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V1Amparo contra Embargo del SAT — Estado de México
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN)

JUZGADO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA (NÚMERO) EN EL ESTADO DE MÉXICO

DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO

ASUNTO: Amparo contra actos de autoridad en materia fiscal. Embargo precautorio y ejecutivo del Servicio de Administración Tributaria.

C. JUEZ DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA EN EL ESTADO DE MÉXICO
P R E S E N T E.

(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), mayor de edad, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, MUNICIPIO, ESTADO DE MÉXICO), autorizando para tal efecto al C. (NOMBRE DEL SECRETARIO DE ACUERDOS O PERSONAL AUTORIZADO), y aportando para los fines de identificación personal copia simple de mi credencial para votar con fotografía, al amparo de lo dispuesto por los artículos 5, 8 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 107 y demás relativos de la Ley de Amparo, acudo ante ese órgano jurisdiccional para promover:

DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO

En contra del acto de autoridad consistente en el EMBARGO PRECAUTORIO Y/O EJECUTIVO practicado por el SERVICIO DE ADMINISTRRACIÓN TRIBUTARIA (SAT), a través de su Administración Local de Auditoría Fiscal [ESPECIFICAR ADMINISTRACIÓN LOCAL, EJ. "ESTADO DE MÉXICO ORIENTE"], o por la autoridad que resulte responsable, con fundamento en el procedimiento administrativo de ejecución seguido por los créditos fiscales identificados con (FOLIO O NÚMERO DE CRÉDITO FISCAL).

I. AUTORIDADES RESPONSABLES

  1. El SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SAT), con domicilio en Av. Hidalgo núm. 77, Col. Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México.
  2. La ADMINISTRACIÓN LOCAL DE AUDITORÍA FISCAL [ESPECIFICAR, E.J. "ESTADO DE MÉXICO ORIENTE"] del SAT, con domicilio en (DIRECCIÓN COMPLETA DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL EN EL ESTADO DE MÉXICO).
  3. El TESORERO O FUNCIONARIO QUE HAYA ORDENADO Y PRACTICADO EL EMBARGO, cuyo nombre y cargo se desconocen, pero se señalan en términos del artículo 15 de la Ley de Amparo.

II. ACTOS RECLAMADOS

Se reclaman los siguientes actos de autoridad, que se estiman violatorios de garantías individuales:

  1. El Acuerdo de Ejecución que ordena el embargo de bienes del quejoso, notificado el día (FECHA DE NOTIFICACIÓN DEL ACUERDO DE EJECUCIÓN).
  2. El Acta Circunstanciada de Embargo levantada el día (FECHA DEL ACTA DE EMBARGO), mediante la cual se afectaron los bienes ubicados en (DESCRIPCIÓN DEL INMUEBLE O BIEN EMBARGADO).
  3. Cualquier otro acto preparatorio, de procedimiento o de ejecución derivado del mismo procedimiento administrativo de ejecución, incluyendo la posible enajenación de los bienes embargados.

Estos actos tienen como fundamento los artículos 144, 145 y 146 del Código Fiscal de la Federación.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO

El presente juicio de amparo se funda en las siguientes disposiciones legales:

  1. Artículo 14 de la Constitución Federal, que consagra la garantía de audiencia y la prohibición de privar de propiedades sin un juicio seguido ante tribunales previamente establecidos.
  2. Artículo 16 de la Constitución Federal, relativo a la garantía de legalidad en los actos de molestia.
  3. Artículo 22 de la Constitución Federal, en lo concerniente a la prohibición de confiscación de bienes.
  4. Artículos 1, 5, 8, 15, 73, 107, 116 y demás aplicables de la Ley de Amparo.
  5. Artículos 144, 145, 146, 147, 148, 134, 135 y 136 del Código Fiscal de la Federación.
  6. Artículos 1, 4, 5 y 10 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (en relación con el crédito fiscal originario).

IV. TESIS JURISPRUDENCIALES APLICABLES

  1. Registro Digital: 2021554. EJECUCIÓN FISCAL. EL EMBARGO PRECAUTORIO DE BIENES DEL CONTRIBUYENTE DEBE PRACTICARSE CON ESTRICTO APEGO A LOS PRINCIPIOS DE PROPORCIONALIDAD Y RAZONABILIDAD (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2020). La autoridad fiscal, al practicar un embargo precautorio, debe ponderar que la medida no sea desproporcionada respecto del crédito fiscal exigido, so pena de vulnerar el derecho de propiedad.
  2. Registro Digital: 2018237. AMPARO EN MATERIA FISCAL. LA NOTIFICACIÓN PERSONAL DEL ACUERDO DE EJECUCIÓN ES ESENCIAL PARA CONFIGURAR LA POSIBILIDAD DE OPONERSE AL EMBARGO Y, POR ENDE, PARA LA VALIDEZ DEL PROCEDIMIENTO. La falta de notificación personal del acuerdo de ejecución, cuando la ley así lo exige, vicia de nulidad el procedimiento de embargo posterior.
  3. Registro Digital: 2005678. GARANTÍA DE AUDIENCIA EN MATERIA FISCAL. EL CONTRIBUYENTE DEBE TENER LA OPORTUNIDAD EFECTIVA DE DEFENDERSE Y OPONER EXCEPCIONES ANTES DE QUE SE LLEVE A CABO EL EMBARGO DE SUS BIENES. La imposibilidad material de oponerse al embargo por defectos en la notificación o plazos irrisorios, viola la garantía del artículo 14 constitucional.

V. HECHOS

  1. El quejoso es contribuyente inscrito en el RFC (RFC DEL ACTOR).
  2. Con fecha (FECHA INICIAL DEL CRÉDITO), la autoridad fiscal determinó créditos fiscales por los conceptos de (ESPECIFICAR, E.J. ISR, IVA), correspondientes al ejercicio (EJERCICIO FISCAL).
  3. El crédito fiscal fue determinado mediante (ESPECIFICAR TIPO DE RESOLUCIÓN, E.J. RESOLUCIÓN DE LIQUIDACIÓN, OFICIO DE REQUERIMIENTO) notificado el (FECHA DE ESA NOTIFICACIÓN).
  4. Contra dicha determinación, el quejoso (ESPECIFICAR SI SE INTERPUSO RECURSO O NO, Y SU ESTADO).
  5. Sin haberse agotado el procedimiento defensivo del quejoso, o bien, de manera sorpresiva y sin una notificación válida, la autoridad responsable emitió un Acuerdo de Ejecución el día (FECHA).
  6. Dicho acuerdo fue notificado de manera (PERSONAL, POR ESTADOS, EN EL SISTEMA DEL SAT) el día (FECHA DE NOTIFICACIÓN), no concediendo un plazo suficiente y efectivo para oponerse al embargo.
  7. Posteriormente, el día (FECHA DEL EMBARGO), se presentaron ejecutores fiscales en el domicilio ubicado en (DIRECCIÓN DONDE SE PRACTICÓ EL EMBARGO), levantando el acta circunstanciada de embargo, afectando los bienes siguientes: (DESCRIBIR DETALLADAMENTE LOS BIENES EMBARGADOS: INMUEBLE, VEHÍCULO, CUENTAS BANCARIAS, ETC.).
  8. El embargo es DESPROPORCIONADO, ya que el valor de los bienes afectados excede considerablemente el monto total del crédito fiscal reclamado, que asciende a la cantidad de (MONTO TOTAL DEL CRÉDITO FISCAL).
  9. El embargo es ILEGAL, porque [ESPECIFICAR VICIOS: EJ. NO SE NOTIFICÓ EL ACUERDO DE EJECUCIÓN PERSONALMENTE CUANDO ERA OBLIGATORIO, EL CRÉDITO FISCAL ESTÁ DISCUTIDO EN RECURSO PENDIENTE, SE EMBARGARON BIENES EXENTOS COMO HERRAMIENTA DE TRABAJO, ETC.].

VI. PETICIONES

Por lo expuesto, solicito respetuosamente a ese Juzgado:

  1. Se tenga por interpuesta la presente demanda de amparo indirecto.
  2. Se admita la demanda y se corra traslado a la autoridad responsable para que rinda su informe justificado.
  3. En virtud de la afectación grave e irreparable a mi patrimonio y derechos, se CONCEDA LA SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO de plano, en términos del artículo 128 de la Ley de Amparo, ordenando el LEVANTAMIENTO INMEDIATO DEL EMBARGO practicado sobre mis bienes, bajo la protesta de sujetarme a las consecuencias legales de la ley si no resultare con derecho a la misma.
  4. En su defecto, se conceda la suspensión provisional en los mismos términos, fijando contracautela si así lo estima el Juzgado, la cual ofrezco constituir en (ESPECIFICAR FORMA DE CAUCIÓN OFRECIDA: DINERO, FIANZA, HIPOTECA, ETC.).
  5. Una vez sustanciado el juicio, se CONCEDA EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL a mi favor, declarando la INCONSTITUCIONALIDAD Y NULIDAD de los actos reclamados, con los efectos establecidos en los artículos 76 y 80 de la Ley de Amparo.
  6. Se me devuelvan los bienes embargados y se me repongan las cosas al estado que guardaban antes de la violación.

VII. OFRECIMIENTO DE PRUEBAS

  1. Documental Pública: Copia certificada del Acta Circunstanciada de Embargo.
  2. Documental Pública: Copia certificada del Acuerdo de Ejecución y sus notificaciones.
  3. Documental Pública: Copia de la Resolución que determinó el crédito fiscal original.
  4. Documental Privada: Copia simple de identificación oficial del quejoso (credencial para votar).
  5. Documental Privada: Comprobante de domicilio del quejoso.
  6. Documental Privada: Títulos de propiedad o facturas de los bienes embargados.
  7. Confesional: Se ofrece la confesional de la autoridad responsable sobre los hechos asentados en el informe justificado.
  8. Instrumental de Actuaciones: Se ofrecen todas las actuaciones que se generen en el presente juicio.

VIII. DECLARACIONES Y PROTESTAS

Protesto bajo protesta de decir verdad que los hechos narrados son ciertos y que no promuevo este juicio de amparo en fraude a la ley o de mala fe. Acepto las consecuencias legales que pudieran derivarse de una declaración en contrario.

Señalo como domicilio para oír y recibir notificaciones el antes indicado y autorizo al C. Secretario de Acuerdos o personal autorizado para recibirlas en los términos del artículo 31 de la Ley de Amparo.

LUGAR Y FECHA: (CIUDAD, ESTADO DE MÉXICO), a los (DÍA) días del mes de (MES) del año (AÑO).

ATENTAMENTE
(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR)
(FIRMA)

⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN): Déjese en blanco si es la primera presentación. El Juzgado lo asignará.
  2. (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Escriba su nombre completo, iniciando por apellidos, tal como aparece en su identificación oficial y RFC.
  3. (CALLE, NÚMERO... ESTADO DE MÉXICO): Proporcione un domicilio físico real dentro del Estado de México donde pueda recibir notificaciones judiciales.
  4. (NOMBRE DEL SECRETARIO DE ACUERDOS...): Puede escribir "el C. Secretario de Acuerdos de este Juzgado" o el nombre específico si se conoce.
  5. (ESPECIFICAR ADMINISTRACIÓN LOCAL...): Identifique la oficina del SAT que realizó el acto. Ej: "Estado de México Poniente", "Nezahualcóyotl", etc.
  6. (FOLIO O NÚMERO DE CRÉDITO FISCAL): Incluya el número de folio, ejecución o crédito que aparece en el acuerdo de ejecución o acta de embargo.
  7. (DIRECCIÓN COMPLETA DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL...): Consulte la dirección exacta de la oficina local del SAT que intervino.
  8. (FECHAS): Incluya todas las fechas con día, mes y año. Sean precisos, ya que determinan plazos procesales.
  9. (DESCRIPCIÓN DEL INMUEBLE O BIEN EMBARGADO): Describa con detalle el bien: dirección completa del inmueble, marca, modelo y placas del vehículo, número de cuenta bancaria, etc.
  10. (RFC DEL ACTOR): Incluya su Registro Federal de Contribuyentes.
  11. (ESPECIFICAR TIPO DE RESOLUCIÓN...): Indique el nombre del documento inicial que originó la deuda (Resolución de Liquidación, Oficio de Requerimiento, etc.).
  12. (ESPECIFICAR SI SE INTERPUSO RECURSO...): Mencione si impugnó la determinación (ej: "interpuse Recurso de Revocación el... que se encuentra pendiente de resolución").
  13. (MONTO TOTAL DEL CRÉDITO FISCAL): Escriba la cantidad total que el SAT reclama, con número y letra.
  14. (ESPECIFICAR VICIOS...): Aquí debe argumentar con claridad por qué el embargo es ilegal. Sea lo más específico posible.
  15. (ESPECIFICAR FORMA DE CAUCIÓN OFRECIDA...): Indique cómo garantizará el posible pago si se pierde el amparo (ej: "depósito en efectivo por el 10% del monto reclamado", "fianza otorgada por institución autorizada").
  16. (CIUDAD, ESTADO DE MÉXICO): La ciudad donde se presenta la demanda, generalmente donde tiene su domicilio o donde se ubica el Juzgado de Distrito.

📄 Plantillas Relacionadas

  • Recurso de Revocación en Materia Fiscal: Para impugnar la resolución que determinó el crédito fiscal antes de la ejecución.
  • Solicitud de Condonación o Facilidades Administrativas al SAT: Para buscar una solución administrativa al crédito fiscal.
  • Demanda de Amparo contra Resolución de Liquidación (ISR): Para atacar el acto que originó la deuda, no solo el embargo.
  • Escrito de Oposición al Acuerdo de Ejecución (Art. 146 CFF): Defensa dentro del propio procedimiento de ejecución ante el SAT.
  • Promoción de Incidente de Reposición de Bienes Embargados: Para solicitar el cambio de los bienes afectados por otros de menor valor o impacto.
Red Nacional de Abogados

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