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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
JUICIO DE AMPARO
EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE)
MATERIA: FISCAL
I. ANTECEDENTES Y HECHOS
El quejoso, (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), con Registro Federal de Contribuyentes (RFC DEL ACTOR), ante este Honorable Juzgado de Distrito en el Estado de Michoacán, con domicilio para oír y recibir notificaciones en (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES, CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, MUNICIPIO, MICHOACÁN), señalando como autoridad responsable a la ADMINISTRACIÓN DESCONCENTRADA DE RECAUDACIÓN DE LA (REGIONAL) DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, y en su caso, a su titular, el ADMINISTRADOR DE LA ADMINISTRACIÓN DESCONCENTRADA DE RECAUDACIÓN DE LA (REGIONAL), con domicilio conocido en (DOMICILIO DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE).
Expongo que el día (FECHA DEL ACTO RECLAMADO), la autoridad responsable notificó al quejoso el acuerdo de embargo denominado [NOMBRE O CLASE DEL ACUERDO, EJ. "ACUERDO DE EMBARGO EN VÍA DE EJECUCIÓN"], con folio (FOLIO DEL ACUERDO), mediante el cual se ordena el embargo de bienes del quejoso por un monto de (MONTO TOTAL DEL EMBARGO EN PESOS) pesos (MONTO EN LETRA), derivado de un crédito fiscal determinado en el procedimiento administrativo de ejecución número (NÚMERO DE EJECUCIÓN).
El crédito fiscal ejecutado tiene su origen en la presunta omisión en el pago del Impuesto Sobre la Renta correspondiente al ejercicio fiscal (EJERCICIO FISCAL), determinado mediante liquidación emitida el (FECHA DE LA LIQUIDACIÓN). El quejoso impugnó dicha determinación mediante el recurso administrativo correspondiente (recurso de revocación), el cual fue resuelto desfavorablemente mediante resolución emitida el (FECHA DE LA RESOLUCIÓN DEL RECURSO), la cual no fue impugnada en tiempo y forma mediante juicio contencioso administrativo, por lo que adquirió el carácter de definitiva.
Considero que el acto de autoridad consistente en el acuerdo de embargo es violatorio de las garantías individuales que consagra la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, específicamente del derecho a la audiencia previa y a la defensa adecuada, así como del principio de legalidad en materia tributaria, previsto en el artículo 31, fracción IV, en relación con los artículos 134, 135 y 136 del Código Fiscal de la Federación, los cuales regulan el procedimiento de ejecución y las formalidades del embargo.
II. VIOLACIONES PROCESALES Y SUSTANTIVAS
- Violación al derecho de audiencia previa y defensa adecuada (Artículo 14 Constitucional): La autoridad responsable inició el procedimiento de ejecución y decretó el embargo sin haber agotado previamente los medios de defensa que permitieran al quejoso discutir la legalidad y monto del crédito fiscal en un juicio contradictorio. La ejecución se basó en un crédito que, si bien es definitivo, adolece de vicios de fondo en su determinación inicial que nunca fueron debidamente analizados por un tribunal judicial. La jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido que, en materia fiscal, la garantía de audiencia previa debe observarse en todas las etapas del procedimiento que puedan afectar los derechos del contribuyente. Tesis: 1a. CCCXXVII/2016 (10a.) "EJECUCIÓN FISCAL. LA GARANTÍA DE AUDIENCIA PREVIA (ARTÍCULO 14 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL) DEBE OBSERVARSE EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN, PARTICULARMENTE AL DECRETAR MEDIDAS CAUTELARES O EMBARGOS."
- Violación al principio de legalidad tributaria (Artículo 31, fracción IV Constitucional): El monto del crédito fiscal ejecutado fue determinado de manera incorrecta, al no haberse aplicado debidamente las deducciones autorizadas por la Ley del Impuesto Sobre la Renta, específicamente lo dispuesto en sus artículos 27, 28 y 29. La autoridad responsable excedió sus facultades legales al calcular el adeudo, imponiendo una obligación no prevista expresa y literalmente en la ley. Tesis: 1a. C/2015 (10a.) "PRINCIPIO DE LEGALIDAD TRIBUTARIA. SU CONTENIDO Y ALCANCE EN RELACIÓN CON LA OBLIGACIÓN DE CONTRIBUIR (ARTÍCULO 31, FRACCIÓN IV, DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL)."
- Violación a las formalidades esenciales del procedimiento de ejecución (Artículos 134, 135 y 136 del CFF): El acuerdo de embargo adolece de vicios de forma que lo tornan ilegal. No se cumplió con lo establecido en el artículo 135 del CFF, ya que no se especificó con claridad y precisión los bienes a embargar, o bien, se embargaron bienes que por ley están exceptuados, como los señalados en el artículo 136 del mismo ordenamiento. Asimismo, el embargo fue desproporcionado respecto al monto del crédito fiscal, violando el principio de proporcionalidad. Tesis: P. IX/2016 (9a.) "EMBARGO EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN. DEBE AJUSTARSE A LOS PRINCIPIOS DE PROPORCIONALIDAD Y RAZONABILIDAD."
III. PETICIONES
Por lo expuesto y fundado, solicito a este Honorable Juzgado:
- Que se tenga por interpuesto el presente JUICIO DE AMPARO INDIRECTO en contra del acto de autoridad consistente en el "Acuerdo de Embargo" notificado el (FECHA DEL ACTO RECLAMADO), con folio (FOLIO DEL ACUERDO).
- Que en virtud de lo dispuesto por los artículos 124 y 128 de la Ley de Amparo, se ADMITA la presente demanda.
- Que se SUSPENDA DE PLANO Y OFICIO la ejecución del acto reclamado (el embargo), en los términos del artículo 128 de la Ley de Amparo, por tratarse de un acto que de ejecutarse haría físicamente imposible restituir al quejoso en el goce de la garantía violada, toda vez que la enajenación de los bienes embargados causaría un daño irreparable.
- En su caso, que se fije una CAUCIÓN que garantice los intereses de la autoridad responsable, la cual ofrezco constituir en la forma y términos que este Juzgado estime pertinentes, solicitando se considere la situación económica del quejoso para su determinación.
- Una vez desahogadas las pruebas y celebrada la audiencia constitucional, se CONCEDA EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL al quejoso, declarando la INEXISTENCIA O NULIDAD del acuerdo de embargo reclamado, con los efectos establecidos en el artículo 80 de la Ley de Amparo.
IV. OFRECIMIENTO DE PRUEBAS
- Documental Pública: Copia certificada del Acuerdo de Embargo notificado el (FECHA DEL ACTO RECLAMADO) (Acta de Notificación y Acuerdo mismo).
- Documental Pública: Copia certificada de la Resolución del recurso administrativo (revocación) que declaró firme el crédito fiscal, emitida el (FECHA DE LA RESOLUCIÓN DEL RECURSO).
- Documental Privada: Original de la Liquidación que dio origen al crédito fiscal, con fecha (FECHA DE LA LIQUIDACIÓN).
- Documental Privada: Estados de cuenta, facturas y comprobantes de deducciones correspondientes al ejercicio fiscal (EJERCICIO FISCAL), que acreditan el error en la determinación del crédito.
- Confesional: Se ofrece la confesión de la autoridad responsable, para que manifieste bajo protesta de decir verdad sobre los hechos que dieron lugar al acto reclamado y el estricto cumplimiento de las formalidades legales.
V. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
Este Juzgado de Distrito es competente para conocer del presente juicio de amparo, con fundamento en los artículos 50, fracción II, y 107, fracción VIII, de la Ley de Amparo, ya que el acto reclamado se proyectó y ejecutó dentro del territorio del Estado de Michoacán, específicamente en (MUNICIPIO DONDE SE NOTIFICÓ O EJECUTÓ EL EMBARGO), lugar donde el quejoso tiene su domicilio y donde se afectaron sus bienes, correspondiendo la competencia al Juzgado de Distrito con sede en (CIUDAD SEDE DEL JUZGADO, E.J. MORELIA, URUAPAN, ZAMORA, ETC.).
VI. DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTE COMÚN (EN SU CASO)
En el supuesto de que se presenten otros quejosos en el mismo sentido, designo como representante común al C. (NOMBRE DEL REPRESENTANTE COMÚN, SI SE NOMBRA), con domicilio en (DOMICILIO DEL REPRESENTANTE COMÚN).
Bajo protesta de decir verdad, expido el presente escrito en la ciudad de (CIUDAD DE EXPEDICIÓN), Michoacán, a los (DÍA) días del mes de (MES) del año (AÑO).
ATENTAMENTE
(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR)
RFC: (RFC DEL ACTOR)
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- Ley de Amparo
- Código Fiscal de la Federación
- Ley del Impuesto sobre la Renta
📋 Instrucciones de Llenado
- (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Escriba su nombre completo, tal como aparece en su identificación oficial y en el RFC.
- (RFC DEL ACTOR): Anote su Registro Federal de Contribuyentes con homoclave.
- (DOMICILIO COMPLETO...): Proporcione un domicilio físico completo dentro del Estado de Michoacán donde recibirá todas las notificaciones judiciales.
- (REGIONAL): Indique la regional del SAT que emitió el embargo (ej. "Morelia", "Uruapan", "Lázaro Cárdenas").
- (DOMICILIO DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE): Escriba la dirección de la oficina del SAT que notificó el acto reclamado.
- (FECHA DEL ACTO RECLAMADO): La fecha en que se le notificó formalmente el acuerdo de embargo.
- (NOMBRE O CLASE DEL ACUERDO...): Copie el nombre exacto del documento que le notificaron (ej. "Acuerdo de embargo precautorio", "Acuerdo de embargo en vía de ejecución").
- (FOLIO DEL ACUERDO): Número de folio o identificador del acuerdo de embargo.
- (MONTO TOTAL...): El monto total por el cual se decretó el embargo, en números y letra.
- (NÚMERO DE EJECUCIÓN): El número de expediente o procedimiento administrativo de ejecución.
- (EJERCICIO FISCAL): El año o periodo por el cual se determinó el crédito fiscal (ej. 2025).
- (FECHA DE LA LIQUIDACIÓN): Fecha de la liquidación original que determinó el adeudo.
- (FECHA DE LA RESOLUCIÓN DEL RECURSO): Fecha de la resolución del recurso administrativo (revocación) que declaró firme el crédito.
- (MUNICIPIO DONDE SE NOTIFICÓ...): Municipio de Michoacán donde se le notificó el embargo o donde se encuentran los bienes embargados.
- (CIUDAD SEDE DEL JUZGADO...): Ciudad donde radica el Juzgado de Distrito al que se presenta la demanda (Morelia, Uruapan, Zamora, etc.). Consulte la competencia territorial.
- (CIUDAD DE EXPEDICIÓN): Ciudad desde donde envía el documento.
- (DÍA), (MES), (AÑO): Fecha actual de firma del escrito.
📄 Plantillas Relacionadas
- Recurso de Revocación contra Liquidación del SAT (Previo al amparo, agotamiento de la vía administrativa).
- Solicitud de Suspensión Definitiva del Acto Reclamado en Amparo (Para solicitar después de la suspensión de plano).
- Amparo contra Actos de Autoridad en Materia de Multas Fiscales (Para otro tipo de actos de molestia fiscal).
- Demanda Contencioso Administrativa Federal (Para impugnar resoluciones administrativas definitivas, como alternativa o etapa previa).
- Escrito de Incidente de Reposición de Bienes Embargados (Para solicitar la devolución de bienes una vez concedido el amparo).
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