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V1Amparo Laboral por Violación de Derechos Sindicales — CDMX
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE)

JUZGADO DE DISTRITO EN MATERIA LABORAL EN LA CIUDAD DE MÉXICO

JUICIO DE AMPARO LABORAL

QUEJOSO: (NOMBRE COMPLETO DEL TRABAJADOR)
DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES: (CALLE, NÚMERO, COLONIA, ALCALDÍA, C.P., CIUDAD DE MÉXICO)
PATRÓN O AUTORIDAD RESPONSABLE: (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA O INSTITUÇÃO)
DOMICILIO DEL RESPONSABLE: (CALLE, NÚMERO, COLONIA, ALCALDÍA, C.P., CIUDAD DE MÉXICO)
TERCEROS INTERESADOS: (NOMBRE DEL SINDICATO, SI APLICA)
ACTO(S) RECLAMADO(S): [DESCRIPCIÓN CLARA DEL ACTO QUE VULNERA LOS DERECHOS SINDICALES, EJ. DESPIDO, HOSTIGAMIENTO, NEGATIVA A REGISTRAR CONTRATO COLECTIVO, ETC.]

DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO

Ante usted, con el debido respeto, comparezco, (NOMBRE COMPLETO DEL TRABAJADOR), señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (CALLE, NÚMERO, COLONIA, ALCALDÍA, C.P., CIUDAD DE MÉXICO), y expongo:

I. FUNDAMENTOS DE DERECHO Y COMPETENCIA

Este Juzgado de Distrito es competente para conocer del presente juicio de amparo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos Art. 107 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, fracción IX, y Art. 46 Ley de Amparo, fracción I, ya que los actos reclamados se estiman cometidos por autoridades laborales o particulares en casos equiparables a autoridades, dentro del ámbito territorial de la Ciudad de México.

El presente juicio se promueve en la vía indirecta, por afectarse derechos sindicales y de trabajo, conforme a los artículos Art. 107 Ley de Amparo y Art. 114 Ley de Amparo.

II. ACTOS RECLAMADOS Y AUTORIDADES RESPONSABLES

A) Autoridad(es) Responsable(s):
Se señala como autoridad responsable a (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA O INSTITUÇÃO), por tratarse de un particular que realiza actos equiparables a los de autoridad, conforme al artículo Art. 5 Ley de Amparo, fracción II, al afectar derechos laborales y sindicales reconocidos en la Art. 123 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Federal del Trabajo.

En su caso, también se señala como autoridad responsable a (NOMBRE DE LA AUTORIDAD LABORAL, EJ. JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DE LA CDMX), por sus actos u omisiones en la protección de dichos derechos.

B) Acto(s) Reclamado(s):
De manera concreta, se reclaman los siguientes actos, todos violatorios de las garantías de libertad sindical y de trabajo:

  1. [DESCRIBIR EL PRIMER ACTO, EJ. "EL DESPIDO INJUSTIFICADO DEL QUEJOSO EL DÍA 15 DE ENERO DE 2026, MOTIVADO POR SU AFILIACIÓN Y ACTIVIDAD SINDICAL"].
  2. [DESCRIBIR EL SEGUNDO ACTO, EJ. "LA NEGATIVA ILEGAL DE LA EMPRESA A FIRMAR EL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO CON EL SINDICATO 'XXXX', A PESAR DE HABERSE CUMPLIDO TODOS LOS REQUISITOS DE LEY"].
  3. [DESCRIBIR UN TERCER ACTO, EJ. "LAS AMENAZAS Y HOSTIGAMIENTO LABORAL EJERCIDOS POR LOS SUPERIORES JERÁRQUICOS EN CONTRA DEL QUEJOSO, POR HABER PROMOVIDO LA FORMACIÓN DEL SINDICATO"].

III. GARANTÍAS INDIVIDUALES VIOLADAS

Los actos antes descritos violan de manera directa y patente las siguientes garantías individuales reconocidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:

  1. El derecho al trabajo digno y socialmente útil, consagrado en el artículo Art. 5 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  2. La garantía de libertad de asociación y de sindicación prevista en el artículo Art. 9 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  3. Los derechos de los trabajadores establecidos en el apartado A del artículo Art. 123 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, específicamente las fracciones XVI (derecho de sindicación), XVII (derecho a la huelga) y XXII (prohibición de despedir a un trabajador por su afiliación sindical o por participar en una huelga).

IV. FUNDAMENTOS LEGALES ESPECÍFICOS DE LA LFT

Los actos reclamados contravienen expresamente las siguientes disposiciones de la Ley Federal del Trabajo:

  • Artículo Art. 3 Ley Federal del Trabajo: El trabajo es un derecho y un deber social. No es artículo de comercio.
  • Artículo Art. 5 Ley Federal del Trabajo: Las disposiciones de esta ley son de orden público.
  • Artículo Art. 9 Ley Federal del Trabajo: Libertad del trabajador para pertenecer al sindicato de su elección.
  • Artículo Art. 47 Ley Federal del Trabajo: Fracción XI. Causas de rescisión de la relación de trabajo sin responsabilidad para el trabajador, incluyendo el despido por sus creencias religiosas, su raza, su actividad sindical, o por falta de probidad.
  • Artículo Art. 123 Ley Federal del Trabajo: Define las reglas para la celebración, revisión y vigilancia de los contratos colectivos de trabajo.
  • Artículo Art. 357 Ley Federal del Trabajo: Prohíbe a los patrones y a sus agentes negarse a recibir a un trabajador, despedirlo, hostigarlo o realizar cualquier acto que menoscabe sus derechos por su afiliación sindical o por participar en actividades sindicales lícitas.
  • Artículo Art. 358 Ley Federal del Trabajo: Prohíbe a los patrones intervenir en la vida interna de los sindicatos.
  • Artículo Art. 784 Ley Federal del Trabajo: Establece la procedencia del juicio de amparo contra actos de las autoridades laborales.

V. TESIS JURISPRUDENCIALES APLICABLES

  1. LIBERTAD SINDICAL. SU CONTENIDO ESENCIAL. (Tesis: 2a. CXXVII/2014 (10a.)). La libertad sindical, como derecho humano, comprende la facultad de los trabajadores para constituir, sin autorización previa, las organizaciones que estimen convenientes, así como afiliarse o no a las ya constituidas, y el derecho de estas a formar confederaciones y organizaciones sindicales internacionales. Cualquier acto que restrinja este núcleo esencial es inconstitucional.
  2. DESPIDO POR ACTIVIDAD SINDICAL. CONSTITUYE UNA CONDUCTA DISCRIMINATORIA PROHIBIDA POR EL ARTÍCULO 1o. DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL. (Tesis: 2a. LXX/2018 (10a.)). El despido de un trabajador motivado en su actividad sindical es una forma de discriminación prohibida por el artículo 1o. constitucional, por lo que resulta nulo y da lugar a su reinstalación o al pago de las indemnizaciones correspondientes.
  3. PARTICULARES COMO AUTORIDADES EN JUICIO DE AMPARO. SUPUESTOS EN QUE PROCEDE SU CONSIDERACIÓN COMO TALES. (Tesis: 1a. CXXI/2012). Los particulares pueden ser considerados autoridades para efectos del juicio de amparo cuando realicen actos equivalentes a los de autoridad que afecten derechos fundamentales en situaciones de desigualdad, como en la relación laboral, conforme al artículo 5 de la Ley de Amparo.

VI. PRETENSIONES

Por lo expuesto y fundado, solicito a este Honorable Juzgado:

  1. Que se tenga por interpuesto el presente escrito como DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO.
  2. Que se ADMITA a trámite.
  3. Que se SUSPENDA DE PLANO los actos reclamados, por tratarse de actos que implican una violación manifiesta a las garantías de libertad sindical y trabajo, que causan daños de difícil reparación, conforme a los artículos Art. 124 Ley de Amparo y Art. 128 Ley de Amparo.
  4. En su caso, que se fije una CAUCIÓN que garantice las resultas del juicio, la cual ofrezco constituir en la forma y términos que este Juzgado estime pertinentes.
  5. Que una vez seguido el procedimiento, se CONCEDA EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL al quejoso, para los efectos de que se DEJEN SIN EFECTO LOS ACTOS RECLAMADOS y se restituya al quejoso en el pleno goce de sus derechos sindicales y laborales, ordenándose, según corresponda, su reinstalación, el cese del hostigamiento, la firma del contrato colectivo y el pago de los salarios caídos e indemnizaciones que en derecho procedan.

VII. OFRECIMIENTO DE PRUEBAS

Para acreditar los hechos expuestos, ofrezco las siguientes pruebas:

  1. DOCUMENTAL PÚBLICA: Copia certificada del acta de constitución del sindicato (NOMBRE DEL SINDICATO), expedida por la autoridad correspondiente.
  2. DOCUMENTAL PRIVADA:
    • Contrato individual de trabajo.
    • Comunicaciones escritas (correos electrónicos, oficios, cartas) donde se evidencie el hostigamiento o la negativa patronal.
    • Documento que acredite el despido (carta de separación, finiquito).
    • Lista de raya o recibos de nómina.
  3. TESTIMONIAL: Declaración de los testigos: (NOMBRE COMPLETO DE TESTIGO 1), (NOMBRE COMPLETO DE TESTIGO 2) y (NOMBRE COMPLETO DE TESTIGO 3), quienes declararán sobre la actividad sindical del quejoso y los actos de hostigamiento o despido por parte del responsable.
  4. CONFESIONAL: Se pide se requiera la confesión de la autoridad responsable, bajo protesta de decir verdad, sobre los hechos expuestos en la demanda.

Me someto a la penalidad del falso.

VIII. DECLARACIONES Y RATIFICACIÓN

Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los hechos narrados en este escrito son verídicos y cuento con las pruebas ofrecidas. Ratifico este escrito en todos sus términos y me allano a las consecuencias legales que procedan.

LUGAR Y FECHA: Ciudad de México, a (DÍA) de (MES) de (AÑO).

ATENTAMENTE
(NOMBRE COMPLETO DEL TRABAJADOR)
FIRMA DEL QUEJOSO

NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL (SI APLICA): (NOMBRE COMPLETO DEL ABOGADO PATROCINADOR)
CÉDULA PROFESIONAL O NÚMERO DE REGISTRO: (NÚMERO DE CÉDULA)
FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL


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⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NÚMERO DE EXPEDIENTE): Déjese en blanco si es la primera presentación. Lo asignará el Juzgado.
  2. (NOMBRE COMPLETO DEL TRABAJADOR): Escriba su nombre completo, tal como aparece en su INE y contrato de trabajo.
  3. (DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES): Incluya calle, número, colonia, alcaldía, código postal y "Ciudad de México". Este será el domicilio oficial para todo el juicio.
  4. (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA O INSTITUÇÃO): El nombre legal exacto de su patrón. Consúltelo en su contrato o recibos de nómina.
  5. (DESCRIPCIÓN CLARA DEL ACTO...): Describa de manera concisa, clara y en orden cronológico los actos que violan sus derechos (ej. "Despido el 15/01/2026", "Negativa a firmar contrato colectivo con fecha X").
  6. (NOMBRE DEL SINDICATO, SI APLICA): El nombre oficial del sindicato al que pertenece o que representa a los trabajadores.
  7. (DESCRIBIR EL PRIMER ACTO...): Sea específico. Incluya fechas, nombres de personas involucradas, y la relación directa con su actividad sindical.
  8. (NOMBRE DE LA AUTORIDAD LABORAL...): Solo si una autoridad gubernamental (Junta de Conciliación, STPS) participó en el acto reclamado.
  9. (NOMBRE COMPLETO DE TESTIGO...): Nombre completo de compañeros de trabajo o personas que puedan declarar a su favor. Asegúrese de tener su disposición.
  10. (DÍA) de (MES) de (AÑO): Fecha actual de presentación de la demanda.
  11. (NOMBRE COMPLETO DEL ABOGADO PATROCINADOR): Si cuenta con uno, su nombre y cédula profesional son obligatorios.

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