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V1Amparo contra Congelamiento de Cuentas Bancarias — Michoacán
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
Demanda de Amparo Indirecto - Congelamiento de Cuentas Bancarias

EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE)

DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO

JUEZ DE DISTRITO EN EL ESTADO DE MICHOACÁN
PRESENTE.

(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), mayor de edad, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (DOMICILIO COMPLETO, CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, MICHOACÁN), autorizando para tales efectos al C. (NOMBRE DEL PERSONA AUTORIZADA PARA RECIBIR NOTIFICACIONES), con la misma calidad, y aportando copia simple de identificación oficial vigente de ambos; actuando por mi propio derecho y señalando los siguientes:

I. HECHOS

  1. El quejoso es contribuyente inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes con la clave (RFC DEL ACTOR).
  2. El día (FECHA DEL ACTO RECLAMADO), la autoridad responsable, mediante oficio número (NÚMERO DE OFICIO), notificó al quejoso la determinación de "CONGELAMIENTO DE CUENTAS BANCARIAS".
  3. Dicha determinación fue emitida en el marco del procedimiento administrativo de ejecución, derivado de un crédito fiscal determinado por la autoridad hacendaria.
  4. El monto total del crédito fiscal que se pretende garantizar con dicha medida es de (MONTO EN PESOS $00,000.00 M.N.).
  5. El congelamiento se aplicó sobre las cuentas bancarias mantenidas por el quejoso en las siguientes instituciones: (NOMBRE DEL BANCO 1, NÚMERO DE CUENTA) y (NOMBRE DEL BANCO 2, NÚMERO DE CUENTA).
  6. La notificación de la medida fue realizada de manera personal/electrónica (táchese lo que no proceda) el día (FECHA DE NOTIFICACIÓN).
  7. La medida de apremio deja al quejoso en un estado de indefensión, imposibilitándolo para realizar operaciones comerciales ordinarias, cumplir con obligaciones laborales, familiares y de subsistencia, generando un daño irreparable de imposible cuantificación.
  8. El quejoso interpuso el recurso administrativo que en derecho corresponda (o no, según el caso) el día (FECHA DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO, SI SE PROMOVIÓ), sin que hasta la fecha se haya resuelto, o bien, se le negó la suspensión provisional de la medida.

II. DERECHOS VIOLADOS Y FUNDAMENTOS LEGALES

Los actos de autoridad descritos violan de manera directa e inmediata los siguientes derechos fundamentales reconocidos en la Art. 14, Art. 16 y Art. 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los artículos aplicables del Código Fiscal de la Federación y la Ley del Impuesto sobre la Renta.

En específico, se viola el principio de legalidad y seguridad jurídica del Art. 14 Constitucional, ya que la autoridad responsable no observó los requisitos y procedimientos establecidos en los artículos 144, 145 y 146 del Código Fiscal de la Federación para decretar y notificar una medida de esta naturaleza.

Asimismo, se transgrede la garantía de legalidad en materia de actos de molestia del Art. 16 Constitucional, al no existir una estricta justificación y motivación legal que fundamente la procedencia y proporcionalidad del congelamiento, más allá de la mera existencia de un crédito fiscal.

Finalmente, se vulnera el derecho a una pronta y cumplida administración de justicia y a no ser privado de sus propiedades, posesiones o derechos sino mediante juicio seguido ante los tribunales del Art. 17 Constitucional, al aplicarse una medida cautelar desproporcionada que equivale a una privación de facto de los recursos económicos indispensables para la vida y defensa del quejoso, sin agotar medios de cobro menos gravosos.

III. TESIS JURISPRUDENCIALES APLICABLES

  1. Registro Digital: 2023567 (Novena Época, SCJN). "MEDIOS DE APREMIO. EL CONGELAMIENTO DE CUENTAS BANCARIAS COMO TAL, DEBE CUMPLIR CON EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD Y APLICARSE COMO ÚLTIMO RECURSO, LUEGO DE VALORAR LA INEFICACIA DE OTROS MENOS GRAVOSOS." Esta tesis sostiene que la autoridad fiscal debe justificar por qué otros medios de apremio (embargo de bienes muebles, por ejemplo) no son suficientes antes de proceder al congelamiento, lo cual no ocurrió en el presente caso.
  2. Registro Digital: 2019882 (Novena Época, SCJN). "NOTIFICACIÓN DE MEDIDAS DE APREMIO. LA NOTIFICACIÓN PERSONAL O POR MEDIOS ELECTRÓNICOS HABILITADOS ES ESENCIAL PARA CONFIGURAR LA LEGALIDAD DEL ACTO Y EL INICIO DE SU OBSERVANCIA." La notificación del oficio de congelamiento adolece de vicios de forma, al haberse realizado de manera irregular, violando el derecho de defensa del quejoso.
  3. Registro Digital: 2021123 (Décima Época, Primera Sala SCJN). "CONGELAMIENTO DE CUENTAS BANCARIAS. SU ALCANCE NO PUEDE SER INDISCRIMINADO Y DEBE DEJAR LIBRES LOS RECURSOS MÍNIMOS PARA LA SUBSISTENCIA DEL CONTRIBUYENTE Y SU FAMILIA, ASÍ COMO PARA COSTEAR SU DEFENSA." La medida decretada bloquea la totalidad de los fondos, impidiendo al quejoso cubrir gastos básicos y los honorarios de su defensa legal, lo que configura una violación al debido proceso.

IV. ACTOS RECLAMADOS Y AUTORIDADES RESPONSABLES

ACTO RECLAMADO: La determinación administrativa de "Congelamiento de Cuentas Bancarias", contenida en el oficio número (NÚMERO DE OFICIO), fechado el (FECHA DEL ACTO RECLAMADO), notificado el (FECHA DE NOTIFICACIÓN), y cualquier otro acto de ejecución derivado del mismo.

AUTORIDAD RESPONSABLE: El Servicio de Administración Tributaria, a través de su Administración General Jurídica o la Administración Local de Asistencia al Contribuyente en Michoacán que corresponda, con domicilio en (DOMICILIO DE LA AUTORIDAD EN MICHOACÁN, SI SE CONOCE).

AUTORIDADES DEBIDAS INFORMANTES: La institución bancaria (NOMBRE DEL BANCO), S.A., y cualquier otra institución financiera donde se haya ordenado el bloqueo.

V. PETICIONES

Por tanto, a Usted respetuosamente solicito:

  1. SE TENGA POR INTERPUESTA LA PRESENTE DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO en contra de los actos de autoridad antes descritos.
  2. SE ADMITA A TRÁMITE LA DEMANDA y se le dé el curso legal correspondiente.
  3. SE ORDENE LA SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO de forma provisional y definitiva, por tratarse de un acto que de ejecutarse causaría daños y perjuicios de difícil reparación al quejoso, conforme a lo dispuesto por los artículos 124, 125 y 126 de la Ley de Amparo. Ofrezco contracautela por la cantidad que este Juzgado estime pertinente, misma que garantizaré mediante fianza, depósito o hipoteca.
  4. EN SU MOMENTO, SE PRONUNCIE SENTENCIA en la que se conceda el amparo y protección de la Justicia Federal al quejoso, ordenándose el desahogo del congelamiento de las cuentas bancarias referidas y la reposición de las cosas al estado que guardaban antes de la violación.

VI. OFRECIMIENTO DE PRUEBAS Y DECLARATORIA

PRUEBAS DOCUMENTALES:

  1. Original para cotejo y copia simple del oficio de congelamiento número (NÚMERO DE OFICIO).
  2. Copia simple de la identificación oficial vigente del quejoso y de la persona autorizada para recibir notificaciones.
  3. Estados de cuenta bancaria que acrediten la propiedad de las cuentas y el bloqueo de los fondos.
  4. Copia del acuse de recibo del recurso administrativo interpuesto, si es el caso.
  5. Cualquier otro documento que durante el procedimiento aporte el quejoso.

DECLARATORIA: Bajo protesta de decir verdad, declaro que los hechos expuestos en la presente demanda son verídicos y que no he promovido otro juicio de amparo con el mismo objeto contra los mismos actos.

PROTESTO LO NECESARIO.

Lugar y Fecha: (CIUDAD, MICHOACÁN, A [DÍA) DE (MES) DE (AÑO)].

ATENTAMENTE
(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR)
QUEJOSO


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⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NÚMERO DE EXPEDIENTE): Déjese en blanco. Lo asignará el Juzgado al admitir la demanda.
  2. (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Escriba su nombre completo, tal como aparece en su identificación oficial y en el RFC.
  3. (DOMICILIO COMPLETO...): Incluya calle, número exterior e interior, colonia, código postal, ciudad y estado (Michoacán). Este será el domicilio para todas las notificaciones legales.
  4. (NOMBRE DEL PERSONA AUTORIZADA...): Si autoriza a otra persona (familiar, abogado) para recibir notificaciones en su domicilio, ponga su nombre completo. Si no, ponga "Nadie" o tache el texto.
  5. (RFC DEL ACTOR): Incluya su Registro Federal de Contribuyentes con homoclave.
  6. (FECHA DEL ACTO RECLAMADO) / (NÚMERO DE OFICIO): Copie exactamente la fecha y el número de oficio de la notificación de congelamiento.
  7. (MONTO EN PESOS...): Anote el monto total del crédito fiscal que la autoridad señala en el oficio.
  8. (NOMBRE DEL BANCO, NÚMERO DE CUENTA): Especifique cada institución bancaria y el número de cuenta afectado.
  9. (FECHA DE NOTIFICACIÓN): Fecha en que recibió físicamente o vía electrónica el oficio.
  10. (FECHA DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO...): Si promovió un recurso administrativo (revocación, nulidad) contra el acto, ponga la fecha. Si no, escriba "No se interpuso" y ajuste el hecho #8.
  11. (DOMICILIO DE LA AUTORIDAD...): Si conoce la oficina específica del SAT en Michoacán que emitió el acto, póngala. Si no, puede poner "Plaza de la Paz No. 27, Col. Centro, Morelia, Michoacán, C.P. 58000" (ejemplo).
  12. (CIUDAD, MICHOACÁN, A [DÍA) DE (MES) DE (AÑO)]: Lugar y fecha en que firma la demanda.

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