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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
AMPARO CONTRA EMBARGO DEL SAT
EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE)
JUZGADO DE DISTRITO EN NAYARIT
JUEZ DE DISTRITO EN TURNO EN EL ESTADO DE NAYARIT
PRESENTE.
(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), mayor de edad, con domicilio para oír y recibir notificaciones en (CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, NAYARIT), señalando como medio de contacto el correo electrónico (CORREO ELECTRÓNICO) y teléfono (TELÉFONO), actuando en mi propio nombre y derecho, ante usted con el debido respeto comparezco y expongo:
I. ACTOS RECLAMADOS
Por medio del presente juicio de amparo, me amparo y quejo en contra del acto de autoridad consistente en el EMBARGO practicado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), con motivo del procedimiento administrativo de ejecución seguido por el crédito fiscal identificado con (FOLIO O NÚMERO DE CRÉDITO FISCAL).
Dicho acto de embargo se materializó mediante la notificación de la diligencia correspondiente, fechada el (FECHA DE NOTIFICACIÓN DEL EMBARGO), la cual recayó sobre el bien inmueble ubicado en (DESCRIPCIÓN COMPLETA DEL INMUEBLE EMBARGADO) y/o los bienes muebles consistentes en (DESCRIPCIÓN DE BIENES MUEBLES EMBARGADOS, EJ. VEHÍCULO, CUENTAS BANCARIAS).
El acto es imputable al Servicio de Administración Tributaria, órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con domicilio en Avenida Hidalgo 77, Col. Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México.
II. FUNDAMENTOS DE DERECHO
El presente juicio de amparo se fundamenta en los siguientes preceptos legales:
- Art. 16 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece la garantía de legalidad, señalando que nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
- Art. 14 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que consagra el principio de legalidad y audiencia, prohibiendo la aplicación retroactiva de la ley en perjuicio de persona alguna y estableciendo que nadie puede ser privado de la vida, de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y con arreglo a las leyes expedidas con anterioridad al hecho.
- Art. 1 Ley de Amparo, que regula el juicio de amparo como medio de control de la constitucionalidad y convencionalidad.
- Art. 134 Código Fiscal de la Federación, relativo al procedimiento administrativo de ejecución y sus requisitos.
- Art. 146 Código Fiscal de la Federación, que establece los requisitos y formalidades para la práctica de embargos.
III. VIOLACIONES PROCESALES SUSTANTIVAS
El acto reclamado adolece de las siguientes violaciones, las cuales configuran una afectación directa a mis garantías constitucionales:
- Falta de Requisitos de Fondamiento y Motivación en el Mandamiento de Embargo: La diligencia de embargo notificada no cumple con los requisitos que exige el Art. 146 Código Fiscal de la Federación, ya que no expresa de manera clara y completa los fundamentos legales que justifican la medida, ni motiva su procedencia respecto del crédito fiscal específico. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido en la Tesis: 1a. CXXVII/2016 (10a.) que el acto de autoridad debe ser fundado y motivado, siendo este un requisito esencial para su validez.
- Defectos en el Procedimiento Administrativo de Ejecución Previo: El embargo se practicó sin que previamente se hubiera agotado el procedimiento administrativo de ejecución en los términos que señala el Art. 134 Código Fiscal de la Federación, específicamente, no se me notificó personalmente el título ejecutivo (la resolución definitiva que determina el crédito fiscal) o se hizo en contravención a las formalidades legales, violando mi derecho de audiencia y defensa. La Tesis: I.3o.A. J/41 (10a.) sostiene que la notificación personal es esencial para considerar válidamente requerido al contribuyente en el procedimiento ejecutivo.
- Desproporcionalidad en la Medida Embargatoria: El valor de los bienes embargados es notoriamente superior al monto total del crédito fiscal reclamado, el cual asciende a la cantidad de (MONTO TOTAL DEL CRÉDITO FISCAL). Esta medida es desproporcionada y atenta contra el principio de razonabilidad y el derecho de propiedad, en términos de lo establecido por la Tesis: 1a. C/2015 (10a.) de la SCJN, la cual precisa que las medidas cautelares o de ejecución deben ser proporcionales al fin perseguido.
- Falta de Competencia o de Plena Personalidad del Notificante: La diligencia fue practicada por personal que no acreditó suficientemente su carácter de autoridad fiscal o que actuó fuera del ámbito de su competencia territorial, particularmente en el estado de Nayarit.
IV. PETICIONES
Por tanto, solicito respetuosamente a este Honorable Juzgado de Distrito:
- Se tenga por interpuesto el presente escrito de demanda de amparo en contra del acto de autoridad antes descrito.
- Se admita la demanda y se mande dar el trámite correspondiente.
- En virtud de la afectación irreparable a mi patrimonio y derechos, se otorgue de manera INMEDIATA la SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO, bajo los términos del Art. 124 Ley de Amparo, a fin de que se deje sin efecto el embargo practicado y se restituyan las cosas al estado que guardaban antes de su ejecución, o en su defecto, se tomen las medidas necesarias para garantizar su reversibilidad.
- En caso de que para conceder la suspensión se requiera caución, ofrezco como garantía la cantidad que este Tribunal estime prudente, o en su defecto, la constitución de fianza o hipoteca sobre el bien inmueble antes referido.
- Una vez sustanciado el juicio, se CONCEDA EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL, declarando la inconstitucionalidad e ilegalidad del acto reclamado, ordenándose su nulidad y, en consecuencia, el levantamiento total del embargo, así como la reposición del procedimiento en el estado que corresponda, con estricto respeto a mis garantías.
V. OFRECIMIENTO DE PRUEBAS
Para acreditar los hechos expuestos, ofrezco las siguientes pruebas:
- Documental Pública: Copia certificada de la diligencia de embargo notificada el (FECHA).
- Documental Pública: Copia de la resolución definitiva que sirvió de título ejecutivo (si se cuenta con ella).
- Documental Pública: Copia del avalúo de los bienes embargados (si existe).
- Documental Pública: Escritura Pública o título de propiedad del inmueble embargado.
- Documental Privada: Estados de cuenta bancaria que demuestren el embargo de fondos.
- Confesional Judicial: Se solicita que se requiera al representante legal del SAT para que declare sobre la procedencia y formalidades del acto ejecutivo.
- Instrumental de Actuaciones: Se solicita se requiera de oficio al Juzgado de Distrito el expediente administrativo completo del procedimiento de ejecución seguido en mi contra.
VI. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
Este Juzgado de Distrito con residencia en el estado de Nayarit es competente para conocer del presente asunto, en virtud de que el acto reclamado se está ejecutando o surtiendo sus efectos dentro de su circunscripción territorial, específicamente en (CIUDAD/MUNICIPIO, NAYARIT), conforme a lo dispuesto por los artículos 46, 47 y 107, fracción IX, de la Ley de Amparo.
VII. DESIGNACIÓN DE DOMICILIO
Señalo como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, NAYARIT).
BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD,
(CIUDAD, NAYARIT), a (DÍA) de (MES) de (AÑO).
_________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR)
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Código Fiscal de la Federación
- Ley del Impuesto sobre la Renta
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- Ley de Amparo
📋 Instrucciones de Llenado
- (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Escriba su nombre completo, tal como aparece en su identificación oficial (INE/IFE, pasaporte).
- (CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, NAYARIT): Proporcione su domicilio completo y real dentro del estado de Nayarit, donde recibirá notificaciones judiciales.
- (CORREO ELECTRÓNICO) y (TELÉFONO): Incluya sus datos de contacto actualizados.
- (FOLIO O NÚMERO DE CRÉDITO FISCAL): Anote el número de folio, expediente o crédito fiscal que identifica el procedimiento del SAT.
- (FECHA DE NOTIFICACIÓN DEL EMBARGO): Indique la fecha exacta en que le fue notificada la diligencia de embargo.
- (DESCRIPCIÓN COMPLETA DEL INMUEBLE EMBARGADO): Describa con detalle el inmueble embargado (ej. "Casa ubicada en Calle Juárez #123, Col. Centro, Tepic, Nayarit"). Si no aplica, deje en blanco.
- (DESCRIPCIÓN DE BIENES MUEBLES EMBARGADOS): Describa los bienes muebles embargados (ej. "Vehículo marca Toyota, modelo Corolla, placas NAY-123-ABC" o "Fondos en la cuenta bancaria número 1234, Banco BBVA").
- (MONTO TOTAL DEL CRÉDITO FISCAL): Escriba la cantidad total que el SAT reclama en el crédito fiscal ejecutado.
- (FECHA): En la sección de pruebas, repita la fecha de notificación del embargo.
- (CIUDAD/MUNICIPIO, NAYARIT): En la sección de jurisdicción, especifique la ciudad o municipio de Nayarit donde se practicó el embargo.
- (DÍA), (MES), (AÑO): Coloque la fecha actual en la que firma el documento.
📄 Plantillas Relacionadas
- Recurso de Revocación contra Resolución del SAT: Para impugnar administrativamente la resolución que originó el crédito fiscal.
- Solicitud de Condonación o Facilidades de Pago al SAT: Para buscar una solución administrativa antes o durante el juicio.
- Amparo Indirecto contra Resolución Definitiva del SAT: Para impugnar la resolución que determina el crédito fiscal, antes de la etapa de ejecución.
- Incidente de Reposición de Bienes en Juicio de Amparo: Para solicitar la devolución de bienes una vez concedida la suspensión o el amparo.
- Demanda de Nulidad de Actos Administrativos (vía Contencioso Administrativo): Alternativa procesal ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
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Sobre este documento: Amparo contra Embargo del SAT — Nayarit
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