MES) de (AÑO): Fecha en que se firma la contestación.

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