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V1Amparo Indirecto Laboral por Despido Injustificado — Guanajuato
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
Amparo Indirecto Laboral por Despido Injustificado - Guanajuato

JUICIO DE AMPARO INDIRECTO LABORAL

POR DESPIDO INJUSTIFICADO

ANTE EL JUZGADO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE GUANAJUATO

EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE, SI APLICA)

JUEZ DE DISTRITO EN TURNO: (NOMBRE DEL JUEZ DE DISTRITO COMPETENTE EN GUANAJUATO)

ACTO RECLAMADO: Despido injustificado y negativa a reinstalar y pagar indemnizaciones constitucionales.

AUTORIDAD RESPONSABLE: (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL PATRÓN)

TERCERO PERJUDICADO: Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Guanajuato.

I. ACTOR

Nombre: (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR)

Domicilio para oír y recibir notificaciones: (DOMICILIO COMPLETO EN EL ESTADO DE GUANAJUATO, INCLUYENDO CÓDIGO POSTAL)

Clave Única de Registro de Población (CURP): (CURP DEL ACTOR)

Registro Federal de Contribuyentes (RFC): (RFC DEL ACTOR)

II. REPRESENTANTE LEGAL (SI ES EL CASO)

Nombre del Licenciado: (NOMBRE COMPLETO DEL ABOGADO PATROCINADOR)

Cédula Profesional Federal: (NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL)

Domicilio para oír y recibir notificaciones: (DOMICILIO DEL DESPACHO EN GUANAJUATO)

III. HECHOS

  1. El actor prestó sus servicios personales subordinados a la autoridad responsable, "(NOMBRE DE LA EMPRESA)", desde el día (FECHA DE INGRESO) hasta el día (FECHA DE DESPIDO).
  2. El actor desempeñó el puesto de "(PUESTO DESEMPEÑADO)", con una jornada de trabajo de (NÚMERO) horas, (DIAS) a la semana, percibiendo un salario diario de $(MONTO) ( (CANTIDAD EN LETRA) pesos 00/100 M.N.).
  3. El día (FECHA DE DESPIDO), sin causa justificada alguna, sin previo aviso y sin mediar procedimiento legal alguno, la autoridad responsable notificó al actor la terminación de su relación laboral, privándolo de su fuente de trabajo.
  4. En el momento del despido, la autoridad responsable se negó a pagar las indemnizaciones a que tiene derecho el actor conforme a la Art. 50 Ley Federal del Trabajo, incluyendo indemnización constitucional, prima de antigüedad, partes proporcionales y demás prestaciones devengadas.
  5. El actor, en uso de su derecho, demandó su reinstalación y el pago de las indemnizaciones ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Guanajuato (Tercero Perjudicado). Sin embargo, existe un riesgo fundado de que la Junta, al resolver, aplique criterios que vulneren los derechos fundamentales del actor, en particular su derecho al trabajo y a la seguridad jurídica, al no reconocer el carácter injustificado del despido.
  6. Los actos de despido y la posterior negativa a reinstalar y pagar, así como la posible resolución de la Junta que confirme dicha situación, violan de manera directa e inmediata los derechos fundamentales del actor.

IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO

A) CONSTITUCIONALES Y LEGALES:

  1. El artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prohíbe la discriminación y garantiza los derechos humanos.
  2. El artículo 14 constitucional establece la garantía de audiencia y la prohibición de privación de derechos sin un juicio previo.
  3. El artículo 16 constitucional consagra el principio de legalidad.
  4. El Artículo 123, Apartado A, Fracción XXII, de la Constitución, establece que el despido injustificado da derecho al trabajador a optar por la reinstalación en su trabajo o por la indemnización correspondiente.
  5. La Art. 47 Ley Federal del Trabajo enumera las causas justificadas de rescisión de la relación de trabajo sin responsabilidad para el patrón. Ninguna de ellas se configuró en el presente caso.
  6. El Art. 50 Ley Federal del Trabajo señala que en caso de despido injustificado, el trabajador tendrá derecho a una indemnización equivalente a tres meses de salario, veinte días por cada año de servicios, y doce días por cada año por concepto de prima de antigüedad.

B) JURISPRUDENCIA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN:

  1. Tesis: 1a./J. 50/2022 (11a.) "DESPIDO. EL PRINCIPIO DE INMEDIATEZ EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO PROMOVIDO CONTRA ÉL." Establece que la procedencia del amparo indirecto contra un despido se configura desde el momento en que se notifica al trabajador la terminación de la relación laboral, por ser un acto de aplicación inmediata y directa de la ley que afecta sus derechos.
  2. Tesis: 1a. CXXXVIII/2021 (11a.) "TRABAJO. EL DERECHO A LA REINSTALACIÓN O A LA INDEMNIZACIÓN CONSTITUCIONAL POR DESPIDO INJUSTIFICADO, ES UNA GARANTÍA INDIVIDUAL QUE PUEDE PROTEGERSE A TRAVÉS DEL JUICIO DE AMPARO." Reafirma que la elección entre reinstalación e indemnización es un derecho fundamental protegido por la Constitución y, por tanto, justiciable en amparo.
  3. Tesis: 1a. CCCLIX/2019 (11a.) "AMPARO INDIRECTO EN MATERIA LABORAL. PROCEDE CONTRA ACTOS DE AUTORIDADES QUE, SIN FUNDAMENTO LEGAL, AFECTEN LOS DERECHOS AL TRABAJO Y A LA SEGURIDAD JURÍDICA." Precisa que cuando una autoridad laboral (como la Junta) está por emitir un fallo que, previsiblemente, violará derechos fundamentales por una interpretación errónea de la ley, se actualiza el peligro de afectación que justifica el amparo indirecto.

C) DE LA LEY DE AMPARO:

  1. El Art. 107 constitucional y los artículos 5º, 73 y 114 de la Ley de Amparo regulan el juicio de amparo indirecto como medio de control de la constitucionalidad de actos de autoridad.
  2. El Art. 116 Ley de Amparo establece los requisitos de la demanda de amparo indirecto.
  3. El Art. 128 Ley de Amparo se refiere a la suspensión del acto reclamado, la cual es procedente en materia laboral para efectos de reinstalación.

V. VIOLACIONES PROCESALES Y SUSTANTIVAS

Se reclaman las siguientes violaciones a garantías individuales:

  1. Violación al Artículo 14 Constitucional: Se privó al actor de su propiedad (salarios y prestaciones) y de su trabajo, sin un juicio previo, sin ser oído y vencido en juicio, y sin que se le aplicara la ley exactamente (en este caso, los artículos 47 y 50 de la LFT).
  2. Violación al Artículo 16 Constitucional: El despido se ejecutó sin un fundamento legal expreso y exacto que lo justificara, ya que no existió causa alguna de las previstas en la ley.
  3. Violación al Artículo 123 Constitucional, Apartado A, Fracción XXII: Se vulneró el derecho fundamental a no ser despedido injustificadamente y, en consecuencia, a elegir entre la reinstalación o la indemnización constitucional.

VI. PETICIONES

Por tanto, a Usted respetuosamente suplico:

  1. SE TENGA POR INTERPUESTA la presente demanda de amparo indirecto contra los actos de despido injustificado y negativa a reinstalar y pagar indemnizaciones, imputables a la autoridad responsable, y que puedan derivarse de la resolución de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Guanajuato.
  2. SE ADMITA la demanda de amparo a trámite.
  3. SE ORIGINE INCIDENTE DE SUSPENSIÓN y, previa caución que ofrezco otorgar bajo protesta de decir verdad, SE CONCEDA LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA DEL ACTO RECLAMADO, ordenando a la autoridad responsable la REINSTALACIÓN INMEDIATA del actor en su empleo, en idénticas condiciones a las que disfrutaba, o en su defecto, el PAGO DE LOS SALARIOS CAÍDOS desde la fecha del despido y hasta que se cumpla el fallo de reinstalación, así como el PAGO DE LAS INDEMNIZACIONES CONSTITUCIONALES (tres meses de salario y veinte días por año) y de la PRIMA DE ANTIGÜEDAD (doce días por año).
  4. En el caso de que el actor opte por la indemnización en lugar de la reinstalación, SE CONDENE al pago de las indemnizaciones previstas en el Art. 50 Ley Federal del Trabajo.
  5. SE NOTIFIQUE el auto de admisión a la autoridad responsable y al tercero perjudicado.
  6. UNA VEZ SUBSTANCIADO EL JUICIO, SE CONCEDA EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL al actor, declarando inconstitucionales los actos reclamados, y SE REPONGA EL PROCEDIMIENTO al momento anterior a la comisión de dichos actos, o bien, se ordenen las compensaciones económicas integrales.

VII. OFRECIMIENTO DE PRUEBAS

Ofrezco las siguientes pruebas:

  1. Documental Pública: Copia certificada de la demanda laboral presentada ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Guanajuato.
  2. Documental Privada:
    • Contrato individual de trabajo (si se cuenta con él).
    • Comprobantes de pago de nómina (últimos tres meses).
    • Carta o documento de despido (si la hubiera).
    • Comunicaciones electrónicas (correos) que acrediten la relación laboral y el despido.
  3. Testimonial: Declaración de dos testigos que conozcan de la relación laboral y las circunstancias del despido. Sus generales son: (NOMBRE COMPLETO, DOMICILIO Y TELÉFONO DEL TESTIGO 1) y (NOMBRE COMPLETO, DOMICILIO Y TELÉFONO DEL TESTIGO 2).
  4. Confesional: Se solicita el desahogo de posiciones a la autoridad responsable sobre los hechos narrados en la demanda de amparo.

PROMUEVO en este acto las documentales que acompaño en copia simple, solicitando se requieran los originales al tiempo de su desahogo.

VIII. CITA DE LEYES Y JURISPRUDENCIA

Además de los preceptos ya citados, me apoyo en lo dispuesto por los artículos 1, 14, 16 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 5, 73, 114, 116, 128 y demás relativos de la Ley de Amparo; 47, 50 y demás aplicables de la Ley Federal del Trabajo; y en las tesis jurisprudenciales de la SCJN antes referidas.

IX. DESIGNACIÓN DE DOMICILIO

Señalo como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en: (DOMICILIO COMPLETO EN EL ESTADO DE GUANAJUATO, INCLUYENDO CÓDIGO POSTAL).

PROTESTO LO NECESARIO.




LUGAR Y FECHA: (CIUDAD, GUANAJUATO), a los (DÍA) días del mes de (MES) del año (AÑO).



_________________________

(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR)

O

_________________________

(NOMBRE COMPLETO DEL LICENCIADO PATROCINADOR)

Licenciado en Derecho
Cédula Profesional: (NÚMERO DE CÉDULA)

⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NÚMERO DE EXPEDIENTE, SI APLICA): Solo llenar si ya se tiene un número de expediente asignado por el Juzgado. De lo contrario, dejar en blanco.
  2. (NOMBRE DEL JUEZ DE DISTRITO COMPETENTE EN GUANAJUATO): Investigar el Juzgado de Distrito con competencia en materia laboral en tu localidad (ej: "Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Guanajuato, con sede en León").
  3. (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL PATRÓN): Escribir el nombre exacto de la empresa o persona física para la que se trabajaba.
  4. (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Nombre(s), apellido paterno y apellido materno del trabajador.
  5. (DOMICILIO COMPLETO...): Incluir calle, número exterior e interior, colonia, código postal, municipio y estado (Guanajuato).
  6. (CURP DEL ACTOR) / (RFC DEL ACTOR): Copiar los datos exactos de los documentos oficiales.
  7. (NOMBRE COMPLETO DEL ABOGADO...): Solo llenar si se actúa con representación legal.
  8. (FECHA DE INGRESO) / (FECHA DE DESPIDO): Usar formato DD/MM/AAAA.
  9. (PUESTO DESEMPEÑADO): Ej: "Operador de Máquina", "Asistente Administrativo", "Gerente de Ventas".
  10. (NÚMERO) horas, (DIAS) a la semana: Ej: "8 horas, 6 días a la semana".
  11. (MONTO) ( (CANTIDAD EN LETRA)...): Ej: "$350.00 (TRESCIENTOS CINCUENTA pesos 00/100 M.N.)".
  12. (NOMBRE COMPLETO, DOMICILIO Y TELÉFONO DEL TESTIGO...): Proporcionar datos completos de al menos dos testigos.
  13. (CIUDAD, GUANAJUATO): Especificar la ciudad donde se presenta la demanda (ej: "León, Guanajuato").
  14. (DÍA) / (MES) / (AÑO): Fecha actual de presentación.

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