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V1Amparo contra Congelamiento de Cuentas Bancarias — Quintana Roo
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

AMPARO CONTRA CONGELAMIENTO DE CUENTAS BANCARIAS

EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN)

JUZGADO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE QUINTANA ROO
PRESENTE.

(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), mayor de edad, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (DOMICILIO COMPLETO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, QUINTANA ROO), autorizando para tal efecto al C. (NOMBRE DEL NOTIFICADOR AUTORIZADO), y proporcionando los siguientes datos de contacto: teléfono (TELÉFONO) y correo electrónico (CORREO ELECTRÓNICO); actuando en mi propio derecho y carácter, y señalando como autoridades responsables a:

  1. EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SAT), a través de su Administración General Jurídica o la que corresponda, con domicilio en Avenida Hidalgo núm. 77, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México.
  2. LA INSTITUCIÓN BANCARIA (NOMBRE DEL BANCO, S.A.), a través de su representante legal, con domicilio en (DOMICILIO DE LA SUCURSAL BANCARIA EN QUINTANA ROO QUE NOTIFICÓ EL CONGELAMIENTO).

Ante usted, con el debido respeto, comparezco para promover JUICIO DE AMPARO INDIRECTO, en contra del acto de autoridad consistente en la orden y ejecución del congelamiento o bloqueo de mis cuentas bancarias, identificadas con los números (LISTAR NÚMEROS DE CUENTA Y CLABES INTERBANCARIAS), en la institución bancaria (NOMBRE DEL BANCO), fundado en presuntos créditos fiscales, y lo hago bajo las siguientes:

I. HECHOS

  1. Que el día (FECHA DE LA NOTIFICACIÓN O DEL CONOCIMIENTO DEL CONGELAMIENTO), la autoridad responsable número dos, (NOMBRE DEL BANCO), me notificó (o tuve conocimiento a través de medios electrónicos/avisos) que mis cuentas antes referidas se encontraban sujetas a un "congelamiento", "bloqueo" o "embargo" por orden de la autoridad responsable número uno, el Servicio de Administración Tributaria.
  2. Que dicho acto me impide disponer libremente de los recursos económicos necesarios para mi subsistencia, el pago de obligaciones laborales, familiares y comerciales, así como para la defensa de mis intereses, generándome un perjuicio irreparable de carácter patrimonial y personal.
  3. Que, hasta la fecha de la presentación de este escrito, no he sido notificado formalmente, de manera personal y clara, de la resolución definitiva que determina la existencia y monto líquido de un crédito fiscal a mi cargo, ni mucho menos del mandamiento de ejecución que fundamente la medida cautelar de bloqueo de cuentas, violándose así las formalidades esenciales del procedimiento.
  4. Que el acto reclamado es de ejecución inmediata y de imposible reparación, ya que al privarme del uso de mis recursos, me coloca en un estado de indefensión que afecta mi derecho a la subsistencia, al trabajo y a un debido proceso.

II. DERECHOS VULNERADOS

El acto de autoridad descrito viola de manera directa y flagrante los siguientes derechos humanos reconocidos en la Art. 14 y Art. 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como diversos artículos de la Ley de Amparo, toda vez que:

  1. Se me priva de mis bienes (derecho de propiedad y posesión) sin que se me haya notificado y vencido en un juicio seguido ante tribunales previamente establecidos, en el que se hayan observado todas las formalidades del procedimiento.
  2. La medida de bloqueo se ordenó y ejecutó sin un mandamiento escrito y fundado de autoridad competente que la justifique, violando el principio de legalidad y el derecho a la seguridad jurídica.
  3. Se afecta mi garantía de audiencia y defensa adecuada, al ejecutarse una medida cautelar de extrema severidad sin haberme dado la oportunidad previa de ser oído y ofrecer pruebas para demostrar la improcedencia de la misma.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO

El presente juicio de amparo se funda en lo dispuesto por los siguientes ordenamientos:

  1. Artículo 1º Constitucional, que prohíbe la violación de los derechos humanos.
  2. Artículo 14 Constitucional, que garantiza la audiencia y legalidad en los procedimientos privativos.
  3. Artículo 16 Constitucional, que establece que nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad competente que funde y motive la causa legal del procedimiento.
  4. Artículo 17 Constitucional, que consagra el derecho a una impartición de justicia pronta, completa e imparcial.
  5. Artículo 1 de la Ley de Amparo, que establece el objeto del juicio de amparo.
  6. Artículo 107, fracción II, de la Ley de Amparo, en relación con la procedencia del amparo contra actos de autoridad que importen peligro de privación de la vida, ataques a la libertad personal fuera de procedimiento, deportación o destierro, o alguno de los prohibidos por el Artículo 22 Constitucional, o cuando el acto reclamado sea de ejecución inminente y de imposible reparación.
  7. Artículo 140 del Código Fiscal de la Federación, el cual establece los requisitos y formalidades para el embargo de bienes, incluyendo la necesidad de un mandamiento escrito y fundado.
  8. Artículo 141 del Código Fiscal de la Federación, que señala los bienes que no son embargables, entre los que se encuentran los necesarios para el sustento del deudor y su familia.

IV. TESIS JURISPRUDENCIALES

  1. Amparo en revisión 307/2016. Servicio de Administración Tributaria. 10 de mayo de 2017. Mayoría de ocho votos. Ponente: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Secretario: Alejandro Rojas Ríos. "El bloqueo de cuentas bancarias ordenado por el Servicio de Administración Tributaria, como medida cautelar para garantizar el pago de un crédito fiscal, constituye una medida privativa que debe cumplir con las formalidades esenciales del procedimiento, especialmente la notificación personal y la oportunidad de defensa, so pena de ser inconstitucional."
  2. Primera Sala. Tesis: 1a. CCCXXXVII/2018 (10a.). Registro: 2018234. "CONGELAMIENTO DE CUENTAS BANCARIAS POR EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA. PARA QUE PROCEDA, SE REQUIERE QUE PREVIAMENTE SE HAYA DETERMINADO EL CRÉDITO FISCAL MEDIANTE RESOLUCIÓN DEFINITIVA FIRME, Y SE CUENTE CON EL MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN CORRESPONDIENTE."
  3. Primera Sala. Tesis: 1a. LXXVII/2021 (10a.). Registro: 2013567. "DERECHO A LA SUBSISTENCIA. EL BLOQUEO TOTAL DE LOS RECURSOS ECONÓMICOS DE UNA PERSONA, SIN DEJARLE LOS MÍNIMOS INDISPENSABLES PARA SU SUBSISTENCIA Y LA DE SU FAMILIA, VULNERA DICHO DERECHO HUMANO Y EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD."

V. PETICIONES

Por lo expuesto y fundado, respetuosamente suplico a usted, Señor Juez de Distrito:

  1. SE SIRVA ADMITIR la presente demanda de amparo indirecto.
  2. SE SIRVA SUSPENDER de manera inmediata e incondicional los efectos del acto reclamado, es decir, el congelamiento o bloqueo de mis cuentas bancarias identificadas con los números (LISTAR NÚMERO DE CUENTAS), en la institución (NOMBRE DEL BANCO), a fin de que pueda disponer libremente de los recursos contenidos en ellas, en tanto se resuelve sobre el fondo del presente juicio de garantías. Lo anterior, en virtud de que el acto es de ejecución inminente, de imposible reparación y me causa un daño grave e irreparable en mi patrimonio y subsistencia.
  3. En caso de que para decretar la suspensión se estime necesario imponer una contragarantía, SE SIRVA FIJARLA en términos prudenciales y proporcionales, considerando mi situación económica y el carácter provisional de la medida, pudiendo consistir en una CAUCIÓN por la cantidad que su Señoría estime justa, misma que ofrezco constituir.
  4. En el fondo del asunto, SE SIRVA CONCEDER EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL para los efectos de que se dejen sin efectos el acto reclamado y sus consecuencias, ordenando a las autoridades responsables que levanten el bloqueo de mis cuentas y se abstengan de realizar actos semejantes en el futuro, con base en los mismos fundamentos.

VI. OFRECIMIENTO DE PRUEBAS

Para acreditar los hechos expuestos, ofrezco las siguientes pruebas:

  1. Documental Pública: Copia certificada de la notificación del banco sobre el bloqueo de cuentas, o capturas de pantalla del sistema bancario en línea que evidencien la medida.
  2. Documental Pública: Estados de cuenta de los últimos tres meses de las cuentas bloqueadas.
  3. Documental Pública: Identificación oficial vigente (INE o pasaporte) del actor.
  4. Documental Pública: Comprobante de domicilio reciente.
  5. Confesional: La de la autoridad responsable número dos ((NOMBRE DEL BANCO)) para que manifieste sobre la orden recibida del SAT y los detalles de la medida de bloqueo.
  6. Instrumental de Actuaciones: Las que se generen en el presente juicio.

Para el desahogo de las pruebas documentales, me ofrezco a presentar los originales al tiempo de recibir el exhorto correspondiente.

VII. ANEXOS

  1. Copia simple de la identificación oficial del actor.
  2. Copia simple del comprobante de domicilio.
  3. Copia simple de la notificación bancaria o evidencia del bloqueo.
  4. Estados de cuenta simples de las cuentas afectadas.
  5. Dos copias simples de la presente demanda para cada una de las autoridades responsables.

PROTESTO LO NECESARIO.

LUGAR Y FECHA: (CIUDAD, QUINTANA ROO), a (DÍA) de (MES) de (AÑO).

ATENTAMENTE,
(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR)
FIRMA AUTÓGRAFA

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⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN): Déjese en blanco si es la presentación inicial. El juzgado lo asignará.
  2. (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Escriba su nombre completo, tal como aparece en su identificación oficial (INE, pasaporte).
  3. (DOMICILIO COMPLETO...): Incluya calle, número exterior e interior, colonia, código postal, ciudad y estado (Quintana Roo). Este será el domicilio para recibir notificaciones.
  4. (NOMBRE DEL NOTIFICADOR AUTORIZADO): Nombre de la persona que puede recibir notificaciones en su domicilio si usted no está.
  5. (TELÉFONO) y (CORREO ELECTRÓNICO): Datos de contacto actualizados.
  6. (NOMBRE DEL BANCO, S.A.): Nombre completo de la institución bancaria donde tiene las cuentas bloqueadas (ej. BBVA México, S.A.).
  7. (DOMICILIO DE LA SUCURSAL...): Domicilio de la sucursal bancaria en Quintana Roo que le notificó el bloqueo o donde tiene apertas las cuentas.
  8. (LISTAR NÚMEROS DE CUENTA Y CLABES INTERBANCARIAS): Enumere claramente todos los números de cuenta y CLABE afectados por el bloqueo.
  9. (FECHA DE LA NOTIFICACIÓN...): Fecha exacta en que el banco le notificó el bloqueo o usted lo descubrió.
  10. (CIUDAD, QUINTANA ROO): Ciudad del estado de Quintana Roo desde donde presenta el documento (ej. Cancún, Chetumal, Playa del Carmen).
  11. (DÍA), (MES), (AÑO): Fecha de elaboración y firma del documento.

📄 Plantillas Relacionadas

  • Recurso de Revisión contra Resolución del SAT: Para impugnar la determinación del crédito fiscal que originó el bloqueo.
  • Solicitud de Condonación o Facilidades de Pago ante el SAT: Para buscar una solución administrativa al crédito fiscal.
  • Amparo contra Requerimiento de Pago del SAT: Para impugnar el acto previo al bloqueo de cuentas.
  • Demanda de Juicio de Nulidad Fiscal: Para invalidar la resolución definitiva que determina el crédito fiscal.
  • Escrito de Incidente de Reposición de Bienes (en Amparo): Para solicitar la devolución de bienes embargados una vez concedido el amparo.
Red Nacional de Abogados

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Sobre este documento: Amparo contra Congelamiento de Cuentas Bancarias — Quintana Roo

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