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V1Amparo contra Congelamiento de Cuentas Bancarias — Yucatán
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO

I. DATOS GENERALES DEL JUICIO

EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE, SI APLICA)

JUZGADO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE YUCATÁN: [ESPECIFICAR NÚMERO Y UBICACIÓN, EJM. "JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE YUCATÁN, CON RESIDENCIA EN MÉRIDA"]

MATERIA: Fiscal / Administrativa

ACTO RECLAMADO: Resolución administrativa o acto de autoridad que ordenó el congelamiento o embargo de cuentas bancarias.

AUTORIDAD RESPONSABLE: [NOMBRE COMPLETO Y CARGO DE LA AUTORIDAD FISCAL, EJM. "ADMINISTRACIÓN GENERAL DE AUDITORÍA FISCAL DE LA ADMINISTRACIÓN DESCONCENTRADA DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE RECAUDACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL YUCATÁN DE LA AUTORIDAD FISCAL"]

AUTORIDADES CONOCEDORAS: Tribunal Colegiado de Circuito con competencia en el Estado de Yucatán.

II. DATOS DEL QUEJOSO

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR O RAZÓN SOCIAL)

DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES: (DOMICILIO COMPLETO EN EL ESTADO DE YUCATÁN, CON CÓDIGO POSTAL)

REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (RFC): (RFC DEL QUEJOSO)

III. PRETENSIÓN

Que se deje sin efectos el acto de autoridad que ordenó el congelamiento de las cuentas bancarias a mi nombre, por violar mis garantías de legalidad, audiencia y defensa, consagradas en los Art. 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los principios de proporcionalidad y razonabilidad, restituyéndome las cosas al estado que guardaban antes de su emisión.

IV. HECHOS

  1. El quejoso es (PERSONA FÍSICA/MORAL) dedicada a la actividad de (DESCRIBIR ACTIVIDAD ECONÓMICA), con domicilio fiscal en el Estado de Yucatán.
  2. El día (FECHA), la Autoridad Responsable emitió la resolución administrativa identificada con el número (NÚMERO DE OFICIO O RESOLUCIÓN), mediante la cual, con fundamento en lo dispuesto por el Art. 146 del Código Fiscal de la Federación, ordenó a diversas instituciones de crédito el congelamiento de las cuentas bancarias a mi nombre, específicamente las cuentas (ESPECIFICAR NÚMEROS DE CUENTA Y BANCOS), por un monto total de $(MONTO PESOS M.N.).
  3. Dicho acto se notificó de manera (PERSONAL/ELECTRÓNICA) el día (FECHA DE NOTIFICACIÓN), impidiéndome el libre uso y disposición de mis recursos financieros, esenciales para el desarrollo de mi actividad económica, el pago de obligaciones laborales, fiscales y de proveedores.
  4. El acto reclamado carece de fundamentación y motivación suficiente, ya que no se acredita de manera clara la existencia de un crédito fiscal determinado, exigible y líquido que justifique una medida de esta naturaleza y gravedad.
  5. La medida es desproporcionada, toda vez que el monto congelado excede con creces el presunto adeudo fiscal, o bien, no se tomó en cuenta la posibilidad de garantizar el crédito fiscal mediante otros medios menos gravosos para mis derechos patrimoniales.
  6. No se me otorgó la oportunidad de ser oído y de ofrecer pruebas y alegatos antes de que se decretara la medida cautelar, violentándose el derecho de audiencia previo.

V. FUNDAMENTOS DE DERECHO

A) Violaciones Constitucionales y Legales

El acto reclamado viola las siguientes garantías:

  1. Garantía de Legalidad (Art. 14 Constitucional): La autoridad actuó fuera de los supuestos establecidos en el Art. 146 del Código Fiscal de la Federación, el cual exige para proceder al embargo (o congelamiento como acto de traba) que el crédito fiscal sea determinado, líquido y exigible. En el presente caso, no existe tal determinación en términos de lo dispuesto por los artículos 133 y 134 del mismo ordenamiento.
  2. Garantía de Audiencia y Defensa (Art. 14 Constitucional): El congelamiento de cuentas, como medida cautelar o de ejecución, debe precederse de un procedimiento en el que el contribuyente tenga oportunidad de defenderse. La autoridad omitió este requisito esencial.
  3. Garantía de Fundamentación y Motivación (Art. 16 Constitucional): La resolución que ordena el congelamiento es oscura e insuficiente en su motivación, no vinculando los hechos con los preceptos legales aplicables.
  4. Principio de Proporcionalidad: La medida es groseramente desproporcionada, al afectar la totalidad de los recursos líquidos del quejoso para operar, sin considerar medios menos lesivos. La jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido que las autoridades deben observar este principio en los actos de molestia.

B) Jurisprudencia Aplicable

  1. Tesis: I.3o.A. J/10 (10a.) "EMBARGO. LA AUTORIDAD FISCAL DEBE FUNDAR Y MOTIVAR SU DECISIÓN DE PRACTICARLO, SEÑALANDO LAS CIRCUNSTANCIAS ESPECÍFICAS QUE JUSTIFIQUEN DICHA MEDIDA (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 1o. DE ENERO DE 2007)." Esta tesis sostiene que no basta con invocar el artículo 146 del CFF, sino que debe justificarse la necesidad y pertinencia del embargo.
  2. Tesis: I.3o.A. K/11 (10a.) "EMBARGOS. LA AUTORIDAD FISCAL DEBE OBSERVAR EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD AL DECRETARLOS." Establece la obligación de la autoridad de buscar el menor sacrificio patrimonial para el contribuyente.
  3. Tesis: 2a./J. 43/2016 (10a.) "ACREEDORES FISCALES. PROCEDE EL AMPARO CONTRA ACTOS DE MOLESTIA MATERIALIZADOS COMO CONSECUENCIA DE LA EJECUCIÓN DE LA GARANTÍA OTORGADA POR TERCEROS, CUANDO SE ALEGUE LA VIOLACIÓN DE SUS DERECHOS FUNDAMENTALES." Reafirma la procedencia del amparo contra actos de ejecución fiscal que vulneran garantías.

C) Competencia del Juzgado de Distrito en Yucatán

De conformidad con el Art. 107, fracción IX, de la Constitución, y los artículos 46 y 47 de la Ley de Amparo, es competente para conocer de este juicio el Juzgado de Distrito en el Estado de Yucatán donde se cometieron los actos reclamados o donde tenga su domicilio el quejoso, según lo señalado en el domicilio para oír y recibir notificaciones.

VI. PETICIONES

  1. PRINCIPAL: Se conceda al quejoso el amparo y protección de la Justicia Federal, para los efectos del Art. 80 de la Ley de Amparo, dejando sin efectos la resolución administrativa de fecha (FECHA) mediante la cual se ordenó el congelamiento de las cuentas bancarias señaladas en los hechos.
  2. SUBSIDIARIA: En caso de estimarse que la suspensión del acto reclamado puede causar perjuicios a terceros, se fije una contracautela que no implique la afectación permanente de mis recursos, tal como la constitución de una garantía por el monto que este Tribunal estime prudente, a fin de no hacer ilusorio el juicio de amparo.

VII. OFRECIMIENTO DE PRUEBAS

  1. Documental Pública: Copia certificada de la resolución administrativa que ordena el congelamiento de cuentas.
  2. Documental Privada: Estados de cuenta bancarios que demuestran el congelamiento de los fondos.
  3. Confesional: Para que el representante legal de la Autoridad Responsable declare sobre los procedimientos seguidos para decretar la medida.
  4. Pericial: Dictamen de un Contador Público Registrado que analice la procedencia y proporcionalidad de la medida de ejecución.

VIII. SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO

Se solicita de manera incidental la suspensión provisional y definitiva del acto reclamado, ofreciendo caucionar el juicio mediante [ESPECIFICAR GARANTÍA, EJM. "FIANZA POR LA CANTIDAD QUE ESTE JUZGADO ESTIME PRUDENTE" O "HIPOTECA SOBRE EL INMUEBLE UBICADO EN..."], en los términos del Art. 124 y siguientes de la Ley de Amparo, toda vez que la ejecución del acto causaría daños de difícil reparación al quejoso, al paralizar su actividad económica y generar perjuicios patrimoniales irreversibles.

PROTESTO LO NECESARIO.

Mérida, Yucatán; a (FECHA ACTUAL).

(NOMBRE COMPLETO DEL QUEJOSO O REPRESENTANTE LEGAL)
FIRMA

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⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NÚMERO DE EXPEDIENTE, SI APLICA): Si ya tiene un número de expediente asignado por el juzgado, anótelo. De lo contrario, déjelo en blanco.
  2. (ESPECIFICAR NÚMERO Y UBICACIÓN...): Indique el Juzgado de Distrito específico en Yucatán al que se presenta la demanda. Ej: "Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Yucatán, con residencia en Mérida".
  3. (NOMBRE COMPLETO Y CARGO DE LA AUTORIDAD FISCAL...): Escriba el nombre exacto de la autoridad que emitió el acto de congelamiento, tal como aparece en la notificación. Incluya su adscripción (ej: Administración Local Yucatán).
  4. (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR O RAZÓN SOCIAL): Nombre completo si es persona física o razón social registrada si es persona moral.
  5. (DOMICILIO COMPLETO EN EL ESTADO DE YUCATÁN...): Domicilio físico dentro de Yucatán donde acepta recibir notificaciones legales.
  6. (RFC DEL QUEJOSO): Registro Federal de Contribuyentes con homoclave.
  7. (PERSONA FÍSICA/MORAL) / (DESCRIBIR ACTIVIDAD ECONÓMICA): Especifique si es persona física con actividad empresarial o persona moral, y describa su giro (ej: comercio al por menor de alimentos).
  8. (FECHA) / (NÚMERO DE OFICIO O RESOLUCIÓN): Fecha y número de folio o oficio de la resolución que ordena el congelamiento.
  9. (ESPECIFICAR NÚMEROS DE CUENTA Y BANCOS): Liste los números de cuenta (últimos 4 dígitos) y las instituciones bancarias afectadas.
  10. (MONTO PESOS M.N.): Monto total congelado en pesos mexicanos.
  11. (PERSONAL/ELECTRÓNICA) / (FECHA DE NOTIFICACIÓN): Señale cómo recibió la notificación y la fecha exacta.
  12. (ESPECIFICAR GARANTÍA...): Describa la garantía que ofrece para la suspensión (ej: fianza, hipoteca, depósito). Sea lo más específico posible.
  13. (FECHA ACTUAL): Fecha en que firma el documento.
  14. (NOMBRE COMPLETO DEL QUEJOSO O REPRESENTANTE LEGAL): Nombre y firma del titular de los derechos o de su representante legal con facultades para pleitos y cobranzas.

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