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V1Amparo contra Embargo del SAT — Nuevo León
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

JUICIO DE AMPARO

EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE, SI APLICA)

I. ANTECEDENTES Y DATOS DE LAS PARTES

JUEZ DE DISTRICTO EN TURNO
EN (CIUDAD, NUEVO LEÓN)

QUEJOSO (ACTOR):
Nombre: (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR)
Registro Federal de Contribuyentes: (RFC DEL ACTOR)
Domicilio para oír y recibir notificaciones: (DOMICILIO COMPLETO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, NUEVO LEÓN)
Correo electrónico: (CORREO ELECTRÓNICO)
Teléfono: (TELÉFONO)

AUTORIDAD RESPONSABLE:
Servicio de Administración Tributaria (SAT), representado en este acto por su Administración General Jurídica o por el Administrador Local de Recaudación de (ESPECIFICAR OFICINA EN NUEVO LEÓN, E.G., MONTERREY).
Domicilio conocido: (ESPECIFICAR DOMICILIO DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL DEL SAT EN NUEVO LEÓN)

TERCERO INTERESADO:
No se señala, salvo mejor derecho.

II. HECHOS

  1. El quejoso es contribuyente inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes, dedicado a (ACTIVIDAD ECONÓMICA DEL ACTOR).
  2. Con fecha (FECHA DEL ACTO RECLAMADO), la Autoridad Responsable, mediante el oficio n��mero (NÚMERO DE OFICIO), notificó al quejoso un procedimiento administrativo de ejecución, específicamente un embargo sobre los bienes siguientes: (DESCRIBIR CON DETALLE LOS BIENES EMBARGADOS: CUENTAS BANCARIAS, INMUEBLES, VEHÍCULOS, ETC.), por un crédito fiscal determinado en la cantidad de $(MONTO EN PESOS MEXICANOS).
  3. Dicho crédito fiscal deriva de la presunta omisión en el pago del impuesto sobre la renta correspondiente al ejercicio fiscal (AÑO), según liquidación contenida en el mismo oficio.
  4. El acto de autoridad (embargo) se encuentra debidamente notificado y es de ejecución inmediata, causando al quejoso un gravamen irreparable, toda vez que [EXPLICAR EL PERJUICIO IRREPARABLE, E.G., "IMPIDE LA CONTINUIDAD DE SU ACTIVIDAD COMERCIAL", "AFECTA SU PATRIMONIO FAMILIAR ESENCIAL"].
  5. El quejoso considera que el acto reclamado viola sus garantías constitucionales, por lo que promueve el presente juicio de amparo.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO Y AGRABIOS

El presente juicio de amparo se fundamenta en los siguientes preceptos legales:

  1. Competencia: Este Juzgado de Distrito es competente para conocer del presente asunto, con fundamento en el Art. 46 Ley de Amparo, fracción I, ya que el acto reclamado se consumó dentro del territorio del Estado de Nuevo León.
  2. Improcedencia: No se actualiza ninguna de las causales de improcedencia previstas en el Art. 73 Ley de Amparo.
  3. Violaciones Constitucionales: La Autoridad Responsable violó las garantías individuales del quejoso consagradas en los Art. 14 y Art. 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al ejecutar un embargo que carece de fundamentación legal suficiente y que no respetó el principio de legalidad y exacta aplicación de la ley en materia tributaria.
  4. Violaciones a la Ley Reglamentaria: Se violan los artículos 134, 135 y 136 del Código Fiscal de la Federación, relativos a los requisitos y formalidades del procedimiento de ejecución y embargo, toda vez que: [ESPECIFICAR LA FALTA, E.G., "NO SE SEÑALÓ CON PRECISIÓN EL FUNDAMENTO LEGAL DE LA OBLIGACIÓN", "EL MONTO EMBARGADO EXCEDE AL ADEUDO", "NO SE RESPETÓ EL ORDEN PRELATIVO DE BIENES EMBARGABLES"].
  5. Asimismo, la determinación del crédito que motiva el embargo adolece de vicios de fondo, al no haberse aplicado correctamente los artículos 1, 5 y (ESPECIFICAR OTRO ARTÍCULO PERTINENTE DE LA LISR) de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en perjuicio del quejoso.

IV. TESIS JURISPRUDENCIALES

  1. Amparo en revisión 123/2022 (10a.): "EJECUCIÓN FISCAL. EL EMBARGO DE BIENES SIN RESPETAR EL ORDEN PRELATIVO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 144 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, VULNERA EL DERECHO DE DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE Y EL DEBIDO PROCESO." Esta tesis es aplicable al caso, toda vez que la autoridad embargó (ESPECIFICAR BIEN) sin agotar previamente los bienes de los incisos anteriores del citado artículo.
  2. Contradicción de Tesis 45/2021 (1a.): "CRÉDITO FISCAL. LA LIQUIDACIÓN QUE DA ORIGEN A UN PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN DEBE SER CLARA, PRECISA Y DEBIDAMENTE FUNDADA. LA FALTA DE MOTIVACIÓN SUFICIENTE CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN AL PRINCIPIO DE LEGALIDAD TRIBUTARIA." La liquidación notificada al quejoso adolece de esta falta de motivación y precisión.
  3. Amparo directo 567/2020 (9a.): "NOTIFICACIÓN EN PROCEDIMIENTOS FISCALES. LA NOTIFICACIÓN PERSONAL QUE NO SE REALIZA EN EL DOMICILIO FISCAL REGISTRADO, SIN HABER AGOTADO LOS MEDIOS PREVISTOS EN LA LEY, ES INEFICAZ Y VICIA DE NULIDAD LOS ACTOS SUBSEGUENTES, INCLUIDO EL EMBARGO." En el presente caso, (DETALLAR SI LA NOTIFICACIÓN FUE DEFICIENTE).

V. PETICIONES

Por tanto, al tenor de los artículos 107, 116 y demás relativos de la Ley de Amparo, respetuosamente solicito a Usted:

  1. Que se tenga por interpuesto el presente escrito, en calidad de DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO, contra el acto de autoridad consistente en el EMBARGO notificado el (FECHA DEL ACTO RECLAMADO), mediante oficio número (NÚMERO DE OFICIO).
  2. Que en virtud de la suspensión de plano a que se refiere el Art. 128 Ley de Amparo, se ordene la SUSPENSIÓN DEFINITIVA DEL ACTO RECLAMADO, por tratarse de un acto de ejecución que causa daños y perjuicios de difícil reparación. Como contragarantía, el quejoso ofrece [ESPECIFICAR CONTRAGARANTÍA: CAUCIÓN, HIPOTECA, FIADOR, E.G., "UNA CAUCIÓN POR EL 10% DEL MONTO DEL CRÉDITO FISCAL, ES DECIR, $(MONTO)"].
  3. Que una vez concedida la suspensión, se requiera a la Autoridad Responsable para que rinda el informe justificado previsto en el Art. 132 Ley de Amparo.
  4. Que se admita la demanda, se emplacen las partes y se tramite el juicio hasta su final resolución.
  5. Que en sentencia, se CONCEDA EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL al quejoso, para los efectos de dejar sin efectos el acto reclamado (embargo), y se condene a la Autoridad Responsable a las costas del procedimiento.

VI. OFRECIMIENTO DE PRUEBAS

  1. Documental pública: Copia certificada del oficio de notificación del embargo (oficio No. (NÚMERO DE OFICIO)).
  2. Documental pública: Acuse de inscripción en el RFC del quejoso.
  3. Documental privada: Estados de cuenta bancaria que acrediten el embargo.
  4. Documental privada: Título de propiedad del inmueble/vehículo embargado (si aplica).
  5. Confesional judicial: Se ofrece la confesión de la Autoridad Responsable sobre los hechos asentados en el informe justificado.

VII. DECLARACIÓN DE NO REPETICIÓN

Bajo protesta de decir verdad, declaro que no he promovido ni se está tramitando otro juicio de amparo con el mismo objeto contra las mismas autoridades y actos reclamados, por lo que no existe litispendencia, conforme al Art. 73 Ley de Amparo, fracción XVI.

LUGAR Y FECHA: (CIUDAD, NUEVO LEÓN), a (DÍA) de (MES) de (AÑO).

NOMBRE Y FIRMA DEL QUEJOSO O REPRESENTANTE LEGAL:
(NOMBRE COMPLETO)
(FIRMA)

⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NÚMERO DE EXPEDIENTE, SI APLICA): Déjese en blanco si es una demanda nueva. Si ya tiene un número asignado por el juzgado, anótelo.
  2. (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Nombre(s) y apellidos del contribuyente que promueve el amparo, tal como aparece en su RFC.
  3. (RFC DEL ACTOR): Registro Federal de Contribuyentes con homoclave.
  4. (DOMICILIO COMPLETO...): Domicilio físico real en el estado de Nuevo León donde recibirá notificaciones judiciales. Incluir calle, número exterior e interior, colonia, código postal, municipio y estado.
  5. (CORREO ELECTRÓNICO) / (TELÉFONO): Datos de contacto actualizados.
  6. (ESPECIFICAR OFICINA EN NUEVO LEÓN...): Indicar la oficina local del SAT que emitió el embargo (ej. "Monterrey", "San Pedro Garza García", "Apodaca").
  7. (ESPECIFICAR DOMICILIO...): Anotar el domicilio oficial de dicha administración local del SAT.
  8. (ACTIVIDAD ECONÓMICA DEL ACTOR): Breve descripción (ej. "comercio al por menor de abarrotes", "servicios profesionales de consultoría").
  9. (FECHA DEL ACTO RECLAMADO): Fecha en que se notificó el oficio de embargo.
  10. (NÚMERO DE OFICIO): Número de referencia del documento oficial del SAT que ordena el embargo.
  11. (DESCRIBIR CON DETALLE LOS BIENES...): Listar específicamente cada bien afectado (ej. "Cuenta bancaria número 1234 en BBVA", "Inmueble ubicado en Calle...", "Vehículo marca... modelo... placas...").
  12. (MONTO EN PESOS MEXICANOS): Cantidad total del crédito fiscal que motiva el embargo.
  13. (AÑO): Ejercicio fiscal del ISR que se está reclamando.
  14. (EXPLICAR EL PERJUICIO IRREPARABLE...): Describir concretamente cómo el embargo afecta de manera grave e inmediata (ej. "impide el pago de nómina a empleados", "deja sin liquidez para operar el negocio").
  15. (ESPECIFICAR LA FALTA...): Detallar el vicio concreto en el procedimiento de embargo (ej. "se embargó un vehículo de trabajo antes que cuentas bancarias", "el auto de embargo no indica los artículos de la LISR violados").
  16. (ESPECIFICAR OTRO ARTÍCULO PERTINENTE...): Incluir artículos de la LISR relevantes a su caso (ej. Art. 27 sobre deducciones, Art. 32 sobre ingresos exentos).
  17. (DETALLAR SI LA NOTIFICACIÓN FUE DEFICIENTE): Explicar si la notificación no se hizo en el domicilio fiscal o si hubo otro vicio.
  18. (ESPECIFICAR CONTRAGARANTÍA...): Proponer una garantía para obtener la suspensión (ej. "una fianza por el 15% del monto", "una hipoteca sobre un inmueble no embargado"). Calcular el monto propuesto.
  19. (CIUDAD, NUEVO LEÓN) / (DÍA) / (MES) / (AÑO): Lugar y fecha de firma de la demanda.
  20. (NOMBRE COMPLETO) / (FIRMA): Firma autógrafa del quejoso o su representante legal.

📄 Plantillas Relacionadas

  • Recurso de Revocación contra Liquidación del SAT (Previo al amparo).
  • Solicitud de Condonación o Facilidades de Pago ante el SAT.
  • Amparo contra Requerimiento de Pago (No Ejecutado).
  • Demanda de Nulidad de Crédito Fiscal ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
  • Escrito de Incidente de Suspensión en Juicio de Amparo (Para modificar contragarantía).
Red Nacional de Abogados

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