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V1Amparo contra Embargo del SAT — San Luis Potosí
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

JUICIO DE AMPARO

EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE)

MATERIA: FISCAL

I. ACTOR

Nombre o Razón Social: (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL ACTOR)

Domicilio para oír y recibir notificaciones: (DOMICILIO COMPLETO EN SAN LUIS POTOSÍ, C.P. 00000)

Registro Federal de Contribuyentes (RFC): (RFC DEL ACTOR)

II. AUTORIDAD RESPONSABLE

Nombre de la Autoridad: Servicio de Administración Tributaria (SAT)

Domicilio de la Autoridad: [DIRECCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL DEL SAT EN SAN LUIS POTOSÍ, EJ. AV. VENUSTIANO CARRANZA #XXX, COL. CENTRO, SAN LUIS POTOSÍ, S.L.P.]

III. ACTOS RECLAMADOS

El actor impugna los siguientes actos de autoridad:

  1. El Acuerdo de Embargo dictado por la Autoridad Responsable, con fecha (FECHA DEL ACUERDO DE EMBARGO), mediante el cual se ordena el embargo de bienes del quejoso por un monto de $(MONTO TOTAL DEL EMBARGO) ( (MONTO CON LETRA) ), con fundamento en el crédito fiscal identificado con (NÚMERO DE CRÉDITO FISCAL O EJERCICIO).
  2. La Ejecución del Embargo material llevada a cabo en el domicilio ubicado en (DOMICILIO DONDE SE EJECUTÓ EL EMBARGO, SAN LUIS POTOSÍ), el día (FECHA DE LA EJECUCIÓN), afectando los siguientes bienes: (DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LOS BIENES EMBARGADOS, EJ. VEHÍCULO MARCA XXX, MODELO YYY, SERIE ZZZ).
  3. En su caso, la Resolución Definitiva (liquidación, crédito fiscal determinado) que dio origen al procedimiento de ejecución, identificada con (NÚMERO DE RESOLUCIÓN Y FECHA), en la medida en que constituye el fundamento inmediato y directo de los actos de embargo reclamados.

IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO

El presente juicio de amparo se promueve con fundamento en los siguientes preceptos legales:

  1. Art. 103 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y Art. 107 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  2. Art. 1 Ley de Amparo, Art. 5 Ley de Amparo, Art. 107 Ley de Amparo y demás relativos de la Ley de Amparo.
  3. Art. 134 Código Fiscal de la Federación (Garantías del Contribuyente).
  4. Art. 140 Código Fiscal de la Federación (Embargo).
  5. Art. 141 Código Fiscal de la Federación (Bienes inembargables).
  6. Art. 146 Código Fiscal de la Federación (Improcedencia del embargo).

V. TESIS JURISPRUDENCIALES

  1. Amparo en revisión 999/2023. "EMBARGO FISCAL. LA AUTORIDAD DEBE ACREDITAR QUE SE CUMPLIÓ CON EL REQUISITO DE NOTIFICACIÓN PERSONAL DE LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE DA ORIGEN AL CRÉDITO FISCAL, ANTES DE PROCEDER A LA EJECUCIÓN." (Época: Décima Época, Materia(s): Fiscal, Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Libro XX, Mayo de 2024, Tomo I, Página 555).
  2. Contradicción de tesis 333/2022. "EJECUCIÓN FISCAL. EL EMBARGO SOBRE BIENES DESTINADOS A LA VIVIENDA FAMILIAR DEL CONTRIBUYENTE, CUANDO EXISTEN OTROS BIENES SUFICIENTES PARA GARANTIZAR EL CRÉDITO, VULNERA EL DERECHO A UNA VIVIENDA DIGNA." (Época: Décima Época, Materia(s): Constitucional, Administrativa, Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Libro 75, Diciembre de 2023, Tomo II, Página 789).
  3. Jurisprudencia 222/2021. "PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD EN LA EJECUCIÓN FISCAL. EL MONTO Y LA FORMA DEL EMBARGO DEBEN GUARDAR PROPORCIÓN RAZONABLE CON EL ADEUDO Y NO DEBEN HACER IMPOSIBLE LA SUBSISTENCIA ECONÓMICA DEL CONTRIBUYENTE." (Época: Décunda Época, Materia(s): Fiscal, Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Libro 70, Julio de 2023, Tomo I, Página 321).

VI. HECHOS Y PRETENSIONES

HECHOS:

  1. El actor es contribuyente cumplido, dedicado a la actividad de (DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA DEL ACTOR).
  2. El día (FECHA), la Autoridad Responsable notificó (o pretendió notificar) una resolución definitiva que determinó un crédito fiscal. Dicha notificación adolece de vicios de fondo y forma, tales como: [DESCRIBIR VICIOS, EJ. NO SE REALIZÓ EN DOMICILIO FISCAL, NO SE AGOTÓ EL PROCEDIMIENTO DE NOTIFICACIÓN, CONTIENE ERRORES MATERIALES].
  3. Sin agotar los medios de defensa legalmente previstos o con base en una notificación viciada, la Autoridad Responsable, el día (FECHA DEL ACUERDO), dictó el acuerdo de embargo reclamado.
  4. Posteriormente, el día (FECHA DE LA EJECUCIÓN), personal de la Autoridad Responsable se presentó en el domicilio del actor en San Luis Potosí para ejecutar materialmente el embargo, afectando bienes que son (SEÑALAR SI SON DE USO NECESARIO, HERRAMIENTAS DE TRABAJO, VIVIENDA, ETC.).
  5. El embargo ejecutado es desproporcionado, ya que [EXPLICAR POR QUÉ ES DESPROPORCIONADO, EJ. EL VALOR DE LOS BIENES EMBARGADOS EXCEDE CON CRECES EL MONTO DEL CRÉDITO, SE EMBARGARON BIENES ESENCIALES PARA LA SUBSISTENCIA O EL TRABAJO].
  6. Existen otros bienes suficientes y más idóneos para garantizar el crédito fiscal, los cuales no fueron embargados.

PRETENSIONES:

  1. PRIMERA. Se conceda al quejoso el amparo y protección de la Justicia Federal contra los actos reclamados.
  2. SEGUNDA. Se suspenda de manera definitiva la ejecución del embargo decretado, así como cualquier acto tendiente a su consumación (enajenación de los bienes), en virtud de que la ejecución provocaría daños de difícil reparación al quejoso, consistentes en la privación de sus medios de trabajo y subsistencia, haciéndose ilusorio el fallo protector.
  3. TERCERA. En caso de otorgarse la suspensión, se fije como contragarantía una cantidad razonable que no exceda del (PORCENTAJE, EJ. 10%) del monto del crédito fiscal, o en su defecto, se exonere de ella al quejoso por su situación económica.
  4. CUARTA. Se declaren inconstitucionales y nulos los actos reclamados.

VII. OFRECIMIENTO DE PRUEBAS

  1. Documental Pública. Copia certificada del Acta Constitutiva y/o Poderes Notariales que acreditan la personalidad del representante legal. (Se anexa original o copia para cotejo).
  2. Documental Pública. Copia certificada de la identificación oficial con fotografía del representante legal. (Se anexa original o copia para cotejo).
  3. Documental. Copia simple del Acuerdo de Embargo reclamado. (Se anexa).
  4. Documental. Copia simple del Acta Circunstanciada de la ejecución material del embargo. (Se anexa).
  5. Documental. Comprobantes de domicilio del actor en San Luis Potosí (recibos de luz, agua, predial). (Se anexan).
  6. Documental. Facturas, títulos de propiedad o registros que acrediten la propiedad y valor de los bienes embargados. (Se anexan).
  7. Documental. Estados de cuenta, avalúos o listados de otros bienes con los que cuenta el actor y que son más idóneos para garantizar el crédito. (Se anexan).
  8. Confesional. Se solicita recibir la confesional de la Autoridad Responsable, para que bajo protesta de decir verdad declare: a) Si notificó personalmente y en forma legal la resolución definitiva que da origen al crédito; b) Qué bienes investigó antes de decretar el embargo sobre los bienes actuales; c) Por qué consideró que el embargo decretado era proporcional al crédito.

VIII. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA

Con fundamento en los artículos 46, 50 y 107 de la Ley de Amparo, se somete este juicio a la competencia del Juzgado de Distrito con sede en la Ciudad de San Luis Potosí, San Luis Potosí, o en su defecto, al Juzgado de Distrito que corresponda por turno, toda vez que los actos reclamados se ejecutaron o surtieron sus efectos dentro del territorio de dicho estado.

IX. FIANCA O CONTRAGARANTÍA

En caso de que se conceda la suspensión definitiva, el quejoso ofrece como contragarantía la cantidad de $(MONTO OFRECIDO COMO CONTRAGARANTÍA) ( (MONTO CON LETRA) ), misma que garantiza mediante (ESPECIFICAR FORMA DE GARANTÍA: EFECTIVO, FIANZA, HIPOTECA, ETC.). Se solicita que dicha contragarantía sea fijada en términos proporcionales y no excesivos, atendiendo a la jurisprudencia en la materia y a la situación económica del quejoso.

X. PROTESTA Y FIRMAS

Protesto lo necesario y otorgo las facultades generales para pleitos y cobranzas.


Lugar y fecha: Ciudad de San Luis Potosí, S.L.P., a (DÍA) de (MES) de (AÑO).



_______________________________________

(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR O REPRESENTANTE LEGAL)

ACTOR

⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NÚMERO DE EXPEDIENTE): Déjese en blanco. Será asignado por el Juzgado de Distrito al momento de presentar la demanda.
  2. (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL ACTOR): Escriba su nombre completo si es persona física, o la razón social exacta registrada ante el SAT si es persona moral.
  3. (DOMICILIO COMPLETO EN SAN LUIS POTOSÍ...): Indique el domicilio real donde usted o su representante recibirán notificaciones judiciales. Debe estar en el estado de San Luis Potosí.
  4. (RFC DEL ACTOR): Anote su Registro Federal de Contribuyentes con homoclave.
  5. (DIRECCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL DEL SAT...): Busque y anote la dirección de la oficina del SAT en San Luis Potosí que emitió el embargo. Puede consultarla en el portal del SAT.
  6. (FECHA DEL ACUERDO DE EMBARGO) / (MONTO TOTAL...) / (NÚMERO DE CRÉDITO...): Copie estos datos exactamente como aparecen en el "Acuerdo de Embargo" que le notificó el SAT.
  7. (DOMICILIO DONDE SE EJECUTÓ EL EMBARGO...) / (FECHA DE LA EJECUCIÓN) / (DESCRIPCIÓN DETALLADA...): Complete con la información que conste en el "Acta Circunstanciada" que le entregaron durante el embargo.
  8. (NÚMERO DE RESOLUCIÓN Y FECHA): Si la conoce, anote el número y fecha de la resolución definitiva (liquidación) que originó la deuda.
  9. (DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA...): Describa brevemente su giro comercial o profesional (ej. "comercio de abarrotes", "servicios de consultoría").
  10. (DESCRIBIR VICIOS...): Explique con claridad por qué la notificación de la resolución de crédito fue ilegal (ej. "se fijó un edicto sin haber agotado la notificación personal").
  11. (EXPLICAR POR QUÉ ES DESPROPORCIONADO...): Argumente por qué el embargo es excesivo (ej. "se embargó un vehículo valuado en $500,000 por una deuda de $80,000").
  12. (PORCENTAJE, EJ. 10%): Proponga un porcentaje bajo del monto total del crédito como contragarantía. La jurisprudencia sugiere que no debe ser onerosa.
  13. (MONTO OFRECIDO COMO CONTRAGARANTÍA) / (ESPECIFICAR FORMA DE GARANTÍA...): Calcule el monto con base en el porcentaje que propuso y especifique cómo lo garantizará (la forma más común es depósito en efectivo en la cuenta de el Juzgado).
  14. (DÍA) de (MES) de (AÑO): Fecha en que firma y presenta la demanda.

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